Percepción mínima en los transportes públicos. Pago y alegaciones

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

La percepción mínima se solicita a las personas usuarias de transportes públicos que, en el momento de ser requeridas por personal en servicio de TMB:

  • No presentan ningún título.
  • Presentan un título de transporte que no es válido para las características del trayecto o de la persona usuaria.
  • Superan el tiempo máximo de permanencia en las instalaciones a las que da derecho cada validación. Una cancelación del título de transporte da derecho a realizar un viaje sólo en una dirección (excepto en las líneas de Bus del Barri) y, en cualquier caso, a permanecer en las instalaciones de metro hasta un máximo de dos horas a partir de dicha validación. Una vez transcurrido este tiempo, las personas que tengan estos títulos serán consideradas, a todos los efectos, usuarios sin título de transporte válido.

Si esta percepción mínima no se hace efectiva, se denuncia a la persona ante la Administración, que les puede imponer una sanción.

Si se está en desacuerdo con la imposición de la percepción mínima, se puede presentar alegaciones en la empresa titular del transporte donde se haya producido la infracción.

¿Qué puede hacer?

Puede efectuar el pago de la percepción mínima, o si está en desacuerdo con su imposición, presentar alegaciones.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Pago de la percepción mínima:

1. En el mismo momento de la imposición, directamente al inspector, en efectivo y con una bonificación del 50% del importe.

2. En el plazo de 30 días des del día siguiente a la intervención, sin bonificación:

a. A través del enlace del web de TMB.

b. En las entidades bancarias detalladas en el fromulario de intervención, a través del lector del código de barras.

c. En los Puntos TMB, donde se puede pagar en metálico o con tarjeta de pago.

Presentación de alegaciones:

Se pueden presentar alegaciones contra la solicitud de percepción mínima, siempre que la persona intervenida no se haya acogido al pago inmediato con la bonificación del 50% del importe.

Las alegaciones se presentarán por escrito, mediante un formulario diseñado a tal efecto, en los Puntos TMB, excepto el Punto TMB Sants Estació. En esta hoja de alegaciones deberán hacerse constar los motivos por los que la persona intervenida considera que no se debe continuar con el trámite del expediente.

Documentación

Documentación necesaria para abonar la percepción mínima:

Para efectuar el pago a través del enlace del web de TMB, se debe saber el código CPR y la emisora que constan en el documento de intervención impreso.

Para efectuar el pago a través de las entidades bancarias se necesita el boletín de intervención, donde consta el código de barras con la referencia de la infracción.

Para efectuar el pago en los Puntos TMB, además del documento de intervención será necesario presentar:

1. Si el pago lo efectúa la persona intervenida, el DNI, NIE o pasaporte de esta.

2. Si el pago lo efectúa una tercera persona:

a. El DNI, NIE o pasaporte de esta tercera persona (original y fotocopia del anverso y del reverso).

b. Una copia del anverso y el reverso del DNI, NIE o pasaporte de la persona intervenida.

Se puede realizar el pago en los Puntos TMB sin disponer del documento de intervención, pero será necesario facilitar, además de la documentación detallada, la siguiente información: fecha de la intervención y línea de bus o estación de metro donde tuvo lugar la intervención.

Documentación necesaria que hay que adjuntar a las alegaciones:

  • Boletín de intervención (original y fotocopia)
  • DNI, NIE o pasaporte de la persona intervenida (original y copia del anverso y el reverso)
  • Título de viaje, si procede (original y copia del anverso y el reverso)
  • Documentos probatorios (original y copia de todos los documentos que puedan justificar los hechos aducidos en la hoja de alegaciones)
  • Hoja de alegaciones correctamente cumplimentada

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

El plazo para abonar la percepción mínima es de 30 días desde el día siguiente al de la intervención.

El plazo para presentar alegaciones contra una solicitud de percepción mínima es de 20 días naturales desde el día siguiente al de la intervención, siempre que no se haya efectuado el pago bonificado, que cierra el expediente.

Si se paga dentro del plazo para abonar la percepción mínima, sin bonificación, hay un plazo de 30 días naturales, desde el día siguiente al del pago de la percepción mínima para presentar alegaciones.

Precio

    Importe: de 100 euros.

    Si el pago se realiza al momento se tendrá derecho a una bonificación del 50% del importe.

Organismo responsable


Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.