Ayuntamiento de Madrid

  • Las Escuelas Municipales de Música y Danza son centros de educación artística que imparten, entre otras, las siguientes materias: Música y Movimiento, Danza Clásica, Danza Española y Danza Contemporánea, y un amplio abanico de especialidades instrumentales: piano, violín, guitarra, arpa, percusión, etcétera.

    ¿A quién va dirigido?

    Desde 4 años, sin límite de edad.

    Requisitos

    Los/as solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos y condiciones:

    1. Estar empadronadas en el municipio de Madrid antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de admisión.
    2. Tener como mínimo 4 años cumplidos antes del 31 de diciembre del curso escolar en que se solicita la plaza.
    3. Presentar solo una instancia y en una única Escuela. En el supuesto que se detectase más de una instancia de la misma persona, no se tendrá ninguna en cuenta a efectos de la posible admisión.
    4. Solamente se podrá cursar una especialidad instrumental o de danza.
    5. En el caso de cursar ya estudios en alguna de las Escuelas de la Red (Música y Movimiento o alguna especialidad de música o danza), no haber reinscrito para el curso 2017/2018.

    6. En el caso de haber finalizado las enseñanzas en una Escuela de la Red, no se podrá volver a solicitar la admisión.

    Cómo realizar el trámite

    En línea:

    A través del formulario del apartado Tramitar - En Línea, que estará disponible durante el plazo de solicitud.


    Presencial
    El formulario de solicitud, disponible en el apartado "Modelos de formularios", se presentará en la Secretaría de la Escuela Municipal de Música y Danza solicitada, en horario de atención al público (de lunes a viernes de 17 a 20 horas) o a través de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los impresos estarán a disposición de las personas interesadas en los centros y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

    Plazo

    Desde el 24 de abril al 15 de mayo de 2017

    Pago

    Las mensualidades se abonarán por domiciliación bancaria.

    Documentación

    En el momento de formalizar la matriculación (tras el sorteo y la confirmación de la plaza) deberá presentarse la siguiente documentación:

    • Una fotografía tamaño carné.
    • Datos bancarios (iban, entidad, oficina, número de cuenta y titular).
    • Justificante de pago de la primera mensualidad.
    • Si tiene conocimientos musicales o de danza deberá aportar documentación que lo acredite.
    • Además, las personas solicitantes deberán presentar, para su comprobación, documento original de partida de nacimiento, libro de familia o DNI para los solicitantes menores de 14 años, y DNI o NIE original a partir de los 14 años.

    Esta documentación deberá aportarse en el plazo de tres días hábiles siguientes a la confirmación de la plaza. Si la documentación no fuera presentada en el plazo fijado, se entenderá que el/la solicitante renuncia a su plaza y quedará excluido/a de todo el proceso.

    Más Información

    Información complementaria

    Proceso de matriculación

    El orden para acceder al proceso de formalización de matrícula será establecido mediante sorteo público.

    1. Publicación del listado provisional de solicitantes admitidos/as y excluidos/as a sorteo: 23 de mayo
    2. Período de reclamaciones: del 24 al 29 de mayo
    3. Publicación del listado definitivo de solicitantes admitidos/as y excluidos/as a sorteo, con un número asignado a cada solicitante: 5 de junio
    4. Sorteo público en el Salón de Actos del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, sito en el Paseo de la Chopera, nº 41, a las 16:00 horas (se extraerá un número y a partir de este se establecerá el orden para tomar parte en el proceso de formalización de matrícula por orden numérico ascendente): 5 de junio
    5. Publicación del Acta del sorteo: 6 de junio
    6. Publicación del listado de fecha y hora de matrícula: 9 de junio
    7. Matriculación del alumnado: del 12 al 16 de junio, ambos inclusive. Los/as aspirantes a cada Escuela irán optando a las plazas vacantes hasta que estas se cubran. Quienes se hayan presentado en fecha y hora y no hayan obtenido plaza pasarán a la lista de espera en el mismo orden que el que obtuvieron en el sorteo público. La lista de espera tendrá vigencia hasta la finalización del segundo trimestre del curso escolar. Si la documentación no fuera presentada en el plazo fijado, se entenderá que el/la solicitante renuncia a su plaza y quedará excluido/a de todo el proceso.
    8. Publicación del listado final del proceso: 30 de junio

