Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud de autorización de ocupación de la vía pública mediante elementos publicitarios.

    Quién puede realizar el trámite

    Empresa anunciante.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar sin certificado

    Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que la solicitud tenga efectos jurídicos debe imprimirla, cumplimentarla y presentarla en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda junto al resto de documentación requerida. En el caso de la autoliquidación imprímala, rellénela y acuda a pagar a alguna de las entidades colaboradoras que figuran en la propia instancia en los horarios establecidos por cada entidad.

    Iniciar trámite>

    Descargar instancia

    Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que la solicitud tenga efectos jurídicos debe imprimirla, cumplimentarla y presentarla en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda junto al resto de documentación requerida. En el caso de la autoliquidación imprímala, rellénela y acuda a pagar a alguna de las entidades colaboradoras que figuran en la propia instancia en los horarios establecidos por cada entidad.

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    PRESENCIAL

    Importe

    Las tarifas a aplicar serán el 50% de las establecidas en el Epígrafe I.11.2

    Condiciones de solicitud

    Previa a la instalación de los elementos.

    Requisitos

    Se autorizará la instalación de anuncios publicitarios en los siguientes supuestos:
    Cuando se estén ejecutando obras de nueva planta o rehabilitación de elementos comunes de edificios existentes, se podrá autorizar la implantación de publicidad en las propias fachadas o en los andamios, vallados u otras instalaciones auxiliares análogas. En el caso de andamios que instale el Ayuntamiento para rehabilitación de edificios con ayudas, éste se reservará la posibilidad de poner publicidad en dichos andamios.
    En las fachadas de los edificios que vayan a ser objeto de renovación (sustitución) o de rehabilitación de elementos comunes, una vez se haya solicitado la licencia de obras, se podrá autorizar la instalación de elementos publicitarios sólo si el contenido del anuncio se refiere a las características o condiciones de la propia obra a realizar.
    En las fachadas de los edificios destinados a usos dotaciones, se autorizará la instalación de elementos publicitarios cuando el contenido del anuncio se refiera a la propia actividad que se realiza en el edificio en que se pretenden instalar dichos elementos.

    Documentación a presentar

    OBRA EN LA QUE SE VA A INSTALAR EL/LOS ELEMENTOS PUBLICITARIOS:
    En elementos publicitarios a instalar en fachadas, vallados, andamios con licencia de obras ya autorizadas indicar nº expte., resolución otorgando la licencia de obras, o en su caso, fecha de otorgamiento de la licencia otorgada por procedimiento abreviado o comunicado.
    En elementos publicitarios a instalar en fachadas de edificios que se van a renovar o rehabilitar indicar la fecha de solicitud de la licencia de obras:
    Emplazamiento.
    Superficie de los elementos publicitarios (en m2).
    Duración prevista para la ocupación del dominio público (en días).
    En elementos publicitarios a instalar en fachadas de edificios que se van a renovar o rehabilitar, la autorización para su instalación concluirá en el momento de terminar las obras, o en su caso, en la fecha en que se declare la caducidad o el desistimiento del procedimiento o de la propia licencia.
    Documentación personal.
    En caso de que se actúe en representación de Persona física o Persona jurídica:
    Fotocopia del DNI de la persona representada.
    Documento acreditativo de la representación.
    Documentación específica de la ocupación de dominio público.
    Plano de ubicación con la ocupación de dominio público que se pretende.
    Justificante del nombramiento y contratación del coordinador de la obra en materia de seguridad o de la persona que asume la instalación y funcionamiento de los elementos a instalar en terrenos de dominio público.

    Más información

    La autorización para instalar elementos publicitarios estará condicionada al otorgamiento de la licencia de obras y a su ejecución, por lo que en caso de que la licencia de obras se deniegue, se declare la caducidad o el desistimiento tanto del procedimiento como de la licencia, cesarán automáticamente los efectos de la autorización para la instalación del elemento publicitario.
    La autorización, si toda la documentación en correcta, se concede en el momento.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
    RECURSOS DE PRESTADORES: Contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente, los siguientes recursos:
    Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
    Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del plazo de un mes desde la notificación del acto.
    Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la notificación del acto.
    RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
    - ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales o la Cámara de comercio.

    Normativa

    Disposición interpretativa y aclaratoria sobre instalación de publicidad en fachadas (DAL 25/06/2010 - 1/UV) (BON 90 de 26/07/2010).
    Ordenanza sobre Procedimiento Urbanístico (BOE 23/11/1984).
    Manual de procedimiento de Ocupación de dominio público con vallados, andamios y demás elementos auxiliares de obra (Resolución de Urbanismo del 24 de diciembre de 2001).
    Ordenanzas Fiscales de 2019, Núm. 21. (Epígrafe II)
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N LEGAL: inmediato.

    Información relacionada

    Ã?rganos gestores

    Documentos asociados

  • Qué es

    Solicitud de licencia para rebaje de bordillo para licencia de paso.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona física o jurídica.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar sin certificado

    Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que la solicitud tenga efectos jurídicos debe imprimirla, cumplimentarla y presentarla en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda o en la Oficina de Rehabilitación Urbana del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida. En el caso de la AUTOLIQUIDACIÃ?N imprímala, rellénela y acuda a pagar a alguna de las entidades colaboradoras que figuran en la propia instancia en los horarios establecidos por cada entidad.

    Iniciar trámite>

    PRESENCIAL

    Importe

    TASA LICENCIA DE ZANJA: resultante del número de metros por la tarifa indicada en la Autoliquidación.
    ICIO: Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: porcentaje (indicado en la autoliquidación) del presupuesto de la obra, sin incluir IVA, ni beneficio industrial, ni honorarios de técnico.
    La Licencia de Rebaje de bordillo para Licencia de Paso está exenta del pago de Fianza.
    Este importe puede hacerlo efectivo tanto en las oficinas de depositaria como a través de la página web.

    Condiciones de solicitud

    Previo o simultáneamente a la solicitud de licencia de paso.

    Documentación a presentar

    Impreso de "Solicitud de rebaje de bordillo para licencia de paso" debidamente cumplimentado (disponible en la página web).
    Breve explicación del motivo por el que se solicita la licencia de paso.
    Plano de emplazamiento.
    Presupuesto de la obra.
    En caso de locales comerciales o nuevas edificaciones, presentaran además copia de la licencia de obra o de apertura de local.
    AUTOLIQUIDACIÃ?N para licencia de zanja debidamente cumplimentada a nombre del solicitante con justificación del abono (disponible en la página web).

    Más información

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
    RECURSOS DE PRESTADORES: contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente, los siguientes recursos:
    Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
    Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del plazo de un mes desde la notificación del acto.
    Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la notificación del acto.
    RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
    ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales o la Cámara de comercio.

    Normativa

    Ordenanza general de urbanización (BOE 23/11/84).
    Ordenanza Municipal de Tráfico de la Ciudad de Pamplona (BON 4/5/2009).
    Decreto Foral 23/2011, de 28 de marzo, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    Normativa vigente en Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
    Ordenanzas Fiscales de 2019, Núm. 3.
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N LEGAL: 72 horas.
    PLAZO ESTIMADO: dos semanas. Mes y medio en el caso de grandes obras.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.
    RESOLUCIÃ?N: Concejalía Delegada del Área de Urbanismo y Vivienda.

    Información relacionada

    Ã?rganos gestores

    Documentos asociados

  • Qué es

    Solicitud de alta en el padrón municipal de habitantes de Pamplona.

    Quién puede realizar el trámite

    La persona física interesada.
    La realización de este trámite exige la comparecencia personal en la Oficina de Atención Ciudadana de todos los mayores de edad y menores emancipados.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Iniciar trámite>

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.
    Es posible realizar esta solicitud de manera telemática si se posee un certificado digital admitido por el Ayuntamiento de Pamplona, aportando la documentación necesaria digitalizada junto a la hoja padronal generada a través del asistente diseñado al efecto.
    CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).

    Documentación a presentar

    1. Hoja padronal cumplimentada y firmada por todas las personas mayores de edad y menores emancipados. Se facilita en la propia unidad tramitadora.
    En caso de unidades familiares que realicen el alta conjuntamente, u otros casos excepcionales, se permite que un miembro de los que se van a empadronar realice el trámite en nombre del resto, con autorización por escrito de los componentes mayores de edad que no acuden, incluyendo en la misma, la dirección de empadronamiento.
    En el caso de la solicitud de manera telemática en lugar de dicha hoja se generará automáticamente una "Hoja Padronal Electrónica" a través del "asistente de tramitación", que contendrá los datos y los documentos electrónicos aportados por el solicitante. En ella sólo podrá figurar una persona mayor de edad, que deberá firmar electrónicamente la hoja, y menores de edad no emancipados a su cargo.
    2. Documento original en vigor que acredite la identidad de la persona a inscribir: DNI; Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión acompañado del pasaporte o documento de identidad de su país para ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza; tarjeta de extranjero o pasaporte en su defecto para resto de extranjeros. Si el documento está caducado, aportar solicitud de renovación.
    Para los menores de edad no emancipados: documento que acredite la filiación y representación del menor a inscribir: libro de familia o partida de nacimiento.
    3. Justificante de ocupación de la vivienda, teniendo en cuenta:
    Si reside en domicilio propio: se comprobará de oficio por parte de la oficina consultando el catastro. En caso de reciente adquisición, contrato de compra, escrituras, testamento o aceptación de herencia, o contrato o recibo de suministro de luz, teléfono, gas, agua, etc. donde conste el interesado como titular del contrato.
    Si reside en domicilio ajeno: contrato de arrendamiento (acompañado del último recibo si tiene más de 6 meses de antigÌedad), o autorización del propietario, o del titular del contrato de arrendamiento si figura empadronado en ese domicilio, junto con fotocopia del DNI del autorizante y del contrato de arrendamiento en su caso. También es válido contrato o recibo de suministro de luz, teléfono, gas, agua, etc. donde conste el interesado como titular del contrato.
    Si reside en una vivienda colectiva (residencia, convento, pensión...): autorización del responsable de la misma, con sello del organismo o empresa que la regenta.
    Si reside en una infravivienda (chabolas, caravanas, en la calle, etc.,): informe de los servicios sociales.
    4. En los casos de menores de edad no emancipados que se empadronen con uno solo de sus padres, copia de la resolución judicial que otorga la guardia y custodia en caso de separación o divorcio, autorización por escrito firmada por el otro progenitor, o declaración responsable de no necesitar autorización judicial previa al cambio de domicilio del menor.
    5. En los casos de menores de edad no emancipados que se empadronen en un domicilio distinto al de sus padres o representantes, autorización por escrito firmada por los representantes del menor (padres, tutores o quien tenga confiada su guardia y custodia) y fotocopia del DNI de los mismos.
    6. En el caso de recién nacidos, el alta se hace automáticamente tras recibir comunicación del registro civil. No obstante, los padres pueden adelantar el alta en su domicilio aportando el libro de familia o partida de nacimiento.
    En la solicitud de manera telemática, el asistente permite la aportación de documentos. Para ello previamente debe tenerlos escaneados en PDF.

    Más información

    En las solicitudes telemáticas, tanto el aviso de la aceptación y consolidación de la solicitud en el Padrón Municipal de Habitantes, como la notificación de su denegación o el envío de requerimientos se hará igualmente por medios electrónicos; para ello el Ayuntamiento de Pamplona depositará mensajes y notificaciones en la carpeta ciudadana de la persona solicitante y se le enviará un aviso de ese depósito a la dirección de correo electrónica que conste en la hoja padronal presentada.
    Después de registrarse el alta en los ficheros municipales, es el Ayuntamiento de Pamplona quien solicita la baja en el municipio de procedencia.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la Ley de Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el Reglamento de Población y Demarcación territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de junio (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
    Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de 2015 (BOE 71 de 24/03/2015).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N LEGAL: 3 meses, desde que se presente toda la documentación necesaria.
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N ESTIMADO: inmediato, desde que se presente toda la documentación necesaria.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: positivo.
    RESOLUCIÃ?N: Dirección del Área de Educación, Participación Ciudadana y Juventud.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

    Documentos asociados

  • Qué es

    Consulta vía Web de los datos de inscripción en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de Pamplona. Esos datos sirven de base para la expedición de volantes de empadronamiento.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Con esta opción accederá a la Consulta de Padrón en su Carpeta Ciudadana.

    Iniciar trámite>

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.
    CANALES DE CONSULTA:
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).

    Requisitos

    Cualquier persona física interesada siempre que cuente con un certificado digital reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
    No se facilitará información cuando los datos de identidad del certificado digital no coincidan exactamente con los de la inscripción padronal de la persona y se permite obtener un volante negativo de inscripción.

    Dirección en internet

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud de datos estadísticos, planimétricos, pirámides de población, etc.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona física o jurídica.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.

    Iniciar trámite>

    Tramitar sin certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Iniciar trámite>

    Descargar instancia

    Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Descargar instancia>

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a alguna de estas oficinas debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Importe

    Gratuito para solicitud de informaciones de datos.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.

    Documentación a presentar

    SE SOLICITAN: a través de teléfono, correo, e-mail o instancias.

    Más información

    También puede solicitarse que los datos se hagan constar en un certificado. En ese caso la solicitud se presentara en el Registro General mediante instancia general o cualquier otra solicitud escrita.
    El certificado se firma por el Titular del Ã?rgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, en cuyo caso se da un plazo de tramitación estimado de una semana.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la Ley de bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de junio (Real Decreto 26121996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
    Resoluciones sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Resolución de 9 de abril de 1997, BOE 37 de 11/04/1997, y Resolución de 21 de julio de 1997, BOE 177 de 25//07/1997).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: 3-4 días.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Renovación de las inscripciones en el padrón de las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente y caducidad de dichas inscripciones en caso de no renovar.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Condiciones de solicitud

    En la Oficina de Empadronamiento del Ayuntamiento de Pamplona en horario de 08:30 h. a 14:30 h. de lunes a viernes, en el momento que cumplan 2 años ininterrumpidos en el municipio.
    Trámite a realizar personalmente por la persona interesada.
    Antes de acudir presencialmente a la oficina, IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.

    Documentación a presentar

    Pasaporte o tarjeta de residencia original y en vigor de la persona interesa.
    Impreso de renovación firmado, emitido por la unidad tramitadora. Se puede emitir también en la unidad en el momento de realizar el trámite.

    Más información

    Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se ha introducido una modificación en el artículo 16 que establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el padrón de las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.
    La renovación de mayores de edad mediante representación se realizará según lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Es decir, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (documento notarial, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada ante el personal funcionario público competente). La renovación de los menores de edad se realizará por los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, por sus representantes legales.

    Dirección en internet

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud de modificación en el padrón por variación o rectificación de alguno de los siguientes datos: documento de identidad, nombre, apellidos, sexo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad o estudios.

    Quién puede realizar el trámite

    La persona física interesada u otra en su representación.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Iniciar trámite>

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.
    Es posible realizar esta solicitud de manera telemática si se posee un certificado digital admitido por el Ayuntamiento de Pamplona, aportando la documentación necesaria digitalizada junto a la hoja padronal generada a través del asistente diseñado al efecto.
    CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).

    Documentación a presentar

    1. Documento en vigor que acredite la identidad del solicitante: DNI, tarjeta de extranjero, pasaporte, carnet de conducir. Si el documento está caducado, aportar solicitud de renovación.
    En el caso de la solicitud de manera telemática se puede prescindir de presentar su documento de identidad ya que estará identificado por su certificado digital.
    2. Documento que justifique la modificación solicitada (libro de familia, certificado del Registro Civil, nuevo documento de identidad...).
    En la solicitud de manera telemática, el asistente permite la aportación de documentos. Para ello previamente debe tenerlos escaneados en PDF.

    Más información

    En las solicitudes telemáticas, tanto el aviso de la aceptación y consolidación de la solicitud en el Padrón Municipal de Habitantes, como la notificación de su denegación o el envío de requerimientos se hará igualmente por medios electrónicos; para ello el Ayuntamiento de Pamplona depositará mensajes y notificaciones en la carpeta ciudadana de la persona solicitante y se le enviará un aviso de ese depósito a la dirección de correo electrónica que conste en la hoja padronal presentada.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la Ley de Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de junio (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
    Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de 2015 (BOE 71 de 24/03/2015).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N LEGAL: 3 meses, desde que se presente toda la documentación necesaria.
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N ESTIMADO: inmediato, desde que se presente toda la documentación necesaria.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: positivo.
    RESOLUCIÃ?N: Dirección del Área de Educación, Participación Ciudadana y Juventud.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud u obtención de documento en el que se haga constar la situación registral actual de una persona en el Padrón Municipal de Habitantes. Si la persona interesada no figura en el Padrón en el documento se hará constar ese hecho así como el tiempo y los domicilios donde haya estado empadronada en Pamplona desde el año 1996.

    Quién puede realizar el trámite

    La persona interesada u otra en su nombre si se solicita personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
    La persona titular del certificado digital si se utiliza el procedimiento electrónico.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Al pulsar sobre el enlace si no ha accedido accederá a su Carpeta Ciudadana. Después un asistente le irá guiando y le solicitará el tipo de volante que desea. Una vez que se compruebe su empadronamiento obtendrá al instante en su pantalla el volante firmado electrónicamente. Asimismo quedará depositado en el buzón de su carpeta ciudadana.

