Subvenciones 2016 destinadas a apoyar las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior
- Subvencionar a agrupaciones de agricultores, organizaciones, grupos de productores y asociaciones de agrupaciones de productores, que lleven a cabo actividades de información y publicidad en el mercado interior de los productos cubiertos por un régimen de calidad de los contemplados en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 1305/2013.
- A quién está dirigido:
- Asociaciones
- Beneficiarios:
- Agrupación de agricultores, organizaciones, grupos de productores y asociaciones de agrupaciones de productores que lleven a cabo actividades de información y publicidad en el mercado interior de los productos cubiertos por un régimen de calidad de los contemplados en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 1305/2013.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 2: Descarga formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- a) Contar entre sus miembros al menos con un operador que participará por primera vez en el régimen de calidad a partir de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
b) Ser responsables finales de los gastos que se consideren subvencionables.
c) No hallarse en situación de crisis, según la definición establecida en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2014/C249/01).
d) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Estar dado de alta a Terceros en la Comunidad Autónoma de Canarias.
f) Realizar la actividad objeto de subvención con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
g) Iniciar la actividad con posterioridad a la solicitud de subvención, en el sentido referido en la base 2. - Cuantía
- El porcentaje garantizado de subvención sobre el presupuesto aprobado será el 70 % del coste elegible.
Para poder beneficiarse de esta ayuda, la inversión aprobada debe estar comprendida entre 3.000 y 100.000 euros. - Criterios de valoración y baremación:
- 1. El procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva, priorizándose, según la siguiente valoración:
a) Atendiendo al tipo de solicitante:
Consejos Reguladores y Órganos de gestión de DOP/IGP distintos de los Consejos reguladores que hayan sido renocidos oficialmente: 20 puntos.
Agrupaciones solicitantes de registro de DOP/IGP/IG , distintos de los del párrafo anterior: 10 puntos.
b) Atendiendo al régimen de calidad:
Por proyectos de inversión sobre productos amparados por una DOP/IGP/IG: 10 puntos.
Por proyectos de inversión sobre producción ecológica : 5 puntos.
Por proyectos de inversión sobre símbolo RUP: 3 puntos.
Por proyecto de inversión sobre producción integrada: 2 punto.
c) Atendiendo al alcance y repercusión:
Por proyectos de inversión sobre información y promoción de productos orientados y dirigidos a favorecer su consumo en Canarias: 5 puntos.
d) Según el metodo para medir la repercusión de la actividad desarrollada:
Si existe un metodo de evaluacion descrito y coherente con el objetivo a evaluar: 10 puntos
Si existe un metodo descrito pero no del todo adecuado al objetivo a evaluar: 6 puntos
Si existe un método descrito pero no se adecua al objetivo a evaluar o si no existe método para evaluar la repercusion: 0 puntos.
e) Según la presentación y calidad del proyecto de inversión para la información o promoción: Máximo 20 puntos repartidos según el grado de detalle y concreción de:
Objeto del programa: 4 puntos
Actividades y calendario 4 puntos
Medios para el desarrollo del programa 4 puntos
Grupos destinatarios de la promocion 4 puntos
Mensaje y creatividad 4 puntos.
f) El número de agricultores participantes en el proyecto de información o promoción:
De 2 a 100: 2 puntos
Mas de 100 : 1 punto
2. En caso de igualdad de puntuación se priorizarán las solicitudes de ayuda en virtud de la fecha de presentación, y de persistir la igualdad, se favorecerán los proyectos presentados por solicitantes que cuenten entre sus miembros con mayor porcentaje de mujeres participantes en el programa de calidad.
3. Para que un expediente sea susceptible se subvención la puntuación mínima ha de ser de 21 puntos, y además este valor se debe obtener de la suma, al menos, de dos criterios. - Forma de Abono:
- El abono de las subvenciones se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el cual se concedió, en los términos establecidos en las bases.
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Fecha Inicio: 1/1/2016 0:0Fecha Fin: 31/1/2016 23:59
Objeto
Medios de presentación
Por internet
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
- Solicitud
- En el caso de personas jurídicas:
- Escritura de constitución
- Estatutos
- Compromiso
- Memoria económica
- Memoria detallada de actividades
- Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
- Autobaremación
- Cuenta justificativa
- Memoria de actuación justificativa
- Memoria económica justificativa
- Factura
- Acreditación de pagos
- Desviaciones con respecto al presupuesto aprobado
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones
- Carta de pago de reintegro, en su caso.
- Material gráfico o documentación acreditativa
- Para acogerse a lo establecido en el artículo 35. f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
- Órgano que tramita:
- Servicio de Fomento y Promoción
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
- Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA)
- Plazo de resolución:
- 12 meses
- Efectos del silencio administrativo:
- DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
- Recursos:
- Recurso contencioso-administrativo
Normativa
Normativa autonómica
Decreto 5/2015, 30 enero, que modifica el Decreto 36/2009, 31 marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de CanariasResolución de 29 de diciembre de 2015, del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2016 las subvenciones destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios previstas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por este Instituto, y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las mismas.Normativa estatal
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Eei las Rosas
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