El objeto de esta convocatoria, que se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de caracter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado en el municipio de Madrid, según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto 2016-2018, aprobado por decreto de.
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación"
Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado en la Ciudad de Madrid.
Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse durante el periodo de tiempo en el que disfrute de la condición de beneficiario:
Para la presentación de la solicitud de subvención 2016 de voluntariado:
Solicitud en formulario normalizado, disponible en Tramitar en línea' (Registro electrónico) y Modelos de formularios'.
Más información: ver Bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada"
Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana.
Solicitud subvenciones voluntariado 2016
Decreto desistimiento
Corrección del error material en la publicación del Decreto de 10 de mayo de 2016.
Bases completas de la convocatoria
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales
La finalidad de esta convocatoria es la financiación a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición.
Su convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, amparando las subvenciones que puedan ser obtenidas por las entidades beneficiarias para la realización de su programa deportivo en la temporada 2015-2016 (desde el 1 de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2016).
Entidades deportivas sin ánimo de lucro que hayan desarrollado su programa deportivo en la temporada 2015-2016, complementando los diversos programas de actuación deportiva del Ayuntamiento para la promoción del Deporte de Base durante 2016
Podrán solicitar estas ayudas los clubes deportivos, las agrupaciones deportivas y las secciones de acción deportiva reguladas en el Capítulo II, del Título IV de la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid 15/1994, de 28 de diciembre y por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid que cumplan con los siguiente requisitos:
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
Serán obligaciones de las entidades beneficiarias, las establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
La presentación de la solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de identidad y estar al corriente de pago con la AEAT.
En el supuesto de que la entidad solicitante denegara expresamente su consentimiento para la verificación de los datos de la AEAT, deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La presentación de la solicitud supone la declaración, por parte de la entidad solicitante, de no hallarse incursa en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, así como que todos los datos presentados en la solicitud son ciertos y se encuentra al corriente de pago en todo tipo de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La certificación definitiva de estar al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social será aportada por el solicitante en el momento en que éste sea propuesto como beneficiario de la subvención y es condición necesaria para la concesión de la subvención objeto de la presente convocatoria.
En el plazo de 10 días hábiles, contado a partir del siguiente a la publicación de la propuesta de resolución definitiva, los solicitantes que figuren en dicha propuesta como beneficiarios de la ayuda, deberán presentar:
Los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 14.e) de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, deberán tener fecha de emisión anterior a la propuesta de resolución concesión.
En línea: realizando la solicitud a través del enlace Registro Electrónico' disponible en Tramitar en línea' durante el plazo de solicitud (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda).
Presencialmente: El formulario de solicitud, disponible en Tramitar en línea' (Registro electrónico) y "Modelos de formularios, podrá presentarse en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. Tambén podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Sobre 1:
Deberá figurar la siguiente leyenda: Documentación general de la convocatoria para la realización de actividades deportivas y de competición
Sobre 2:
Deberá figurar la siguiente leyenda: Documentación técnica de la convocatoria para la realización de actividades deportivas y de competición.
1. Presupuesto de ingresos y de gastos de la entidad correspondiente al programa deportivo desarrollado, objeto de esta convocatoria, durante la temporada deportiva 2015-2016, firmado por la persona representante legal de la entidad, que incluya al menos los siguientes datos:
2. Programa deportivo desarrollado por la entidad durante la temporada deportiva 2015-2016 (del 1 de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2016) que incluya, de manera resumida, al menos los siguientes datos:
Junto al programa deportivo, se deberán incluir las acreditaciones correspondientes a los méritos puntuables que se incluyan en dicho programa, según lo establecido en el artículo 10 de esta convocatoria.
Plazo
Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2015-2016. BOAM nº 7732, de 29 de agosto de 2016, disponible en el apartado Información relacionada.
Publicación de la Resolución de 4 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se concede plazo de subsanación de las solicitudes presentadas. BOAM nº 7781 - 10/11/2016, 2345.
Fase 2 propuesta de resolución provisional
Fase 3 propuesta de resolución definitiva: publicación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada deportiva 2015-2016. BOAM nº 7832 - 25/01/2017, 160.
Fase 4 resolución definitiva: publicación de la aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada deportiva 2015-2016.
Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal
La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante el año 2016.
Su convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos que coadyuven o complementen los diversos programas de actuación deportiva del Ayuntamiento en esta materia durante el año 2016.
Entidades sin ánimo de lucro que organicen actos deportivos en el municipio de Madrid, durante el año 2016.
- Las federaciones deportivas madrileñas adscritas a las federaciones deportivas españolas, reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
- Las entidades deportivas madrileñas previstas en el Capítulo II, del Título IV de la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid 15/1994, de 28 de diciembre y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Las fundaciones legalmente reconocidas, clasificadas e inscritas en el Registro de Fundaciones que tengan por objeto actividades relacionadas con el deporte.
- Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior y autorizadas por la federación deportiva correspondiente o afín a la modalidad deportiva que desarrollen.
- Los actos o programas deportivos que se desarrollan durante una temporada o un curso escolar.
- Los campeonatos de España.
- Los campeonatos oficiales autonómicos de cada una de las modalidades deportivas integradas en las federaciones madrileñas.
- En los casos de actos deportivos que formen parte de un circuito, liga, ranking o cualquier prueba que se desarrolle durante varias fases en el término municipal de Madrid, sólo se considerará subvencionable la primera de las pruebas o fases.
- Las jornadas escolares o fiestas de fin de curso.
Cada entidad podrá presentar un máximo de 5 solicitudes de subvención. En caso de presentarse un número superior, se tendrán en cuenta las 5 primeras, atendiendo al orden de entrada en el registro correspondiente.
Cada prueba deportiva deberá ir en una solicitud independiente. No será válida aquella solicitud que presente varias pruebas dentro de la misma.
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Sobre 1
Deberá figurar la siguiente leyenda: ?Documentación General de la convocatoria para la realización de actos deportivos?
1. Copia compulsada del certificado de anotación de la Junta Directiva de la entidad vigente, emitido por el registro correspondiente, que acredite la identidad de su representante legal.
2. Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
3. Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
4. Copia compulsada de los Estatutos o Acta Fundacional de la entidad, en los que consten las normas por la que se regula su actividad.
Sobre 2
Deberá figurar la siguiente leyenda: ?Documentación Técnica de la convocatoria para la realización de actos deportivos?
Proyecto detallado del acto deportivo a desarrollar objeto de la subvención, que contenga los siguientes apartados y al cual se adjuntarán las certificaciones y documentos a los que se hace referencia en el artículo 10 para la valoración del proyecto:
1. Ficha del acto que contenga nombre de la prueba, responsable de organización de la prueba, teléfono y correo electrónico, días y lugar de celebración, número de participantes (hombres y mujeres), horario y especificar si hay cobro de inscripción y en su caso que cuantía.
2. Antecedentes (solo si el acto se ha celebrado en ocasiones anteriores).
3. Descripción del acto deportivo. Explicación de en qué consiste el acto deportivo.
4. Recursos humanos: detallar el número de personas, voluntarios y profesionales que tienen que trabajar en el desarrollo del acto deportivo así como sus funciones.
5. Instalación y material deportivo: indicar en qué instalación deportiva se va a celebrar el acto y cuáles son las necesidades materiales para la realización del acto deportivo.
6. Infraestructura: detallar si el lugar de celebración del acto deportivo es una instalación deportiva que tiene la suficiente dotación para la realización del evento, o por el contrario se precisa montar los elementos necesarios para el correcto desarrollo de la prueba deportiva.
7. Alojamiento y manutención: Describir las condiciones de alojamiento y manutención de los participantes y definir si corre el gasto a cargo o no de la entidad que presenta la solicitud.
8. Transportes: describir las condiciones de transporte de los participantes, así como del transporte de material y definir si corre el gasto a cargo o no de la entidad que presenta la solicitud.
9. Seguridad y acreditaciones: definir las necesidades de personal de seguridad y si se dispondrá de un sistema oficial de acreditaciones (por ordenador u otros mecanismos).
10. Publicidad y promoción: detallar los elementos utilizados en la publicidad y promoción de la prueba: carteles, folletos, etcétera.
11. Presupuesto de gastos e ingresos del acto deportivo firmado por el / la representante legal de la entidad. En el apartado de ingresos no se consignará cantidad alguna como subvención del Ayuntamiento de Madrid. Deberá detallarse de manera expresa el origen del resto de ingresos. En todas aquellas pruebas donde se cobre cuota de inscripción a los/las participantes deberá ser reflejada en el presupuesto de ingresos.
Plazo
Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos deportivos 2016. BOAM nº 7732, de 29 de agosto de 2016.
Publicación de la Resolución de 4 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se concede plazo de subsanación de las solicitudes presentadas (BOAM nº 7781 - 10/11/2016, 2346)
Publicación de la Resolución de 1 de diciembre de 2016, de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se se declaran desistidas a entidades en su solicitud (BOAM nº 7797 - 02/12/2016, 2541)
Fase 2 propuesta de resolución provisional
Fase 3 propuesta de resolución definitiva: publicación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016 (BOAM nº 7832 de 25 de enero de 2017).
Modificación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016. (BOAM nº 7858 (02/03/2017)
Fase 4 resolución definitiva
Área de Gobierno de Cultura y Deportes
Resolución de 9 de octubre de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 3 de octubre de 2017, de aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016.
Resolución de 29 de agosto de 2017 de la Secretaría General Técnica del Área de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación de la aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016.
Resolución de 16 de febrero de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial de la modificación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016.
Resolución de 23 de enero de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016.
Resolución de 1 de diciembre de 2016, de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se se declaran desistidas a entidades en su solicitud.
Resolución de 4 de noviembre por la que se concede plazo de subsanación de solicitudes presentadas a la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016
Resolución de 9 de agosto de 2016 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área, de fecha 1 de agosto de 2016, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en el municipio de Madrid durante 2016 y las correspondientes bases.
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Arganzuela y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Arganzuela del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Barajas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Barajas del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Carabanchel y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Carabanchel del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Centro y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Centro del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Chamartín y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Chamartín del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Chamberí y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Chamberí del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Ciudad Lineal del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria