AUTORIZACIÓN DE CENTROS, ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS SANITARIOS

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Finalidad

Regular el procedimiento a seguir para la obtención de las autorizaciones administrativas sanitarias para la instalación, funcionamiento, modificación y, en su caso, cierre de los centros, establecimientos y servicios sanitarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con los requisitos y características técnico-sanitarias correspondientes para cada uno de ellos, sin perjuicio de lo que pueda establecer la normativa específica que, en cada caso, resulte aplicable. Asimismo, constituye su objeto, la creación del Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de la Consejería de Sanidad y Dependencia.(RECESS).

Quedarán sujetos todos los centros, establecimientos y servicios sanitarios, públicos y privados, de cualquier clase o naturaleza, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Destinatarios

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de Solicitud

Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 55, de 04-03-10)

Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos (BOE Nº 266, de 06-11-79)

Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (BOE Nº 126, de 27-05-06)

Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos (BOE Nº 271, de 12-11-97)

Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos (BOE Nº 3, de 04-01-99)

Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE Nº 254, de 23-10-03)

Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión (BOE Nº 125, de 20-09-05)


Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos (BOE Nº 270, de 11-11-06)

Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores (BOE Nº 54, de 03-03-10)

Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 155, de 26-06-10)

Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 155, de 26-06-10)

Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. (BOE Nº 137, de 08-06-12)

Real Decreto 413/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen los requisitos técnicos y funcionales precisos para la autorización y homologación de los centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida (BOE Nº 72, de 23-03-96)

Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de Calidad y Seguridad paral a donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos

Orden FOM/2440/2006, de 17 de julio, que modifica la Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, por la que se determinan los requisitos y el procedimiento para la designación y autorización de los centros médico-aeronáuticos y de los médicos examinadores aéreos (BOE Nº 179, de 28-07-06)

Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE Nº 180, de 29-07-13)

Ley 6/1994, de 24 de noviembre, de balnearios y de aguas minero medicinales y/o termales (DOE Nº 144, de 22-12-94)

Decreto 41/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la obtención de la certificación técnico-sanitaria para los vehículos destinados al transporte sanitario por carretera. (DOE Nº 33, de 21-03-96)37/04 (D.O.E. 49, de 29-04-04)

Decreto 37/2004, de 5 de abril sobre autorización administrativa de centros, establecimientos y servicios sanitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE. Nº 42, de 13-04-04)

Correcc. Errores al Dto.

Decreto 146/2005, de 7 de junio, por el que se regulan los Centros de Rehabilitación Psicosocial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen los requisitos exigidos para la autorización de los mismos (DOE Nº 68, de 14-06-05)

Decreto 187/2010, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos populares. (DOE Nº 189, de 30-09-10)

Orden de 3 de marzo de 2005 por la que se establecen las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de las Clínicas Dentales y los Servicios de Odontología/Estomatología en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 29, de 12-03-05)

Orden de 6 de abril de 2005 por el que se regulan los requisitos exigibles a los establecimientos de óptica (D.O.E. Nº 42, DE 14-04-05)

Orden de 12 de diciembre de 2005 por el que se establecen las condiciones y requisitos exigibles a los establecimientos de ortopedia (D.O.E. Nº 148, DE 27-12-05)

Orden de 16 de enero de 2007 por la que se establecen las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de los laboratorios clínicos y unidades de obtención de muestras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 10, de 25-01-07)

Orden de 3 de febrero de 2009 por la que se regula el contenido y el régimen de organización y funcionamiento del Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de Extremadura (RECESS) y se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal del citado Registro. (DOE Nº 30, de 13-02-09)

Orden de 24 de mayo de 2007, requisitos de Establecimientos de Audioprótesis (D.O.E. Nº 63, de 02-06-07)

Orden de 23 de septiembre de 2009 por la que se regulan los requisitos técnico-sanitarios mínimos exigibles a los centros y servicios de Podología (D.O.E. Nº 194, DE 7-10-09)

ORDEN de 6 de abril de 2010 por la que se regulan los requisitos técnico-sanitarios mínimos exigibles a los centros y servicios de fisioterapia en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE Nº 71 de 16-04-10)

Plazo normativo para resolver

Tres meses para autorizaciones de instalación, modificación, renovación y cierre.

