La comunicación previa es el documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración Pública competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.
Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.
Normativa aplicable: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimén Local (BOE núm 80 de 03/04/1985) Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 311, 28/12/1992) Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm 49 de 27/02/2009) Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm 283, de 24/11/2009) Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm 196, de 15/07/1955) Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.
* Fotocopia contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local
* Croquis o plano de situación del local
* Memoria técnica descriptiva y gráfica de la actividad
* Plano o croquis a escala y acotado del estado actual (planta, sección y alzado) y en su caso tras la reforma, indicando usos, superficie, maquinaria, instalaciones, etc
* Fotocopia autorización de otras Administraciones: centro sanitario, centro educativo, etc
* Autoliquidación de la tasa (modelo 021).
A partir del 26 de mayo de 2015, en el Servicio de Atención al Contribuyente SE REQUIERE CITA PREVIA: puede concertar su cita pulsando en el siguiente enlace https://www.leganes.org/CitaPrevia/ [con el navegador Google Chrome / Firefox de forma recomendada] o bien, llamar al teléfono 010 si se encuentra dentro del municipio, o al 91 2489010 si se encuentra fuera del mismo.
A petición del interesado
INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS
La resolución pone fin a la vía administrativa
Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta la resolución. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Estimatorio
Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano: Martes de 11:00 a 14:00 h.
Horario de atención telefónica: Martes de 9:00 a 14:00 h.
Información del procedimiento:
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h. MetroSur: Casa del Reloj Bus: 450, 483, L1 JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h. Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: Julián Besteiro Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: San Nicasio Bus: 450, 482, 486, 488 SAC MÓVIL: Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre). Agosto CERRADO Consulte paradas SAC Móvil TELEMÁTICAMENTE: Presentación Telemática (Nuevo) "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"
Documentos
Normativa
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
218CPAE100WEB-Modelo de Comunicación previa de actividades económicas | |||
100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016 | |||
100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016. | |||
Titulo | |
Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Activicades Económicas | |
Están sometidas a procedimiento de evaluación ambiental de actividades las actividades económicas incluidas en Anexo V y IV de la Ley 2/2002 de 19 de junio, de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid (BOCM 01/07/2002).
Toda persona física o jurídica, o quién actúe en su representación, que pretenda iniciar una actividad económica.
Ley 2/2002, de 19 de junio, de evaluación ambiental, de la Comunidad de Madrid (BOCM 01/07/2002).
Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimén Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 311, 28/12/1992). Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49 de 27/02/2009).
Memoria ambiental de la actividad firmada por técnico competente (por duplicado) 4 Solicitud autorizaciones de carácter ambiental (fotocopia): gestor residuos peligrosos, vertido, identificación industrial, etc.
El procedimiento de evaluación ambiental de actividades se iniciará con la presentación de ésta solicitud y de la documentación técnica indicada. La solicitud junto con la documentación técnica, se someterá al trámite de información pública durante un período de 20 días. Asimismo, dicha documentación será notificada a los vecinos interesados quienes podrán presentar alegaciones en el mismo plazo.
A petición del interesado
INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h. MetroSur: Casa del Reloj Bus: 450, 483, L1 JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h. Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: Julián Besteiro Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: San Nicasio Bus: 450, 482, 486, 488 SAC MÓVIL: Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre). Agosto CERRADO Consulte paradas SAC Móvil TELEMÁTICAMENTE: Presentación Telemática (Nuevo) "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"
Documentos
Normativa
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
223EAAE100WEB-Modelo Informe de Evaluacion Ambiental Actividades Económicas | |||
100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016 | |||
100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016. | |||
Titulo | |
Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Activicades Económicas | |
La consulta previa es el documento mediante el que los interesados solicitan a la Administración Pública informe previo y preceptivo al inicio de la actividad, sobre la adecuación a los usos previstos en la normativa de aplicación y sobre la necesidad de sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, Evaluación Ambiental de Actividades o Autorización Ambiental Integrada.
- La contestación a la consulta se realizará, de acuerdo con los términos de la misma y la documentación aportada, en un plazo de 20 días. El vencimiento del citado plazo sin haberse dictado resolución expresa, legitima al interesado para entenderla estimada por silencio administrativo positivo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley, por razones imperiosas de interés general, o una norma de Derecho - La resolución de la consulta previa a la instalación de la actividad o, en su caso, la justificación de haber transcurrido los 20 días sin haberse dictado resolución expresa, será requisito previo e indispensable para presentar el modelo de declaración responsable, comunicación previa o solicitud de licencia de apertura. - Revise que la documentación que acompaña a su solicitud coincide con el apartado Documentos que se aportan, de esta forma evitará que se realice requerimientos que puedan retrasar el inicio de la actividad.
comunitario establezca lo contrario.
Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.
- Contrato de arrendamiento o escritura de la propiedad del local //Fotocopia// - Memoria técnica descriptiva y gráfica de la actividad, que incluirá: - La definición, características y ubicación del proyecto.
- Planos descriptivos de la actividad y sus instalaciones. - Descripción de la actividad, los procesos productivos empleados, los productos almacenados y los residuos generados (sólidos, líquidos y gaseosos). - Autoliquidación Tasa ( Modelo 021).
A petición del interesado y de oficio
INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS
La resolución pone fin a la vía administrativa
Estimatorio
Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano:Martes de 11:00 a 14:00 horas. Información teléfonica: Martes de 9:00 a 14:00 h.
Normativa aplicable - Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (BOE nº 311, 28/12/1992). - Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49 de 27/02/09). - Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE nº 283, 24/11/2009) - Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm.196, de 15/07/1955). - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid. -Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.
Documentos
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
217CPIA100WEB-Modelo de Consulta Previa de Inicio de Actividades Económicas | |||
100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016 | |||
100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016. | |||
La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento o ejercicio.
De conformidad con el art. 71 bis de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente escrito se da cumplimiento al trámite de DECLARACIÓN RESPONSABLE al inicio de la actividad indicada y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos que se reseñan y adjunta los documentos que se relacionan.
Cualquier persona, física o jurídica, o quién actúe en su representación.
Normativa aplicable: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE núm.
80 de 03/04/1985) Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 311, de 28/12/19992) Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés (BOCM núm. 49, de 27/02/2009) Ley 17/2009, de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm. 283, de 24/11/2009) Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (BOE núm. 196, de 15/07/1955) Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganes
*Fotocopia contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local.
Documentación necesaria para el control posterior 2.- Documentación técnica mínima relativa a las obras:
*Fotocopia resolución favorable de evaluación de impacto ambiental, emitido por la Comunidad de Madrid, si procede.
*Proyecto redactado y firmado por técnico competente (por duplicado), para cuya acreditación profesional formulará declaración responsable del mismo con todos sus datos profesionales, teniendo carácter de documento público o bien se acompañará del visado del Colegio Oficial correspondiente. Los proyectos técnicos se presentarán en soporte CD (art. 8.5 de la Ordenanza reguladora)
*Certificado final de obra de las instalaciones
*Fotocopia autorización de otras Administraciones: centro sanitario, centro educativo, etc.
*Autoliquidación de tasas (Modelo 021)
1.- Documentación técnica relativa a las instalaciones:
A petición del interesado y de oficio
INDUSTRIAS-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE URBANISMO E INDUSTRIAS
La resolución pone fin a la vía administrativa
Estimatorio
Para consultas con los Servicios de Industrias existe un horario establecido de atención al ciudadano:Martes de 11:00 a 14:00 horas.
Información teléfonica: Martes de 9:00 a 14:00 h.
Información del procedimiento:
Documentos
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
219DRAE100WEB-Modelo de Declaración Responsable de Actividades Económicas | |||
100HAC107WEB-Anexo Instrucciones Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016. | |||
100HAC107WEB-Modelo 021 Autoliquidación Tasa por apertura de establecimientos 2016 | |||
Es la inscripción en el Censo Municipal de Animales Domésticos, donde deben inscribirse los animales domésticos (perros y gatos) que residen en el municipio de Leganés, con el fin de controlar la población de los mismos, a efectos sanitarios.
El Censo en obligatorio, conforme lo establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenecia y Protección de Animales.
Los propietarios de aquellos animales (perros y gatos) que residan en nuestro municipio.
La inscripción en el Censo es gratuita, pero existe la Tasa por prestación de servicios sanitarios de animales domésticos, que se aplica a los perros censados. En 2015 asciende a 26.22 ? anuales (Ordenanza Fiscal nº 24)
* Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.
* Copia del DNI del propietario (NIE, en el caso de ciudadanos extranjeros. No sirve pasaporte).
* Cartilla sanitaria animal.Â
* Ser mayor de edad.
* Ser el propietario del animal.
* En caso de no poder acudir el interesado, puede hacerlo otra persona con autorización por escrito y   fotocopias del DNI de ambos.
A petición del interesado
MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Desestimatorio
Al dar de alta al animal, a los propietarios se les facilita una chapa identificativa de que el animal está censado y la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos.
