Becas y ayudas para educación especial. Curso 2016/2017

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Plazo

Del 16-01-2017 al 13-02-2017

Plazo de subsanación: si la solicitud no reúne los requisitos indicados, la Comisión requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de 10 días naturales.

Presentación

Dirigido a

Alumnado escolarizado en un centro educativo de la Comunidad Foral de Navarra:

  • Becas de Educación Especial: Alumnado con discapacidad física, psíquica o sensorial con edades comprendidas entre los 3 y los 21 años cumplidos a 31 de diciembre de 2016 que siga estudios de cualquier nivel o grado en centros de educación especial, aulas alternativas a centros de educación especial en zona rural, aulas para trastornos generalizados del desarrollo, unidades de currículo especial, programas de cualificación profesional inicial especial, formación profesional básica especial y centros educativos ordinarios para alumnado con discapacidad motora o auditiva que ha sido propuesto por los equipos del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA).
  • Ayudas de Educación Especial: Alumnado escolarizado en los niveles de Educación Infantil, Primaria y ESO con edades comprendidas entre los 3 y los 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2016 con necesidades educativas especiales asociadas bien a una discapacidad psíquica, física, sensorial o motora significativa, o a trastornos graves de conducta, incluyendo al alumnado afectado por TDAH con adaptación curricular significativa, o por presentar altas capacidades intelectuales que precisen actividades complementarias a la formación reglada, trastorno específico o retraso grave de lenguaje que precise atención de logopedia y trastorno específico de lectura que suponga un retraso curricular de dos o más cursos.
    Tiene que darse la circunstancia de que este alumnado no pueda ser atendido en el propio centro en los niveles de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria.
  • Ayudas de postobligatoria: Alumnado con edades comprendidas entre los 16 y los 21 años cumplidos a 31 de diciembre de 2016 con discapacidad sensorial, motora o con trastornos psiquiátricos graves que requieran apoyo pedagógico extraordinario o transporte adaptado.

Más información

Un total de 180.000 euros que se distribuye en máximos de la siguiente manera:

  1. Becas para Educación Especial:
    Comedor (régimen medio pensionista): hasta 300 euros. En las unidades Aulas Alternativas a Centros de Educación Especial en zona rural (AA) y UT-TGD no se tendrá en cuenta este límite.
    Transporte: en función del gasto efectivo resultante de la utilización de este servicio.
    Residencia: hasta 1.800 euros, cuando la distancia del domicilio familiar al centro educativo sea mayor de 30 kilómetros.
  2. Ayudas de Educación Especial:
    Apoyo a las necesidades educativas: hasta 1.300 euros.
    Apoyo a las altas capacidades: hasta 700 euros.
    Transporte: hasta 500 euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.
  3. Ayudas para alumnado de educación postobligatoria no universitaria con discapacidad:
    Apoyo: hasta 1.500 euros.
    Transporte: hasta 500 euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.
  • Únicamente se considerarán gastos subvencionables los realizados por los conceptos señalados durante el periodo de septiembre de 2016 a junio de 2017.
  • En el caso de que el importe total de las solicitudes admitidas exceda del gasto máximo autorizado para esta convocatoria, excepcionalmente, la propuesta de concesión de las ayudas llevará aparejada el prorrateo entre los beneficiarios del importe máximo destinado a la subvención.
  • Las ayudas concedidas serán compatibles con otras que pudieran obtenerse para los mismos fines de cualquier otro órgano de la Administración de la Comunicad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares.
  • No obstante, la ayuda concedida no podrá ser tal que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.

Documentación y tramitación

Documentación

A .- Común para todas las solicitudes:

  1. Solicitud (pdf) (formulario) debidamente cumplimentada.
  2. Fotocopia del DNI del padre, madre o tutor.
  3. Fotocopia completa del libro de familia. En el caso de padres separados, divorciados o tutores, justificante de que el alumno o alumna está a cargo de quien solicita la ayuda.
  4. Fotocopia completa de las declaraciones de IRPF correspondiente al año 2015 presentadas por los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante.
    Si la unidad familiar no ha realizado la declaración de IRPF del 2015 por no estar legalmente obligada a ello, deberá acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
    a) en el caso de trabajadores por cuenta ajena, pensionistas o desempleados, un justificante de los ingresos percibidos durante el año 2015, expedido por la empresa u organismos correspondientes.
    b) en el caso de empresarios, agricultores y profesiones liberales, una declaración de los ingresos brutos obtenidos durante el año 2015.
  5. Certificación donde conste, separadamente, el importe mensual y anual que la familia abona por los conceptos por lo que solicita la beca o ayuda.
  6. Certificado de residencia familiar (empadronamiento).

B.1.- Para las solicitudes de Ayudas de Educación Especial, se añadirá:

  1. Informe del Orientador del Centro.
  2. Informe de la entidad que va a realizar la atencion de apoyo.
  3. Presupuesto del coste mensual del transporte.

B.2.- Para las solicitudes de Ayudas a alumnado de Educación Postobligatoria no universitaria, se añadirá:

  1. Informe favorable del CREENA al apoyo pedagógico.
  2. Certificado de calificación de minusvalía con un grado igual o superior al 33% correspondiente a discapacidad visual, auditiva o motora.
  3. Certificado médico para los alumnos o alumnas con trastornos graves psiquiátricos.

B.3.- Para las ayudas a la atención del alumnado que presente altas capacidades, se añadirá:

  1. Informe específico del Orientador del Centro escolar.
  2. Certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro o institución que los preste.

Pasos siguientes

  • Valoración de las solicitudes y propuesta provisional de concesión.
  • Concesión definitiva.
  • Justificación de gastos y pagos y Abono de las Ayudas y Becas.

Normativa

Resolución 579/2016, de 30 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de Becas de Educación Especial y Ayudas para alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo para el curso 2016/2017

Publicada en el BON nº 10 de 16 de enero de 2016

Contacto

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