Ayuntamiento de Leganés

  • Objeto del servicio

    La comunicación previa es el documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración Pública competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.

    Datos de pago

    Plazo de presentación

    Normativa aplicable:

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimén Local (BOE núm 80 de 03/04/1985)

    Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 311, 28/12/1992)

    Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm 49 de 27/02/2009)

    Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm 283, de 24/11/2009)

    Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm 196, de 15/07/1955)

    Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.

    Documentos necesarios a aportar

    * Fotocopia contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local
    * Croquis o plano de situación del local
    * Memoria técnica descriptiva y gráfica de la actividad
    * Plano o croquis a escala y acotado del estado actual (planta, sección y alzado) y en su caso tras la reforma, indicando usos, superficie, maquinaria, instalaciones, etc
    * Fotocopia autorización de otras Administraciones: centro sanitario, centro educativo, etc
    * Autoliquidación de la tasa (modelo 021).

    Requisitos

    A partir del 26 de mayo de 2015, en el Servicio de Atención al Contribuyente SE REQUIERE CITA PREVIA: puede concertar su cita pulsando en el siguiente enlace https://www.leganes.org/CitaPrevia/ [con el navegador Google Chrome / Firefox de forma recomendada] o bien, llamar al teléfono 010 si se encuentra dentro del municipio, o al 91 2489010 si se encuentra fuera del mismo.

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS

    Fin vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Posibles recursos

    Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta la resolución.

    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorio

    Observaciones

    Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano: Martes de 11:00 a 14:00 h.
    Horario de atención telefónica: Martes de 9:00 a 14:00 h.

    Otra información de interés

    Información del procedimiento:

    • La presentación de la comunicación previa faculta al interesado al inicio de la actividad proyectada desde el mismo día de la presentación o desde la fecha manifestada de inicio. Cuando la documentación aportada no sea completa conforme al anexo normalizado, no producirá ningún efecto la comunicación realizada.
    • La comunicación previa debe formalizarse una vez acabadas las obras e instalaciones necesarias, y obtenidos los demás requisitos sectoriales y autorizaciones necesarios para llevar a cabo la actividad.
    • La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
    • Revise que la documentación que acompaña a su solicitud coincide con el apartado documentos que se aportan, de esta forma evitará que se realice requerimiento que puedan retrasar el inicio de la actividad.

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h.

    MetroSur: Casa del Reloj

    Bus: 450, 483, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: Julián Besteiro

    Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa

    Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: San Nicasio

    Bus: 450, 482, 486, 488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre).

    Agosto CERRADO

    Consulte paradas SAC Móvil

    TELEMÁTICAMENTE:

    Presentación Telemática (Nuevo)

    "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"

    Documentos

    Normativa

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    218CPAE100WEB-Modelo de Comunicación previa de actividades económicas
    100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016
    100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016.

    Titulo
    Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Activicades Económicas

  • Objeto del servicio

    Están sometidas a procedimiento de evaluación ambiental de actividades las actividades económicas incluidas en Anexo V y IV de la Ley 2/2002 de 19 de junio, de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid (BOCM 01/07/2002).

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Toda persona física o jurídica, o quién actúe en su representación, que pretenda iniciar una actividad económica.

    Plazo de presentación

    Ley 2/2002, de 19 de junio, de evaluación ambiental, de la Comunidad de Madrid (BOCM 01/07/2002).

    Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimén Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 311, 28/12/1992).

    Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49 de 27/02/2009).

    Documentos necesarios a aportar

    Memoria ambiental de la actividad firmada por técnico competente (por duplicado) 4

    Solicitud autorizaciones de carácter ambiental (fotocopia): gestor residuos peligrosos, vertido, identificación industrial, etc.

    Requisitos

    El procedimiento de evaluación ambiental de actividades se iniciará con la presentación de ésta solicitud y de la documentación técnica indicada.

    La solicitud junto con la documentación técnica, se someterá al trámite de información pública durante un período de 20 días. Asimismo, dicha documentación será notificada a los vecinos interesados quienes podrán presentar alegaciones en el mismo plazo.

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h.

    MetroSur: Casa del Reloj

    Bus: 450, 483, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: Julián Besteiro

    Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa

    Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: San Nicasio

    Bus: 450, 482, 486, 488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre).

    Agosto CERRADO

    Consulte paradas SAC Móvil

    TELEMÁTICAMENTE:

    Presentación Telemática (Nuevo)

    "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"

    Documentos

    Normativa

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    223EAAE100WEB-Modelo Informe de Evaluacion Ambiental Actividades Económicas
    100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016
    100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016.

    Titulo
    Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Activicades Económicas

  • Objeto del servicio

    La consulta previa es el documento mediante el que los interesados solicitan a la Administración Pública informe previo y preceptivo al inicio de la actividad, sobre la adecuación a los usos previstos en la normativa de aplicación y sobre la necesidad de sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, Evaluación Ambiental de Actividades o Autorización Ambiental Integrada.

    - La contestación a la consulta se realizará, de acuerdo con los términos de la misma y la documentación aportada, en un plazo de 20 días. El vencimiento del citado plazo sin haberse dictado resolución expresa, legitima al interesado para entenderla estimada por silencio administrativo positivo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley, por razones imperiosas de interés general, o una norma de Derecho
    comunitario establezca lo contrario.

    - La resolución de la consulta previa a la instalación de la actividad o, en su caso, la justificación de haber transcurrido los 20 días sin haberse dictado resolución expresa, será requisito previo e indispensable para presentar el modelo de declaración responsable, comunicación previa o solicitud de licencia de apertura.

    - Revise que la documentación que acompaña a su solicitud coincide con el apartado Documentos que se aportan, de esta forma evitará que se realice requerimientos que puedan retrasar el inicio de la actividad.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.

    Datos de pago

    Documentos necesarios a aportar

    - Contrato de arrendamiento o escritura de la propiedad del local //Fotocopia//

    - Memoria técnica descriptiva y gráfica de la actividad, que incluirá:

    - La definición, características y ubicación del proyecto.

    - Planos descriptivos de la actividad y sus instalaciones.

    - Descripción de la actividad, los procesos productivos empleados, los productos almacenados y los residuos generados (sólidos, líquidos y gaseosos).

    - Autoliquidación Tasa ( Modelo 021).

    Forma de inicio

    A petición del interesado y de oficio

    Unidad responsable

    INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS

    Fin vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorio

    Observaciones

    Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano:Martes de 11:00 a 14:00 horas.

    Información teléfonica: Martes de 9:00 a 14:00 h.

    Otra información de interés

    Normativa aplicable

    - Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (BOE nº 311, 28/12/1992).

    - Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49 de 27/02/09).

    - Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE nº 283, 24/11/2009)

    - Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm.196, de 15/07/1955).

    - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid. -Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.

    Documentos

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    217CPIA100WEB-Modelo de Consulta Previa de Inicio de Actividades Económicas
    100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016
    100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016.

  • Objeto del servicio

    La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento o ejercicio.

    De conformidad con el art. 71 bis de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente escrito se da cumplimiento al trámite de DECLARACIÓN RESPONSABLE al inicio de la actividad indicada y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos que se reseñan y adjunta los documentos que se relacionan.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.

    Datos de pago

    Plazo de presentación

    Normativa aplicable:

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE núm.

    80 de 03/04/1985)

    Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 311, de 28/12/19992)

    Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49, de 27/02/2009)

    Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm. 283, de 24/11/2009)

    Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm. 196, de 15/07/1955)

    Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganes

    Documentos necesarios a aportar

    *Fotocopia contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local.


    *Fotocopia resolución favorable de evaluación de impacto ambiental, emitido por la Comunidad de Madrid, si procede.
    *Proyecto redactado y firmado por técnico competente (por duplicado), para cuya acreditación profesional formulará declaración responsable del mismo con todos sus datos profesionales, teniendo carácter de documento público o bien se acompañará del visado del Colegio Oficial correspondiente. Los proyectos técnicos se presentarán en soporte CD (art. 8.5 de la Ordenanza reguladora)
    *Certificado final de obra de las instalaciones
    *Fotocopia autorización de otras Administraciones: centro sanitario, centro educativo, etc.
    *Autoliquidación de tasas (Modelo 021)

    Documentación necesaria para el control posterior
    1.- Documentación técnica relativa a las instalaciones:

    • Certificados expedidos por empresa autorizada de las ignifugaciones llevadas a cabo en el establecimiento, franjas resistentes al fuego instaladas en los encuentros medianería de sector-cubierta ligera, etc
    • Fotocopia del contrato de mantenimiento de los aparatos, equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios (extintores, alumbrado de emergencia y/o señalización, detección, protección de la estructura, BIE's, funcionamiento puertas RF, etc), con una empresa mantenedora autorizada y resgistrada por el órgano competente de la Comunidad de Madrid. Si hay agua PCI, aportar contrato con Canal Isabel II.
    • Fotocopia de la legalización de las instalaciones o certificados favorables emitidos por entidad de control acreditado (en caso de ser necesario): instalación eléctrica, climatización, gas, frigorífica, contra incendios, aparatos elevadores, almacenamiento de productos químicos, etc.
    • Plan de autoprotección y emergencia aprobado, cuando sea necesario.
    • Según el caso, portará fotocopia de los siguientes documentos relativos a las medidas correctoras medioambientales: - Identificación Industrial o solicitud de vertido (fotocopia) - Autorización, por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como productor de residuos peligrosos - Contrato de gestión de los residuos, con empresa debidamente autorizada por organismo competente de la Comunidad de Madrid.

