Orden ECD/76/2016 - Acción Humanitaria y de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Orden ECD/76/2016, de 1 de julio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 135

Enlace BOC

Fecha BOC: 13/07/2016

Fecha inicio plazo presentación

27/09/2016

Fecha finalización plazo presentación

20/10/2016

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro, definidas en los artículos 28.1 y 29.2 de la Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cumplan con los requisitos establecidos para cada línea en la respectiva convocatoria.
B) Intervenciones realizadas en países en desarrollo relativas a Acción Humanitaria, Promoción y defensa de Derechos Humanos (excepto ayuda de emergencia).
Podrán solicitar esta línea de subvención las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo definidas en el artículo 29.2 de la Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, que se hallen inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que hayan cumplido con la obligación de actualización de datos que establece el artículo 11 del Decreto 85/2008, de 4 de septiembre, por el que se regula el Registro de ONGDS de Cantabria, con anterioridad a la publicación de la convocatoria; o cualesquiera otras entidades jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones correspondiente, que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 28 y 29 del citado texto legal y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser entidades legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.
b) Establecer expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades relacionadas con los valores y las finalidades de la cooperación internacional al desarrollo.
c) Gozar de capacidad jurídica y de obrar plenas, y disponer de una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus finalidades.
e) Respetar el código de conducta de las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo.
f) Estar especializadas y acreditar experiencia en las intervenciones objeto de la concesión de la ayuda. Las entidades que accedan por primera vez a las convocatorias, deberán haber realizado, al menos, tres intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, en los últimos diez años anteriores a la publicación de la convocatoria, en alguna de las áreas y sectores contemplados en la Ley 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluidos los de Educación para el Desarrollo. Se entenderá por intervenciones realizadas aquellas cuya ejecución haya concluido a la fecha de publicación de la convocatoria.

Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para cada una de las líneas de subvención de esta convocatoria. Ambas deberán cumplir los requisitos señalados en el punto anterior.

Documentación a adjuntar

Deberá acompañarse la siguiente documentación, debidamente firmada por el representante legal:

a) Acreditación de la representación legal otorgada por la entidad solicitante a favor de la persona firmante.

b) Declaración sobre la solicitud y, en su caso, obtención de cualquier tipo de ayuda otorgada por otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, en cuyo caso deberá presentar relación de las mismas detallando cuantía y finalidad.

c) Declaración sobre sanciones firmes recaídas en aplicación de la normativa reguladora de subvenciones o que no ha recaído ninguna sanción.

d) Declaración en la que conste el compromiso de aportar la diferencia, directamente o por financiación exterior, entre el coste total de la intervención y la ayuda concedida. En todo caso la subvención no podrá exceder del 80% del coste total de la intervención, debiendo ser financiado el resto por otras entidades públicas o privadas o por la entidad solicitante (Anexo III).

e) En el caso de que la solicitud sea suscrita por varias entidades (Anexo I bis), declaración del compromiso de ejecución asumido por cada parte y el grado de participación en la intervención de cada una de ellas, relativo a la financiación, actividades a desarrollar en él y distribución, en su caso, de la subvención prevista (Artículo 10 Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria).

f) Formulario de intervención propuesto (Anexo II), debidamente cumplimentado y que deberá presentarse en soporte papel e informático. Se podrá presentar en item independiente (haciendo referencia al item del formulario) aquella documentación que por sus características no pueda ser insertada en el citado formulario. La entidad solicitante podrá presentar otros datos que considere oportunos.

g) Memoria de actividades y proyectos de los seis últimos años relacionados con Cooperación y Educación para el Desarrollo, en soporte papel y soporte informático.

h) Memoria en la que consten los medios técnicos, económicos y personales a disposición de la entidad solicitante y demás aspectos susceptibles de valoración, en soporte papel y soporte informático.

No será necesario aportar la documentación exigida que ya obrara en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la persona solicitante identifique el documento o documentos afectados.

b) Que la persona solicitante haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.

c) Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

d) Que la persona solicitante presente su consentimiento para que pueda ser consultada y comprobada dicha documentación.

El interesado en su solicitud podrá autorizar al órgano instructor para que recabe de oficio los siguientes datos o documentos concernientes a la entidad solicitante o a su representante legal:

a) Los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) CIF de la entidad solicitante y DNI de su representante legal.

c) Cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

d) Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.

e) Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En el supuesto de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano instructor podrá requerir al solicitante su presentación, o en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el mismo.

En el supuesto de que el interesado no otorgara dicha autorización, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes junto con la solicitud de subvención.

Lugar presentación

En el Registro Auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Órgano tramitador

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Dirección:

C/ Vargas, 53 - 39010 Santander

Teléfono: 942 20 86 08

Oficinas de la administración

Servicio de Contratación y Compras

Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander

Servicio de Administracion General

Calle Federico Vial 13, 39009, Santander

Tel. 12

Secret.Gral. de Presidencia y Justicia

Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander

Tel. 12

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa

Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa

Escuela Arte Nº 1

Barrio Santa Barbara S/N, 39530, Reocín

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo

Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Calle Isabel Torres 1, 39011, Santander

Centro Rural Innovacion Educativa

Paseo Joaquin Fernandez Vallejo S/N, 39315, Torrelavega

Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

Calle Vargas 53, 39010, Santander

Tel. 12

Servicio Gestion Económica Hsll

Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega

Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria

Paseo Barón Adzaneta s/n, 39800, Alfoz de Lloredo

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Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso

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