    Condiciones de la oferta

    • El alumnado entre 4 y 7 años se matriculará en el curso de Música y Movimiento que le corresponda, según su edad:
      • 4 y 5 años: se matriculará en Iniciación Musical, cuya frecuencia de asistencia semanal será de una clase de una hora.
      • 6 y 7 años: se matriculará en Formación Básica, cuya frecuencia de asistencia semanal será de dos clases de una hora.
    • A partir de 8 años, el alumnado deberá matricularse en una asignatura instrumental o de danza. Las personas que no posean conocimientos previos se integrarán en el primer curso de la segunda etapa. En caso contrario, se integrarán en el curso correspondiente a los mismos.
      • En Música, la frecuencia de asistencia semanal es de dos horas de Lenguaje Musical y una hora de Formación Instrumental.
      • En Danza, la frecuencia de asistencia semanal es de una hora de Lenguaje Musical y dos horas en la asignatura de Danza.

    Horarios

    El horario de la secretaría de los centros para atender al público es de 17 a 20 horas, de lunes a viernes.

    Entidad Gestora

    Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación y Juventud.

    Información relacionada

  • Escuelas de ajedrez, atletismo, bádminton, baloncesto, balonmano, béisbol, deportes para sordos, esgrima, fútbol sala, gimnasia artística, hockey, lucha, rugby, patinaje, tenis, tenis de Mesa, voleibol y deportes para personas con discapacidad intelectual.

    Su finalidad es favorecer la extensión de la práctica deportiva entre la población escolar madrileña y facilitar la detección de jóvenes deportistas para la alta competición, con el objetivo último de que cada centro continúe la actividad; especialmente en deportes cuya oferta de práctica es menor que otros mayoritarios.

    ¿A quién va dirigido?

    Colegios públicos y concertados.

    Cómo realizar el trámite

    Para nuevas inscripciones se procederá de la forma siguiente:

    1. Inscripción del centro escolar:

    En línea: A través del enlace al Registro Electrónico, en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos).

    • Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartdo "Impresos", guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
    • Si tiene dudas, puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 LineaMadrid (915 298 210, si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)

    Presencialmente: Entregando la solicitud cumplimentada y firmada, junto con la documentación requerida en los Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Por correo electrónico: enviando las solicitudes al buzón de la Dirección General de Deportes mailto:empd@munimadrid.es

    Plazo: El Consejo Escolar de cada centro deberá presentar el impreso de solicitud, antes del día 20 de mayo de cada curso escolar

    Los Centros que ya sean participantes: simplemente tendrán que confirmar la continuidad de la Escuela, antes del 20 de mayo del año escolar en curso.

    2. Inscripción de los deportistas. Una vez realizada la inscripción, cada centro procederá a dar de alta a sus deportistas:

    • En Línea: Una vez inscrito el centro, procederá a inscribir a sus deportistas a través del enlace "Inscripción de Deportistas", disponible en el apartado Trámites - En línea de esta página.

    Más Información

    Información complementaria
    • Características del programa
      • Creación de una o varias Escuelas de Promoción Deportiva, en horario extracurricular, dentro de las instalaciones del centro, que, posteriormente podría participar en las competiciones municipales
      • Desarrollo de octubre a mayo, con dos horas semanales.
      • Dirigida a los alumnos de 3º, 4º,5º y 6º de Educación Primaria.
      • La Dirección deportiva de cada escuela corresponde al técnico designado por la Federación Madrileña correspondiente.
    • Para más información:
      Dirección General de Deportes
      Teléfono: 915 888 549 / 915 888 547
      correo electrónico: empd@madrid.es
    Entidad Gestora

    Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid y Distritos Municipales

    Modelos de formularios

    Información relacionada

  • El servicio de fisioterapia preventiva y de mantenimiento se desarrolla en los Centros de Día y Centros Municipales de Mayores que disponen de espacio y equipamiento necesario.

