Autorización para reserva de espacio de la vía pública con tráfico rodado |
- Persona física o jurídica - Si el solicitante es persona jurídica:
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- Solicitud en modelo correspondiente - Fotocopia de licencia de obra o justificante de la actividad a realizar que genera la reserva de espacio |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Tasa GRUPO F "obras privadas" o GRUPO G "otras utilizaciones" de RESERVA DE ESPACIO |
- Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos del 74 al 81 ambos inclusive - Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública (Ordenanza 4.2) |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación justificativa del motivo por el que se va a realizar la reserva de espacio - Abonar la tasa correspondiente antes de la realización de la reserva en la vía pública |
Aportación de la documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La AUTORIZACIÓNÂ no es válida sin el pago previo de la Tasa - La solicitud debe realizarse con una antelación mínima de 7 días - El tiempo mínimo concedido es de 24 horas - La Autorización está sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Procedimiento sancionador en matera de tarjeta de estacionamiento de vehíuclos para personas con discapacidad con movilidad reducida |
El plazo de tramitación es de 12 Meses |
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCM N° 183 de 2/8/2016) REAL DECRETO 339/1990, de 2 de marzo, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO Y CIRCULACIÓN DEL MUNICIPIO DE GETAFE REAL DECRETO 320/1994, de 25 de febrero, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL |
Tráfico |
De oficio |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Caducidad |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso de REPOSICION en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos dedicados a actividades industriales, comerciales o profesionales |
Persona física o jurídica |
- Solicitud - Fotocopia del DNI del solicitante - Documento acreditativo de la persona jurídica donde consten, al menos, el nombre, el domicilio o razón social, actividad y el CIF - Fotocopia permiso de circulación del vehículo a autorizar - Acreditación de la realización de la actividad industrial, comercial o profesional que genera la necesidad de la autorización |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive |
Tráfico |
A petición del interesado |
Aportar documentación justificativa |
Aportación de la documentación requerida |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses |
- EN AQUELLAS ZONAS CUYA SEÑALIZACIÓN PERMITA EL ACCESO LIBRE, PARA LA REALIZACIÓN DE CARGA Y DESCARGA, DE VEHÍCULOS INDUSTRIALES DE MASA MÁXIMA AUTORIZADA NO SUPERIOR A 10.000 KGRS., NO PRECISARÁN, DURANTE EL TIEMPO PERMITIDO EN DICHA SEÑALIZACIÓN, AUTORIZACIÓN ALGUNA. - Como requisito previo al otorgamiento de la autorización el órgano competente podrá requerir una fianza que tienda a cubrir los posibles gastos por daños o deterioros que pudieran producirse en la vía pública o en el mobiliario urbano - La RENOVACIÓNANUAL se realiza de oficio por parte del Ayuntamiento - Los CAMBIOS, BAJAS y ALTAS de vehículo se deben comunicar al Departamento de Tráfico - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Concesión de la Tarjeta de Estacionamiento de vehículos para personas físicas con discapacidad con movilidad reducida |
Personas físicas residentes en Getafe que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad |
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El plazo de tramitación es de 6 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCM N° 183 de 2/8/2016) |
Tráfico |
A petición del interesado |
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Aportación en el plazo de 10 días de la documentación requerida según lo establecido en el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
- Recurso de REPOSICIÓN en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES |
En los supuestos de movilidad o agudeza visual reducida de carácter PERMANENTE, la tarjeta se concederá por periodos de CINCO (5) AÑOS |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Concesión de la Tarjeta Europea de Estacionamiento de vehículos a las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad |
Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCMÂ N° 183 de 2/8/2016) |
Tráfico |
A petición del interesado |
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Aportación de la documentación requerida en el plazo de 10 días según establece el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
- Recurso de REPOSICIÓN en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES |
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Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos por circunstancias especiales |
Persona física o jurídica |
- Solicitud - Fotocopia DNI, NIE o CIF solicitante - Fotocopia permiso de circulación del vehículo a autorizar - Fotocopia DNI persona residente - Certificado médico que justifique circunstancia especial - Otra documentación, a requerimiento, que justifique el motivo especial |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación justificativa de la necesidad de acceso a la calle peatonal (informe médico de la persona residente en calle peatonal, otros, etc.) - Justificar ANUALMENTE que persiste la circunstancia especial que genera su concesión, mediante la aportación de la documentación acreditativa de dicha circunstancia |
Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La renovación anual es a requerimiento del Ayuntamiento al interesado de la documentación justificativa del mantenimiento de la necesidad de dicho acceso. - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos con acceso a garajes |
Persona física o jurídica |
- Solicitud genérica del Ayuntamiento - Fotocopia del DNI, NIE o CIF del solicitante - Fotocopia del permiso de circulación del vehículo a autorizar - Acreditación del derecho de acceso al garaje, mediante alguna de la documentación siguiente:
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 |
Tráfico |
A petición del interesado |
Aportar documentación justificativa |
Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La RENOVACIÓN ANUAL es de oficio por parte del Ayuntamiento - Las ALTAS, BAJAS o MODIFICACIONES de los vehículos autorizados deben comunicarse al Departamento de Tráfico - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
TARJETA DE ACCESO A CALLES PEATONALES PARA VEHÍCULOS DE RESIDENTES |
Persona física |
- Solicitud - Fotocopia del DNI, NIEÂ del solicitante - Fotocopia del permiso de circulación del vehículo a autorizar |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación requerida - Coincidencia de TODOS los DOMICILIOS reflejados en la documentación requerida |
Aportación de la documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La RENOVACIÓN ANUAL se realiza de oficio por parte del Ayuntamiento - Los CAMBIOS, BAJAS y ALTAS de vehículo se deben comunicar al Departamento de Tráfico - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Autorización para acceder y circular por el municipio con un transporte de categoría especial. Considerándose como tales aquéllos cuyas masas máximas por eje, las masas máximas autorizadas y las dimensiones máximas autorizadas superan las establecidas en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2282/1998, de 23 de diciembre |
- Persona física o jurídica - Si el solicitante es persona jurídica:
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- Solicitud - Fotocopia de licencia de obra o justificante de la actividad a realizar que genera el servicio |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
tasa "Prestación servicios especiales policía, prestación servicio conducción, vigilancia y acompañamiento" |
- Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículo 35 - Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios especiales de la policía (Ordenanza n° 3.9) |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación justificativa - Estar al corriente de pago de la tasa correspondiente |
Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- LA AUTORIZACIÓN NO ES VÁLIDA SIN EL PAGO PREVIO DE LA TASA - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Se trata únicamente de la toma de constancia del cambio de titularidad o del cambio de la denominación social de las actividades, hayan estado éstas o no sometidas a evaluación ambiental. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Ver documento PDF rellenable adjunto. |
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El plazo de tramitación es de 1 Días |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 16 |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |