Ayuda para la producción de gallinas ponedoras, prevista en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
Objeto
-
- La acción III.9 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias establece una ayuda a las explotaciones locales de pollitas ponedoras destinadas al suministro a las explotaciones avícolas de puesta de Canarias, el objetivo de esta acción es fomentar la cría en el archipiélago de pollitas ponedoras.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos y Empresas
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Beneficiarios:
- Los titulares de explotaciones avícolas que efectúen la actividad de cría y reproducción de gallinas ponedoras con destino a explotaciones de ponedoras ubicadas en Canarias y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en esta convocatoria, los titulares de explotaciones avícolas de multiplicación o incubadora que efectúen la actividad de cría y
- reproducción de gallinas ponedoras con destino a explotaciones de ponedoras ubicadas en Canarias y que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Estar las explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, como explotaciones avícolas de multiplicación o incubadora, con los datos debidamente actualizados.
- b) Las pollitas objeto de ayuda deberán haber nacido en la explotación del titular y haber sido vendidas a explotaciones avícolas de ponedoras ubicadas en Canarias, durante el año de la campaña.
- c) Cumplir con los requisitos legales, sanitarios, de salud pública, de bienestar animal, identificación animal, de condicionalidad y medioambientales fijados por la reglamentación
- comunitaria y la legislación nacional.
- d) Cumplir con lo dispuesto en Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
- e) Aportar cuando le sea requerida la documentación comercial que acredite la venta de la producción de la explotación.
- Tasas:
- No se exigen
- Cuantía
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- El importe unitario de la ayuda es de 0,30 euros por pollita suministrada y comercializada en las islas. Se abonará un complemento de ayuda del 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta acción.
- Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna un importe de cincuenta mil euros (50.000,00 euros).
- En caso de agotamiento de la ficha financiera de la ayuda, se realizará un reducción proporcional de la ayuda unitaria suficiente para atender a todas las solicitudes presentadas.
- Criterios de valoración y baremación:
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- La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
- Forma de Abono:
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- La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago se realizará en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de junio de 2020.
Medios de presentación
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- Electrónico:
- La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
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Fecha Inicio: 1/1/2020 0:0
Fecha Fin: 25/2/2020 23:59
- Condición:
- Las solicitudes presentadas después del 31.01.2020, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 25.02.2020, se desestimará la solicitud.
- Condición:
Por internet
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- Solicitud
- En el supuesto de representación
- Documentación que acredite la representación
- Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios
- Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
- Acompañando a la primera solicitud relativa a un pago directo que se formule y para toda la campaña 2020
- Declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona física
- Declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona jurídica
- Copia de las facturas de venta del total de pollitas producidas y comercializadas.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud
- En el supuesto de representación
- Documentación que acredite la representación
- Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios
- Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
- Acompañando a la primera solicitud relativa a un pago directo que se formule y para toda la campaña 2020
- Copia de las facturas de venta del total de pollitas producidas y comercializadas.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Viceconsejería del Sector Primario
- Plazo de resolución:
- El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión (30.06.2020).
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
- Recursos:
- Potestativo de Reposición
Normativa
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Normativa autonómica
Extracto de la Orden de 4 de noviembre de 2019, por la que se convocan para la campaña 2019, las ayudas de la Acción III.9 "Ayuda para la producción de gallinas ponedoras en Canarias" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Orden de 11 de marzo de 2015, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, en virtud del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo (BOC nº 55 de 20.03.2015).
Resolución de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican las condiciones para la concesión de diversas ayudas al sector ganadero encuadradas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006 y modificado por Orden de 9 de junio de 2009. (BOC nº 254, de 30.12.2009)
Resolución de 23 de mayo de 2008, por la que se establecen las condiciones para la concesión de las ayudas para la producción de gallinas ponedoras, Medida II.9 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006. (BOC nº 122, de 19.06.2008)
Orden de 10 de noviembre de 2006, por la que se da publicidad a las medidas previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 225 de 20.11.2006).
Normativa estatal
Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
Normativa europea
Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo (Documento DOUE-L-2013-80483).
Directiva 1999/74/CE del Consejo, de 19 de julio de 1999, por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2492
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221328
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Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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