    Tiene como finalidad mejorar la capacidad personal del mayor, evitando el deterioro progresivo, mediante actividades de fisioterapia grupal.

    ¿A quién va dirigido?

    Usuarios de los Centros Municipales de Mayores, titulares de la tarjeta madridmayor.es

    Importe

    Dependerá de los días de asistencia semanal.

    Puede ver la tabla de aportaciones en la información relacionada.

    Requisitos

    • Estar afectado por algún deterioro físico
    • No padecer enfermedad que contraindique el ejercicio
    • No padecer deterioro cognitivo que impida el trabajo en grupo
    • No padecer enfermedad física aguda que requiera tratamiento específico a través del sistema sanitario

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
    • Presencialmente: en el Centro de Servicios Sociales en el que se encuentre empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

    Documentación

    • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.
    • Informe médico de su estado de salud emitido por su médico de familia

    Más Información

    Fundamento legal
    • Decreto de la Delegada del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2017.
    Entidad Gestora

    Centros Municipales de Servicios Sociales

    Modelos de formularios

    Información relacionada

  • Información sobre documentación para la Retirada de Vehículos de alguno de los Depósitos de la Grúa Municipal.

    ¿A quién va dirigido?

    Todos aquellos titulares o equivalentes de vehículos que ha retirado la Grúa Municipal a algunos de sus depósitos.

    Se puede conocer la ubicación del vehículo retirado consultando el enlace "localiza tu vehiculo "

    Cómo realizar el trámite

    Presencialmente en los depósitos de la grúa municipal.

    Pago

    Pago único en el momento de la gestión de retirada, en efectivo o con tarjeta (excepto American Express).

    Documentación

    • Si la persona que retira el vehículo es el titular, deberá presentar:
    1. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia.
    2. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    • Si la persona que retira el vehículo no es el titular, deberá presentar:
    1. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    2. Autorización original firmada por el titular del vehículo.
    3. Fotocopia del DNI del titular del vehículo o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada.
    4. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada.
    • Si el titular del vehículo es una persona jurídica, la persona que retire el vehículo deberá presentar:
    1. Escritura original o copia auténtica de constitución de la sociedad y Escritura original o copia auténtica de apoderamiento o Documento original de la empresa con firma y sello de la misma, donde figure autorización expresa a la persona que acude a retirar el vehículo.
    2. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona apoderada o de la autorizada.
    3. Documentación del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación original justificante original emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    • Si la persona que retira el vehículo es una empresa de renting o leasing, la persona que retire el vehículo deberá presentar:
    1. Contrato original en vigor del arrendamiento o fotocopia compulsada del mismo.
    2. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona que retira el vehículo.
    3. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    4. En caso de autorizado: Autorización original firmada por el titular (persona física) del contrato con Fotocopia de su DNI (o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada), o bien Documento Original de la empresa titular del contrato, con firma y sello donde figure la autorización expresa a la persona que vaya a retirar el vehículo.

    Más Información

    Fundamento legal

    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública. Redacción vigente para 2015 aprobada por Acuerdo Pleno de 21 de diciembre de 2012, BOCM número 309 de 28 de diciembre de 2012.

    Entidad Gestora

    EMT Movilidad * Ayuntamiento de Madrid

    Información relacionada

    Otros sitios de interés

  • Información sobre Documentación para la Retirada de Vehículos accidentados de alguno de los Depósitos de la Grúa Municipal.

    ¿A quién va dirigido?

    Todos aquellos titulares o equivalentes de vehículos que, con motivo de un accidente, ha retirado la Grúa Municipal a algunos de sus depósitos.

