Ayuntamiento de Getafe

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Se trata de la tramitación deforma simultánea y conjunta de las licencias necesarias para una determinadaactuación. Se tramitarán de este modo todas aquellas licencias que seansusceptibles de tramitarse conjuntamente. Para ello deberá adjuntarse a la solicitudde licencia integrada la documentación necesaria según se determina en losanexos I y II de esta ordenanza para cada una de las licencias que se integran.En todo caso, las licencias solicitadas para los edificios de vivienda congaraje se tramitarán por este procedimiento.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
      · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.

    Ver documentos en PDF adjuntos

    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC
    El plazo de tramitación es de 3 Meses

    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículo 26.

    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.


    Recurso Contencioso administrativo.

    • Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Las obras de nueva edificación comprenden los siguientes tipos:

    • De nueva planta.
    • De ampliación.

    Las obras de nueva planta tienen por objeto la nueva construcción sobre solares vacantes.

    Las obras de ampliación tienen por objeto incrementar el volumen construído u ocupación en planta de edificaciones existentes.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
      · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.
    • SOLICITUD. En el modelo que figura como Anexo I.
    • DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD. La que figura como Anexo II.
    • Declaración responsable de técnicos proyectictas y directores de obra. La que figura como Anexo III
    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC
    El plazo de tramitación es de 3 Meses

    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 81 y siguientes.

    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    De subsanación de deficiencias: 1 mes.

    Delegación de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Se consideran actos de parcelación, con independencia de su finalidad concreta y de la clase de suelo, cualesquiera que supongan la modificación de la forma, superficie o lindes de una o varias fincas.

    Â Están sujetos a previa licencia municipal los actos de parcelación, tanto rústica como urbanística, excepto cuando hayan sido incluidos en un Proyecto de Reparcelación.

    Tienen la consideración legal de actos de parcelación rústica, todos aquellos que se produzcan en suelo no urbanizable de protección o suelo urbanizable no sectorizado en que no se haya aprobado definitivamente el Plan de Sectorización.

    En suelo no urbanizable de protección y en suelo urbanizable no sectorizado quedan prohibidas las parcelaciones urbanísticas.

    La licencia urbanística para actos de parcelación rústica requerirá informe previo y vinculante, en caso de ser desfavorable, de la Consejería competente en materia de agricultura.

    Tienen la consideración legal de actos de parcelación urbanística, cualquier división o parcelación de terreno que se lleve a cabo en suelo urbano y urbanizable, salvo en el urbanizable no sectorizado en el que no se haya aprobado Plan de Sectorización.

    No se podrán efectuar actos de parcelación urbanística en el suelo urbano no consolidado, ni en el suelo urbanizable sectorizado, mientras uno y otro no cuenten con la correspondiente ordenación pormenorizada.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    Â Procedimiento Normal

    Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección.
    Servicio de atención personalizada, planta baja.
    · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.

    Registro General del Ayuntamiento de Getafe
    Servicio de Atención al Vecino, planta baja· De lunes a viernes de 9 a 14 h.
    · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 h. (excepto Julio/Agosto)
    · Sábados de 10 a 13 h.

    Ver documento PDF adjunto

    Presencial
    • Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección. Servicio de atención personalizada.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC
    El plazo de tramitación es de 2 Meses
    Pago de Tasas según Ordenanza Municipal
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 55 a 61.
    Planeamiento y gestión urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    La licencia de primera ocupación tiene por objeto verificar, en orden a autorizar la puesta en uso de los edificios, que éstos han sido ejecutados de conformidad con el proyecto y, en su caso, condiciones establecidas en las licencias concedidas, así como que se encuentren debidamente terminados y aptos según las exigencias urbanísticas de su destino específico.

    Estarán sujetas a esta licencia de primera ocupación, con carácter previo a su utilización, las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación; de reestructuración total; de ampliación, reforma o modificación sustanciales; y los cambios de uso de local a vivienda.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
      · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.
    Ver documento PDF adjunto
    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 2 Meses
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 93 a 96.
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Contenidos relacionados

    Actividades e instalaciones que por sus características no están incluidas en los anexos de la Ley 2/2002 de Evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid y todas aquellas incluidas en el Anexo III de la Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe o similares, que además pueden ir acompañadas o no de la realización de obras en los edificios. En el Anexo I de la Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe se definen las actuaciones a las que se asigna este procedimiento.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Procedimiento Inmediato:
      o Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección
      Servicio de atención personalizada, planta 3ª
      · De Lunes a Miércoles de 11 a 13,30 h.
    • Procedimiento Abreviado
      o Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección,
      Servicio de atención personalizada, planta baja · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
      o Registro General del Ayuntamiento de Getafe
      Servicio de Atención al Vecino, planta baja · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto Julio/Agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.
    Ver documento PDF adjunto
    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 2 Meses
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 48 y siguientes
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Estimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.
    El plazo de tramitación es de 1 día cuando se tramite por el Procedimiento Inmediato y de 2 meses cuando se haga por el procedimiento Abreviado

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Se tramitarán mediante licencia urbanística las obras de urbanización de carácter complementario o puntual no incluidas en un Proyecto de Urbanización.

    Son las obras tendentes a dotar a un terreno de los servicios urbanísticos necesarios para que adquiera la consideración de solar. Se consideran como tales las de vialidad, abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, jardinería y otras análogas.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
      · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.

    Ver documento PDF adjunto

    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 63 y siguientes
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Son obras que tienen por objeto rebajar la zona del espacio público necesario para facilitar la entrada de vehículos.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Procedimiento Inmediato:
      Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta 3ª,
      • De Lunes a Miércoles de 11 a 13,30 h.
    • Procedimiento Abreviado
      • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
        · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
      • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
        · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
        · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
        · Sábados de 10 a 13 hs.

    Ver documento PDF adjunto

    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 2 Meses
    • Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 91 y siguientes
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

    El plazo de tramitación es de 1 día cuando se tramite por el Procedimiento Inmediato y de 2 meses cuando se haga por el procedimiento Abreviado

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Son obras que tienen por objeto construcción de acometidas o servicios urbanísticos, creando estructuras de redes para la distribución de telefonía, agua, luz, teléfono, gas, alcantarillado, etc. afectando a la vía pública

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja,
      · De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.

    Ver documento PDF adjunto

    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 2 Meses
    •  Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos y siguientes
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Actividades e instalaciones que por sus características están incluidas en los anexos de la Ley 2/2002 de Evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid y todas aquellas no incluidas en el Anexo III de la Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe, que además van acompañadas de la ejecución de obras de nueva planta.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja. Â De Lunes a Viernes de 9 a 13 h.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.
    Ver documento PDF adjunto
    Presencial
    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 98 y siguientes
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Â De subsanación de deficiencias: 30 días.

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Â Plazo de interposición: 1 mes.
    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Recurso Contencioso administrativo.

    • Â Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Tiene por objeto corregir las deficiencias advertidas en el desarrollo de las actividades tendentes a la desaparición de las causas de molestias, insalubridad, nocividad o peligro.

    A instancia de la Administración

    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.
    • Decreto 30/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP)
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    De oficio
    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    No previstos
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    • Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Contencioso administrativo:

    • Plazo de interposición: 2 meses.
    • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso administrativo.

    Trámites administrativos:

    • Requerimiento al titular de la actividad para que adopte las medidas correctoras necesarias tendentes a la desaparición de las causas de molestias, insalubridad, nocividad o peligro,en un plazo acorde con la naturaleza de las posibles medidas correctoras a adoptar, que no podrá ser inferior a un mes ni superior a seis meses, salvo casos especiales justificados.
    • Visita de inspección para comprobar el cumplimiento de lo ordenado.

    En caso de incumplimiento de las medidas ordenadas y previa audiencia al interesado, se adoptará alguna de las siguientes medidas:

    • Clausura de la actividad
    • Incoación de expediente sancionador con la imposición de la multa en la cuantía que corresponda .

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.