Ayuntamiento de Vitoria

  • Tarjeta de estacionamiento para vehículos que transporten personas con discapacidad y movilidad reducida

    Solicitud de tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles que transporten personas con discapacidad, que presenten movilidad reducida, para aparcar lo más cerca posible del lugar de acceso o de destino.

    Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    • Personas con discapacidad.
    • Personas físicas o jurídicas, titulares de vehículos adaptados, destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad, con movilidad reducida.

    Requisitos

    General
    • Empadronamiento en Vitoria-Gasteiz.
    En el caso de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
    • Estar en posesión de la Resolución de Reconocimiento de grado de discapacidad, emitido por el Instituto Foral de Bienestar Social de Álava o tener reconocida la incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez y además encontrarse en alguna de estas situaciones:
      • Presentar movilidad reducida, dictaminada por el Servicio de Valoración y Orientación de la Diputación Foral de Álava.
      • Mostrar en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
      • Personas en situación de dependencia, que cumplan alguno de los requisitos anteriores.
      • Personas con enfermedades neurodegenerativas con movilidad reducida, dictaminada por el Servicio de Valoración y Orientación de la Diputación Foral de Álava.
      • Personas menores de 3 años en situación de dependencia, que dependan de forma continuada de aparatos técnicos imprescindibles para sus funciones vitales.
    Para tarjeta de estacionamiento provisional
    • Personas que presenten movilidad reducida por causa de una enfermedad o patología de extrema gravedad.
    En el caso de tarjeta de estacionamiento para vehículos adaptados
    • Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos adaptados, destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad con movilidad reducida, que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Así como los servicios sociales a los que se refiere la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013).

    Documentación

    Documentación general
    • Impreso de solicitud, que le será facilitado en las oficinas de atención ciudadana.
    • Fotocopia del DNI, tarjeta de residencia, Pasaporte.
    • En el caso de representante: documento que acredite la representación legal de la persona discapacitada y fotocopia del documento de identidad de la persona representante.
    • 2 fotografías tamaño carné.
    Documentación tarjeta para personas con discapacidad
    • Documento que acredite la discapacidad:
      • Resolución de Reconocimiento de grado de discapacidad emitido por el Instituto Foral de Bienestar Social de Álava o de la tarjeta de discapacidad.
      • Certificado de Dependencia.
      • Certificado actualizado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que acredite la incapacidad reconocida.
      • Informe médico que acredite la enfermedad neurodegenerativa y copia de la 'Resolución de reconocimiento de grado de discapacidad'.
    Documentación tarjeta provisional
    • Certificado del personal médico facultativo de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que acredite las circunstancias excepcionales para su concesión, validado por la inspección de los servicios sanitarios por razón del domicilio de la persona solicitante.
    Documentación tarjeta para vehículos adaptados
    • CIF, de la institución, entidad u organismo.
    • Estatutos de la sociedad.
    • DNI, de la persona física solicitante o representante legal.
    • DNI, de la persona que acredita la representación.
    • Fotocopia de los permisos de circulación de los vehículos.
    • Memoria de actividades previstas relacionadas con el transporte de personas con discapacidad con movilidad reducida, en el ámbito de los servicios sociales.
    Para solicitar la renovación
    • Impreso de solicitud, que le será facilitado en las oficinas de atención ciudadana.
    • 1 fotografía tamaño carné.
    • Es obligatorio entregar la tarjeta caducada al recoger la nueva.
    Para solicitar un duplicado
    • Impreso de solicitud, que le será facilitado en las oficinas de atención ciudadana.
    • Declaración jurada según modelo.
    • 1 fotografía tamaño carné.
    • En caso de robo, se ha de adjuntar la fotocopia de la denuncia interpuesta por robo de la tarjeta original.
    • En caso de deterioro, es obligatorio entregar la tarjeta deteriorada al recoger la nueva.

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    Observaciones

    • La solicitud se resolverá en el plazo de tres meses, a partir de la fecha en que la solicitud de la tarjeta de estacionamiento haya tenido entrada en el registro.
    • La tarjeta deberá renovarse cada 5 años (sin perjuicio de los cambios que pudieran producirse en la valoración de la discapacidad, que conlleven la pérdida de su vigencia), excepto la tarjeta provisional que tendrá una duración máxima de un año, prorrogable por otro año.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Transmisión de inmuebles por herencias yacentes o no repartidas: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía)

    En las transmisiones por fallecimiento (mortis causa) en las que no se han repartido la herencia, las personas herederas deberán pagar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía). El Ayuntamiento admite documentación privada.