Dos meses para autorización de funcionamiento.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada y potestativo de reposición según los casos.

* Obligaciones:
Todos los centros, establecimientos y servicios sanitarios, están sujetos a:
a) Autorización administrativa previa a la instalación, modificación, y, en su caso, cierre de un centro, establecimiento o servicio sanitario.
b) Autorización administrativa de funcionamiento.
c) La inscripción en el Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) La exhibición, en lugar bien visible al público, del documento identificativo de la autorización de funcionamiento y registro correspondiente, de forma que permita conocer al usuario que han recibido dicha autorización y el tipo de centro, con su oferta asistencial, o establecimiento de que se trata, de acuerdo con la clasificación establecida en el Anexo I del R.D. 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
e) Consignar, en su publicidad, el número de registro otorgado por la Autoridad sanitaria al conceder la autorización.
f) La renovación de la autorización administrativa de funcionamiento
g) El mantenimiento de las condiciones y requisitos técnicos específicos que establezcan las normas vigentes según los tipos de
centros, establecimientos o servicios.
h) Facilitar a la Autoridad sanitaria el control, e inspección de sus actividades, organización y funcionamiento, incluidas la promoción y publicidad, en la forma en que normativamente se determine.
i) La organización y desarrollo del sistema de información necesario, con el fin de que quede la debida constancia de la actividad realizada y facilitar la información que les sea solicitada por la Administración sanitaria, sin perjuicio de la garantía del derecho a la intimidad de las personas.
j) Mantener, a requerimiento de la Autoridad sanitaria, en el marco de la Ley General de Sanidad, de la Ley de Salud de Extremadura la continuidad de su funcionamiento, en tanto en cuanto sea necesario para defender la salud pública, la seguridad de las personas o el normal funcionamiento de los servicios sanitarios que resulten indispensables para la comunidad.
* Tipos de autorizaciones:
Atendiendo a su finalidad, las autorizaciones administrativas sanitarias se dividen en los siguientes tipos:
a) Autorización sanitaria de instalación: Es aquella necesaria en todos los casos en que se pretenda crear o instalar un centro, establecimiento o servicio sanitario que implique realización de una obra nueva o alteraciones sustanciales en su estructura o instalaciones.
b) Autorización sanitaria de funcionamiento: Es la que faculta a los centros, establecimientos y servicios sanitarios, públicos y privados, de cualquier clase y naturaleza, para realizar su actividad, siendo preceptiva con carácter previo al inicio de la misma. La autorización de funcionamiento será concedida para cada establecimiento y para cada centro sanitario, así como para cada uno de los servicios que constituyen su oferta asistencial, habiendo de ser renovada con la periodicidad que se determina
c) Autorización sanitaria de modificación: Es aquella autorización sanitaria que solicitarán los centros, establecimientos y servicios sanitarios que realicen cambios en su estructura, en su titularidad o en su oferta asistencial.
d) Autorización sanitaria de cierre: Aquella necesaria en los casos en que se pretenda suprimir o cerrar de manera definitiva un centro, establecimiento o servicio sanitario.

1. AUTORIZAClÓN DE INSTALACIÓN:
- Documentos que identifique al solicitante o, en su caso, acrediten su personalidad jurídica y la facultad con que actúen sus representantes.
- Documento acreditativo de la propiedad o titularidad del centro, establecimiento o servicio sanitario.
- Memoria explicativa de la actividad del centro, establecimiento o servicio, con especificación de los objetivos sanitarios y oferta de servicios.
- Dotación prevista de personal por categorías profesionales con detalle de su régimen de dedicaciones.
- Plan de equipamiento del centro, establecimiento o servicio sanitario, detallado por unidades y/o dependencias.
- Plano urbanístico donde se localice e identifique el centro, servicio o establecimiento sanitario.
- Proyecto técnico, o en su defecto, plano a escala expresivo de la distribución y dimensiones de las distintas dependencias del centro y de la ubicación de sus aparatos, instalaciones y mobiliario.
- Plazo previsto de ejecución de obras.
- Relación de los residuos tóxicos o peligrosos que se prevea va a generar la actividad y la forma en que los mismos se pretende gestionar, así como un plan de prevención de la contaminación por agentes productores de enfermedades transmisibles, en su caso.

2. AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO:
- Certificación de finalización de obra, en los casos en que haya precisado obra nueva.
- Seguros de responsabilidad civil de los profesionales que ejerzan la actividad.
- Documentos justificativos de la relación laboral o profesional entre la empresa y el personal, así como titulación académica correspondiente de los mismos.
- Las instalaciones con radiaciones ionizantes deberán presentar la preceptiva autorización del Consejo de Seguridad Nuclear o la inscripción en el correspondiente registro de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda.
- Certificación del cumplimiento de la normativa urbanística, de seguridad y de instalaciones, especialmente lo referido a la eliminación de barreras arquitectónicas, según lo dispuesto en la Ley 8/1997, de 20 de agosto, de Promoción de la Accesibilidad en Extremadura, así como de protección contra incendios, eliminación de residuos, aparatos elevadores e instalaciones de aire acondicionado.
- Si existiere relación con otras unidades o servicios, ajenas a las instalaciones del centro, servicio o establecimiento sanitario, documentación acreditativa de dicha relación.
- Con relación a los centros cuya actividad genere residuos tóxicos o peligrosos, deberá acreditarse que se ha contratado la cesión de los mismos a un gestor autorizado por la Dirección General de Medio Ambiente, y en general, deberá acreditarse el cumplimiento de la normativa sobre gestión de residuos biosanitarios.
- Designación del Responsable o Director Técnico de la actividad sanitaria del centro, establecimiento o servicio, el cual deberá acreditar la capacidad, mediante la correspondiente titulación oficial o cualificación profesional, para el desempeño de esta función.
- Acreditación documental del cumplimiento de los requisitos exigidos para el tipo de Centro, Servicio o establecimiento de que se trate.
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes, en relación con lo dispuesto en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Otra documentación necesaria en función del tipo de centro, establecimiento o servicio sanitario de que se trate, de acuerdo con la legislación vigente.

3. AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN:
- Documentos que identifique al solicitante o, en su caso, acrediten su personalidad jurídica y la facultad con que actúen sus representantes.
- Memoria justificativa de las modificaciones y sus repercusiones sanitarias, con indicación de las medidas a tomar para que la ejecución de las mismas afecte lo menos posible al funcionamiento del centro, y plazo previsto de ejecución.
- Justificación, firmada por el técnico competente, de que la modificación a realizar no supone alteración en el cumplimiento de los requisitos exigidos para el tipo de centro, servicio o establecimiento sanitario de que se trate, ni de la normativa urbanística, de seguridad, de instalaciones y de construcción.
* EN CASO DE CAMBIO DE TITULARIDAD, ACOMPAÑAR:
- Documentos que identifique al solicitante o, en su caso, acrediten su personalidad jurídica y la facultad con que actúen sus representantes.
- Documento acreditativo de la propiedad o titularidad del centro, establecimiento o servicio sanitario.

4. AUTORIZACIÓN DE CIERRE:
- Documentos que identifique al solicitante o, en su caso, acrediten su personalidad jurídica y la facultad con que actúen sus representantes.
- Memoria justificativa del cierre, incluyendo plazos previstos para efectuarse éste, así como las fases y secuencias si las hubiere para llevar a cabo el proceso de cierre.

Formularios de solicitud

Modelo de Solicitud

Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 55, de 04-03-10)

Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos (BOE Nº 266, de 06-11-79)

Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (BOE Nº 126, de 27-05-06)

Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos (BOE Nº 271, de 12-11-97)

Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos (BOE Nº 3, de 04-01-99)

Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE Nº 254, de 23-10-03)

Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión (BOE Nº 125, de 20-09-05)


Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos (BOE Nº 270, de 11-11-06)

Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores (BOE Nº 54, de 03-03-10)

Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 155, de 26-06-10)

Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo (BOE Nº 155, de 26-06-10)

Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. (BOE Nº 137, de 08-06-12)

Real Decreto 413/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen los requisitos técnicos y funcionales precisos para la autorización y homologación de los centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida (BOE Nº 72, de 23-03-96)

Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de Calidad y Seguridad paral a donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos

Orden FOM/2440/2006, de 17 de julio, que modifica la Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, por la que se determinan los requisitos y el procedimiento para la designación y autorización de los centros médico-aeronáuticos y de los médicos examinadores aéreos (BOE Nº 179, de 28-07-06)

Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE Nº 180, de 29-07-13)

Ley 6/1994, de 24 de noviembre, de balnearios y de aguas minero medicinales y/o termales (DOE Nº 144, de 22-12-94)

Decreto 41/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la obtención de la certificación técnico-sanitaria para los vehículos destinados al transporte sanitario por carretera. (DOE Nº 33, de 21-03-96)37/04 (D.O.E. 49, de 29-04-04)

Decreto 37/2004, de 5 de abril sobre autorización administrativa de centros, establecimientos y servicios sanitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE. Nº 42, de 13-04-04)

Correcc. Errores al Dto.

Decreto 146/2005, de 7 de junio, por el que se regulan los Centros de Rehabilitación Psicosocial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen los requisitos exigidos para la autorización de los mismos (DOE Nº 68, de 14-06-05)

Decreto 187/2010, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos populares. (DOE Nº 189, de 30-09-10)

Orden de 3 de marzo de 2005 por la que se establecen las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de las Clínicas Dentales y los Servicios de Odontología/Estomatología en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 29, de 12-03-05)

Orden de 6 de abril de 2005 por el que se regulan los requisitos exigibles a los establecimientos de óptica (D.O.E. Nº 42, DE 14-04-05)

Orden de 12 de diciembre de 2005 por el que se establecen las condiciones y requisitos exigibles a los establecimientos de ortopedia (D.O.E. Nº 148, DE 27-12-05)

Orden de 16 de enero de 2007 por la que se establecen las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de los laboratorios clínicos y unidades de obtención de muestras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 10, de 25-01-07)

Orden de 3 de febrero de 2009 por la que se regula el contenido y el régimen de organización y funcionamiento del Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de Extremadura (RECESS) y se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal del citado Registro. (DOE Nº 30, de 13-02-09)

Orden de 24 de mayo de 2007, requisitos de Establecimientos de Audioprótesis (D.O.E. Nº 63, de 02-06-07)

Orden de 23 de septiembre de 2009 por la que se regulan los requisitos técnico-sanitarios mínimos exigibles a los centros y servicios de Podología (D.O.E. Nº 194, DE 7-10-09)

ORDEN de 6 de abril de 2010 por la que se regulan los requisitos técnico-sanitarios mínimos exigibles a los centros y servicios de fisioterapia en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE Nº 71 de 16-04-10)

- Director/a General con competencias en materia de Autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Consejero/a con competencia en materia de salud para autorizaciones de vehículos de transporte sanitario por carretera.

Plazo normativo para resolver

Tres meses para autorizaciones de instalación, modificación, renovación y cierre.

Dos meses para autorización de funcionamiento.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada y potestativo de reposición según los casos.

í?rgano gestor

D. GRAL. DE PLANIFICACIí?N, FORMACIí?N Y CALIDAD SANITARIAS Y SOCIOSANITARIAS
AVDA. DE LAS AMí?RICAS, 2
06800 MERIDA
dgpcyc.syps@salud-juntex.es
924004198

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003


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