Ayuntamiento de Vitoria

  • Autorización para el uso del vertedero de Gardelegi

    Documento de admisión (DA) del residuo para poder efectuar el vertido de residuos inertes y no peligrosos generados en Álava en el vertedero de Gardelegi.
    La clasificación de los residuos que se pueden verter en Gardelegi se puede consultar en el Reglamento del Servicio de Vertedero.

    Documentación | Normativa | Tramitación

    Iniciar tramitación online(Se abre en una ventana nueva).

    Quién

    • Los ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y cuadrillas del Territorio Histórico de Álava.
    • Las personas físicas o jurídicas productoras de residuos radicadas en el ámbito territorial del Territorio Histórico de Álava.
    • Los ayuntamientos del Condado de Treviño previo convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    Para obtener el documento de admisión (DA) del residuo
    Antes de cada vertido

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Importe

    Normativa

    Tramitación

    Observaciones

    • Los residuos de construcción y demolición no se verterán en el vertedero de Gardelegi, se deberán gestionar en la Planta de Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición, ubicada en la entrada de las instalaciones del vertedero de Gardelegi.
    • Los envases y embalajes no se verterán en el vertedero de Gardelegi, se deberán gestionar a través de gestores autorizados.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Autorización para el vertido de cisternas en la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Crispijana

    Obtener autorización para el vertido en la EDAR de Crispijana de cisternas de residuos de las fosas sépticas o depósitos que reciban aguas residuales de origen doméstico.

    Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Los ayuntamientos, mancomunidades y cuadrillas del Territorio Histórico de Álava, y las personas físicas o jurídicas interesadas radicadas en el mismo ámbito territorial.

    Documentación

    • Impreso de solicitud.
    • Emplazamiento de la fosa séptica o depósito.
    • Características del residuo, especificando: Volumen anual y periodicidad de su retirada.
    • Analítica del residuo en los casos no asimilables a residuo doméstico. Dicha caracterización se podrá realizar por el Laboratorio Municipal, Laboratorio de AMVISA, o cualquier otro laboratorio competente, siendo los costes a cargo del solicitante.
    • Tipos de actividades productoras de las aguas recogidas en la fosa séptica o depósito; tratamiento depurador si existiera.
    • Plano general o esquema de la red de saneamiento que desemboca en la fosa séptica o planta de tratamiento.

    Importe

    Según vigente Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades (apartado 6.8).

    Normativa

    Tramitación

    Observaciones

    • Podrán ser admitidos todos los residuos procedentes de fosas sépticas o depósitos que reciban aguas residuales de origen exclusivamente doméstico.
    • En los casos de fosas sépticas o depósitos que reciban, junto con aguas residuales de origen doméstico otras aportaciones de origen industrial, se considerará, bien la biodegrabilidad superior al 90 %, bien la total inertización de la contaminación contenida en la cisterna como criterio de valoración para la admisión de los residuos potencialmente contaminados por aguas no domésticas.
    • No serán admitidos vertidos que, por su composición, se consideren únicamente industriales y/o puedan inhibir los procesos de depuración de la EDAR.
    • En todos los casos de vertidos procedentes de fosas sépticas, se considerará la concentración de Nitrógeno total presente en la muestra para el cómputo de la carga contaminante.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Autorización para la exposición y venta de vehículos de motor y ciclomotores en la vía pública

    Obtener autorización para exponer y vender vehículos de motor y ciclomotores en la vía pública.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    • Personas físicas o jurídicas.

    Plazo

    • Ilimitado, desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava (BOTHA nº 7, de 16 de enero de 2015).

    Requisitos

    • El seguro obligatorio del vehículo debe estar en vigor.
    • En el caso de tener obligación, el vehículo deberá haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos.
    • La carga máxima del vehículo deberá ser igual o menor a 3.500 Kg.
    • El vehículo deberá estar a nombre del particular solicitante. No se emitirán autorizaciones a establecimientos de venta de vehículos.
    • Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (se comprobará de oficio).