    Iniciar trámite>

    Tramitar sin certificado

    Con esta opción accederá a una página donde podrá solicitar el tipo de volante que necesita. Una vez que se reciba su solicitud en el Servicio de Atención al Ciudadano se le enviará el volante por correo postal a la dirección de PAMPLONA en la que la persona interesada esté empadronada.

    Iniciar trámite>

    TELÃ?FONO

    010

    Servicio Telefónico de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.
    Para obtener el volante electrónicamente es necesario disponer de Certificado Digital.
    CANALES DE SOLICITUD:
    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).
    Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, por escrito vía e-mail padron@pamplona.es o fax 948-420226.

    Documentación a presentar

    Si se solicita personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona, documento en vigor que acredite la identidad de la persona a inscribir: DNI, carnet de conducir español, tarjeta de extranjero o pasaporte. Si el documento está caducado, aportar solicitud de renovación. Si se solicita de un menor de edad no emancipado, documento que acredite la filiación y representación del menor: libro de familia o partida de nacimiento.
    Autorización firmada y fotocopia del documento de identidad del interesado si se solicita en su representación en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
    Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, solicitud por escrito vía e-mail (padrón@pamplona.es) o fax (948-420226)indicando el domicilio donde quieren recibir el volante, y copia del documento de identidad.

    Más información

    ESTE TIPO DE VOLANTES SON DEMANDADOS PARA:
    Permiso de residencia para extranjeros (Tipo: Certificado).
    Adquisición de nacionalidad.
    Renovación permiso de conducir.
    Permiso de circulación.
    Transferencias de vehículos.
    Matriculación de nuevo vehículo.
    Matrícula en guarderías.
    Colegios.
    Universidad.
    Solicitud de vivienda de protección oficial (Tipo: VPO con fecha de antigÌedad en municipio).
    Abono para piscinas municipales (familiar o individual).
    Plazas de aparcamiento para residentes.
    Condición civil de navarro (Registro Civil).
    Matrimonio civil (Registro Civil).
    Seguridad Social: cartilla de la Seguridad Social, solicitud de salario social, pensión no contributiva y otros.
    Telefónica (descuento IRPF) (Tipo: volante con observaciones).
    Delegación de Hacienda.
    Becas y ayudas.
    Descuentos en entradas de cine.
    Carné de transportista.
    Madera de Urbasa.
    Asignación de abogado de oficio.
    Puestos en mercadillos.
    INEM, Bienestar Social, Servicios Sociales, IMSERSO y asistencia médico-farmacéutica.
    Trámites judiciales y notariales (separación, declaración de herederos, etc.).
    Fé de vida.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la Ley de bases de Régimen local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales a probado por el Real Decreto 169 de 20 de diciembre; BOE 14, de 16/01/1997).
    Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de 2015 (BOE 71 de 24/03/2015).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del tramite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

    Documentos asociados

  • Qué es

    Solicitud de baja en el padrón municipal de habitantes de Pamplona de una persona fallecida.
    La baja en el padrón municipal de habitantes de Pamplona por defunción se realiza de oficio por el Ayuntamiento una vez que recibe comunicación de la misma desde el Registro Civil. Puede agilizarse el trámite presentando el certificado de defunción.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona física.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.
    Antes de acudir presencialmente a la oficina, IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.

    Documentación a presentar

    Presentación del certificado de defunción.

    Más información

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la Ley de Bases de Régimen local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de junio (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
    Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de 2015 (BOE 71 de 24/03/2015).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    La baja en el padrón municipal de habitantes de Pamplona por traslado a otro municipio del estado se realiza de oficio por el Ayuntamiento una vez que recibe comunicación del Ayuntamiento de destino (o del consulado caso que sea al extranjero).
    Puede adelantarse el trámite presentando el volante de empadronamiento en el nuevo municipio.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona física.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Cita previa

    Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet

    Solicitar cita previa>

    Condiciones de solicitud

    Antes de acudir presencialmente a la oficina, IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÃ?NICAMENTE (010 ó 948-420100) O TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.

    Documentación a presentar

    Volante de empadronamiento en el nuevo municipio.

    Más información

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley que modifica la ley de bases de régimen local en relación con el padrón municipal (ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11 de 12/01/1996).
    Real Decreto que modifica el reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el real decreto 1690/1986, de 11 de junio (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
    Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 30 de enero de 2015 (BOE 71 de 24/03/2015).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: no procede.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona

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