Consultar si un vehículo ha sido retirado por la grúa municipal y se encuentra actualmente en el Depósito Municipal de Vehículos.
Cualquier persona física interesada u otra en su nombre.
Con esta opción accederá a un formulario para introducir sus datos. Después de ello se le mostrará el resultado de la consulta.
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010
Servicio Telefónico de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de PamplonaGratuito.
CANALES DE CONSULTA:
Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona (Telefónico - 010).
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Se tiene que facilitar la matrícula del vehículo que se quiere consultar.
Solicitud de cremación de cadáver o de restos mortales en el Cementerio Municipal.
La persona que detente los derechos funerarios correspondientes.
Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos la debe imprimir, cumplimentar y presentar en el Cementerio Municipal junto al resto de documentación requerida.
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DE CADÁVER: 242,25 euros.
DE RESTO MORTAL: 97,55 euros.
Si las cenizas se depositan en el Cementerio en columbario cinerario, a la cantidad arriba expresada habría que añadir 177,55 euros por cesión de columbario a 10 años.
Si se creman restos mortales previamente enterrados en este Cementerio se deberán añadir las tasas de exhumación que ascienden a 47,25 euros.
CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
Cementerio Municipal San José.
Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
- Que no exista impedimento judicial para la cremación.
Solicitud de cremación del cadáver o restos mortales por parte de quien detente los derechos funerarios, con los datos correspondientes, según impreso.
EN EL CASO DE CADÁVER:
Documento acreditativo de la voluntad favorable expresada por el difunto o, en su defecto, por sus familiares más próximos o personas allegadas más próximas.
Licencia de enterramiento o cremación
Copia del certificado médico de defunción.
Pueden cremarse restos mortales ya inhumados con anterioridad en el Cementerio.
En el caso de restos mortales se dará cita en función de las necesidades del servicio.
Con las cenizas se puede:
1} Renunciar a ellas: quedándose en el cementerio y siendo introducidas en el osario común.
2} Trasladarlas a columbario o panteón, pagando por tanto las tasa de inhumación y/o cesión correspondiente.
3} Llevárselas y darles el destino que consideren pertinente: en este caso no hay regulación sanitaria específica.
URNAS: no existe un tipo específico ni homologado para contener las cenizas. Existen urnas disponibles en los tanatorios o en el cementerio, pero puede utilizarse cualquier otra que aporten los particulares.
La cremación de cadáveres debe realizarse entre las 24 y las 72 horas posteriores al fallecimiento, salvo casos especiales que decida el Juez o regulados en el artículo 20 del RSM DF 297/2001 (que se podrán inhumar antes de las 24 horas).
NORMATIVA LEGAL:
- Reglamento de Sanidad Mortuoria Decreto Foral 297/2001, de 15 de octubre (BON Num. 143).
Ordenanza fiscal de 2019 Núm. 15 (Epígrafe II, IV y VII) y Norma Núm. 11.
Ordenanza reguladora del Cementerio Municipal San José de Pamplona (BON 74 - 19/06/2000).
Disposiciones de Policía Sanitaria Mortuoria.
PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÃ?N: no procede.
Hornos crematorios del Cementerio de Pamplona
Solicitud de denominación de un nuevo vial o calle y/ o de numeración de un nuevo portal.
Cualquier persona física o jurídica.
Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
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Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
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Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>
Gratuito.
Instancia general.
Plano señalando el emplazamiento del vial y la ubicación del portal o portales.
NORMATIVA LEGAL: ninguna específica.
PLAZO DE TRAMITACIÃ?N ESTIMADO: un mes y medio.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÃ?N: Concejal delegado del área para las numeraciones. Alcaldía para las nuevas denominaciones o modificaciones de las existentes.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Presentación de denuncias por parte del ciudadano sobre la existencia de una posible infracción urbanística.
Cualquier persona física o jurídica.
La comprobación del cumplimiento de lo establecido por la normativa de aplicación en materia urbanística, con motivo de su incumplimiento o de presuntas infracciones no está sujeta a tasa alguna.
En caso de considerarse la denuncia temerariamente injustificada o con carencia evidente de fundamento, según informe técnico, serán de cargo del denunciante las tasas que origine la inspección que ascienden a 101,15 euros por cada visita de inspección, según Ordenanza Fiscal nº 12.
Pueden presentarse en cualquier momento.
Las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan, el relato de los hechos que pudieran constituir infracción y la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.
Instancia de denuncia sobre actuaciones competencia del Área de Urbanismo y Vivienda.
NORMATIVA LEGAL:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Regulador del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.
Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Ordenanzas Fiscales de 2019, número 12 (epígrafe I).
Solicitud de desinfección de una zona de la vía pública (habitualmente rincones, soportales, etc.), ensuciada con orines.
Cualquier persona.
Gratuito.
Los avisos se atienden el mismo días o al día siguiente si éste se recibe a última hora de la mañana.
Los avisos del fin de semana se atienden los lunes.
Los avisos URGENTES en fin de semana se tramitan a través de la POLICÍA MUNICIPAL.
Ninguno.
El aviso puede hacerse personándose en la Unidad Tramitadora, o llamando por teléfono.
Habitualmente se presta este servicio sin necesidad de recibir avisos los lunes en el Casco Antiguo y diariamente en otras zonas de la ciudad, como calle San Francisco, Monumento a los Caídos, portales de la Plaza de los Burgos, etc.
Es aconsejable baldear o limpiar con una manguera de agua la zona además de desinfectar. Ese servicio puede solicitarse a la empresa responsable de la limpieza viaria (FCC).
NORMATIVA LEGAL: Ordenanzas Municipales de Sanidad.
PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: el aviso se atiende en el mismo día, o al día siguiente si éste se recibe a última hora de la mañana.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: No procede.
RESOLUCIÃ?N: No procede.
Parque de Desinfección y Desratización del Ayuntamiento de Pamplona
Solicitud de devolución de la fianza depositada con motivo de la obtención de licencia de apertura de zanja.
Beneficiarios de licencia de apertura de zanja.
Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
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Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
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Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
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Gratuito.
Una vez transcurrido un año desde la finalización de las obras.
Haber cerrado la zanja y devuelto el pavimento a su estado original.
Haber cumplido las condiciones que se le requirieron en la autorización de la apertura de la zanja.
Instancia general.
Fotocopia de la carta de pago de la fianza depositada.
Impreso solicitud de abono por transferencia.
La unidad tramitadora inspecciona que se hayan cumplido los requisitos previos.
NORMATIVA LEGAL:
Ordenanza General de Urbanización (BOE 23/11/84), artículo 50 y siguientes.
PLAZO DE TRAMITACIÃ?N LEGAL: no procede.
PLAZO ESTIMADO: mes y medio.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: positivo.
RESOLUCIÃ?N: Concejal Delegado del Área.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Obtención por primera vez del Documento Nacional de Identidad (DNI).
12 euros (gratuito para miembros de familias numerosas presentando acreditación).
Tener la nacionalidad española.
Estar inscrito en el Registro Civil correspondiente.
Estar debidamente empadronado.
ACUDIR A LA OFICINA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÃ?N:
1 fotografía reciente (tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco).
Partida de nacimiento literal (indicando que es para la obtención del DNI) expedida por el Registro Civil en el que se inscribió al nacer; si es nacido en el extranjero, la expide el Registro Civil Central en Madrid o el Consulado español en el país de nacimiento. La partida de nacimiento caduca a los 6 meses de su expedición. Las partidas de nacimiento pueden también solicitarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es).
Certificado de empadronamiento de residencia (o certificación consular del domicilio, si el solicitante es residente en el extranjero). Una vez expedido el certificado, tendrá una validez máxima de 3 meses.