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Quienes hereden algún inmueble o constituyan algún derecho sobre el mismo, o personas que vayan en su representación.

    Plazo

    Seis meses prorrogables a un año a petición de la persona interesada, a partir de la fecha del fallecimiento.

    Documentación

    • Impreso.
    • Anexo titulares (impreso) si hay más de dos adquirientes o transmitentes.
    • Copia de la escritura de propiedad (compraventa, herencia, sentencia...).
    • Certificado de defunción.
    • Certificado de últimas voluntades.
    • Copia del testamento, si hay.
    • Copia del Libro de familia.
    • Documento identificativo (CIF, DNI, NIE, pasaporte...) de las personas herederas.
    • Copia de la declaración renta o ingresos del año anterior al fallecimiento de las personas herederas empadronadas en la vivienda.
    • Certificado catastral de los inmuebles transmitidos (Diputación Foral de Álava) o último recibo del IBI.

    Importe

    El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento municipal de Hacienda y Economía le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente. Además, podrá realizar cálculos y precálculos a petición de los y las interesadas.

    Normativa

    Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Ordenanza fiscal nº 4).

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En el Servicio de Gestión Tributaria.

    Para realizar este trámite de forma presencial en el Servicio de Gestión Tributaria, hay que pedir cita previa:

    1. En el teléfono 010 (945 161 100 si llama desde fuera de Vitoria-Gasteiz).
    2. En las oficinas de San Martín.
    Tramitación por correo electrónico o por fax

    Plazos de resolución

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Transmisión de inmuebles por herencias yacentes o no repartidas: alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

    En las transmisiones por fallecimiento (mortis causa) en las que no se han repartido la herencia hay que formular la declaración de alta en el IBI. El Ayuntamiento admite documentación privada.

    Plazo | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación

    Quién

    Quienes hereden algún inmueble o constituyan algún derecho sobre el mismo, o personas que vayan en su representación.

    Plazo

    Seis meses prorrogables a un año a petición de la persona interesada, a partir de la fecha del fallecimiento.

    Documentación

    • Impreso.
    • Anexo de titulares.
    • Copia de la escritura de propiedad (compraventa, herencia, sentencia...).
    • Certificado de últimas voluntades.
    • Copia del testamento, si hay.
    • Copia del Libro de familia.
    • Documento identificativo (CIF, DNI, NIE, pasaporte...) de las personas herederas.
    • Certificado de defunción.
    • Certificado catastral de los inmuebles transmitidos (Diputación Foral de Álava) o último recibo del IBI.

    Importe

    El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En el Servicio de Gestión Tributaria.

    Para realizar este trámite de forma presencial en el Servicio de Gestión Tributaria, hay que pedir cita previa:

    1. En el teléfono 010 (945 161 100 si llama desde fuera de Vitoria-Gasteiz).
    2. En las oficinas de San Martín.
    Tramitación por correo electrónico o por fax

    Correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org

    Fax: 945 16 16 00 (Servicio de Gestión Tributaria).

    Plazos de resolución

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.


  • Transmisión del derecho funerario entre familiares por donación

    Solicitar la transmisión, por donación entre familiares, de la titularidad del derecho funerario de un nicho o sepultura construido en el cementerio de El Salvador o en el de Santa Isabel.

    Documentación | Normativa | Tramitación

    Documentación

    • Impreso de solicitud.
    • Fotocopias de los DNIs del titular y del/la adquiriente.
    • Fotocopia de contrato privado de donación, donde figuran los datos del titular actual, del familiar al que se le realiza la donación, la descripción y ubicación del derecho funerario que se dona.
    • Fotocopia de la liquidación del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados emitido por Diputación.
    • Título de derecho funerario (si se desea actualizar los datos en el mismo documento. No es imprescindible).

    Importe

    Aplicación de las tarifas de la 7.Ordenanza Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público (Norma fiscal 7.10. Ordenanza Fiscal de Cesión de Construcciones en el Cementerio).

    Normativa

    Preguntas frecuentes

    Preguntas frecuentes sobre la gestión de cementerios y los derechos funerarios.