    Documentación

    • Si la persona que retira el vehículo es el titular, deberá presentar:

    1. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia.
    2. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    • Si la persona que retira el vehículo no es el titular, deberá presentar:

    1. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    2. Autorización original firmada por el titular del vehículo.
    3. Fotocopia del DNI del titular del vehículo o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada.
    4. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada.
    • Si el titular del vehículo es una persona jurídica, la persona que retire el vehículo deberá presentar:

    1. Escritura original o copia auténtica de constitución de la sociedad y Escritura original o copia auténtica de apoderamiento o Documento original de la empresa con firma y sello de la misma, donde figure autorización expresa a la persona que acude a retirar el vehículo.
    2. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona apoderada o de la autorizada.
    3. Documentación del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación original justificante original emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    • Si la persona que retira el vehículo es una empresa de renting o leasing, la persona que retire el vehículo deberá presentar:
    1. Contrato original en vigor del arrendamiento o fotocopia compulsada del mismo.
    2. Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona que retira el vehículo.
    3. Documentación original del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
    4. En caso de autorizado: Autorización original firmada por el titular (persona física) del contrato con Fotocopia de su DNI (o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona autorizada), o bien Documento Original de la empresa titular del contrato, con firma y sello donde figure la autorización expresa a la persona que vaya a retirar el vehículo.

    Más Información

    Entidad Gestora

    EMT Movilidad * Ayuntamiento de Madrid

    Información relacionada

    Otros sitios de interés

  • La Hemeroteca proporciona copias de sus fondos. Puede realizarse de distintas maneras:

    • Mediante el servicio de reprografía. De las publicaciones no microfilmadas se realiza copia digital descargada en CD/DVD.
    • De las publicaciones ya microfilmadas la copia se realizará en formato digital.
    • Fotocopias: Sólo publicaciones recientes no encuadernadas.
    • El usuario tiene la posibilidad de efectuar descargas en su propio dispositivo de memoria en la Sala de Consulta en microfilme, de forma gratuita.
    • Asimismo tiene la posibilidad de efectuar directamente la reprografía deseada, aportando su propio equipo al efecto sin utilizar la iluminación con flash, siempre que el estado de conservación de la publicación lo permita y que su manipulación no le ocasione deterioro y dirigiendo la oportuna solicitud previa.
    • Solo se atenderán las peticiones de reproducción de documentos, solicitadas en línea o por correo postal procedentes de fuera de la Comunidad de Madrid.

    El solicitante se compromete a respetar la legislación vigente en materia de Propiedad Intelectual. La Hemeroteca Municipal declina toda responsabilidad en caso de incumplimiento de la misma.

    Destinatarios

    Cualquier ciudadano que requiera este servicio y disponga de tarjeta de lector.

    Importe

    La reproducción de los documentos está sujeta a la tasa fijada por el Ayuntamiento de Madrid:

    1. Ampliación en papel: 0,16 ? (a partir de las colecciones microfilmadas)
    2. Fotocopias recientes no encuadernadas: 0,06 ?
    3. Por imagen digital en soporte CD/DVD: Por cada imagen: 1,84 ? - Por cada CD/DVD: 1,12 ?

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: a través de los enlaces disponibles en el apartado Tramitar - En línea.
    • Presencialmente: en la Hemeroteca Municipal
    • Por correo postal: Hemeroteca Municipal, C/Conde Duque 9-11, 28015 Madrid

    Pago

    • En metálico al retirar el encargo en el Servicio de Reprografía de la Hemeroteca.
    • Por giro postal o transferencia bancaria a nombre del Ayuntamiento de Madrid. Hemeroteca Municipal -previa recepción de la notificación del importe y forma de pago- en la cuenta del Banco Santander:
      • Código IBAN: ES36 0049 1892 6729 1326 3285
      • Código SWIFT: BSCHESMMXXX

    Documentación

    • Para peticiones de reprografía el interesado deberá cumplimentar el impreso a tal efecto, haciendo constar si reside fuera de la Comunidad Autónoma de Madrid, si desea recibirlo por correo en su domicilio.
    • Si el usuario desea efectuar directamente la reprografía con su propio equipo al efecto, deberá igualmente, cumplimentar previamente el impreso de solicitud de reprografía.