Cuando el solicitante sea menor de 14 años: la expedición se hará en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad (normalmente la madre o el padre) o tutela, acreditando documentalmente dicha condición legal; o persona apoderada por estas últimas (el apoderamiento se hará mediante documento que autorice sin lugar a dudas a la persona apoderada a realizar este trámite).
Cuando el solicitante tenga 14 años cumplidos, no será necesario que acuda acompañado.
El DNI es obligatorio a partir de los 14 años, obtenerlo antes de esta edad es voluntario. Pero si se obtiene antes de los 14 años se deberá mantener en vigor y se deberá usar para identificar al menor, aunque no estuviera obligado a obtenerlo.
Puede obtenerse en cualquier provincia de España, sin necesidad de encontrarse empadronado en la ciudad tramitadora.
Los datos que se consignen en el DNI, lo serán en base a la certificación literal del Registro Civil. Toda persona que desee cambiar algún dato ha de hacer el trámite preceptivo en el Registro Civil. Igualmente se procederá en el Registro Civil si se quiere traducir o adaptar la grafía del nombre o apellidos al euskera o a otra lengua oficial del Estado.
Si el titular del DNI presenta una minusvalía grave, se podrá expedir un DNI de validez permanente si el titular tiene más de 30 años. La Oficina decidirá en función del porcentaje de minusvalía, a la vista del certificado médico y las circunstancias de cada caso.
PLAZO ESTIMADO DE TRAMITACIÃ?N: en el acto.
VALIDEZ: 2 años para los menores de 5 años de edad, 5 años para menores de 30 años, 10 años para mayores de 30 años y validez permanente para los que tramiten el DNI habiendo cumplido ya 70 años.
Oficina para la Tramitación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaportes Españoles
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.
Actualización del DNI por: caducidad del mismo, por variación de datos de filiación o domicilio, o por sustracción, extravío o deterioro.
12 euros (gratuito para miembros de familias numerosas presentando acreditación).
RENOVACIÃ?N POR VARIACIÃ?N DE ALGUNO DE LOS DATOS QUE FIGURAN EN EL DOCUMENTO, ESTANDO EL DNI EN VIGOR: gratuito.
Por caducidad, durante los 90 últimos días de validez del DNI, o una vez ya caducado.
Por sustracción, extravío o deterioro, en cualquier momento; en estos casos, si el DNIe tuviera más de 90 días de validez, se hará una reexpedición, con la misma foto y fecha de caducidad que el anterior.
Si desea obtener el DNI electrónico, puede renovar su DNI convencional aunque no esté caducado.
Haberle sido expedido el Documento Nacional de Identidad (DNI) por primera vez.
Si se reside en el extranjero, tendrá que hacer la renovación en España en todos los casos y aportar certificado consular con el domicilio en el extranjero si varía el domicilio.
Cuando el solicitante sea menor de 14 años: la expedición se hará en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad (normalmente la madre o el padre) o tutela, acreditando documentalmente dicha condición legal; o persona apoderada por estas últimas (el apoderamiento se hará mediante documento que autorice sin lugar a dudas a la persona apoderada a realizar este trámite).
Cuando el solicitante tenga 14 años cumplidos, no será necesario que acuda acompañado.
SI ES RENOVACIÃ?N PORQUE HA CADUCADO:
1 fotografía reciente tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco.
DNI caducado.
RENOVACIÃ?N POR PÃ?RDIDA O ROBO DEL DNI:
Denuncia del robo, si se tramitó en su momento.
Si el DNI perdido o robado no era el DNIe, 2 fotografías recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Si el DNI perdido o robado era el DNIe y le quedaban menos de 90 días de validez, 1 fotografía recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Si el DNI perdido o robado era el DNIe y le quedaban más de 90 días de validez, no hace falta fotografía.
RENOVACIÃ?N POR DETERIORO:
DNI deteriorado.
