Baja de la domiciliación de Impuestos y Tasas
Este trámite permite anular la domiciliación en la cuenta bancaria del pago de los recibos que se indiquen.
La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del período voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente, del importe del recibo emitido anualmente, por lo que con la anulación de la domiciliación debe realizar el pago de sus recibos en el plazo fijado en el calendario del contribuyente que figura en la carta de pago que se le enviará a su domicilio de notificaciones por correo ordinario.
A quién está dirigido
A las personas que hayan realizado la domiciliación del pago del recibo, sea o no el sujeto pasivo obligado al pago del tributo.
Cómo hacerlo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Debe hacer la anulación de la domiciliación antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que sea efectiva en ese año; si no quedará operativo en el siguiente año y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Presencialmente
Puede presentar en el Registro del Ayuntamiento, sin perjuicio de poder hacerlo en cualquier otro registro habilitado por la normativa vigente, el impreso de solicitud, el cual estará su disposición en la oficina de información del Ayuntamiento y en esta página web. En el supuesto de que no emplee el modelo normalizado se inadmitirá su solicitud.
Documentación requerida
- Baja de la orden de domiciliación de pago Firmado por el obligado al pago (titular del recibo) o por el titular de la cuenta si es distinto del obligado al pago.
Oficinas
- Registro General
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1
36202 - VigoHorario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
- Tesorería - Recaudación
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Normativa Municipal
- Ordenanza Nº 01: Ordenanza Fiscal General
- Ordenanza Nº 02: Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Ordenanza Nº 03: Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
- Ordenanza Nº 04: Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Ordenanza Nº 16: Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por la Recogida de Basura
Legislación relacionada
- Real Decreto 939/2005, del 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
artículo 38.
Trámites relacionados
- Domiciliación de la Tasa de Exacciones Unificadas Industriales (EUI)
- Domiciliación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- Domiciliación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
- Domiciliación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
- Domiciliación de la Tasa por la Recogida de Basuras Viviendas
- Modificación de los datos bancarios para la domiciliación de los tributos municipales de cobro periódico
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo