Ayuntamiento de Madrid

  • Estas denuncias son tramitadas por el Ayuntamiento o la Comunidad dependiendo del grado de gravedad de la infracción.

    Cómo realizar el trámite

    En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda 

    Presencialmente:en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.

    Más Información

    Información complementaria
    Entidad Gestora

    Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid

  • Comunicación del deterioro en un elemento verde que presente síntomas de deficiencia o exceso hídrico

    Requisitos

    • Datos del parque o zona verde
    • Datos personales del solicitante

    Cómo realizar el trámite

    En línea: a través del enlace en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos). Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).

    Por teléfono: llamando al teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).

    Presencialmente: entregando la solicitud y documentación requerida en las Oficinas Municipales de Registro, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Documentación

    Comunicación de falta/exceso de riego (para la tramitación presencial, cumplimente la solicitud en el impreso específico disponible en el apartado 'Impresos')

    Más Información

    Entidad Gestora

    Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes del Ayuntamiento de Madrid

    Modelos de formularios

  • Tramitación de expedientes con objeto de subsanar deficiencias higiénico - sanitarias.

    ¿A quién va dirigido?

    La ciudadanía afectada

    Requisitos

    • Datos del/de la denunciante y denunciado/a (identificación, domicilio y teléfono, si es posible)
    • Los que faciliten la gestión (datos del/de la Administrador/a del inmueble, Presidente/a de la comunidad de Propietarios, vecinos/as, familiares del denunciado/a, etc.)
    • Y cualquier otro que facilite la valoración inicial del caso.

    Cómo realizar el trámite

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.

    Más Información

    Tramitación
    • Denuncia de policía, vecinos/as, administradores/as, etc.
    • Presentación en Registro
    • Registro y Valoración por técnicos/as del Departamento que gestiona.

    Si se deduce que la denunica es procedente:

    • Inspección que lleva implícita la comprobación y valoración de la situación.
    • Requerimientos, propuesta de resolución y en última instancia, tramitación de autorización judicial.
    • Saneamiento de la vivienda o local.
    • Emisión del informe final por parte del Departamento de Salud Ambiental que se remite al Juzgado que dictó el Auto.
    Fundamento legal
    • Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid
    • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal
    Entidad Gestora

    Instituto de Salud Pública de la Ciudad de Madrid. Organismo Autónomo Madrid Salud del Ayuntamiento de Madrid.

    Modelos de formularios

    Información relacionada

    • Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento debe respetar los límites de transmisión de ruidos al medio ambiente exterior y locales (o viviendas) acústicamente colindantes. Estos ruidos no deben sobrepasar los niveles admitidos por la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) en sus artículos 15 y 16 respectivamente, según las zonas y horarios, considerando horario nocturno el comprendido entre las 23 y las 7 horas en días laborables, y entre las 23 y las 8 horas los días festivos.
    • Los ruidos por mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o realización de obras en el interior de viviendas o locales, no se podrán efectuar desde las 21 hasta las 8 horas, en días laborables y desde las 21 hasta las 9:30 horas, los sábados, domingos y festivos.
    • Las obras y trabajos en el medio ambiente exterior de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, así como las que se realicen en la vía pública, no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7 horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro. Si por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse durante el día, podrá autorizarse su realización en otros horarios con un permiso especial del Ayuntamiento.
    • Queda prohibido el empleo de todo dispositivo sonoro con fines de propaganda, reclamo, aviso, distracción y análogos, que no haya sido previamente autorizado, con el fin de evitar la superación de los límites señalados en la Ordenanza (art. 40).

    ¿A quién va dirigido?

    Cualquier persona puede denunciar el incumplimiento de estas normas y formular la oportuna reclamación.

    Requisitos

    • Facilitar nombre, dirección y teléfono del denunciante.
    • Datos del establecimiento o emisor del ruido.
    • Las denuncias por molestias entre vecinos, al estar relacionadas con hechos imprevisibles en el tiempo, han de hacerse directamente a la Policía Municipal en el momento de producirse.

    Cómo realizar el trámite

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.