Si el DNI deteriorado no era el DNIe, 1 fotografía recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Si el DNI deteriorado era el DNIe y le quedaban menos de 90 días de validez, 1 fotografía recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Si el DNI deteriorado era el DNIe y le quedaban más de 90 días de validez, no hace falta fotografía.
RENOVACIÃ?N POR MODIFICACIÃ?N DE DATOS DE FILIACIÃ?N:
DNI.
1 fotografía recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Partida de nacimiento literal original en la que constan los datos correctos o modificados en el Registro Civil.
RENOVACIÃ?N POR MODIFICACIÃ?N DE DOMICILIO:
DNI.
1 fotografía recientes a color y con fondo blanco, tamaño carné con el rostro despejado y la cabeza descubierta.
Certificado o volante de empadronamiento de residencia (o certificación consular con el domicilio, si es residente en el extranjero). Una vez expedido el certificado, tendrá una validez máxima de 3 meses. Si el hecho del empadronamiento no ha sido muy reciente, no se necesitará certificado ni volante, ya que la Oficina de DNI puede verificar el domicilio actual telemáticamente.
El DNI es obligatorio a partir de los 14 años, obtenerlo antes de esta edad es voluntario. Pero si se obtiene antes de los 14 años se deberá mantener en vigor y se deberá usar para identificar al menor, aunque no estuviera obligado a obtenerlo.
Puede obtenerse en cualquier provincia de España, sin necesidad de encontrarse empadronado en la ciudad tramitadora.
Los datos que se consignen en el DNI, lo serán en base a la certificación literal del Registro Civil. Toda persona que desee cambiar algún dato ha de hacer el trámite preceptivo en el Registro Civil. Igualmente se procederá en el Registro Civil si se quiere traducir o adaptar la grafía del nombre o apellidos al euskera o a otra lengua oficial del Estado.
Si el titular del DNI presenta una minusvalía grave, se podrá expedir un DNI de validez permanente si el titular tiene más de 30 años. La Oficina decidirá en función del porcentaje de minusvalía, a la vista del certificado médico y las circunstancias de cada caso.
PLAZO ESTIMADO DE TRAMITACIÃ?N: en el acto.
VALIDEZ: 2 años para los menores de 5 años de edad, 5 años para menores de 30 años, 10 años para mayores de 30 años y validez permanente para los que lo tramiten habiendo cumplido los 70 años.
Oficina para la Tramitación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaportes Españoles
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.
Solicitud para que acuda al domicilio el equipo especial para realizar el DNI a personas imposibilitadas para desplazarse.
10,60 euros (gratuito para miembros de familias numerosas presentando acreditación).
Cumplimentar la solicitud que se facilita en la Oficina de DNI, y entregarla en la Oficina con la documentación completa que se pide.
Certificado del médico en papel con membrete del Servicio Navarro de Salud - Osasunbidea donde certifique la imposibilidad de desplazarse por motivos médicos. (Nota para informar a los médicos: en el certificado médico no se deberían especificar las enfermedades o lesiones, ya que atenta contra la confidencialidad de las historias clínicas).
Fotocopia del DNI, si lo tienen.
SI ES EL PRIMER DNI QUE SE VA A REALIZAR:
1 fotografía reciente (tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco).
Partida de nacimiento literal (indicando que es para la obtención del DNI) expedida por el Registro Civil; si es nacido en el extranjero, lo expide el Registro Civil Central en Madrid o el Consulado español en el país de nacimiento. La partida de nacimiento caduca a los 6 meses de su expedición.
Certificado o volante de empadronamiento de residencia (o certificación consular del domicilio, si el solicitante es residente en el extranjero y se encuentra en Navarra circunstancialmente). Una vez expedidos los certificados, tendrán una validez máxima de 3 meses.
Cuando el solicitante sea menor de 14 años: la expedición se hará en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad (normalmente la madre o el padre) o tutela, acreditando documentalmente dicha condición legal; o persona apoderada por estas últimas (el apoderamiento se hará mediante documento que autorice sin lugar a dudas a la persona apoderada a realizar este trámite).
