Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

  • Qué es

    Podrán solicitar prestaciones de espacio todas las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de San Sebastián de los Reyes. El resto de entidades no inscritas, podrán disponer de espacios en dependencias municipales, abonando las tasas correspondientes.

    Forma de Iniciación

    La solicitud será siempre por escrito, y puede ser presentada directamente en el Centro ACTÚA (c/ Dos de Mayo, 6), o a través del Registro Municipal de Entrada del Ayuntamiento.

    Espacios ubicados en el CENTRO ACTÚA, CENTRO DE DIEGO DE LEÓN y en el CENTRO LOS ARROYOS: se cargarán desde Registro a PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

    Espacios ubicados en el CENTRO PABLO IGLESIAS: se cargarán desde Registro a CULTURA.

    Espacios ubicados en el CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS: se cargarán desde Registro a la DELEGACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES, INMIGRACIÓN…

    Quién lo tramita

    • Participación Ciudadana.
      Centro ACTÚA
      Dirección: C/ Dos de Mayo, 6
      Tel: 91 659 39 40

    Requisitos

    • Abonar las tasas correspondientes.
    • Las peticiones se realizarán con una antelación mínima de 5 días, y máxima de 90, antes de la fecha de prestación del espacio (aulas, salas, etc.)
    • La confirmación de las peticiones se efectuará en el plazo de 4 dias, a partir de la fecha de cumplimiento de la misma (excepto para las peticiones de cáracter permanente en las cuales el plazo será de 15 días).
    • La cesión de espacio quedará anulada cuando las entidades ciudadanas solicitantes no hagan uso del mismo, desarrollen actividades incompatibles con otras que se realicen en el centro o incumplan el horario establecido.

    Observaciones

    • No se pueden depositar materiales ni muebles ajenos al Ayuntamiento, en los espacios del centro.
    • Las peticiones de carácter continuo se concederán con una validez máxima de 3 meses, teniéndose que renovar la petición transcurrido este plazo, realizándose una valoración técnica del uso de los espacios cedidos.
    • El Ayuntamiento se reserva la facultad de trasladar los actos a otros espacios o suspenderlos, con una antelación de hasta 24 horas, por razones técnicas o de programación.

    Normativa

    Reglamento de Participacion Ciudadana publicado en BOCM nº 219.

  • Podrá solicitar el uso del "Servicio de Difusión Asociativa de la Delegación de Participación Ciudadana", toda entidad ciudadana inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de San Sebastián de los Reyes.

    Forma de Iniciación

    Las peticiones irán dirigidas a la Delegación de Participación Ciudadana; y se cursarán utilizando los formularios existentes en esta Web, tanto por e-mail como por escrito presentado directamente en el Centro Actúa o en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.

    Quién lo tramita

    Delegación de Participación Ciudadana
    Centro Actúa
    Dirección: c/ Dos de Mayo, nº 6
    Tel: 91 659 39 40
    Horario de Atención al público: Lunes a Viernes, de 8:30 a 21:00h.

    Requisitos

    • Para que se publiquen las diferentes informaciones, éstas deberán ser presentadas con al menos 20 días de antelación al inicio de la actividad.
    • Una vez realizada la actividad, la información será retirada de los medios en los que se publicó.
    • La asociación o entidad ciudadana es la única responsable de la realización de las actividades publicadas.
    • El Ayuntamiento se reserva el derecho de estudiar cada petición en la medida de la disponibilidad de los recursos, demandas y necesidades, así como de los fines de la petición, y se reserva la posibilidad de resumir el texto o intervenir en su redacción con el fín de mejorar su legibilidad.
    • El Ayuntamiento se reserva la facultad de anular, aplazar o eliminar la información publicada, con una antelación de hasta 24 h., por razones técnicas, de espacio en la publicación o de programación.

    Normativa

    Reglamento de Participación Ciudadana.

    Enlaces relacionados

  • Pinchando en el enlace que más abajo se indica, tendrá acceso a toda la información sobre Bases y Procesos selectivos abiertos, relativos a la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

    Quién lo tramita

    Servicio de Recursos Humanos
    Dirección: Edificio El Caserón- Plaza de la Constitución
    Tel: 91 659 71 00.

