Constitución de una comunidad de propietarios y legalización del libro de actas de la comunidad de propietaris

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Trámite para la constitución de una comunidad de propietarios así como también la legalización del libro de actas de la comunidad

¿Cómo se hace el trámite?

Para legalizar la Comunidad de propietarios sdeberá presentar en la Agencia Tributaria toda la documentación y posteriormente la Agencia Tributaria entregará el NIF correspondiente a la comunidad.

Para legalizar el libro de actas deberá presentarse en el Registro de la Propiedad donde manifestará, por escrito que es el primer libro y, en caso necesario, presentarán el libro anterior, completamente utilizado. En caso de perdida o susgtracción del libro anterior, el presidente o el secretario de la Comunidad deberá manifestar que los vecinos tienen conocimiento del hecho, haciendo esta declaración bajo su responsabilidad. En la petición harán constar:

  • Identificación del solicitante y afirmación que actua por encargo del presidente.
  • Identificación de la comunidad de propietarios y datos registrales
  • Datos de apertura y cierre del último libro de actas, si lo hubiera
  • Fecha de presentación

¿Quién lo puede pedir?

El presidente de la comunidad, o bien el administrador (caso que lo tenga) o mediante un representante debidamente autorizado.

Documentación

Legalizar la comunidad:

  • Original y fotocopia de la primera página del libro de actas de la comunidad.
  • Original y fotocopia del DNI del presidente o bien número de colegiado del administrador y escritura que le otorgue poderes de representación.
  • Fotocopia del acta de nombramiento del presidente.

Legalizar libro de actas

  • Libro de actas de la comunidad.
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Los libros deberán legalizarse antes de ser utilizados en el Registro de la Propiedad correspondienet donde esté registrado el inmueble.

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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