    Documentación

    • Instancia, solicitando la autorización.
    • Copia del D.N.I. de la persona titular. Además, en el caso de que el solicitante actuara mediante representante, acreditación del poder de representación.
    • Original y copia del permiso de circulación del vehículo.
    • Justificante bancario de pago del seguro obligatorio, en el que se aprecie la fecha de vencimiento.
    • Certificado de la estación de inspección técnica de vehículos (ITV) en la que conste que está en vigor la revisión periódica del vehículo.
    • Además, en el caso de persona jurídicas: Copia del NIF y copia de la parte del documento público (escritura de constitución de la sociedad, estatutos...), en la que conste que la persona solicitante es la representante legal de la sociedad.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las Oficinas de Atención Ciudadana.

    Observaciones

    • Se permitirá una autorización por cada titular.
    • La autorización podrá recogerse en el plazo de 15 días desde la presentación de la solicitud, en la misma oficina en que se solicitó.
    • La autorización tendrá una validez de tres meses, prorrogable por otros tres. En todo caso, caducará cuando lo hagan el seguro o la ITV.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información municipal 010 ( 945 16 11 00).


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas a la creación de empresas

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación | Observaciones

    Quién

    Empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan los requisitos de la convocatoria.

    Plazo

    Año 2019: plazo de presentación de solicitudes del 3 al 28 de junio.

    Acciones y gastos subvencionables

    • Ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de nueva creación (alta en IAE posterior al 1 de julio de 2016).
      • Gastos de constitución.
      • Gastos de puesta en marcha.
      • Inversiones en elementos de activo fijo nuevo.
    • Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 5.000 €.
    • Subvención máxima del 40% con un limite de 8.000 € por empresa beneficiaria y año.

    Documentación

    • Anexo I: Impreso de solicitud de ayuda y declaración jurada
    • Personas físicas: fotocopia del DNI.
    • Personas jurídicas: fotocopia del CIF, de las escrituras de constitución de la empresa, del DNI de la persona representante y del poder de representación.
    • En caso de tener personal asalariado: TC2 del último mes.
    • En caso de no tener personal asalariado: recibo del pago de autónomos, del último mes.
    • Plan de empresa.
    • Para registro de marcas: copia de la solicitud ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas).
    • Copias de facturas.
    • Fotocopia del contrato de leasing y copia de las cuotas (diferenciando amortización, intereses e IVA), en el caso de compra mediante esta fórmula.
    • Justificantes bancarios del pago de las facturas presentadas.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas de su petición.
    • Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 28 de junio de 2019, en los conceptos recogidos en la convocatoria.
    • La fecha límite para la presentación de justificantes de pago de facturas será el 31 de agosto de 2019.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de comercio y servicios personales

    Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de comercio y servicios personales del término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Personas físicas o jurídicas con actividad mercantil, que hayan realizado mejoras en el acondicionamiento o en el equipamiento de su establecimiento comercial, tanto nuevo como preexistente ubicado en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    • Año 2019: del 6 de mayo al 6 de junio

    Documentación

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Serán subvencionables los proyectos de inversión realizados en el local objeto de subvención desde el 22 de junio de 2018 hasta el 6 de junio de 2019.
    • Los requisitos de las empresas destinatarias, las acciones subvencionables, la cuantía de la subvención y la documentación a presentar se especifican en la convocatoria.
    • Los justificantes de pago de las facturas aportadas, deberán presentarse en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
    • Se puede consultar con detalle las calles y números incluidos en los barrios recogidos en el Anexo II de la convocatoria en el siguiente enlace http://www.vitoria-gasteiz.org/wd004/docs/es/tramos.xls

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00) o a través del correo electrónico comercio@vitoria-gasteiz.org(Se abre en una ventana nueva)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las Oficinas de Atención Ciudadana.

  • Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de hostelería

    Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de hostelería del término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Personas físicas o jurídicas con actividad mercantil, que hayan realizado mejoras en el acondicionamiento o en el equipamiento de su establecimiento de hostelería, tanto nuevo como preexistente ubicado en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    • Año 2019: del 6 de mayo al 6 de junio.

    Documentación

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Serán subvencionables los proyectos de inversión realizados en el local objeto de subvención desde el día 22 de junio de 2018 hasta el 6 de junio de 2019.
    • Los requisitos de las empresas destinatarias, las acciones subvencionables, la cuantía de la subvención y la documentación a presentar se especifican en la convocatoria.
    • Los justificantes de pago de las facturas aportadas, deberán presentarse en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la finalización del plazo de pesentación de solicitudes.
    • Se puede consultar con detalle las calles y números incluidos en los barrios recogidos en el Anexo II de la convocatoria en el siguiente enlace http://www.vitoria-gasteiz.org/wd004/docs/es/tramos.xls

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00) o a través del correo electrónico comercio@vitoria-gasteiz.org(Se abre en una ventana nueva).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas a la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales

    Plazo | Requisitos | Documentación | Tramitación | Observaciones

    Quién

    Personas emprendedoras que dispongan de un plan de vialidad empresarial y se comprometan a dedicarse en exclusiva a la puesta en marcha de la empresa.

    Se entenderá que la persona promotora cumple el requisito de dedicación exclusiva siempre que no trabaje más del 30% de la jornada o más de 27 días a jornada completa durante el período subvencionado (tres meses).

    Plazo

    Año 2019: Del 14 de febrero al 1 de marzo de 2019

    Requisitos

    • Empadronamiento y residencia en la CAPV.
    • Estar en desempleo o con una jornada de trabajo no superior al 30 % e inscrito/a como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
      • No haber estado dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas ni en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año anterior.
    • Disponer de un plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio.
    • Estar en un proceso de asesoramiento y apoyo a la implantación empresarial tutorizado por el Departamento de Empleo y Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz durante al menos tres meses.
    • La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal y centro de trabajo en la CAPV.
    • No recibir ninguna ayuda para el mismo fin.

    La justificación de los requisitos solo se solicitará si el proyecto es seleccionado.

    Documentación

    • Impreso de solicitud de ayuda .
    • Currículo detallado de la persona solicitante.
    • Plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio que al menos contenga: grupo promotor, descripción del producto o servicio, aspectos innovadores, análisis del mercado, oportunidad de negocio, análisis DAFO, plan comercial, plan organizativo y estudio económico-financiero.
    • Plan de Trabajo en el que se detallen mes a mes las acciones previstas para la implantación del proyecto empresarial y la puesta en marcha de la empresa, incluyendo la fecha prevista para el inicio de la actividad.

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    Las solicitudes se valorarán según los siguientes criterios y puntuaciones:

    • Formación técnica relacionada con la actividad y en gestión empresarial: máximo 15 puntos.
    • Experiencia profesional relacionada con la actividad: máximo. 15 puntos.
    • Grado de definición, claridad y calidad del plan de viabilidad: máximo 15 puntos.
    • Grado de viabilidad técnica y económica del proyecto: máximo 15 puntos.
    • Nivel de concreción, coherencia y contenidos del plan de trabajo: máximo 10 puntos.
    • Grado de innovación de la idea, actividades económicas emergentes o grado de interés en términos de promoción económica: máximo 30 puntos.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Ejercicio 2018

    El BOTHA ha publicado la norma de ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales en Vitoria-Gasteiz para el año 2018.

    Con esta normativa, la Sociedad Urbanística Municipal Ensanche 21 Zabalgunea, S.A. Udal Hirigintza Elkartea regula el procedimiento y las condiciones para la concesión de ayudas económicas para la promoción de actuaciones de rehabilitación en viviendas y edificios residenciales del término municipal de Vitoria-Gasteiz durante el ejercicio 2018.

    Las ayudas reguladas en esta norma tienen, en todo caso, carácter finalista y sólo podrán ser utilizadas para la financiación de las obras de rehabilitación que las justificaron. Las ayudas tendrán, además, el carácter de préstamos hipotecarios sin interés reintegrables en caso de transmisión lucrativa de la vivienda o local en el plazo de diez años desde su efectiva concesión, o convertibles automáticamente en ayudas a fondo perdido, si se mantuviera la propiedad de la vivienda o local durante ese plazo.