    Enlaces relacionados

  • La Empresa Municipal de Suelo y Vivienda se constituye en el año 2001 (27 de noviembre), para la promoción, gestión y ejecución de actividades urbanísticas, siendo el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes el propietario exclusivo de su capital social.

    Quién lo tramita

    Empresa Municipal de Suelo Y Vivienda de San Sebastián de los Reyes, S.A.
    Dirección: C/ Acacias núm 6.
    Tel. 91 659 07 17.
    E-mail: emsv@emsvssreyes.es

    Enlaces relacionados

    Acceso a Promociones de la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda.

  • Qué es

    La Revista Municipal "La Plaza" tiene una periodicidad quincenal, y si Vd. lo desea puede solicitar la publicación de anuncios relativos a compra, venta, oferta y demanda de trabajo, etc.

    Forma de Iniciación

    La inserción de anuncios es gratuita, y Vd. puede hacerlo de dos formas:

    • Directamente a través de nuestra Web.
    • Presencialmente, en el Servicio de Atención Ciudadana.
      Edificio El Caserón - Plaza de la Constitución, 2.
      Mañanas: Lunes a Viernes, de 8:30 h. a 14:30 h.
      Tardes: Lunes a Jueves, de 16:30 h. a 18:45 h (excepto JULIO y AGOSTO)

    Quién lo tramita

    Sección de Prensa y Comunicación - Casa Consistorial
    Dirección: Plaza de la Constitución, 1
    Tel: 91 659 71 00

    Requisitos

    • La publicación de anuncios está reservada a pesonas residentes en San Sebastián de los Reyes (salvo los anuncios relativos a "Ofertas de Empleo").
    • Es necesario indicar la dirección completa.

  • Qué es

    El punto limpio es una instalación municipal, equipada con contenedores de distintos tipos, adecuadamente señalizados, donde de forma gratuita, los particulares aportan, previamente seleccionados, aquellos residuos que por su volumen o peligrosidad, no pueden ser depositados en los contenedores de la calle.

    Quién lo tramita

    Punto Limpio de Sanse: Avda. de Tenerife, nº 7 (autobús 154 – L7)

    HORARIO:
    De lunes a viernes: de 8 a 20h.
    Sábados: 9 a 20 h.
    Domingos: 9 a 14 h.

    Cerrará únicamente en Navidad y Año Nuevo.

    TELÉFONO: 91.652.01.99, de lunes a viernes de 8 a 15 h. (por la tarde habrá un contestador).

    CORREO-E:
    puntolimpiosanse@cespa.es

    Observaciones

    • El acceso al área en la que se encuentran los contenedores se hace a pie o en el propio vehículo. En la zona de entrada los operarios de la instalación toman nota del residuo y cantidad aportada e indican el lugar adecuado para su depósito.
    • No se admiten residuos procedentes de empresas.
    • Folleto explicativo Punto Limpio.

    RESIDUOS QUE SE PUEDEN ENTREGAR

    RESIDUOS QUE NO SE PUEDEN ENTREGAR

    Papel y cartón

    Extintores

    Vidrio

    Bombonas de butano

    Metales

    Materiales radioactivos

    Plásticos

    Basura orgánica

    Envases

    Explosivos o inflamables

    Ropa usada

    Clínicos

    Aceite vegetal (hasta 5 litros)

    Neumáticos

    Muebles y enseres (máximo 50 kg., o 1 de peso superior)

    Residuos sin separar

    Electrodomésticos (hasta 2 unidades)

    Residuos sin identificar

    Frigoríficos, acondicionadores (1 unidad)

    Residuos peligrosos

    Colchones (1 unidad)

    Escombros (hasta 60 kg. Por entrega y día)

    Restos de jardinería

    Aceite de motores

    Filtros de aceite

    Baterías de coche (2 unidades)

    Pilas (20 unidades)

    Medicamentos (hasta 5 kg.)

    Radiografías (5 unidades)

    Pintura (hasta 5 kg)

    Residuos electrónicos (ordenadores, teléfonos, etc.)

    Tonner (hasta 5 cartuchos)

    Consumibles informáticos (5 cartuchos)

    Termómetros de mercurio (1 unidad)

    Fluorescentes (3 unidades)

  • Qué es

    El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en colaboración con la Dirección General del Catastro, ofrece un nuevo servicio a sus ciudadanos: Punto de Información Catastral.

    Se pueden consultar los datos catastrales de cualesquiera bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional a excepción de los situados en el País Vasco y Navarra.

    Ésto supone que en el propio Ayuntamiento se podrán obtener certificaciones y consultas sobre datos catastrales no sólo literales o alfanuméricas, sino también cartográficas, evitando así desplazamientos a las instalaciones de la propia Dirección General, y facilitando el acceso a las personas que no disponen de medios telemáticos que les permitan la consulta a través de la Oficina Virtual del Catastro.

    Los ciudadanos no empadronados deben abonar el importe del precio publico que corresponda.

    ¿Quién puede obtener información catastral?

    Cualquier ciudadano, conforme a los siguientes criterios:

    • Si no es el titular catastral, podrá obtener:
      • Consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
      • Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
    • Si es el titular catastral, o representante legal del titular, podrá obtener, previa solicitud-autorización: Consulta y certificación electrónica de los datos protegidos relativa a los bienes inmuebles de su titularidad.

    Requisitos para la obtención de datos

    Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, deberán rellenar y entregar en el Punto de Información Catastral la solicitud-autorización correspondiente.

    • Si no es el titular catastral, deberá presentar:
      • Solicitud general del Ayuntamiento.
      • N.I.F. del solicitante (original y copia).
    • Si es el titular catastral, o representante legal del titular, deberá presentar:
      • Solicitud del titular catastral, según modelo oficial.
      • N.I.F. (original y copia del titular, y, en su caso, de la persona autorizada).
      • En el supuesto de actuación como representante, se acompañará autorización según modelo oficial, cuya validez será de DIEZ DÍAS desde la fecha de su expedición.

    Quién lo tramita

    Servicio de Atención Ciudadana. Consulte las Oficinas de Atención Ciudadana y sus horarios.

    Servicio de Hacienda. Consulte dirección y horario.

    Enlaces relacionados

    Funcionamiento del Punto de Información Catastral.

    Modificación datos catastrales erróneos.

  • Quién lo tramita

    Delegación de Medio Ambiente
    Centro de Educación y Gestión Ambiental
    Dirección: Avda. Tenerife nº 7
    Tel: 91 659 17 63.

    Observaciones

    Materia orgánica

    En los contenedores destinados a la recogida de materia orgánica han de depositarse únicamente los restos de alimentos, pañales y pequeños objetos no peligrosos para los que no existe otra forma de recogida.

    Nunca: vidrios, envases o residuos peligrosos.

    Deposítelos en bolsas cerradas, despues de las 22 h.

    Papel

    En los contenedores azules destinados a la recogida de papel solo debe depositarse papel "limpio": prensa, revistas, papel de envolver, cajas de cartón o embalajes.

    Nunca papel manchado o recipientes metalizados o plastificados.

    Envases

    En los contenedores amarillos destinados a la recogida de envases sólo deben depositarse envases de plástico o metálicos, latas, botes, tapaderas metálicas, chapas.

    Nunca residuos de plástico o metal que no sean "envases".

    Vidrio

    En estos contenedores sólo han de depositarse recipientes y restos de vidrio o cristal, botes de conserva y tarros.

    Nunca tapas metálicas, ni tapones plásticos ni vidrios o cristales tratados con mercurio o fósforo (lunas de espejos, fluorescentes, tubos o pantallas de televisión).

    Textil

    Un convenio con la Organización "HUMANA" permite el reciclado de productos textiles.

    Deben depositarse en los contenedores específicos, siempre limpios y en bolsas cerradas. Si se trata de zapatos estos han de ir emparejados.

