Tasa por prestación del servicio de recogida y depósito de vehículos estacionados defectuosamente o abandonados en la vía pública

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tasa por prestación del servicio de recogida y depósito de vehículos estacionados defectuosamente o abandonados en la vía pública


Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de la tasa la retirada de un vehículo de la vía pública, así como su inmovilización y la custodia en el depósito municipal, de aquellos vehículos estacionados defectuosamente o abandonados y que impidan la circulación, que constituyan un peligro para la misma, y, en general, la actuación municipal de retirada de vehículos en todos aquellos supuestos en los que la normativa vigente lo ordene.

Obligación de contribuir

Nace cuando se inicia la prestación del servicio. En el supuesto de retirada de vehículos de la vía pública se entenderá iniciado el servicio cuando el camión-grúa comience a realizar el trabajo de carga del vehículo.

Tarifas

Retirada ?Custodia ?
Vehículo/periodo 24h o inferior (*)
Bicicletas30,006,00
Ciclomotores de dos ruedas60,0010,00
Motocicletas de dos ruedas80,0010,00
Vehículos hasta 3.500 Kg120,0016,00
Vehículos entre 3.500 y 12.000 Kg y microbuses (hasta 40 plazas)220,0021,00
Vehículos de más de 12.000 Kg260,0026,00
Autobuses320,0026,00
(*) La tasa se cobrará por cada fracción de 24 horas o inferior desde la entrada en depósito.
En aquellos casos en que se haya iniciado la prestación del servicio, con la inmovilización del vehículo con cepo u otro mecanismo similar, y se personase el interesado dando lugar al desenganche del vehículo, deberá abonar el 50 por 100 del importe de las tarifas citadas.

Exenciones

Quedan exentos del pago de estas tarifas los vehículos robados y aquellos que deban ser retirados por motivos de fuerza mayor. Los supuestos de robo deberán acreditarse mediante la aportación de la copia de la denuncia por sustracción presentada ante las autoridades competentes.

Gestión y recaudación

Los vehículos retirados por los servicios municipales estarán a disposición de sus propietarios en el depósito habilitado al efecto.
Acreditada la titularidad del vehículo por quien lo reclame, se podrán retirar por dicho titular que deberá abonar previamente el importe de la tasa. Ello con independencia de la sanción a que haya lugar por la infracción de tráfico cometida.

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