Reconocimiento de una disciplina deportiva.
Reconocimiento de una disciplina deportiva.
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería:
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General:
Dirección General Deporte
Descripción:
Reconocer la existencia de una disciplina deportiva dentro de un deporte o modalidad deportiva, que se practique normalmente en las diferentes especialidades y pruebas propias de la reglamentación del deporte en cuestión.
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de Inicio:
Instancia de parte
Tipo de destinatario:
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Requisitos:
1.- Existencia previa de práctica habitual de la actividad en Cantabria. 2.- Acuerdo favorable de la Asamblea General de la Federación originaria, asumiendo la existencia de la disciplina deportiva, ratificado por el Consejero competente en materia deportiva, previo informe preceptivo de la Comisión Cántabra del Deporte.
Documentación:
1.-Instancia dirigida al Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte, solicitando el reconocimiento de la disciplina deportiva. 2.- Acreditación de la existencia previa de práctica habitual de la actividad en Cantabria. 3.- Acuerdo favorable de la Asamblea General de la Federación originaria, en virtud del cual se asuma la existencia de la/s disciplina/s deportiva/s, dentro de su modalidad deportiva.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Un mes contado a partir de la fecha de la reunión en la que se haya adoptado la decisión de solicitar el reconocimiento.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro delegado de la Dirección General de Deporte, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Deporte / Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 133, de 11 de julio de 2002).
í?rgano resuelve / Norma atributiva:
Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte / Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 133, de 11 de julio de 2002).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Vía administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno.
Normativa:
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (B.O.C. nº 134, de 11 de julio de 2000). Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 133, de 11 de julio de 2002).
Información al ciudadano:
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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Trámites relacionados
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