    2.- Documentación técnica mínima relativa a las obras:

    • Andamios y plataformas elevadoras o elementos similares: dirección facultativa del montaje y desmontaje suscrita por técnico competente y certificado acreditativo de la titulación del técnico competente.
    • Obrar que generen residuos de construcción y demolición (RCD): documento acreditativo de su gestión.

    Forma de inicio

    A petición del interesado y de oficio

    Unidad responsable

    INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS

    Fin vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorio

    Observaciones

    Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano:Martes de 11:00 a 14:00 horas.
    Información teléfonica: Martes de 9:00 a 14:00 h.

    Otra información de interés

    Información del procedimiento:

    • La presentación de la declaración responsable faculta al interesado al inicio de la actividad proyectada desde el mismo día de la presentación o desde la fecha manifestada de inicio. Cuando la documentación aportada no sea completa conforme al anexo normalizado, no producirá ningún efecto la comunicación realizada.
    • La declaración responsable deber formalizarse una vez acabadas las obras e instalaciones necesarias, y obtenidos los demás requisitos sectoriales y autorizaciones necesarios para llevar a acabo la actividad.
    • La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.
    • Revise que la documentación que acompaña a su solicitud coincide con el apartado documentos que se aporta, de esta forma evitará que se realice requerimientos que puedan retrasar la concesión de la licencia.

    Documentos

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    219DRAE100WEB-Modelo de Declaración Responsable de Actividades Económicas
    100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016.
    100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016

  • Objeto del servicio

    Es la inscripción en el Censo Municipal de Animales Domésticos, donde deben inscribirse los animales domésticos (perros y gatos) que residen en el municipio de Leganés, con el fin de controlar la población de los mismos, a efectos sanitarios.

    El Censo en obligatorio, conforme lo establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenecia y Protección de Animales.

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Los propietarios de aquellos animales (perros y gatos) que residan en nuestro municipio.

    Datos de pago

    La inscripción en el Censo es gratuita, pero existe la Tasa por prestación de servicios sanitarios de animales domésticos, que se aplica a los perros censados.

    En 2015 asciende a 26.22 ? anuales (Ordenanza Fiscal nº 24)

    Documentos necesarios a aportar

    * Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.
    * Copia del DNI del propietario (NIE, en el caso de ciudadanos extranjeros. No sirve pasaporte).
    * Cartilla sanitaria animal.Â

    Requisitos

    * Ser mayor de edad.
    * Ser el propietario del animal.
    * En caso de no poder acudir el interesado, puede hacerlo otra persona con autorización por escrito y   fotocopias del DNI de ambos.

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Observaciones

    Al dar de alta al animal, a los propietarios se les facilita una chapa identificativa de que el animal está censado y la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos.

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Av. Gibraltar, 2 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Julio y agosto solo en horario de mañana.

    Metrosur Casa del Reloj

    Lí­nea 12. Bus: 450, 484.

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Julio y agosto sólo en horario de mañana

    Bus: 483, 486, 487

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur Julián Besteiro

    Lí­nea 12

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur: San Nicasio

    Lí­nea 12 Bus: 450,482, 483,486,488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h.

    domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h.

    Consulte paradas SAC Móvil

    UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD:

    Plaza de España, 1 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.Â

    RENFE y Metrosur: Leganés Central

    Bus: 432,480,485,486,484,496,497

    Documentos

    Normativa

    Trámites

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    36SYC100 censo de animales domesticos
    Titulo
    Instrucciones Modelo 004 2015
    Titulo
    Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos

  • Objeto del servicio

    Es la baja de la inscripción en el Censo Municipal de Animales Domésticos del animal previamente censado.


    La baja puede producirse por varios motivos: por fallecimiento del animal, por traslado a otro municipio, por cambio de propietario, otros (desaparición, robo...)

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Los propietarios de aquellos animales (perros y gatos) previamente censados.

