Tasa por Prestación de servicios sanitarios
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto
La prestación de los servicios sanitarios de valoración, asistencia inicial y/o transporte sanitario a lesionados o enfermos, producidos en accidentes de tráfico, laborales o escolares y otros análogos cubiertos por Entidades o Sociedades Aseguradoras; la asistencia sanitaria en Centros de Apoyo Logístico en los mismos casos; y la cobertura programada en situaciones de riesgo previsible.Gestión
De acuerdo con los servicios prestados, se practicará la liquidación que será notificada para su pago.Quienes soliciten los servicios a que se refiere el apartado B) de las tarifas relacionadas a continuación, deberán presentar solicitud, expresando las características del servicio solicitado, con una antelación mínima de cinco días a aquel en que deba prestarse el mismo. En estos casos, si el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón considera necesario por motivos de seguridad la prestación del mismo, lo autorizará por Decreto del órgano competente, que se notificará al interesado. En dicha resolución se fijará el número de efectivos precisos, y el tiempo estimado de duración del mismo.
Tarifas
A) Servicios de valoración, asistencia inicial y/o transporte sanitario a lesionados y enfermos producidos en accidentes de tráfico, laborales, escolares y otros análogos:a) Asistencia y alta en el lugar, por oficial de transporte sanitario (sin transporte). | 140 ? |
b) Asistencia por oficial de transporte sanitario, con posterior traslado en Unidad de soporte vital básico. | 210 ? |
B) Cobertura programada en situaciones de riesgo previsible a solicitud del interesado:
a) Por cobertura por ambulancia de soporte vital básico con dos oficiales de Transporte Sanitario, por períodos de dos horas o fracción. | 160 ? |
b) Por montaje y día de uso de un hospital de campaña, entendiéndose por tal una estructura con capacidad de asistencia y hospitalización provisional de heridos y enfermos con capacidad para 10 pacientes, por períodos de cuatro horas o fracción | 250 ? |
C) Asistencia sanitaria en centros de apoyo logístico:
a) Por primera consulta, valoración del cuadro de urgencia que presente el paciente y tratamiento inicial | 95 ? |
b) Por consulta y curas sucesivas, cada una | 45 ? |
c) Por estancia en observación menor a veinticuatro horas | 225 ? |
Se entenderá por "primera consulta, valoración del cuadro de urgencia y tratamiento inicial" todas las pruebas diagnósticas y de fijación de internamiento y tratamiento inicial que se realicen en la primera toma de contacto del paciente con el centro.
Se entenderá por "consultas y curas sucesivas" todas las intervenciones que se realicen a partir de la primera consulta, cuyo fin sea el restablecimiento total del paciente.
Se entenderá por "estancia en observación menor a veinticuatro horas" el tiempo que el accidentado se encuentre ingresado en el centro para la atención de su proceso patológico, que no exceda de veinticuatro horas desde la hora de ingreso en el centro. En este concepto quedan incluidos todos los gastos asistenciales que se generen por esta estancia.
Se entenderá por "asistencia sanitaria" los casos que generen un acto médico.
Trámites relacionados
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