    Muebles y enseres

    Si necesita desprenderse de muebles o enseres viejos, usados o en mal estado, el Ayuntamiento dispone de un servicio gratuito de recogida, que se realiza los días 1 y 15 de cada mes.

    Para ello debe llamar, con al menos 3 días de antelación, al teléfono 916520061.

    Punto Limpio

    Punto Limpio: es una instalación equipada con contenedores de distintos tipos, adecuadamente señalizados donde, de forma gratuita, se podrán depositar los residuos que por su volumen o peligrosidad, no pueden ser depositados en los contenedores instalados en la vía pública.

    Vertedero de inertes

    El vertedero municipal de residuos inertes del Burrillo está cerrado y en fase de restauración postclausura. Los escombros y tierras procedentes de excavaciones y obras, y otros residuos inertes procedentes de la actividad industrial, deberán depositarse en los vertederos autorizados actualmente en explotación. Los más cercanos se encuentran en:

    • Colmenar Viejo: se pueden verter residuos urbanos y asimilables a urbanos.
      Tel: 91 845 60 10.
    • El Molar: se pueden verter residuos de construcción y demolición.
      Tel: 66 939 14 18.

    Más información: Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid: Tel: 91 580 39 00.

  • Qué es

    Se solicita para aumentar la capacidad de la sepultura o nicho, para inhumar los restos en un columbario o para renunciar a ellos.

    Forma de Iniciación

    La solicitud debe ser formulada por el titular de la Concesión o sus familiares directos. El impreso de solicitud se presentará en el Registro General de Entrada.

    Las reducciones de restos en sepulturas deberán solicitarse con una antelación mínima de 10 días.

    Quién lo tramita

    Sección de Asuntos Generales
    Dirección: Plaza de la Constitución - Edificio El Caserón
    Tel: 91 659 71 00
    Horario: Lunes y Miércoles de 11:00 a 13:00 horas.

    Documentación

    • Estar en posesión del Título de Concesión Funeraria.
    • Abono de Tasas.

    Observaciones

    • La reducción de restos únicamente puede realizarse a partir de los cinco años de la inhumación.
    • La fecha habitual es de octubre a mayo, ya que en época estival no pueden permitirse las exhumaciones.
    • Una vez realizada la reducción, los restos se depositarán en cajas de restos o sudarios, que deben ser facilitados por los interesados.

    Normativa

  • Es el Registro en el que se anotan todos los documentos que se reciben en el Ayuntamiento, dirigidos a cualquier órgano o dependencia municipal.

    Forma de Iniciación

    Presencialmente, por correo administrativo o a través de Web (con firma digital).

    Los documentos presentados en Registro deben contener los siguientes datos:

    • Nombre, apellidos y domicilio del interesado, y, en su caso, además, de la persona que lo represente.
    • Hechos, razones y súplica en que se concrete con toda claridad la petición.
    • Lugar, fecha y firma.
    • Centro o dependencia al que se dirige.

    Toda persona que presente un documento en el Registro podrá solicitar recibo donde conste día y hora de presentación, número de entrada y sucinta referencia del asunto.

    Este recibo será prueba respecto de la fecha en que el documento ingresó en el Registro.

    Quién lo tramita

    Servicio de Atención Ciudadana. Consulte las Oficinas de Atención Ciudadana y sus horarios.

    Observaciones

    • Los escritos que los ciudadanos dirijan a los órganos de la Administración Pública, podrán presentarse: en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas en materia de registros (SAC) según lo establecido en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Nuestro Ayuntamiento ha suscrito el Convenio de Ventanilla Única que permitirá a los vecinos de San Sebastián de los Reyes presentar en el Registro del Ayuntamiento los documentos o solicitudes destinadas a la Administración General del Estado o a la Administración de la Comunidad de Madrid, y a los organismos públicos dependientes de ambas administraciones.
    • Documentos que no pueden presentarse en las oficinas en Materia de Registro

    Normativa

    • Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (Real Decreto 2568/1986).
    • Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (Ley 7/1985).
    • Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992).

    Enlaces relacionados

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