    Más Información

    Información complementaria
    • La denuncia no puede ser anónima y debe contener los datos para facilitar su comprobación incluyendo dirección y teléfono de contacto (permanente o en horario de mañana) del denunciante y dirección y datos de la actividad denunciada.
    • Los ruidos interiores se miden con la ventana cerrada, incluso los procedentes de aparatos de aire acondicionado, si estos se encuentran instalados en edificios o locales colindantes y las inspecciones se realizan con la fuente sonora en funcionamiento, sea éste diurno, vespertino o nocturno. La medición se llevará a cabo en el lugar en que el valor sea más alto, y, si fuera preciso, en el momento y situación en que los niveles sonoros transmitidos sean más elevados.
    • Los ruidos transmitidos al exterior se miden en el propio exterior.
    • Las mediciones se realizarán conforme al protocolo incluido en el Anexo 3 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica.
    Fundamento legal

    Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica. Acuerdo plenario de 25 de febrero 2011. BOAM núm. 6385 de 7 de marzo 2011.

    Entidad Gestora

    Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid

    • En caso de vulneración de la normativa vigente en materia de seguridad, cualquier persona que se considere afectada podrá denunciar la supuesta infracción. Si se comprueba la mala fe de la persona denunciante se le impondrá la sanción correspondiente.
    • Recepcionada la denuncia se efectuará la visita de inspección. La propiedad o usuarios de los edificios o actividades deberán permitir y, a su vez tendrán derecho, a presenciar la inspección y comprobaciones necesarias.
    • Emitido el informe, se comunicará a la persona interesada las deficiencias a corregir en un plazo determinado.
    • Si se apreciara la existencia de una situación de peligro inminente, el/la titular de la actividad debe suspender su funcionamiento.

    Cómo realizar el trámite

    En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

    Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'

    Más Información

    Fundamento legal

    Ordenanza de Prevención de Incendios. Acuerdo Pleno de 28 Junio 1993 (artículos: 415, 416, 417 y 418). BOCM número 183 de 4 agosto 1993. Modificada por Acuerdo Pleno número 97, de 27 enero 1995. BOAM número 5127 de 27 abril 1995.

    Entidad Gestora

    Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

    Modelos de formularios

  • Programa a través del cual se proporciona información y asesoramiento sobre asuntos relacionados con voluntariado a todas las entidades con sede en el municipio de Madrid que lo soliciten. Sirve, además, como canal para poner en contacto a los/as voluntario/as con estas entidades en función de las necesidades e intereses de ambos.

    Destinatarios

    Todas las entidades no lucrativas del municipio de Madrid que necesiten información y asesoramiento sobre programas de voluntariado o el apoyo de voluntarios/as para el desarrollo de sus proyectos sociales.

    Requisitos

    • Estar inscrito en el Registro de Asociaciones (ámbito autonómico o estatal).
    • Solicitar cita previa a través del teléfono de Voluntarios por Madrid, para visita posterior.
    • Ofrecer formación que capacite a los/as voluntarios/as adecuadamente para el desempeño de las tareas para las que son solicitados.
    • Asegurar a los/as voluntarios/as bajo un seguro de responsabilidad civil.

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: A través del formulario que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar - En línea
    • Por teléfono: llamando al teléfono 900 777 888
    • Por correo postal: dirigido a Departamento de Voluntariado. C/ Alcalá núm. 45, 28014 Madrid
    • Presencialmente en: Departamento de Voluntariado. C/ Alcalá núm. 45, 28014 Madrid

    Documentación

    • Fichas de inscripción de O.N.G.
    • Ficha de solicitud de voluntarios/as.
    • Memoria de Actividades de la Asociación.

    Más Información

    Tramitación
    1. Las entidades del municipio de Madrid pueden ponerse en contacto con Voluntarios por Madrid para solicitar información y asesoramiento sobre voluntariado a través de su teléfono o acudiendo a su oficina.
    2. Posteriormente se coordina una entrevista en la sede de la entidad con el objeto de intercambiar información y conocer los fines y proyectos de la organización así como las necesidades de voluntariado de la misma.
    3. Entrega de los cuestionarios debidamente cumplimentados por la entidad.
    4. Con los datos recogidos en la entrevista y en los cuestionarios, se hará llegar la información a todas aquellas personas que diariamente contactan con Voluntarios por Madrid para ser voluntarios.
    5. Además, las demandas de voluntarios/as por parte de las entidades pueden publicarse en el boletín que Voluntarios por Madrid edita mensualmente.
    Fundamento legal

    Ley 1/2015 de 24 de febrero. B.O.C.M. núm. 52 de 3 marzo 2015.

    Entidad Gestora

    Dirección General de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid.

  • El servicio proporciona información y asesoramiento a aquellos ciudadanos de Madrid interesados en participar activamente en la vida de la ciudad como voluntarios/as. Además, establece un enlace directo entre los/as voluntarios/as y los proyectos de voluntariado propios del Ayuntamiento, y las asociaciones del municipio de Madrid que han solicitado la participación de voluntarios/as. Los/as voluntarios/as son aquellas personas que participan libremente en actividades solidarias y altruistas sin recibir contraprestación económica.

    Destinatarios

    Todos los ciudadanos de Madrid que hayan cumplido la mayoría de edad y se comprometan libremente a realizar actividades de interés general de manera altruista.

    Requisitos

    • Ser mayor de edad.
    • Aceptar comprometerse por escrito con los deberes y derechos del voluntario que establece la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid.
    • Que las actividades de voluntariado se desarrollen en organizaciones privadas o públicas con arreglo a programas y proyectos concretos y que en ningún caso sustituyan al trabajo remunerado.

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: A través del formulario que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar - En línea
    • Por teléfono: llamando al teléfono 900 777 888.
    • Por correo postal: dirigido a Servicio de Atención a Voluntarios y Entidades. C/ Alcalá núm. 45 28014 Madrid.
    • Presencialmente en: Servicio de Atención a Voluntarios y Entidades. C/ Alcalá núm. 45 28014 Madrid.

    Documentación

    • Documento de identificación personal (DNI, pasaporte), que se requiere para el acceso a nuestras oficinas (puede descargarse desde el apartado "Impresos").
    • Ficha de inscripción (puede descargarse desde el apartado "Impresos").

    Más Información

    Tramitación
    1. Cumplimentación de la ficha de inscripción por el interesado que puede descargarse pinchando en el enlace adjunto.
    2. Entrega de la ficha de inscripción en las oficinas de Voluntarios por Madrid.
    3. Entrevista personalizada, a su vez en las oficinas; en la que se tratará el concepto de voluntariado, y, teniendo en cuenta sus intereses, preferenciales y disponibilidad, se le orientará hacia el programa más adecuado.
    Fundamento legal

    Ley 1/2015 de 24 de febrero. B.O.C.M. núm. 52 de 3 de marzo 2015

    Entidad Gestora

    Dirección General Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid

  • Consiste en la devolución de cantidades correspondientes a ingresos tales como impuestos (IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, ICIO), tasas (OCU, TRUA, TRU, TPV, servicios urbanísticos, servicio de gestión de residuos sólidos a grandes generadores, etcétera) ejecución sustitutoria y resto de ingresos municipales, ingresadas de más en las arcas municipales, bien por duplicidad de pago o por cualquier otra causa prevista en la normativa.

    ¿A quién va dirigido?

    A las personas obligadas tributarias, sus sucesoras y restantes que contemple la normativa vigente.

    Importe

    Se tendrá derecho a la devolución del importe indebidamente ingresado, al recargo, costas e intereses (si se hizo durante el procedimiento de apremio) y, en su caso, al interés de demora estipulado.

    Requisitos

    Hallarse en alguno de los supuestos que den lugar a la devolución de un ingreso efectuado a las arcas municipales.

    Cómo realizar el trámite

    La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.

    Plazo de solicitud de devolución: 4 años, produciéndose la prescripción una vez transcurrido ese plazo.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios, y además:

    • Si el/la solicitante de la devolución es el obligado tributario:
      • Documentación acreditativa de las manifestaciones formuladas por la pesona solicitante de la devolución: original y fotocopia para compulsa.
      • Fotocopia del documento de identificación fiscal de la persona solicitante.
      • Documentación que acredite la petición de la devolución y datos bancarios de la persona titular de la cuenta al objeto de facilitar la tramitación del expediente. La persona titular de la cuenta deberá coincidir con la persona titular del derecho a la devolución.
    • Si el/la solicitante es persona distinta del sujeto pasivo:
      • Original del justificante de pago y fotocopia para compulsa.
      • Justificante acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria con la que se efectuó el pago.
      • Justificante acreditativo de la titularidad de la tarjeta y número de la tarjeta con la que se efectuó el pago.
    • Si se actúa en calidad de persona representante, uno de los siguientes:
      • Poder notarial.
      • Autorización y copia del NIF del sujeto pasivo.
    • En los supuestos de fallecimiento del sujeto pasivo:
      • Declaración de personas herederas.
      • Certificado de defunción.

    Atención: esta solicitud no debe utilizarse para solicitar devolución de avales ni interposición de recursos de reposición o reclamaciones económico-administrativas.

    Más Información

    Tramitación

    El acuerdo estimatorio se entenderá notificado por la recepción de la transferencia bancaria o, en su caso, del cheque, si éste hubiese sido el modo de pago expresamente elegido por el/la ciudadano/a.