    Datos de pago

    La baja en el Censo es gratuita, pero existe la Tasa por prestación de servicios sanitarios de animales domésticos, que se aplica a los perros censados.
    En 2015 asciende a 26,22€ anuales (Ordenanza Fiscal nº 24).

    La baja en el censo también supone la baja en la Tasa con la misma fecha.

    Documentos necesarios a aportar

    BAJA POR MUERTE DEL ANIMAL:
    * Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.


    * Informe Veterinario
    POR TRASLADO A OTRO MUNICIPIO
    * Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos, haciendo constar el domicilio completo de la nueva residencia ( y aportando documento justificativo).

    POR CAMBIO DE PROPIETARIO

    * Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.
    * Cambio de titularidad expedido por veterinario (impreso del Registro Oficial de Animales de Compañía de la Comunidad Madrid, Colegio Veterinarios) o impreso de cesión firmado por el antiguo y nuevo propietario.
    OTRAS CAUSAS (DESAPARICIÓN, ROBO...)
    * Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos, haciendo constar la causa.
    * Denuncia de Policía, si existiera.

    Requisitos

    * Ser el propietario del animal.
    * En caso de no poder acudir el interesado, puede hacerlo otra persona con autorización por escrito y fotocopias del DNI de ambos.

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

    Fin vía administrativa

    Cabe interponer recurso administrativo

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Av. Gibraltar, 2 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Julio y agosto solo en horario de mañana.

    Metrosur Casa del Reloj

    Línea 12. Bus: 450, 484.

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Julio y agosto sólo en horario de mañana

    Bus: 483, 486, 487

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur Julián Besteiro

    Línea 12

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur: San Nicasio

    Línea 12 Bus: 450,482, 483,486,488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h.

    domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h.

    Consulte paradas SAC Móvil

    UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD:

    Plaza de España, 1 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    RENFE y Metrosur: Leganés Central

    Bus: 432,480,485,486,484,496,497

    Documentos

    Normativa

    Trámites

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    36SYC100 censo de animales domesticos

    Titulo
    Instrucciones Modelo 004 2015

    Titulo
    Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos

  • Objeto del servicio

    Es el trámite necesario para la inscripción de estos animales en el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos, en cumplimiento Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm.

    74 de 27/03/2002).

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Los propietarios de los perros potencialmente peligrosos cuyos animales residan habitualmente en Leganés.

    Documentos necesarios a aportar

    * Impreso de solicitud de Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.


    * Fotocopia NIF
    * Certificado veterinario que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligrosos
    * Fotocpia Certificado de Identificación (microchip)
    * Alta del Censo Municipal de Animales Domésticos.
    * Fotocopia Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrososo, si ha sido expedida por otro municipio.

    Requisitos

    Los establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo (BOE núm. 74 de 27/03/2002).

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorio

    Observaciones

    Está directamente relacionado con la Licencia para la Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos.

    La inscripción tiene como requisito que el solicitante tenga la Licencia, y una vez obtenida ésta se realiza la inscripción.

    Otra información de interés

    Medidas de seguridad:La presencia de animales peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzcan y controle lleve consigo la licencia administrativa, así com certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

    Los animales de especie canina potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal. Deberá ser conducido y controlado con cadena o correa de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de unos de estos perros por persona.

    Los animales potencialmente peligrosos, que se encuentre en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a la persona o animales que accedan o acerquen estos lugares.

    Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.

    La sustracción o pérdidas de animales potencialmente peligrosos habrá de ser comunicado en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos, en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimientos de esos hechos.

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Av. Gibraltar, 2 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Julio y agosto solo en horario de mañana.

    Metrosur Casa del Reloj

    Línea 12. Bus: 450, 484.

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Julio y agosto sólo en horario de mañana

    Bus: 483, 486, 487

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur Julián Besteiro

    Línea 12

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    Metrosur: San Nicasio

    Línea 12 Bus: 450,482, 483,486,488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h.

    domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h.

    Consulte paradas SAC Móvil

    UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD:

    Plaza de España, 1 Ver mapa

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    RENFE y Metrosur: Leganés Central

    Bus: 432,480,485,486,484,496,497

    Documentos

    Normativa

    Trámites

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    091RAP100WEB Registro municipal de animales potencialmente peligrosos

    Titulo
    Ley 50/1999, De Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
    Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999,de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

    Titulo
    Medio ambiente. Solicitud de Licencia de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos

  • Objeto del servicio

    Es la licencia que tienen que obtener las personas que sean propietarias y las que conduzcan o custodien a perros potencialmente peligrosos, y sus cruces, según lo establecido en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo (Anexo I).