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las oficinas de San Martín.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Transmisión del derecho funerario por herencia

    Transmisión por herencia de la titularidad del derecho funerario sobre un nicho, sepultura, panteón o columbario en los cementerios de El Salvador o Santa Isabel.

    Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    La solicitud debe ser realizada por un heredero o heredera.

    Documentación

    Para justificar la condición de heredero/a existen 3 opciones de documentación a presentar:

    • Opción 1:
      Fotocopia de la aceptación o partición de la herencia.
      Impreso de la liquidación del impuesto de sucesiones (si el bien funerario no está descrito en el documento de aceptación).
      Sello de la liquidación del impuesto de sucesiones (si el bien funerario está descrito en el documento de aceptación).
    • Opción 2:
      Fotocopia de la declaración de herederos/as Ab Intestato.
      Impreso de la liquidación del impuesto de sucesiones.
    • Opción 3:
      Fotocopia del certificado de actos de última voluntad.
      Fotocopia del testamento, si existe y figuran estos bienes en él reflejados.
      Impreso de la liquidación del impuesto de sucesiones.

    Importe

    7.Ordenanza Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público (Norma fiscal 7.10. Ordenanza Fiscal de Cesión de Construcciones en el Cementerio).

    Normativa

    Preguntas frecuentes (FAQs)

    Preguntas frecuentes sobre la gestión de cementerios y los derechos funerarios.

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las oficinas de San Martín.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Utilización especial de la vía pública por vehículos

    Concesión de autorizaciones de carácter especial para la ocupación de vía pública por vehículos.

    Documentación(Se abre en una ventana nueva) |Tramitación

    Documentación

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación por correo electrónico
    Tramitación por fax
    • Envío de las solicitudes al nº 945161581.

    Observaciones

    • En el caso que se determine la necesidad del depósito de fianza, la persona titular de la licencia deberá hacerla efectiva, con objeto de responder del adecuado uso del espacio público ocupado, quedando condicionada la validez del permiso al cumplimiento de este requisito. Finalizado el motivo de la solicitud se inspeccionará el lugar por los técnicos municipales y en el caso que sea procedente se devolverá la fianza.
    • La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite. Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 y 945161100.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Volante de padrón

    Acreditar la residencia o convivencia de las personas empadronadas en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

    Requisitos | Documentación | Tramitación | Preguntas frecuentes

    Iniciar tramitación online.

    Requisitos

    Tener el empadronamiento en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    • Para las personas mayores de edad: documento identificativo original, DNI, Tarjeta de residencia, NIE, Pasaporte.
    • Para menores de edad: libro de familia.

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las Oficinas de Atención Ciudadana.

    Se podrá solicitar el volante de empadronamiento individual, de convivencia * e histórico.

    *Aviso: desde noviembre de 2017 el Ayuntamiento dejó de emitir el denominado "Volante familiar" para emitir el volante de convivencia. Más información.

    Tramitación telefónica

    A través del teléfono 010 (945 16 11 00).

    Se podrá solicitar el volante de empadronamiento individual.

    Tramitación online

    A través del servicio Volante de padrón.

    Si dispone de tarjeta de identificación, podrá obtener el volante de empadronamiento individual, de convivencia e histórico. Si no dispone de esta tarjeta sólo podrá solicitar el modelo individual.

    Observaciones

    Algunos de los trámites para los que se solicita son: expedición del DNI, contraer matrimonio, residencia por arraigo, matrícula escolar, becas, tarjeta sanitaria...

    Tipos:

    • Volante individual: documento informativo que constata la inscripción padronal en el municipio indicando el domicilio a día de la fecha.
    • Volante de convivencia: documento que muestra la situación padronal de todas las personas que están empadronadas en un domicilio a día de la fecha. En el documento aparecen los datos de todas las personas empadronadas.
    • Volante histórico: documento informativo que indica todas las inscripciones padronales de una persona desde la renovación padronal de 1 de mayo de 1996 a día de la fecha. Si se necesitan datos más antiguos se debe pedir un certificado histórico de padrón.
    • Volante de vivienda.El documento muestra la situación padronal de todas las personas que han estado o están empadronadas en una vivienda en un periodo determinado de fechas (de fecha a fecha)


    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

Page 12 of 12
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.