    Normativa | Documentación | Tramitación

    Normativa

    Documentación

    • Obras de Comunidad:
      • Solicitud a entregar por quien represente a la Comunidad con su correspondiente documentación. Solicitud comunidad obra común (pdf).
      • Solicitud individual a entregar por los y las propietarias de las viviendas con su correspondiente documentación. Solicitud particular obra común (pdf).
      • Solicitud de certificación de final de obra a entregar por quien represente a la Comunidad una vez finalizada la obra con su correspondiente documentación. Solicitud de certificación final de obras (pdf). Si el coste final de la obra es inferior en un 5% o excede en más de un 10% al presupuesto inicial, se presentará una tabla comparativa entre ambos presupuestos indicando precios unitarios y mediciones en el que se muestren las variaciones surgidas en obra según modelo (pdf).
    • Obras particulares:
      • Solicitud de ayuda para obra particular con su correspondiente documentación. Solicitud de ayuda para obra particular (pdf).
      • Solicitud de certificación de final de obra a entregar una vez finalizada la obra con su correspondiente documentación. Solicitud de certificación final de obras (pdf). Si el coste final de la obra es inferior en un 5% o excede en más de un 10% al presupuesto inicial, se presentará una tabla comparativa entre ambos presupuestos indicando precios unitarios y mediciones en el que se muestren las variaciones surgidas en obra según modelo (pdf).
    • Realización de la “Inspección Técnica de Edificios”:
      • Solicitud a entregar por quien represente a la Comunidad de propietarios y propietarias de edificios de más de 50 años si sólo se solicitan ayudas por dicho informe con su correspondiente documentación. Solicitud Ayudas ITE (pdf).
      • Solicitud a entregar en caso de que se trate de una vivienda unifamiliar. Solicitud ayudas ITE viviendas unifamiliares (pdf).

    Tramitación

    Tramitación presencial

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las Oficinas de Atención Ciudadana.

  • Ayudas al desarrollo y producción de proyectos audiovisuales (ficción, animación, documental y series) y a la escritura de guiones

    Ayudas dirigidas a apoyar e impulsar el desarrollo y producción de proyectos audiovisuales y la escritura de guiones de las empresas de Vitoria-Gasteiz.

    Quién | Plazos | Requisitos | Documentación | Tramitación

    Quién

    Personas físicas o jurídicas privadas independientes, que ejerzan una actividad mercantil y cuyo epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas sea el correspondiente a la actividad para la que solicitan la ayuda.

    Plazo

    • Convocatoria 2019: hasta el 21 de agosto.

    20 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 83, de 19 de julio 2019).

    Requisitos

    Los que se especifican en las Bases de la convocatoria.

    Documentación

    • DNI/NIF de la persona solicitante
    • Solicitud de ayudas a proyectos audiovisuales
    • Anexo I : Declaración de otras subvenciones
    • Anexo II : Presupuesto desglosado para la línea de desarrollo de proyectos
    • Anexo III : Historial de la productora, del/ de la directora/ y guionista
    • Anexo IV : Plan de financiación
    • Anexo V: Relación clasificada de gastos.xls
    • Anexo VI : Declaración responsable
    • La especificada en cada modalidad de subvención en las Bases de la convocatoria.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Los requisitos de las personas y/o entidades beneficiarias, las acciones subvencionables, la cuantía de la subvención y la documentación a presentar en cada modalidad de subvención se especifica en las bases de la convocatoria.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00) o a través del correo electrónico filmoffice@vitoria-gasteiz.org(Se abre en una ventana nueva)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas para actuaciones educativas organizadas por asociaciones para personas con necesidades educativas especiales

    Concesión de ayudas para actuaciones educativas organizadas por las asociaciones para personas con necesidades educativas especiales en Vitoria-Gasteiz.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Asociaciones, sin ánimo de lucro, dedicadas a la atención específica de personas con necesidades educativas especiales de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    Curso 2019 - 2020: a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de las bases de esta convocatoria en el BOTHA y hasta el 30 de septiembre (BOTHA nº 77 de 5 de julio de 2019).

    Requisitos

    • Domicilio social en Vitoria-Gasteiz.
    • Inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Declaración responsable: Anexo 1
    • Certificado del número de personas con necesidades educativas especiales que atiende la asociación: Anexo 2
    • Relación de actividades para las que se solicita subvención: Anexo 3
    • Anexo 4 si se ha solicitado y obtenido subvención de otras administraciones o entidades públicas o privadas para el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.
    • En el caso de solicitar subvención por primera vez o de modificación de datos:
      • NIF de la asociación.
      • DNI de representante y acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
      • Documentación acreditativa de estar legalmente constituida en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.
      • Certificación de la entidad bancaria, del número de cuenta de la que es titular la asociación.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Educación, teléfono 945 161616 (ext. 6546 y 6547), correos electrónicos ifmendiola@vitoria-gasteiz.org y avicente@vitoria-gasteiz.org o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

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