    Más Información

    Tramitación

    Recogida: transcurridos 10 días hábiles.
    Horario de recogida de peticiones: De lunes a viernes de 9 a 14 horas. Del 15 de junio al 15 de septiembre de 9 a 13 horas.

    Fundamento legal

    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes modificada y aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 21 de diciembre de 2012 y publicada en el BOCM Núm. 309 de 28 de diciembre de 2012.

    Entidad Gestora

    Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Departamento de Patrimonio Bibliográfico y Documental

    Información relacionada

  • El Distrito de San Blas-Canillejas convoca este certamen con el objeto de premiar los trabajos de grupos y solistas aficionados con la finalidad de fomentar la actividad musical de los mismos, ofreciendo a la ciudadanía la posibilidad de acercarse a la música en su sentido más amplio.

    Habrá dos modalidades de participación:

    • Opción A. Esta modalidad es preferente para la participación de los seleccionados en los casting. La organización seleccionará a los grupos y solistas de dos formas:
      1. Durante el plazo de inscripción, tres expertos en música recorrerán las calles, locales de ensayo, academias e institutos, en busca de talentos. En caso de que sea posible la audición "in situ" de los grupos (actuaciones en la calle, academias o locales) la inscripción supondrá la participación directa en los casting.
      2. Dentro de ese periodo, durante dos días, se realizarán audiciones en el centro cultural que designe el Distrito, en jornada de mañana y tarde cada día. La fecha de celebración de las audiciones será publicitada por el Distrito en todos los centros culturales y Facebook.
    • Opción B. Los grupos y solistas deberán inscribirse por correo electrónico. Sólo se valorarán estas solicitudes en caso de no cubrir los 250 participantes con la opción anterior.

    Destinatarios

    Todos los grupos musicales o solistas españoles o extranjeros residentes en España mayores de edad sin contrato discográfico.

    Requisitos

    • No estar incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
    • Personas que sean mayores de 16 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad de 16 años en la fecha que finalice el plazo para la presentación de solicitudes de participación.
    • En el caso de menores de edad, deberán entregar autorización del padre, madre o tutor/a legal para participar en el certamen, conforme al modelo incluido en el Anexo II. En el caso de que algún participante sea menor de edad, deberá aportarse escaneada y firmada autorización del padre/ madre o tutor/a legal.
    • Los participantes que lleguen a la gala final deberán satisfacer las cantidades que correspondan a la Sociedad General de Autores Españoles, siempre que se genere algún derecho.
    • Los participantes tendrán que entregar la documentación que se indica en estas bases, conforme a lo dispuesto en esta convocatoria.
    • La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las presentes bases y del fallo inapelable del jurado.

    Cómo realizar el trámite

    • Opción A:

    Los expertos seleccionarán a los grupos y solistas recorriendo las calles y visitando locales de ensayo, academias e institutos.

    • Opción B:

    Por correo electrónico: sanblascanillejas@madrid.es indicando en el asunto Certamen musical "El Muelle de San Blas". Si no se recibe confirmación de recepción, se debe contactar con la Unidad de Actividades Culturales del Distrito en los teléfonos: 915 888 065 y 915 888 066.

    • Plazo:

      • Opción A: del 1 al 30 de septiembre de 2016.

      • Opción B: del 15 de agosto al 15 de septiembre de 2016.

    Documentación

    • Opción A: los expertos recabarán de los grupos y solistas seleccionados todos los datos que se indican para la opción B y les entregarán una instancia general para que la cumplimenten. La organización la presentará en el registro de la Junta Municipal del Distrito de San Blas Canillejas el día siguiente de cada una de las captaciones.
    • Opción B: el correo deberá contener un enlace o archivo adjunto que permita la audición (y/o visión) de al menos dos actuaciones musicales. No se aceptarán fondos musicales con voces grabadas o el uso de canciones originales (voz y música) para ser utilizado como pista musical. En el cuerpo del correo deberá indicarse:
      • Nombre artístico del solista/grupo.
      • Nombre, apellidos, DNI, del solista/miembros del grupo.
      • Breve reseña biográfica.
      • Título de los temas remitidos en el link.
      • Teléfono móvil de contacto.
      • El correo electrónico de contacto, que será el mismo con el que se haya enviado el boceto.
      • Identificación de la persona física o jurídica a quien se ingresa el importe del premio. En ningún caso podrá tratarse de un menor.
      • Los seleccionados y reservas recibirán un modelo de Declaración responsable de no encontrase incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

    Más Información

    Información complementaria

    El certamen se desarrollará en cuatro fases:

    1. Fase inicial captación de participantes: selección directa o a través de inscripción de los participantes, conforme al apartado 3 de las bases. Máximo 250 participantes.
    2. Fase de casting: selección de los semifinalistas que actuarán en las dos galas eliminatorias.
    3. Fase de eliminatorias: dos galas eliminatorias en la que se seleccionarán a los finalistas.
    4. Fase final: gran gala final donde se seleccionarán los ganadores del certamen.

    Finalizadas todas las actuaciones, el Jurado valorará los grupos y solistas con arreglo a los criterios señalados en las bases (presentación, calidad interpretativa, originalidad, instrumentos y calidad técnica y ritmo y armonía). Igualmente se procederá a la entrega de las papeletas para el voto del público para que elija la actuación que más les ha gustado. Concluida dicha valoración, el Jurado, en un plazo no superior a quince días, emitirá su fallo que será inapelable, y se recogerá en el acta que redacte el secretario, señalando, de manera motivada, los grupos/solistas ganadores de los premios en cada categoría, en su caso, las menciones a que se refieren estas bases, o si los premios que se consideren deben quedar desiertos.

    Los grupos que obtengan el primer y segundo premio, así como el premio del público actuarán en un concierto el día que señale el Distrito para la entrega de premios.

    La cuantía total de los premios es de 9.000 euros, distribuyéndose de la siguiente manera:

    • Primer premio, con una dotación económica de 4.000 euros.
    • Segundo premio, con una dotación económica de 3.000 euros.
    • Premio especial del público, con una dotación económica de 2.000 euros.

    El jurado, podrá destacar con un máximo de diez menciones, aspectos que considere destacables dentro de las actuaciones seleccionadas.

    En la concesión de los premios se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de impuesto sobre la renta de personas físicas a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

    Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada"

    Fundamento legal
    • Decreto de 2 de junio de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de San Blas-Canillejas, BOAM 7695 de 5 de julio de 2016.
    • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
    • Ley General de Subvenciones

    Entidad Gestora

    Distrito de San Blas-Canillejas

    Información relacionada

  • Destinatarios

    Los artistas residentes en España, mayores de 18 años.

    Plazo

    17/10/2016 - 28/10/2016

    Requisitos

    • Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del concurso
    • Tanto el tema como la técnica a utilizar serán de libre elección.

    • No se admitirán inclusiones o alusiones de contenidos ofensivos, que hieran la sensibilidad ó inciten a conductas discriminatorias o violentas reservándose la organización el derecho a excluir a los participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el certamen.

    • Cada autor podrá presentar una sóla obra de dimensiones máximas 1,80 x 1,80 m. Dicha obra no podrá haber sido premiada en ningún otro certamen acreditándose este extremo mediante declaración jurada.

    • Las obras se presentarán mediante una fotografía que deberá ser remitida en formato digital (formato JPG de max. 300 ppp) adjuntándose junto con esta imagen la ficha de inscripción del Anexo I de esta convocatoria. La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

    Cómo realizar el trámite

    Por correo electronico: pinturamoncloa@madrid.es

    Plazo: del 17 de octubre al 28 de octubre de 2016.

