Ayudas a las comunidades de regantes para la mejora y modernización de las redes de regadíos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Se establece una línea de ayudas dirigida a promover la modernización de las instalaciones y aplicar nuevas tecnologías que aumenten la eficiencia del transporte, la distribución y la aplicación del riego a los cultivos y el almacenamiento de agua y, en consecuencia, el ahorro de un bien público tan escaso. Hay que indicar que el regadío eficiente constituye una herramienta estratégica para la adaptación de la agricultura mediterránea a las limitaciones previstas consecuencia del cambio climático.

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Plazo: del 2 de septiembre al 2 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

A quién va dirigido

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas, principalmente vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público según lo indicado en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, que sean titulares de infraestructuras de regadío y dispongan del correspondiente derecho de agua.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la ayuda

Plazos

Del 2 de setiembre al 2 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

Documentación

Hay que adjuntar a la solicitud:

  • una memoria descriptiva de la actuación y un presupuesto firmado por un técnico competente en la materia donde se detallen los costes previstos de los distintos trabajos, agrupados según su finalidad en los tipos de obras indicados en el apartado 1.2. La memoria justificará que la inversión a realizar cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 46 del Reglamento UE 1305/2013 de 17 de diciembre de 2013 relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del FEADER.
  • En las inversiones superiores a 50.000 ? + IVA deberá presentar, aparte de la memoria descriptiva anterior, un proyecto técnico de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10.4.
  • El proyecto técnico irá firmado por un técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente en los casos de obra previstos en el Real Decreto Legislativo 1000/2010, de 5 de agosto.
  • El proyecto técnico se presentará en formato papel y en formato digital editable, la parte gráfica se realizará en formato CAD (dwg, dxf, dgn) o Shape y sobre la base cartográfica del ICC o sobre una cartografía de mayor detalle que estará georeferenciada.
  • Tanto en la memoria descriptiva como en el proyecto técnico se incluirá un plano de situación, un plano de delimitación de la superficie regable de la Comunidad a escala 1 / 5.000, un plano de planta y los detalles de las obras y de las instalaciones instalaciones necesarias para su correcta ejecución. También deberá constar las mediciones y el presupuesto desglosado con precios unitarios, presupuestos parciales y presupuesto general, así como los indicadores: número de hectáreas mejoradas, metros de tubería instalados, número de explotaciones beneficiarias, y ahorro potencial de agua y ahorro potencial de energía previsto en su caso.
  • El ahorro potencial de agua y de energía tienen que estar claramente justificados en los anexos correspondientes de la memoria descriptiva del apartado g) y del proyecto técnico de la aparta h) para que puedan ser utilizados a la vez de evaluar los criterios de priorización.

Requisitos

Las inversiones objeto de ayuda deberán estar destinadas a la modernización de las infraestructuras de regadíos existentes.

  1. Se debe disponer de la correspondiente concesión o autorización de agua.
  2. Se debe disponer de la correspondiente evaluación de impacto ambiental con carácter favorable siguiendo el procedimiento establecido en la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, en todos los proyectos de más de 100 ha.
  3. De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013:
    • Debe haberse notificado a la Comisión un plan hidrológico de demarcación de conformidad con la Directiva marco del agua, por toda la zona en la que se realice la inversión, así como en las otras zonas donde el medio ambiente se pueda ver afectado por la inversión. Se deben haber especificado en el correspondiente programa de medidas las medidas que tengan efecto en el marco del plan hidrológico de demarcación, de conformidad con el artículo 11 de la Directiva marco del agua, y que sean pertinentes para el sector agrario;
    • Se han de haber instalado o ir a instalar, como parte de la inversión, un sistema de medición que permita medir, mediante contador, el uso de agua correspondiente a la inversión objeto de la ayuda;
    • En una inversión que constituya una mejora de una instalación de riego existente o de un elemento de la infraestructura de irrigación, se debe haber evaluado previamente que la misma permite llevar a cabo un ahorro potencial de agua de un 5% de acuerdo con los parámetros técnicos de la instalación o infraestructura existente.
  4. Si la inversión afecta masas de agua subterránea o superficial del estado de la cual haya sido calificado como inferior a bueno en el correspondiente plan hidrológico de demarcación, por motivos relativos a la cantidad de agua, la posibilidad de optar a una ayuda del FEADER se supeditará a que la inversión garantice una reducción efectiva del consumo de agua a nivel de la inversión que ascienda, como mínimo, al 50% del ahorro potencial de agua posibilidad para la inversión.

Ninguna de las condiciones del apartado 3 se aplica a las inversiones en una instalación existente que sólo afectan la eficiencia energética o las inversiones para la creación de un embalse o las inversiones en el uso de agua regenerada que no afecten a una masa de aguas subterráneas o superficiales.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Incompatibilidades con otras líneas de ayuda

Las ayudas reguladas en esta Orden, son incompatibles con cualquier otra ayuda que, concedida con la misma finalidad, esté financiado con los Fondos estructurales, el Fondo de Cohesión o cualquier otra instrumento financiero de la Unión Europea, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.8 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de septiembre de 2013. (DOUE L 347, de 12.20.2013).

Plazos

Del02.09.2015al 02.11.2015

Presencialmente

Se ha de presentar en:

Solicitar el pago

Plazos

Las personas beneficiarias deben realizar las actuaciones objeto de las ayudas y justificarlas en el plazo que establezca la resolución de concesión y como máximo el día 30 de noviembre de 2018.

Documentación

La documentación justificativa a presentar es la siguiente:


a) Solicitud de pago de la ayuda, de acuerdo con el impreso normalizado que se podrá obtener en cualquier dependencia del DARP o la sede electrónica de la Generalitat seu.gencat.cat.
b) Cuenta justificativa, de acuerdo con el modelo normalizado que se podrá obtener en cualquier dependencia del DARP o la sede electrónica de la Generalitat seu.gencat.cat.
c) Memoria justificativa, de acuerdo con el modelo normalizado que se podrá obtener en cualquier dependencia del DARP o en la web https://seu.gencat.cat/, donde conste:

  • Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe y fecha de emisión, y fecha de pago. Hay que presentar una liquidación donde se indiquen y, en su caso, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
  • Facturas o documentos probatorios equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y la documentación acreditativa del pago consistente en extracto bancario o, en el caso de pagos en efectivo, documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor.
  • Cuando corresponda, indicando los criterios de reparto de los gastos generales y / o indirectos, salvo el caso en que el importe se fije a tanto alzado.
  • Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el registro oficial correspondiente, en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles.
  • Relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Si los justificantes de gasto imputan parcialmente a otras subvenciones deberá indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una, con identificación de los órganos concedentes).
  • Los tres presupuestos que debe haber solicitado el beneficiario antes de realizar el gasto subvencionable. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicables así como de los
    intereses que se deriven.
  • Cuando la ayuda concedida sea superior a 10.000,00 euros (IVA excluido), se comunicará al DARP la información
    relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Plazos

Del13.09.2016al 30.11.2018

Presencialmente

Se ha de presentar en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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