    ¿Quién puede solicitarlo?

    Ciudadanos residentes en Leganés, mayores de 18 años y que reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.

    Datos de pago

    Tasa 2014 por expedición o renovación de Licencia de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos 84,30 €. Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Sanitarios de Animales Domésticos nº 24.

    Plazo de presentación

    Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Lay 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm.

    74 de 27/03/2002).

    Documentos necesarios a aportar

    * Impreso de solicitud de licencia de tenencia de perros potencialmente peligrosos.


    * Fotocpia del DNI.
    * Certificado de capacidad física y aptitud psicológica (original). Se obtendrá en los centros oficialmente autorizados para los reconocimientos necesarios para el carné de conducir.
    * Original y fotocopia para su compulsa de acreditación de haber formalizado el seguro de responsabilidad civil, con una cobertura no inferior a 120.000 € en el que conste que cubre los daños que pudiera causar el animal, así como estar al corriente de pago. En el caso de que el seguro no estuviera a nombre del solicitante, documento acreditativo de la compañía aseguradora que certifique que la póliza cubre al interesado.
    * Autoliquidación (modelo 300) de la tasa 2014: 84,30€.

    El Ayuntamiento solicita directamente a los Organismos correspondientes la siguiente documentación sobre el solicitante:* Certificado de no inclusión en el Registro de Infractores de la Normativa de Perros Potencialmente Peligrosos de la Comunidad de Madrid.
    * Información sobre Antecedentes Penales

    Requisitos

    Los establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm. 74 de 27/03/2002).

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

    Fin vía administrativa

    Cabe interponer recurso administrativo

    Posibles recursos

    Observaciones

    Información del procedimiento: Deberán obtenerla las personas que sean propietarias y las que conduzcan o custodien al animal. Afecta a:

    • Razas indicadas en el anexo I del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo y sus cruces.
    • Perros que reúnan la mayoría de las características del anexo II.
    • La licencia tendrá una validez de 5 años.
    • Una vez obtenida la licencia, y en el plazo de 15 días, se realizará por el propietario la inscripción en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos.

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h.

    MetroSur: Casa del Reloj

    Bus: 450, 483, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: Julián Besteiro

    Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa

    Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: San Nicasio

    Bus: 450, 482, 486, 488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre).

    Agosto CERRADO

    Consulte paradas SAC Móvil

    TELEMÁTICAMENTE:

    Presentación Telemática (Nuevo)

    "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"

    Documentos

    Normativa

    Trámites

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    090APP100WEB solicitud licencia
    Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos

    Titulo
    Ley 50/1999, De Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
    Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999,de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

    Titulo
    Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos

  • Objeto del servicio

    Protocolo para actualizar cualquier información de mapas y cartografía en el servicio de google maps.

    Datos de pago

    Gratuito

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    ALCALDE-PRESIDENTE

    Documentos

    Nombre fichero Tamaño Archivo
    Corregir un error cartográfico en Google Maps

  • Objeto del servicio

    El consumidor que necesite formular una consulta o recibir asesoramiento en materia de consumo, necesita concertar una cita previa.

    Requisitos

    Puede concertar su cita pulsando en el siguiente enlace https://www.leganes.org/CitaPrevia/ [con el navegador Google Chrome / Firefox de forma recomendada] o bien, llamar al teléfono 010 si se encuentra dentro del municipio, o al 91 2489010 si se encuentra fuera del mismo.

    Forma de inicio

    A petición del interesado

    Unidad responsable

    ORGANOS DE GOBIERNO-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

    Órgano que resuelve

    CONCEJAL DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MAYORES, SALUD Y CONSUMO

    Fin vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Formas y lugares de tramitación

    Presencial

    CASA DEL RELOJ:

    Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA.

    Sábados de 9:00 a 13:00 h.

    Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h.

    MetroSur: Casa del Reloj

    Bus: 450, 483, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA:

    C/ San Amado, 20 Ver mapa

    Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h.

    Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

    Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11

    JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA:

    Centro Municipal Ramiro de Maeztu

    C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa

    Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: Julián Besteiro

    Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1

    JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO:

    Centro Municipal José Saramago

    Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa

    Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h.

    Julio y agosto CERRADO

    MetroSur: San Nicasio

    Bus: 450, 482, 486, 488

    SAC MÓVIL:

    Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre).

    Agosto CERRADO

    Consulte paradas SAC Móvil

    TELEMÁTICAMENTE:

    Presentación Telemática (Nuevo)

    "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"

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