Ayuntamiento de Vitoria

  • Subvenciones a centros escolares para el apoyo a niñas y niños con dificultades en el aprendizaje

    Subvenciones a los centros escolares de Vitoria-Gasteiz para que las niñas y los niños, matriculados en Educación Primaria, que presenten dificultades en el aprendizaje, puedan acceder a una ayuda de carácter psicopedagógico.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación | Preguntas frecuentes

    Quién

    Centros escolares de Vitoria-Gasteiz que imparten enseñanza de Educación Primaria.

    Plazo

    • Curso 2019- 2020: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las bases en el BOTHA (nº 91 de 9 de agosto de 2019) y hasta el 27 de septiembre de 2019, incluido.

    Requisitos

    El destinatario último de estas ayudas será el alumnado matriculado en Educación Primaria, que:

    • Presente problemas en el aprendizaje.
    • Haya sido becado por el Gobierno Vasco en la convocatoria de becas y ayudas de estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios (excluidas las becas del programa de Gestión Solidaria de Libros de Texto y Material Curricular). O, alumnado de 1º y 2º de Educación Primaria que participe por primera vez en la concesión de una ayuda de carácter psicopedagógico.
    • No esté recibiendo una ayuda similar por parte de organismos públicos.

    Documentación a presentar con la solicitud

    • Solicitud de subvención firmada por la directora o director del centro escolar.
    • Informe técnico de cada alumna o alumno: anexo I En caso de que haya sido presentado el curso anterior, no será necesario presentarlo de nuevo.
    • Copia de la resolución de concesión de beca por parte del Gobierno Vasco.
    • En el caso de solicitar subvención por primera vez o de modificación de datos:
      • NIF
      • Certificación de la entidad bancaria, del número de cuenta de la que es titular el centro educativo.
    Otra documentación
    • En el caso de que algún alumno o alumna abandonase las sesiones de atención psicopedagógica, de manera temporal o definitiva, el centro educativo deberá comunicarlo al Servicio de Educación, a través del anexo III , adjunto a las bases específicas.

    Documentación para justificar la subvención

    La justificación de la subvención concedida se realizará antes del 26 de junio de 2020, se deberá presentar la siguiente documentación:

    • Memoria explicativa del programa realizado, anexo II
    • Memoria justificativa que deberá contener ():

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • El centro escolar garantizará la autorización de la familia para que los escolares reciban la atención psicopedagógica solicitada.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Educación, teléfono 945 161616 (ext. 6540 y 6541), correos electrónicos dberzosa@vitoria-gasteiz.org y mmintegi@vitoria-gasteiz.org o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones a entidades deportivas para el desarrollo de actividades deportivo-recreativas

    Concesión de ayudas con el fin de promover y potenciar la organización y desarrollo de programas y actividades deportivo-recreativas dirigidas a la participación de la ciudadanía.

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación | Observaciones

    Quién

    • Entidades deportivas sin ánimo de lucro.
    • Entidades asociativas sin ánimo de lucro que por la naturaleza de su actividad confluyan con las bases objeto de la convocatoria anual, y estén debidamente constituidas y registradas.

    Plazo

    • Año 2019: Hasta el 15 de abril (BOTHA, número 32, de 15 de marzo de 2019).

    Documentación

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • La documentación para justificar las subvenciones concedidas, se aportará en los plazos que establece la base 13 de la convocatoria.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en el Servicio del Deporte, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones a las academias de euskera de la ciudad homologadas por HABE

    Ayudas destinadas a las academias homologadas de la ciudad que imparten clases de euskera.

    Quién | Documentación | Plazo | Normativa | Tramitación

    Quién

    Academias homologadas de la ciudad que imparten clases de euskera.

    Plazo

    • 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOTHA (BOTHA nº 126, de 30 de octubre).

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Memoria descriptiva de las actividades del centro para el curso 2019-2020.
    • Documento acreditativo de la inscripción como centro homologado en el registro de HABE.
    • Certificación expedida por HABE del número de horas lectivas impartidas durante el curso 2018-2019, previo al objeto de subvención.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Este contenido no está vigente

    Subvenciones a las comparsas participantes en las fiestas de carnaval

    Concesión de subvenciones a las comparsas que participan en los desfiles de carnaval y otros actos como la quema de la sardina.

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Las entidades que lo deseen, siempre que estén legalmente constituidas y registradas como asociación en el Registro Oficial correspondiente, con domicilio en el municipio de Vitoria-Gasteiz y que cumplan los requisitos de esta convocatoria.

    Plazo

    Carnaval de 2020: del 5 al 18 de noviembre de 2019.

