Subvenciones a Entidades Locales para el funcionamiento de las Escuelas Municipales de Música
Subvenciones a Municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para financiar parcialmente los gastos generales de sus Escuelas Municipales de Música.
Requisitos
Beneficiarios
Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la financiación parcial de los gastos generales de las Escuelas Municipales de Música de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén constituidas de acuerdo a la legislación vigente e inscritas en el Registro correspondiente, que se lleven a cabo en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 y el 31 de agosto de 2017, ambas fechas incluidas.
Documentación
- Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Documento de autorización del Órgano competente para el desarrollo de la actividad o programa para el que se solicita subvención.
- Número de alumnos de la Escuela Municipal de Música y su distribución por materias, durante el curso correspondiente.
- Acreditación de los siguientes datos:
- De la fecha de inicio y finalización de las actividades de la Escuela de Música.
- De las enseñanzas impartidas por la Escuela de Música.
- Relación de actividades desarrolladas o a desarrollar en el curso escolar.
- Presupuesto económico de gastos de la Escuela Municipal de Música.
- En caso de que la Entidad Local Municipal no pueda recuperar el I.V.A. por la actividad de la Escuela Municipal de Música, declaración responsable de que el I.V.A no es recuperable por parte de la Entidad local municipal, al considerarse ésta como consumidor final, o de que dichas actividades se encuentran exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, apartado uno, número 9º, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, al ser actividades educativas, o -en su caso- del precepto legal en que fundamentan esa imposibilidad de recuperación o compensación (cumplimentando las casillas correspondientes de la solicitud).
- Ficha de Alta de Terceros normalizada sólo en caso de haberse producido cambios respecto de la existente en el Gobierno de La Rioja o en caso de nuevas entidades locales. Presentación telemática de la ficha
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
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Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud, que será única por Escuela Municipal de Música, se presentará en el plazo de doce días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 31 de mayo de 2017).
Fin de plazo. 20 de junio de 2017
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Plazo de resolución y notificación
SEIS meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Más información
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Normativa:
Orden 3/2007, de 7 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción educativa.
Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan subvenciones para Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el funcionamiento de las Escuelas Municipales de Música en el curso escolar 2016/2017
Resolución de 22 de mayo de 2017, Extracto de la Resolución de convocatoria
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Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
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Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación, Formación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Educación
- Unidad tramitadora: Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa
Contacto
- Mª Estrella Hernández Guerra
- Vidal Cereceda Ayala
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
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Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
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Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
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