    Documentación

    • Ficha de inscripción: Anexo I bases de la convocatoria (disponible en información complementaria)
    • Fotografía que deberá ser remitida en formato digital (formato JPG de max. 300 ppp)
    • Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General Subvenciones, así como, de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
    • Declaración jurada acreditándose que la obra no ha sido premiada en ningún otro certamen

    Más Información

    Tramitación

    SELECION Y FALLO DEL JURADO

    • Entre todas las obras admitidas, realizará una selección de 25 obras para exposición y 5 en reserva ordenada en relación de preferencia.
    • Lasobras deberán estar firmadas, se presentarán en bastidor o soporte rígido, o enmarcados con un listón de madera, sin cristal, de anchura no superior a 3 cm.; en el dorso de la obra se indicará la verticalidad de la misma.
    • Los artistas seleccionados serán notificados por la organización para que procedan a la entrega física de las obras personalmente en el Centro Cultural Moncloa (Pza. Moncloa s/n. 28008 Madrid), de lunes a viernes, en horario comprendido de 10,00 a 14,00 h. y de 17,00 a 19,00h. entre los días 7 al 11 de noviembre de 2016. Si no se presentasen las obras en este plazo se acudirá a la reserva.
    • Entre esas 25 obras el Jurado otorgará los cinco premios de la convocatoria que serán dados a conocer en la inauguración de la exposición el día 1 de diciembre de 2016.

    • Dicha exposición se extenderá hasta el 30 de diciembre de 2016.

    Información complementaria

    PREMIOS:

    PINTURA GENERAL

    Primer premio: 3.000?

    Segundo premio: 2.000 ?

    Tercer premio: 1.500 ?

    ACUARELA

    Premio unico: 2.500?

    DIBUJO

    Premio unico: 2.000?

    Entidad Gestora

    Junta Municipal del Distrito de Moncloa Aravaca

    Información relacionada

    • La convocatoria de este Concurso se realiza para dar respuesta a las iniciativas presentadas por los vecinos en el marco de los presupuestos participativos, y facilitar las iniciativas ciudadanas de forma que todas aquellos vecinos y vecinas puedan canalizar sus iniciativas para la mejora de zonas concretas del Distrito que necesitan de una intervención pública para su mejora y adecuación a las necesidades e inquietudes vecinales.
    • El concurso contará con dos apartados independientes:
      • Rehabilitar la Plaza de la Remonta.
      • Higienizar y humanizar la Plaza del Canal de Isabel II.

    ¿A quién va dirigido?

    • Mayores de 16 años residentes en España

    Plazo

    21/07/2016 - 15/10/2016

    Requisitos

    • No podrán participar los miembros del jurado, ni empleadas y empleados públicos o autoridades del Distrito, así como familiares de éstos hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad.
    • Las personas participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del concurso.
    • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
    • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
    • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
    • No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se hubiera realizado o no.
    • No estar incurso en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

    Cómo realizar el trámite

    Presencialmente: en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito, calle Simancas, 6 28029 Madrid.

    Plazo: del 21 de julio al 15 de octubre de 2016, a las 14:00 horas.

    No se admitirán envíos por correo certificado, o cualquier otro medio distinto a la presentación

    Documentación

    Los trabajos se presentarán bajo LEMA, que deberá figurar en todos los documentos, de tal manera que éstos se mantengan anónimos. Se adjuntará, pegado tras el primero de los paneles, un primer sobre sellado con el lema y seudónimo en su exterior, así como el apartado al que concursa, no pudiendo figurar en este sobre ningún dato que permita identificar a la persona concursante.

    • En el exterior de dicho sobre se indicará también, de forma clara, si, en el caso de no resultar premiado, la persona concursante prefiere mantener el anonimato tanto en la exposición pública de los trabajos presentados como en su posible publicación.
    • En un segundo sobre o envoltorio cerrado (plica) se incorporará la ficha técnica compuesta por:
      • Nombre y apellidos de la persona concursante, su dirección postal completa, correo electrónico, teléfono, fotocopia del carné de identidad, seudónimo utilizado y apartado al que concursa.
      • Declaración responsable de la persona solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RGS.
      • Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario o beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
      • Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario o beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
        Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad que no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que la entidad haya sido beneficiaria de subvenciones de convocatorias anteriores
    • En todas estas declaraciones, la entidad o persona física deberá dejar constancia de que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
    • Por el solo hecho de presentar la solicitud, las entidades solicitantes y los representantes legales de las mismas o persona física autorizan al Ayuntamiento de Madrid a utilizar los datos de carácter personal contenidos en la documentación aportada para los fines de valoración de las solicitudes y, caso de resultar beneficiarias, para el seguimiento y control de los premios. Los titulares de los datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que les atribuye la legislación de protección de datos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre), ante la Coordinación del Distrito de Tetuán, calle Simancas, 6, 28029 Madrid.
    • Para cada apartado, junto a la solicitud se presentarán dos paneles como máximo, tamaño DIN A-1, montados en cartón ligero cartón pluma u otro soporte rígido. Se incluirán todos los planos necesarios a juicio del participante para la adecuada definición de la propuesta, incluyendo, en su caso, aquellos que describan su relación con el entorno inmediato, con grafismo y técnicas de presentación libres, así como una memoria descriptiva de la propuesta en la que se desarrollen sus características,aportaciones para el paisaje urbano y utilización del espacio público.
    • Los planos se representarán a escala definida y de uso común. Se admitirán infografías, perspectivas o cualquier otra expresión gráfica que explique la propuesta, así como fotografías de maquetas. Toda la documentación, tanto gráfica como escrita, estará contenida en este panel, y no se podrá presentar más documentación adicional. (Los paneles podrán componerse entre sí, si bien en tal circunstancia se hará constar en los propios paneles un esquema de montaje para la correcta interpretación por parte del jurado).
    • El material recibido será desempaquetado por el Jurado para su examen, que cuidará que no se rompa el anonimato de las propuestas, quedando el segundo sobre en custodia de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.
    • Si al abrir los sobres faltase cualquiera de los datos solicitados o no se cumplieran el resto de los requisitos exigidos quedará automáticamente descalificado.

    Más Información

    Tramitación

    Ver bases de la convocatoria en "Documentación asociada".

    Información complementaria

    Mas información ver: Bases en informacion relacionada

    Fundamento legal

    Decreto de 21 de julio de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán BOAM 7.706 de 20 de julio de 2016, modificado en BOAM 7.722 de 12 de agosto de 2016.

    Entidad Gestora

    Junta de Distrito de Tetuán

    Documentación asociada

    Información relacionada

  • Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto, los inmuebles de naturaleza urbana de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

    Requisitos

    • Debe tratarse de un inmueble de naturaleza urbana cuyo uso catastral sea residencial.
    • Será necesario que los sistemas de aprovechamiento térmico y eléctrico representen al menos el 50 % del suministro total de energía y se utilicen para el autoconsumo.
    • Las instalaciones para producción de calor deberán incluir colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como de la oportuna licencia municipal.
    • No será de aplicación esta bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: realizando la solicitud a través del enlace Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar en línea (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
    • Por correo postal: Servicio del Impuesto sobre Bienes inmuebles, en la calle Sacramento, 5 28005 Madrid.
    • Presencialmente, mediante presentación de impreso oficial en:
      • Oficinas municipales de registro.
      • En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
      • Mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.

    Plazo

    Antes del 31 de diciembre de cada año, para su aplicación en el año siguiente, si procede.

    Documentación

    • Solicitud en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
    • Aportación en el momento de su solicitud de:
      • El proyecto o memoria técnica.
      • Declaración emitida por técnico/a competente, visada por el colegio oficial que corresponda o en su defecto justificante de habilitación técnica, en el quede expresamente justificado que la instalación reúne los requisitos establecidos.

    Más Información

    Información complementaria

    La bonificación tendrá vigencia durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación.

    Podrá solicitarse en cualquier momento anterior a la terminación del periodo de duración de la misma.

    Surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en el que se solicite.

    Compatibilidad de bonificaciones

    Las bonificaciones son compatibles entre sí y se aplicarán en el orden recogido en la ordenanza sobre la cuota íntegra o, en su caso, sobre la resultante de aplicar las que le precedan. Solo resultan incompatibles entre sí las bonificaciones del SEP y el PAC, que no pueden aplicarse conjuntamente.

    Fundamento legal
    Entidad Gestora

    Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

    Modelos de formularios

    Información relacionada

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.