Concesión de subvenciones a proyectos de interés general en las áreas de educación y mujer

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Consejería: Educación, Juventud y Deportes

Dirección General: Dirección General de Educación y Colectivos Sociales

Quien puede solicitar: Persona Física y Jurídica

Requisitos: 

  • Con carácter general podrán beneficiarse de las subvenciones a que se refieren las presentes beses las personas físicas y las entidades u organismos legalmente constituidos tanto de carácter público como privado asociativo o institucional cuya atuación se desenvuelva o guarde directa relación con el desarrollo la mejora o la potenciación de actividades de interés general en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales.
  • La convocatoria de cada subvención podrá delimitar el ámbito concreto de los posibles beneficiarios.
  • Será requisito imprescindible para obtener la subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de quien se beneficie de la ayuda o subvención así como de haber justificado en forma y plazo anteriores subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla de las que hubieran sido beneficiarios.

Descripción del Procedimiento:

  • Entrega de solicitud.
  • Valoración de las solicitudes.
  • Instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones por la Secretaría técnica de Educación y Colectivos Sociales.
  • Informe por el órgano colegiado.
  • Propuesta de resolución provisional por el órgano instructor.
  • Publicación en el Boletín Oficial de Melilla.
  • Propuesta de resolución definitiva por el órgano instructor pasa al Consejero de Educación y Colectivos Sociales que es competente para resolver convocatoria.
  • Notificación a los interesados.

Documentación de inicio: 

La solicitud se formulará en el modelo oficial que establezca la convocatoria acompañándose una memoria descriptiva del proyecto a subvencionar en el que se especificará detalladamente:

  1. Los fines y actividades que realiza la persona o entidad solicitante.
  2. Obetivos generales y específicos que se persiguen.
  3. Descripción de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención solicitada.
  4. Temporización de las actividades.
  5. Indicación de las ayudas para el mismo fin solicitadas o recibidas de otras áreas o entidades dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla o de otras entidades tanto públicas como privadas.
  6. Importe al que asciende la subvención solicitada.
  7. Estimación del número de beneficiarios.
  8. Previsión de resultados y procedimiento de evaluación.

Con la solicitud se formalizará la correspondiente autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de consultas sobre los datos consignados, la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas a los efectos de control de la gestión, así como para recabar de las Administraciones Públicas, en particular de la Agencia Estatal de Administración Tributario (AEAT) y la Tesorería general de la Seguridad Social (TGSS), documentación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, y en general respecto del cumplimiento de los requisitos establecidos para la concesión de la subvención.


Cuando el solicitante sea una persona jurídica, se acompañará copia de sus estatutos y documentación acreditativa de su inscripción en el registro correspondiente. Dicha documentación no será precisa cuando ya hubiera sido aportada con anterioridad y obre en los archivos o registros de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales.

Plazo de Presentación: 20 días

Impuestos y/o tasas vinculadas: Si

Forma de presentar la solicitud: Presencial

Plazo Resolución: 180 días

Forma de iniciación: A petición del interesado

Fin via: Sí

Efectos presuntos: Negativo

Recursos: Alzada

Normativa: 

Observaciones: 

  • Cada convocatoria determinará los criterios de valoración que resultarán aplicables a la subvención de que se trate y fijará el porcentaje de valoración de los mismos dentro del rango anteriromente definido.
  • Cada convocatoria determinará si la subvención a la que se refiere resulta compatible con las que para el mismo objeto subvencionado se puedan percibir de otras Administraciones Públicas o personas físicas o jurídicas privadas.
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