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Av. Gibraltar, 2 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Julio y agosto solo en horario de mañana. Metrosur Casa del Reloj Línea 12. Bus: 450, 484. JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Jueves de 17:00 a 19:00 h. Julio y agosto sólo en horario de mañana Bus: 483, 486, 487 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur Julián Besteiro Línea 12 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur: San Nicasio Línea 12 Bus: 450,482, 483,486,488 SAC MÓVIL: Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h. domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h. Consulte paradas SAC Móvil UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD: Plaza de España, 1 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. RENFE y Metrosur: Leganés Central Bus: 432,480,485,486,484,496,497
Documentos
Normativa
Trámites
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
36SYC100 censo de animales domesticos | |||
Titulo | |
Instrucciones Modelo 004 2015 | |
Titulo | |
Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos | |
Es la baja de la inscripción en el Censo Municipal de Animales Domésticos del animal previamente censado.
La baja puede producirse por varios motivos: por fallecimiento del animal, por traslado a otro municipio, por cambio de propietario, otros (desaparición, robo...)
Los propietarios de aquellos animales (perros y gatos) previamente censados.
La baja en el Censo es gratuita, pero existe la Tasa por prestación de servicios sanitarios de animales domésticos, que se aplica a los perros censados. La baja en el censo también supone la baja en la Tasa con la misma fecha.
En 2015 asciende a 26,22 anuales (Ordenanza Fiscal nº 24).
BAJA POR MUERTE DEL ANIMAL:
* Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.
POR CAMBIO DE PROPIETARIO
* Informe Veterinario
POR TRASLADO A OTRO MUNICIPIO
* Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos, haciendo constar el domicilio completo de la nueva residencia ( y aportando documento justificativo).
* Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos.
* Cambio de titularidad expedido por veterinario (impreso del Registro Oficial de Animales de Compañía de la Comunidad Madrid, Colegio Veterinarios) o impreso de cesión firmado por el antiguo y nuevo propietario.
OTRAS CAUSAS (DESAPARICIÓN, ROBO...)
* Impreso de Censo Municipal de Animales Domésticos, haciendo constar la causa.
* Denuncia de Policía, si existiera.
* Ser el propietario del animal.
* En caso de no poder acudir el interesado, puede hacerlo otra persona con autorización por escrito y fotocopias del DNI de ambos.
A petición del interesado
MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Cabe interponer recurso administrativo
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Av. Gibraltar, 2 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Julio y agosto solo en horario de mañana. Metrosur Casa del Reloj Línea 12. Bus: 450, 484. JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Jueves de 17:00 a 19:00 h. Julio y agosto sólo en horario de mañana Bus: 483, 486, 487 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur Julián Besteiro Línea 12 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur: San Nicasio Línea 12 Bus: 450,482, 483,486,488 SAC MÓVIL: Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h. domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h. Consulte paradas SAC Móvil UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD: Plaza de España, 1 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. RENFE y Metrosur: Leganés Central Bus: 432,480,485,486,484,496,497
Documentos
Normativa
Trámites
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
36SYC100 censo de animales domesticos | |||
Titulo | |
Instrucciones Modelo 004 2015 | |
Titulo | |
Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos | |
Es el trámite necesario para la inscripción de estos animales en el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos, en cumplimiento Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm.
74 de 27/03/2002).
Los propietarios de los perros potencialmente peligrosos cuyos animales residan habitualmente en Leganés.
* Impreso de solicitud de Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
* Fotocopia NIF
* Certificado veterinario que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligrosos
* Fotocpia Certificado de Identificación (microchip)
* Alta del Censo Municipal de Animales Domésticos.
* Fotocopia Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrososo, si ha sido expedida por otro municipio.
Los establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo (BOE núm. 74 de 27/03/2002).
A petición del interesado
MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Estimatorio
Está directamente relacionado con la Licencia para la Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos. La inscripción tiene como requisito que el solicitante tenga la Licencia, y una vez obtenida ésta se realiza la inscripción.
Medidas de seguridad:La presencia de animales peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzcan y controle lleve consigo la licencia administrativa, así com certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos. Los animales de especie canina potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal. Deberá ser conducido y controlado con cadena o correa de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de unos de estos perros por persona. Los animales potencialmente peligrosos, que se encuentre en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a la persona o animales que accedan o acerquen estos lugares. Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia. La sustracción o pérdidas de animales potencialmente peligrosos habrá de ser comunicado en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos, en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimientos de esos hechos.
