Solicitud de bonificación IBI por familia numerosa
Nombre del procedimiento
Solicitud de bonificación ibi familias numerosas
Resumen
Procedimiento por el que se solicita y tramita la bonificaciones de IBI por familia numerosa
Descripción del procedimiento
Solicitud de bonificación IBI por familia numerosa
Organismo que inicia el procedimiento
Gestión Tributaria
Organismo instructor
Gestión Tributaria
Organismo que resuelve
Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda.
Requisitos para la tramitación
- a) Ser titular de familia numerosa
b) La bonificacion correspondera exclusivamente al inmueble donde resida la unidad familiar. A estos efectos se entiende por domicilio familiar el que figure en el padron de habitantes
c) El solicitante habra de ser sujeto pasivo del impuesto correspon
Pasos a realizar por el ciudadano
- Rellenar formulario de solicitud
- Incorporacion del dcoumento de acreditacion de la condicion de titular de familia numerosa
- Presentar solicitud
- Según el curso seguido por el expediente: a. subsanar la solicitud si se recibe el correspondiente requerimiento b. Recibir la notificación de la resolución c. Presentar recurso de reposición en caso de discordancia con la resolución
Documentación
- Acreditación de la condición de titular de familia numerosa
Formularios
Clase de iniciación
A instancia aparte
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio con carácter general
Recursos que proceden
- Exclusivamente Recurso de Reposición previo al Recurso Contencioso Administrativo
Información sobre el estado de la tramitación
1. Servicio de Gestión e Inspección Tributaria 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. Teléfono del Servicio de Gestión e Inspección Tributaria: 956241013
Plazos y caducidades
- Plazo de presentación de solicitudes
Del 1 a 31 de enero de cada ejercicio
Observaciones
La bonificacion habra de ser solicitada para cada ejercicio
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
- Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
- Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
- Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
- R.D.L 2/2004,de 5 marzo, Texto Refundido de la Ley Haciendas locales
- Ordenanza nº. 1 Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Resoluciones-Notificaciones
- 6 meses desde la entrada en registro de la documentación