Subvenciones destinadas a financiar el Programa Mixto de Formación y Empleo, ejercicio 2016-2017
Tramitación electrónica
Descargar formulario
- Solicitud (335 kbytes)
- Anexo I.1 Check list documentación (243 kbytes)
- Anexo M.0 Índice de memoria (241 kbytes)
- Anexo M.1 Ámbito de actuación (226 kbytes)
- Anexo M.2 Obra o servicio (224 kbytes)
- Anexo M.3 Plan formativo (240 kbytes)
- Anexo M.4 Medios necesarios (229 kbytes)
- Anexo M.5 Presupuesto y fechas inicio (263 kbytes)
- Anexo M.6 Objetivos Inserción laboral (222 kbytes)
- Anexo V-14 Modificación solicitud art. 18 Orden EYE/589/2014 (59 kbytes)
- Anexo C.1 Certificado Entidades Públicas (499 kbytes)
- Anexo C.2 Certificado Entidades Sin Ánimo de Lucro (502 kbytes)
Fecha de publicación:
27 de mayo de 2016
BDNS (Identificador):
307263
Objeto:
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el funcionamiento del Programa Mixto de Formación y Empleo, consistente en la realización de acciones en alternancia de formación y empleo dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas, que se aprueben en el ejercicio 2016.
Las acciones en alternancia de formación y empleo y las subvenciones que se convocan, tienen como fin facilitar la adquisición de competencias profesionales a las personas trabajadoras desempleadas, para que puedan acceder con mayor facilidad al mercado laboral y obtener un puesto de trabajo.
Serán preferentes las personas pertenecientes a colectivos establecidos como prioritarios en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016 y en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y conciliación en el Empleo, 2016-2020: jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualificación; mayores de 45 años, especialmente quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares; y parados de larga y muy larga duración, con especial atención a aquéllos que han agotado sus prestaciones por desempleado y las personas en riesgo de exclusión social.
¿Quién lo puede solicitar?:
- Los proyectos podrán ser promovidos por las siguientes entidades sin ánimo de lucro, que serán las BENEFICIARIAS de las subvenciones:
- 1. Corporaciones Locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas.
- 2. Mancomunidades, Consorcios y otras entidades asociativas.
- 3. Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, cuyos fines estén la formación y empleo.
- Las dos primeras cuando las acciones se desarrollen exclusivamente en el ámbito territorial de su competencia.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
- No podrán acceder a las subvenciones quienes incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No podrán ser beneficiarias las entidades solicitantes que no acrediten laobservancia o la exención de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o en su caso, la no sujeción a dicha obligación, según declaración responsable que se formalizará en el Anexo normalizado. En el caso de las Administraciones Públicas bastará con acreditar conforme al modelo que establezca la convocatoria, que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se han reservado al menos el 2% de los mismos para su cobertura con personas con discapacidad.
- La obra o servicio propuestos se deberá considerar de utilidad pública o interéssocial.
- Cumplir los límites de la jornada de trabajo.
- El objeto de actuación se encontrara entre las áreas de actuación establecidas en la convocatoria, en su caso.
- El número de personas desempleadas en el ámbito territorial en el que se desarrolle la acción será al menos de tres personas por plaza solicitada para la acción de formación y empleo.
- La totalidad de las actuaciones previstas deben contar en el momento de la solicitud con las autorizaciones y permisos requeridos.
- En el momento de la solicitud se presentara la acreditación de la titularidad jurídica de todos los bienes objeto de actuación previstos, y la acreditación de que los mismos estarán disponibles, a la fecha de inicio de la acción, para la ejecución de la obra o servicio previstos.
¿Para qué es la ayuda?:
El límite máximo de acciones de formación y empleo que pueden solicitarse por cada entidad estará vinculado a la cifra oficial de paro registrado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el mes de abril de 2016, en el ámbito territorial de actuación de la acción, de acuerdo a la siguiente escala:
a) Hasta 2.000 personas desempleadas, máximo 1 acción de formación y empleo.
b) Más de 2.000 y hasta 4.000 personas desempleadas, máximo 2 acciones de formación y empleo.
c) Más de 4.000 personas desempleadas, máximo 3 acciones de formación y empleo.
El límite máximo de plazas por cada acción de formación y empleosolicitada estará vinculado a la cifra oficial de paro registrado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el mes de abril de 2016, en el ámbito territorial de actuación de la acción, de acuerdo a la siguiente escala:
a) Hasta 1.000 personas desempleadas, máximo 8 plazas.
b) Más de 1.000 y hasta 2.000 personas desempleadas, máximo 12 plazas.
c) Más de 2.000 y hasta 4.000 personas desempleadas, máximo 16 plazas.
d) Más de 4.000 personas desempleadas, máximo 24 plazas.
Cuantía:
La cuantía de las subvenciones a conceder se calculará por la suma de los siguientes importes:
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado, que se formulará ante el Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. La documentación que deberá acompañarse a la solicitud se presentará mediante un ejemplar original (en soporte papel o en forma telemática) y una copiade la misma documentación en soporte electrónico USB, y será la siguiente:
DOCUMENTACIÓN a presentar (107 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 28 de mayo de 2016 hasta el 16 de junio de 2016
Más Detalles:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Registro de las Gerencias Provinciales ECYLde la provincia en que se vaya a impartir el curso.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Por Internet desde ésta misma página Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
- Se excluye presentación por FAX.
Organismo:
Responsable:
Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)
Gestor:
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses computados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Tablón de anuncios de la correspondiente Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/), y en la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es).
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información adicional:
Compatibilidad
- Estas subvenciones son incompatibles con cualquiera otra que pueda percibirse para la misma finalidad proveniente de organismos o instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
- Las entidades beneficiarias comunicarán al Servicio Público de Empleo de Castilla y León la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público nacional o internacional, en el momento de presentar la solicitud y con carácter previo a los pagos.
Resolución. Beneficiarios:
- Resoluciones de tramitación de urgencia (342 kbytes)
- Requerimientos de subsanación de solicitudes (actualizado 21-07-2016) (2.642 kbytes)
- Decaimientos al trámite de subsanación (actualizado 27-07-2016) (950 kbytes)
- Propuestas provisionales (actualizado 02-09-2016) (3.998 kbytes)
- Decaimiento trámite alegaciones (actualizado 23-08-2016) (375 kbytes)
- Decaimiento trámite aceptación modificaciones (actualizado 26-08-2016) (395 kbytes)
- Resolución concesión definitiva (actualizado 11-10-2016) (960 kbytes)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
Calle Góngora 1, 09340, Lerma