Domiciliación bancaria de tributos municipales y precios públicos

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El trámite permite gestionar el cobro de los impuestos, precios públicos y tasas a través de una cuenta bancaria.

También permite comunicar un cambio de los datos o dar de baja una domiciliación efectuada con anterioridad.

Se deber tener en cuenta que:

  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) se paga en cuatro plazos.
  • El Impuesto sobre Actividades Económicas se paga en un solo recibo.
  • El Precio Público de Recogida de Residuos (SL) se paga en un solo recibo.
  • El Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) se paga en un solo recibo.

El impago de los recibos domiciliados por causas imputables al obligado tributario originará la baja de la domiciliación sin necesidad que la administración municipal efectúe notificación alguna.

Desde este enlace podrá acceder al Calendario del Contribuyente y consultar las fechas de pago de los tributos municipales.

¿Qué puede hacer?

Podrá domiciliar un recibo, hacer enmiendas en los datos bancarios o dar de baja la domiciliación.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Si quiere hacer alguna enmienda en los datos bancarios, primero deberá introducir los datos del número de cuenta bancario antiguo y, a continuación, los de la nueva cuenta bancaria.

  1. Rellene el formulario y confirme los datos.

Después

  • Si solicita la baja de domiciliación, no es necesario realizar ninguna acción posterior.
  • Si solicita una alta o una modificación, envie el mandato de domiciliación debidamente rellenado y firmado, por correo postal al Institut Municipal d'Hisenda.

  • En función de la fecha en que se realiza el alta, modificación o baja de la domiciliación bancaria, esta tendrá efectos para el año en curso o para el año siguiente.

¿Quién lo puede pedir?

Cualquier persona.

Los profesionales que representen a los obligados al pago y las personas jurídicas deberán tramitar, necesariamente, por medios telemáticos.

Documentación

Para hacer el trámite hay que disponer de la siguiente documentación:

  1. Recibo a domiciliar.
  2. Datos bancarios.

Fechas

Alta:

  • Las altas realizadas antes o durante el periodo voluntario de pago tienen efectos para el mismo año.
  • Si ya ha pagado el recibo del año en curso la domiciliación tendrá efectos para el año siguiente.
  • Las altas realizadas con posterioridad a la finalización del período voluntario tendrán efectos para el año siguiente.

Modificación:

  • Si se realiza por Internet, las modificaciones solicitadas dentro de las tres semanas anteriores a la fecha de pago no serán efectivas hasta el próximo cargo en cuenta.

Baja:

  • Las bajas tienen efectos a partir del próximo ejercicio. En cualquier caso, se le indicará la fecha de efecto al finalizar el trámite.
  • Recuerde que en el caso de la venta de un inmueble o vehículo, la persona titular a día 1 de enero deberá pagar el año entero.

Desde este enlace podrá acceder al Calendario del Contribuyente y consultar las fechas de pago de los tributos municipales.

Precio

    Durante el año 2016 se aplicará una bonificación en los recibos domiciliados de los siguientes tributos:

    a) Precio público de recogida de residuos (SL), bonificación del 2% de la cuota a abonar en obligados al pago que sean generadores mínimos, pequeños, medianos e importantes.

    b) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), bonificación del 2% de la cuota municipal, en obligados tributarios que sean personas fisicas o jurídicas.

    c) Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), bonificación del 2% de la cuota municipal, únicamente en obligados tributarios que sean personas fisicas.

    Se aplicará dicha bonificación a todas las domiciliaciones comunicadas al Ayuntamiento hasta 1 mes antes de la fecha de inicio de cobro del padrón correspondiente. Si se comunica durante el período de cobro del padrón, se realizará un único cargo en cuenta sin aplicar bonificación alguna.

    Trámite gratuito.

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