Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos
El trámite permite obtener o renovar la licencia que debe solicitar el titular de animales potencialmente peligrosos para su tenencia. Toda persona que conduzca por espacios públicos un perro potencialmente peligroso requiere de la licencia otorgada por el Ayuntamiento. Esta licencia es personal e intransferible y se ha de renovar cada 5 años, igual que si fuera por primera vez.
Se considera perro potencialmente peligroso aquél que por su tipología racial, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tenga capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y causar daños a bienes públicos o privados.
Perros considerados potencialmente peligrosos:
a) Los que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces:
-akita Inu, terrier staffordshire americano, bullmastiff, doberman, dog argentino, dog de Burdeos, hila brasileiro, mastín napolitano, pit bull terrier, presa canario, rottweiler, stafforshire bull terrier, tosa inu o japonés.
b) Los que han tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros.
c) Los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
d) Los de características que se correspondan con todas o la mayoría de las mencionadas en el anexo II del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico entre 60 y 80 cm, altura en la cruz entre 50 y 70 cm, y peso superior a 20 Kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
¿Qué puede hacer?
Puede iniciar la solicitud de la licencia por primera vez o por renovación, pagar la tasa por internet o, si lo prefiere, en una entidad bancaria y continuar el trámite de manera presencial.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
Rellene el formulario y confirme los datos.
Escoja la manera de hacer el pago e imprima los documentos resultantes.
Después
- Deberá concertar cita previa en cualquier oficina de atención ciudadana para presentar toda la documentación requerida en la solicitud de concesión o renovación.
- Posteriormente, una vez comprovados los datos de la solicitud, y en un plazo de 3 meses, el Ayuntamiento le hará llegar, la tarjeta de la licencia al domicilio, en caso de concesión o de renovación, o bien le comunicará su denegación en caso de no haber sido concedida.
- Además, anualmente, coincidiendo con la renovación del seguro, deberá concertar cita previa en cualquier oficina de atención ciudadana para presentar una copia del recibo de éste al Ayuntamiento, a fin de que pueda comprobar su vigencia.
¿Quién lo puede pedir?
Persona mayor de edad, el propietario del animal o cualquier persona que deba conducir por el espacio público un perro de los considerados potencialmente peligrosos, y que no esté incapacitada para proporcionar los cuidados necesarios al animal. Eso incluye a todos los miembros de la unidad familiar que tengan que llevar el perro y también a las personas que los pasean. Deberá cumplir además los siguientes requisitos:
- Personas que no hayan sido condenadas por delitos de homicidio, lesiones, torturas, por delitos contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, por asociación con banda armada o narcotráfico.
- Personas que no tengan sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Documentación
Licencia por primera vez:
- Original y fotocopia del impreso de solicitud de la licencia debidamente cumplimentado.
- Copia del pago efectuado correspondiente a la tasa para el otorgamiento renovación de la licencia para la tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos.
- Fotocopia del DNI, pasaporte o carné de conducir.
- Declaración jurada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves.
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica (original).
- Fotocopia de la póliza del seguro de responsabilidad que incluya los datos de identificación del animal (nombre, raza, código del microchip) y con una cobertura de daños a terceros no inferior a 150.253 euros.
- Fotocopia del recibo acreditativo del pago de la póliza de responsabilidad civil, en vigor.
- Copia del impreso de autoliquidación para la inscripción al Registro Censal de animales de compañía.
- Acreditación de la identificación del animal mediante el microchip.
- En el caso de ciudadanos de países pertenecientes a la Comunidad Europea, será necesario aportar certificado de antecedentes penales.
Renovación de la licencia:
Los mismos documentos que por primera vez, excepto:
- Copia del impreso de autoliquidación para la inscripción en el Registro Censal de animales de compañía.
- Acreditación de la identificación del animal con microchip.
Adquisición de un nuevo perro peligroso (licencia en vigor):
- Fotocopia del carnet del primer perro.
- Fotocopia de la póliza de responsabilidad civil que incluya los datos del animal (nombre y código de identificación del microchip) y con cobertura por daños a terceros no inferior a 150.253 euros por perro (en la póliza deberan constar los nombres y el microchip de todos los animales incluidos).
- Fotocopia del recibo acreditativo del pago de la póliza de responsabilidad civil.
- Copia del impreso de autoliquidación para la inscripción en el Rgistro Censal de animales de compañía
- Acreditación de la identificación del animal mediante microchip.
Fechas
Periodo de obtención o renovación de la licencia: 3 meses.
Periodo de validez: 5 años.
Precio
Obtención o renovación de la licencia: 53 euros.
Organismo responsable
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