Las obras de nueva edificación comprenden los siguientes tipos:
Las obras de nueva planta tienen por objeto la nueva construcción sobre solares vacantes. Las obras de ampliación tienen por objeto incrementar el volumen construído u ocupación en planta de edificaciones existentes. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 81 y siguientes. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días De subsanación de deficiencias: 1 mes. |
Delegación de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Se consideran actos de parcelación, con independencia de su finalidad concreta y de la clase de suelo, cualesquiera que supongan la modificación de la forma, superficie o lindes de una o varias fincas. Â Están sujetos a previa licencia municipal los actos de parcelación, tanto rústica como urbanística, excepto cuando hayan sido incluidos en un Proyecto de Reparcelación. Tienen la consideración legal de actos de parcelación rústica, todos aquellos que se produzcan en suelo no urbanizable de protección o suelo urbanizable no sectorizado en que no se haya aprobado definitivamente el Plan de Sectorización. En suelo no urbanizable de protección y en suelo urbanizable no sectorizado quedan prohibidas las parcelaciones urbanísticas. La licencia urbanística para actos de parcelación rústica requerirá informe previo y vinculante, en caso de ser desfavorable, de la Consejería competente en materia de agricultura. Tienen la consideración legal de actos de parcelación urbanística, cualquier división o parcelación de terreno que se lleve a cabo en suelo urbano y urbanizable, salvo en el urbanizable no sectorizado en el que no se haya aprobado Plan de Sectorización. No se podrán efectuar actos de parcelación urbanística en el suelo urbano no consolidado, ni en el suelo urbanizable sectorizado, mientras uno y otro no cuenten con la correspondiente ordenación pormenorizada. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
 Procedimiento Normal Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección. Registro General del Ayuntamiento de Getafe |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Pago de Tasas según Ordenanza Municipal |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 55 a 61. |
Planeamiento y gestión urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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La licencia de primera ocupación tiene por objeto verificar, en orden a autorizar la puesta en uso de los edificios, que éstos han sido ejecutados de conformidad con el proyecto y, en su caso, condiciones establecidas en las licencias concedidas, así como que se encuentren debidamente terminados y aptos según las exigencias urbanísticas de su destino específico. Estarán sujetas a esta licencia de primera ocupación, con carácter previo a su utilización, las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación; de reestructuración total; de ampliación, reforma o modificación sustanciales; y los cambios de uso de local a vivienda. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 93 a 96. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Se tramitarán mediante licencia urbanística las obras de urbanización de carácter complementario o puntual no incluidas en un Proyecto de Urbanización. Son las obras tendentes a dotar a un terreno de los servicios urbanísticos necesarios para que adquiera la consideración de solar. Se consideran como tales las de vialidad, abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, jardinería y otras análogas. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 63 y siguientes |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Son obras que tienen por objeto rebajar la zona del espacio público necesario para facilitar la entrada de vehículos. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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El plazo de tramitación es de 1 día cuando se tramite por el Procedimiento Inmediato y de 2 meses cuando se haga por el procedimiento Abreviado |
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A instancia de la Administración |
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Presencial |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
De oficio |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Contencioso administrativo:
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Los obligados deberán abonar, en los términos que establezcan las respectivas Ordenanzas Fiscales Reguladoras, el impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, la Tasa por prestación de Servicios Urbanísticos, así como, en su caso, la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. |