SI ES RENOVACIÃ?N PORQUE HA CADUCADO:
1 fotografía reciente (tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco).
DNI caducado.
SI ES RENOVACIÃ?N POR PÃ?RDIDA O ROBO DEL DNI:
2 fotografía recientes (tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco). Si el DNI perdido o robado era DNIe, bastará sólo una fotografía.
RENOVACIÃ?N POR MODIFICACIÃ?N DE DATOS DE FILIACIÃ?N:
DNI.
1 fotografía reciente (tamaño carné, en color, de frente, con el rostro despejado, la cabeza descubierta y el fondo blanco).
Partida de nacimiento literal original en la que constan los datos correctos o modificados en el Registro Civil.
El documento tramitado lo recogerá la persona autorizada por el titular del DNIe o quien ostente la patria potestad o su tutor legal, mediante la presentación del resguardo en la oficina donde lo solicitó.
El DNI es obligatorio a partir de los 14 años, obtenerlo antes de esta edad es voluntario. Pero si se obtiene antes de los 14 años se deberá mantener en vigor y se deberá usar para identificar al menor, aunque no estuviera obligado a obtenerlo.
Puede obtenerse en cualquier provincia de España, sin necesidad de encontrarse empadronado en la ciudad tramitadora.
Los datos que se consignen en el DNI, lo serán en base a la certificación literal del Registro Civil. Toda persona que desee cambiar algún dato ha de hacer el trámite preceptivo en el Registro Civil. Igualmente se procederá en el Registro Civil si se quiere traducir o adaptar la grafía del nombre o apellidos al euskera o a otra lengua oficial del Estado.
Si el titular del DNI presenta una minusvalía grave, se podrá expedir un DNI de validez permanente si el titular tiene más de 30 años. La Oficina decidirá en función del porcentaje de minusvalía, a la vista del certificado médico y las circunstancias de cada caso.
PLAZO ESTIMADO DE TRAMITACIÃ?N: variable, dependiendo de la urgencia del caso concreto y la disponibilidad de desplazamiento del equipo de DNI.
Oficina para la Tramitación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaportes Españoles
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.
Domiciliación de pago de recibos de tributos periódicos (contribución - IAE, vados, ocupación vía pública (OVP) y circulación) en bancos y cajas de ahorro.
Contribuyente o titular del recibo o de los bienes.
Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
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Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>
Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>
Gratuito.
La solicitud puede realizarse en cualquier momento.
CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Envío por e-mail: domiciliaciones@pamplona.es
Ninguno.
IMPRESOS DE SOLICITUD:
Impreso incluido en el recibo.
Impreso obtenido en la unidad tramitadora, enviado por el servicio 010 o descargado de la web del Ayuntamiento de Pamplona http://www.pamplona.es.
Escrito indicando: nombre de la entidad bancaria o caja; número de cuenta con los 20 dígitos; nombre, apellidos y firma de la persona titular; número de DNI o CIF; recibos que se quiere domiciliar (todos los Tributos Periódicos o alguno en concreto); especificar el número de recibo (dentro de la campaña correspondiente) aclarando si se quiere domiciliar para próximos recibos.
En caso de que los datos sean incompletos o erróneos no se procederá a la solicitud. Se intentará contactar con la persona interesada.
La domiciliación tendrá efecto para los recibos que se giren a partir de la fecha de presentación.
Si se quiere que el cambio incluya un recibo cuyo plazo de pago en periodo voluntario no ha finalizado, hay que indicarlo expresamente y realizarlo 7 días antes del fin del plazo de pago.
PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÃ?N: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra ( Ley 2/1995, de 10 de marzo; BON 36, de 20/3/1995).
Departamento de Tributos Periódicos del Ayuntamiento de Pamplona (antiguo catastro)