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Av. Gibraltar, 2 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h y de 17:00 a 19:00 h. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Julio y agosto solo en horario de mañana. Metrosur Casa del Reloj Línea 12. Bus: 450, 484. JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Jueves de 17:00 a 19:00 h. Julio y agosto sólo en horario de mañana Bus: 483, 486, 487 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa De Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur Julián Besteiro Línea 12 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Av. del Mediterráneo, 24 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO Metrosur: San Nicasio Línea 12 Bus: 450,482, 483,486,488 SAC MÓVIL: Lunes a sábado de 15:30 a 20:30 h. domingos y festivos de 11:30 a 14:30 h. Consulte paradas SAC Móvil UNIDAD ADMINISTRATIVA DE SALUD: Plaza de España, 1 Ver mapa De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. RENFE y Metrosur: Leganés Central Bus: 432,480,485,486,484,496,497
Documentos
Normativa
Trámites
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
091RAP100WEB Registro municipal de animales potencialmente peligrosos | |||
Titulo | |
Medio ambiente. Solicitud de Licencia de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos | |
Es la licencia que tienen que obtener las personas que sean propietarias y las que conduzcan o custodien a perros potencialmente peligrosos, y sus cruces, según lo establecido en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo (Anexo I).
Ciudadanos residentes en Leganés, mayores de 18 años y que reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.
Tasa 2014 por expedición o renovación de Licencia de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos 84,30 . Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Sanitarios de Animales Domésticos nº 24.
Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Lay 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm.
74 de 27/03/2002).
* Impreso de solicitud de licencia de tenencia de perros potencialmente peligrosos.
El Ayuntamiento solicita directamente a los Organismos correspondientes la siguiente documentación sobre el solicitante:* Certificado de no inclusión en el Registro de Infractores de la Normativa de Perros Potencialmente Peligrosos de la Comunidad de Madrid.
* Fotocpia del DNI.
* Certificado de capacidad física y aptitud psicológica (original). Se obtendrá en los centros oficialmente autorizados para los reconocimientos necesarios para el carné de conducir.
* Original y fotocopia para su compulsa de acreditación de haber formalizado el seguro de responsabilidad civil, con una cobertura no inferior a 120.000 en el que conste que cubre los daños que pudiera causar el animal, así como estar al corriente de pago. En el caso de que el seguro no estuviera a nombre del solicitante, documento acreditativo de la compañía aseguradora que certifique que la póliza cubre al interesado.
* Autoliquidación (modelo 300) de la tasa 2014: 84,30.
* Información sobre Antecedentes Penales
Los establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm. 74 de 27/03/2002).
A petición del interesado
MEDIO AMBIENTE-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Cabe interponer recurso administrativo
Información del procedimiento: Deberán obtenerla las personas que sean propietarias y las que conduzcan o custodien al animal. Afecta a:
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h. MetroSur: Casa del Reloj Bus: 450, 483, L1 JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h. Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: Julián Besteiro Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: San Nicasio Bus: 450, 482, 486, 488 SAC MÓVIL: Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre). Agosto CERRADO Consulte paradas SAC Móvil TELEMÁTICAMENTE: Presentación Telemática (Nuevo) "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"
Documentos
Normativa
Trámites
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
090APP100WEB solicitud licencia | |||
Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos | |||
Titulo | |
Medio Ambiente. Censo Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos | |
Protocolo para actualizar cualquier información de mapas y cartografía en el servicio de google maps.
Gratuito
A petición del interesado
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
ALCALDE-PRESIDENTE
Documentos
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
Corregir un error cartográfico en Google Maps | |||
El consumidor que necesite formular una consulta o recibir asesoramiento en materia de consumo, necesita concertar una cita previa.
Puede concertar su cita pulsando en el siguiente enlace https://www.leganes.org/CitaPrevia/ [con el navegador Google Chrome / Firefox de forma recomendada] o bien, llamar al teléfono 010 si se encuentra dentro del municipio, o al 91 2489010 si se encuentra fuera del mismo.
A petición del interesado
ORGANOS DE GOBIERNO-AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
CONCEJAL DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MAYORES, SALUD Y CONSUMO
La resolución pone fin a la vía administrativa
Desestimatorio
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h. MetroSur: Casa del Reloj Bus: 450, 483, L1 JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h. Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: Julián Besteiro Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: San Nicasio Bus: 450, 482, 486, 488 SAC MÓVIL: Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre). Agosto CERRADO Consulte paradas SAC Móvil TELEMÁTICAMENTE: Presentación Telemática (Nuevo) "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"