    Recurso

    Contra la resolución denegatoria de la solicitud de devolución de ingresos se podrá interponer recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, o directamente reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.

    Información complementaria

    Los términos tributarios utilizados en género masculino se entienden para referirse a las personas en general y sólo se mencionan en aquellos casos en que la normativa expresamente así lo preceptúa.

    Información sobre el expediente de devolución

    Para obtener información sobre el expediente de devolución, el interesado debe dirigirse al servicio gestor de cada ingreso en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes:

    • Tasa de Gestión de Residuos Urbanos, Tasa de Gestión de Residuos Sólidos a Grandes Generadores y otras Tasas: calle Sacramento, 5 - 2º. Teléfonos: 914 802 147 y 914 802 148.
    • Tasa por Pasos de Vehículos: Juntas Municipales de Distrito (Departamento Jurídico).
    • Impuesto sobre Actividades Económicas: calle Sacramento, 5 - 2º. Teléfono: 915 882 080.
    • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: calle Sacramento, 5 - 2º. Teléfono: 915 881 591 y 915 882 017.
    • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía): calle Sacramento, 5 - 2º.
    • Impuesto sobre Bienes Inmuebles: calle Sacramento, 5 - 1º. Teléfonos: 915 881 863, 915 882 194 y 915 881 991.
    • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Tasas urbanísticas: calle Ribera del Sena, 21. Teléfono: 914 803 299.
    • Ejecución sustitutoria: calle Ribera del Sena, 21. Teléfono: 914 803 299.
    • Multas de circulación: calle Albarracín, 33.
    Fundamento legal
    Entidad Gestora

    Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

    Modelos de formularios

    Información relacionada

  • Puede solicitarse un duplicado del recibo para el pago de los tributos de carácter periódico (si no se ha recibido o se ha extraviado) durante el periodo voluntario de pago (ver calendario del contribuyente).

    Plazo

    • Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2016 si se realiza presencialmente.
    • Del 6 de octubre al 17 de noviembre de 2016, si se realiza a través de la web o del 010.

    Cómo realizar el trámite

    Plazo:

    • Presencialmente: durante todo el periodo voluntario de pago.
    • En línea / Por teléfono: del 6 de octubre al 17 de noviembre.

    Documentación

    No será necesario presentar identificación de la persona solicitante, sólo los datos del objeto tributario (matrícula del vehículo, referencia catastral, etcétera).

    Más Información

    Fundamento legal
    Entidad Gestora

    Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

    Información relacionada

  • Inscripción y acceso del alumnado nuevo a los cursos de arte dramático que se imparten en la Escuela Municipal de Arte Dramático del Ayuntamiento de Madrid.

    ¿A quién va dirigido?

    Todos los ciudadanos y ciudadanas interesados a partir de 6 años.

    Plazo

    25/05/2017 - 16/06/2017

    Requisitos

    1. Ser residente en el término municipal de Madrid y su Área Metropolitana.

    2. En los niveles Senior y Superior pasar una prueba de acceso que consta de dos partes:

      • Prueba escrita de cultura general, con especial atención al teatro, que será eliminatoria.

      • Prueba oral, que consistirá en la memorización y recitado de un texto que se entregará a los candidatos y candidatas al formalizar la inscripción; y posterior entrevista.

    3. En el resto de los niveles se hará una entrevista para determinar los intereses, actitudes y capacidades expresivas del solicitante

    Cómo realizar el trámite

    En línea:

    A través del formulario que se encuentra en el apartado Tramitar - En Línea.

    Presencialmente: los impresos de preinscripción y de matriculación se presentarán en la secretaría de la Escuela de Arte Dramático del Ayuntamiento de Madrid.

    Plazos

    • Preinscripción: desde el 25 de mayo hasta el 16 de junio de 2017. El 25 de mayo se publicará la oferta de vacantes.

    • Matrícula: desde el lunes 10 de julio hasta el jueves 20 de julio de 2017.

    Calendario del proceso de matriculación

    1. Publicación de la lista de solicitantes: martes 20 de junio de 2017

    2. Pruebas de acceso para niveles Superior y Senior:

    • Prueba escrita: jueves 29 de junio de 2017 a las 11:00 horas.
    • Lista de admitidos a prueba oral: viernes 30 de junio de 2017.
    • Prueba oral y entrevista: SENIOR y SUPERIOR jueves 6 de julio de 2017.

    La prueba de acceso consta de dos partes:

    a) Prueba escrita de cultura general, con especial atención al teatro. (Eliminatorio).

    b) Prueba oral y entrevista. Presentación de un texto que se entregará a los candidatos y candidatas al formalizar la inscripción.

