Ayudas para hacer cursos de terceras lenguas del sistema educativo catalán y haber superado el nivel B1 o los subniveles B2.1 o B2.2 del Marco europeo común de referencia para las lenguas (MECR) - (LINB2-B 2015)
Conceder ayudas para sufragar los gestos de la matrícula de cursos de terceras lenguas del sistema educativo catalán una vez obtenido el nivel B1, o los subniveles B2.1 o B2.2 del MECR durante el curso 2015-2016, certificados por las universidades catalanas, la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) o el Instituto Abierto de Cataluña (IOC), para aquellos estudiantes que hayan iniciado por primera vez estudios universitarios de grado en una universidad catalana a partir del curso 2014-2015.
Leer másContacto: Blanca Riu (estudiants.agaur@gencat.cat)
El plazo de presentación de solicitudes empieza el día 7 de noviembre y finaliza el día 30 de septiembre de 2016.
A quién va dirigido
A estudiantes que hayan iniciado por primera vez estudios universitarios de grado, a partir del curso 2014-2015, en una universidad catalana o en cualquier otra universidad de fuera de Catalunya con traslado de expediente a una universidad catalana.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
- 1a Diligencia de enmiendas LINB2 2015 [176,67 KB ]
- 1a Resolución de concesión modalidad B [264,56 KB ]
- 2a Diligencia de enmiendas LINB2 2015 [292,26 KB ]
Solicitar
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes empieza el día 7 de noviembre y finaliza el día 30 de septiembre de 2016.
Documentación
a) El justificante de la matrícula universitaria del curso 2015-2016 de la persona solicitante de la ayuda.
b) El certificado acreditativo del nivel de idioma cursado y superado, emitido por el centro responsable.
c) El recibo de pago del curso entero o los recibos de pago de diferentes módulos del curso que comprende el nivel B1 o subniveles B2.1 i B2.2
d) Para los que proceden de una universidad fuera de Cataluña por traslado de expediente, documento de la prueba de accesos a la universidad.
e) En relación a las personas no comunitarias, hace falta la autorización legal correspondiente, de acuerdo con la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España y su integración social y, por lo tanto, se requiere que el estudiantado mayor de 18 años aporte la autorización de residencia.
Requisitos
Requisitos académicos:
a) Estar matriculado en una universidad catalana el curso 2015-2016
b) Haber iniciado por primera vez, el curso 2014-2015 o 2015-2016, estudios de grado en una universidad catalana. O haber iniciado estudios de grado en una universidad fuera de Cataluña el curso 2014-2015 o 2015-2016 i , posteriormente, haber obtenido un traslado de expediente en una universidad catalana i proseguir con los estudios de grado.
c) Haber realizado y superado un curso de idiomas de nivel B1, B2.1 o B2.2 del MECR, en una universidad catalana, en una EOI o en el IOC, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2015 i el 31 de agosto de 2016.
d) No tener acreditado ningún otro nivel B2.2 del MECR en ninguna de las terceras lenguas del sistema educativo catalán (inglés, francés, alemán o italiano).
Requisitos generales:
Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea, o en el caso del alumnado no comunitario, es aplicable lo que dispone la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por lo tanto, se requiere que el estudiantado mayor de 18 años esté en situación de residencia.
Duración:
Los cursos de formación y la superación de los niveles de conocimiento de terceras lenguas se han de haber realizado entre el 1 de septiembre de 2015 i el 31 de agosto de 2016.
Características:
Queda excluido el estudiantado que:
a) Curse estudios universitarios diferentes a los de grado.
b) Tenga alguna titulación previa (u otros estudios equivalentes)
c) Esté en posesión de otro certificado o título de conocimientos de nivel B2.2 del MECR, en cualquiera de las cuatro lenguas del sistema educativo de Cataluña (inglés, francés, alemán o italiano) antes de empezar el curso 2015-2016
A tener en cuenta
El estudiantado que haya iniciado por primera vez los estudios de Grado el curso 2015-2016 y tanga que cursar el nivel B1, tiene que iniciar esta formación durante el año académico 2015-2016 y presentar el certificado de superación como requisito para poder optar a las siguientes convocatorias.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite
Importe de la ayuda
El importe de la ayuda será de un máximo de 350?
Plazos
Del07.11.2015al 30.09.2016
Por internet
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle Provença 339, 08037, Barcelona
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Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
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Tel. 932275706
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