    10 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 127, de 4 de noviembre de 2019)

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • N.I.F. de titular.
    • Fotocopia de los estatutos de la Asociación y documentación que acredite estar legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente, en el caso de solicitar por primera vez subvención al Servicio de Cultura.
    • Certificado expedido por la entidad bancaria, en la que conste el número de cuenta y titular de la misma, teniendo en cuenta que dicha titularidad ha de ser ostentada por la Asociación y no por persona física alguna, en el caso de solicitar por primera vez subvención al Servicio de Cultura.
    • Anexo I , listado de las personas de entre 18 y 70 años, de la comparsa, que van trabajar en la construcción de la carroza, hasta un máximo de 10 personas.
    • Anexo II , listado de todas las personas de la Comparsa que participarán en los desfiles, indicando si hay alguna persona con discapacidad reconocida.
    • Anexo III firmado, relativo al conocimiento y compromiso de cumplimiento de la normativa de uso del pabellón alquilado por el Ayuntamiento para que las comparsas puedan confeccionar sus carrozas.

    El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, podrá reclamar la presentación de otros documentos para proveer mejor a la resolución de las peticiones que se presenten.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Las subvenciones concedidas deberán justificarse en el plazo de tres meses, a contar desde la finalización de la actividad subvencionada, en la forma indicada en el apartado 14 de las bases de la convocatoria. Documentación para justificaciones (): 1-J, 2-J, 3-J, 4-J, 5-J

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones a proyectos de promoción del uso de euskera en varios ámbitos

    Concesión de subvenciones a las personas jurídicas privadas que desarrollan proyectos de promoción del euskera en ámbitos relacionados con el ocio, deporte y medios de comunicación locales.

    Quién | Documentación | Requisitos | Plazo | Normativa | Tramitación

    Quién

    Asociaciones y/o entidades que se indiquen en la convocatoria.

    Plazo

    • Curso 2019-2020: hasta el 3 de julio de 2019.

    Documentación

    Requisitos

    • Presentar la solicitud y el resto de la documentación requerida en las bases de la convocatoria.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Las subvenciones concedidas, deberán justificarse antes del 29 de septiembre de 2020.
    • Documentación para justificaciones (): 1-J, 2-J, 3-J, 4-J, 5-J, 6-J.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones de actividades y proyectos en materia de igualdad de género

    El objetivo es contribuir al fortalecimiento de las asociaciones de mujeres y colectivos feministas y LGTBI con la financiación de proyectos con una clara perspectiva feminista o de género e impulsar proyectos con el mismo objetivo, de entidades mixtas que cuenten con un espacio para promocionar la igualdad de género en su ámbito.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Personas jurídicas o entidades, feministas y de mujeres o mixtas con un espacio para promocionar la igualdad de género, registradas y con ámbito de actuación en Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    Un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 8, 18 de enero de 2019).

    • Año 2019: del 18 de enero al 18 de febrero.

    Requisitos

    Las asociaciones beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir las obligaciones establecidas en la convocatoria y presentar la solicitud y la documentación en las mismas.

    Normativa

    Documentación a entregar en el momento de la solicitud

    • Solicitud de subvención .
    • Proyecto, según el Anexo II de la convocatoria.
    • En el caso de subcontratación: Anexo III
    • Acreditación del poder de representación de quien firma la solicitud y fotocopia del DNI de la persona física, representante legal de la asociación solicitante.
    • Certificado actualizado expedido por la entidad bancaria, en el que conste nº de cuenta y titular de la misma, teniendo en cuenta que dicha titularidad ha de estar ostentada por la asociación.
    • Los siguientes documentos en el caso de que estos no obren en poder del Servicio de Igualdad o hubiesen sufrido alguna modificación:
      • Fotocopia de los Estatutos de la Asociación.
      • Composición de la Junta Directiva, solamente en el caso de asociaciones mixtas.
      • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
    • Constancia de inscripción como asociación en el registro correspondiente actualizada.
    Tramitación presencial

    En las Oficinas de Atención Ciudadana.

    Tramitación online

    A través del Registro electrónico.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones destinadas al diseño, desarrollo o evaluación de proyectos que se realicen a través de procesos participativos

    Ayudas para contribuir a sufragar los gastos derivados de procesos participativos abiertos a la ciudadanía cuyos objetivos sean acordes con las líneas estratégicas municipales.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    • Personas físicas y/o entidades sin ánimo de lucro, cuyo ámbito de actuación sea el municipio de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    • Año 2019: A partir del día siguiente al de la publicación en BOTHA (BOTHA, nº 46 de 15 de abril de 2019) hasta el 15 de noviembre o, en su caso, hasta agotar el crédito.

    Requisitos

    • Tener el domicilio y el ámbito de actuación en el municipio de Vitoria-Gasteiz.
    • En el caso de personas jurídicas, estar inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco o, en su caso, en el Registro Público que corresponda.
    • En el caso de personas físicas, es condición indispensable ser un colectivo como mínimo de tres personas mayores de edad.
    • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • El plazo para presentar la justificación de la subvención concedida, será de 3 meses a partir de la finalización del proceso participativo. Documentación para justificaciones (): 1-J, 2-J, 3-J, 4-J, 5-J, 6-J.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Participación Ciudadana, teléfono 945 161687, correo electrónico participacion-partehartzea@vitoria-gasteiz.org o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones para actividades complementarias y extraescolares organizadas por las AMPA de los centros escolares

    Subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnado (AMPA) de los centros escolares de Vitoria-Gasteiz, destinadas a actividades complementarias y extraescolares.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Asociaciones de madres y padres de alumnado de centros escolares de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    • Curso 2019- 2020: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de las bases de esta convocatoria en el BOTHA (BOTHA, nº 68 de 12 de junio de 2019) y hasta el 30 de septiembre.

    Requisitos

    • Estar vinculadas a centros educativos que impartan niveles del segundo ciclo de educación infantil y educación obligatoria.
    • Inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Declaración responsable: Anexo 1
    • Relación de actividades extraescolares y/o complementarias previstas Anexo 2
    • Previsión de alumnado con necesidades educativas especiales: Anexo 2
    • Si la solicitud y documentación de la AMPA es presentada por la Federación a la que está asociada, deberá adjuntarse documento de otorgamiento de representación Anexo 3
    • En el caso de solicitar subvención por primera vez o de modificación de datos:
      • NIF de la asociación.
      • DNI de representante y acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
      • Documentación acreditativa de estar legalmente constituida en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.
      • Certificación de la entidad bancaria, del número de cuenta de la que es titular la AMPA.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Educación, teléfono 945 161616 (ext. 6546 y 6547), correos electrónicos ifmendiola@vitoria-gasteiz.org y avicente@vitoria-gasteiz.org o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Subvenciones para actividades vacacionales organizadas por las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas (AMPA) de los centros escolares de Vitoria-Gasteiz

    Subvenciones a las Asociaciones de Madres y Padres de alumnos y alumnas (AMPA) de los centros escolares de Vitoria-Gasteiz, destinadas a actividades vacacionales.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    • Asociaciones de madres y padres de alumnas y alumnos de los centros escolares de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    • Curso 2018- 2019: del 25 de mayo al 21 de junio de 2019.

    20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en BOTHA (BOTHA, nº 60 de 24 de mayo de 2019).

    Requisitos

    • Estar vinculadas a centros educativos que impartan niveles del segundo ciclo de educación infantil y educación obligatoria.
    • Inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Declaración responsable: Anexo 1 (pdf)
    • Descripción del programa vacacional: Anexo 2 (pdf)
    • Previsión alumnado con necesidades educativas especiales: Anexo 2 (pdf)
    • En el caso de solicitar subvención por primera vez o de modificación de datos:
      • NIF de la asociación.
      • DNI de representante y acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
      • Documentación acreditativa de estar legalmente constituida en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.
      • Certificación de la entidad bancaria, del número de cuenta de la que es titular la AMPA.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • El plazo para presentar la justificación de gastos finalizará el 1 de noviembre de 2019.
    • Documentación para justificaciones: Memoria explicativa (pdf), anexos 2-J, 3-J, 4-J, 5-J (word).

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Educación, teléfono 945 161616 (ext. 6546 y 6547), correos electrónicos ifmendiola@vitoria-gasteiz.org y avicente@vitoria-gasteiz.org o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Este contenido no está vigente

    Subvenciones para el desarrollo de actividades y proyectos para la promoción de la convivencia, la diversidad, los derechos humanos y la memoria histórica

    Solicitud de subvención para financiar el desarrollo de actividades y proyectos para el fomento de la convivencia en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Personas jurídicas, fundaciones y asociaciones con domicilio social en Vitoria-Gasteiz, legalmente constituidas y registradas en el registro público que corresponda.

    Plazo

    20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 41, de 3 de abril de 2019).

    • Año 2019: Hasta el 23 de abril.

    Requisitos

    • Estar legalmente constituidas y tener el domicilio social en el municipio de Vitoria-Gasteiz.
    • Inscripción, a la fecha de finalización del plazo de solicitudes, en el Registro de General de Asociaciones del Gobierno Vasco o en el registro público que corresponda.
    • Tener como ámbito de actuación de la entidad y el del proyecto presentado el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
    • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Proyecto para cuya financiación se presenta la solicitud (según Anexo I ) con una extensión máxima de 12 páginas.
    • Acreditación del poder de representación de quien firma la solicitud y fotocopia del DNI /NIE /Pasaporte de la persona física, representante legal de la asociación solicitante.
    • Memoria de las actividades que la entidad hubiera desarrollado anteriormente, salvo que se trate de una entidad creada en 2018.

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

Cinco Días
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.