    3. Entrevistas para los niveles Alevín, Infantil y Junior: lunes 26 y martes 27 de junio, lunes 3 y martes 4 de julio de 2017.

    4. Entrevistas para el nivel Adultos: miércoles 28 de junio y miércoles 5 de julio de 2017.

    5. Publicación de listas de admitidos y admitidas por grupos: lunes 10 de julio de 2017.

    6. Matriculación: desde el lunes 10 al jueves 20 de julio de 2017.

    Pago

    Importe de la matrícula

    • Nivel Superior: 215 euros.

    • Senior y Junior: 54 euros.

    • Infantil y Alevín: 42 euros.

    • Adultos: 54 euros.

    • Seguro escolar: 5 euros (se abonará junto con la matrícula).

    Importe de las cuotas mensuales

    • Nivel Superior: 159 euros.

    • Senior y Junior: 41 euros.

    • Infantil y Alevín: 27 euros.

    • Adultos: 46 euros.

    Asistencia a cursos monográficos: 94,77 ? alumno/curso

    El pago de la mensualidad se realizará obligatoriamente por medio de domiciliación bancaria.

    Nota: Las tarifas pueden ser objeto de revisión por el Ayuntamiento de Madrid.

    Documentación

    • Sobre de matrícula (se recogerá en la secretaría de la Escuela).

    • Presentación del DNI o NIE, a partir de 14 años.

    • Presentación de la partida de nacimiento o del Libro de Familia, para menores de 14 años.

    • Resguardo del ingreso de la matrícula y del seguro escolar o domiciliar su pago (solo para alumnos y alumnas antiguos).

    • Dos fotografías tamaño carné.

    Más Información

    Información complementaria

    ENSEÑANZAS ORDINARIAS CURSO 2017 / 2018

    MATERIAS
    Nivel Superior

    Curso 1º

    • Interpretación: 6 horas semanales

    • Voz: 4 horas semanales

    • Expresión corporal: 4 horas semanales

    • Análisis de texto teatral: 2 horas semanales

    Curso 2º

    • Interpretación: 6 horas semanales

    • Teatro clásico español: 2 horas semanales

    • Ortofonía y dicción: 2 horas semanales

    • Voz y canto: 2 horas semanales.

    • Expresión corporal II: 4 horas semanales

    • Análisis de Texto teatral II: 2 horas semanales

    Curso 3º

    A lo largo del curso se realizará un montaje teatral completo dirigido por un profesor o profesora de la Escuela, con la colaboración de profesorado de distintas especialidades. En torno al montaje se desarrollarán los siguientes talleres: voz, cuerpo, vestuario, escenografía y utilería.

    Nivel Senior

    Curso 1º y 2º

    • Interpretación: 2 horas semanales

    • Voz: 1 hora semanal

    • Expresión corporal: 1 hora semanal

    Curso 3º

    A lo largo del curso se realizará un montaje teatral completo dirigido por un profesor o profesora de la Escuela, con la colaboración de profesorado de distintas especialidades. En torno al montaje se desarrollarán los siguientes talleres: voz, cuerpo, vestuario, escenografía y utilería.

    Nivel Junior

    • Interpretación: 2 horas semanales

    • Voz: 1 hora semanal

    • Expresión corporal: 1 hora semanal

    Niveles Infantil y Alevín

    • 2 horas semanales de iniciación al teatro y juego escénico.

    • Representación de obras adecuadas a cada edad.


    Nivel Adultos

    Curso 1º y 2º

    • Interpretación: 2 horas semanales

    • Voz: 1 hora semanal

    • Expresión corporal: 1 hora semanal

    Curso 3º

    A lo largo del curso se realizará un montaje teatral completo dirigido por un profesor o profesora de la Escuela, con la colaboración de profesorado de distintas especialidades. En torno al montaje se desarrollarán los siguientes talleres: voz, cuerpo, vestuario, escenografía y utilería.

    HORARIOS

    DE MAÑANA:

    • Nivel Superior: Curso 1º, 2º y 3º

    DE TARDE:

    • Nivel Senior (a partir de 15 años): Curso 1º, 2º y 3º

    • Nivel Junior (de 12 a 14 años).

    • Nivel Infantil (de 9 a 11 años).

    • Nivel Alevín (de 6 a 8 años).

    NOCTURNO:

    • Nivel Adultos: Curso 1º, 2º y 3º

    Entidad Gestora

    Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Educación y Juventud.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.