Ayuntamiento de Getafe

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Autorización para reserva de espacio de la vía pública con tráfico rodado

    - Persona física o jurídica

    - Si el solicitante es persona jurídica:

    • El representante de la misma debe aportar fotocopia de los poderes de representación y fotocopia del DNI del apoderado
    • Si el solicitante es persona autorizada debe aportar autorización original firmada por la persona que tenga poderes de la empresa a favor de la persona que lo solicite, fotocopia del DNI del apoderado y autorizado y fotocopia de la escritura de poder o de la escritura donde consten los poderes del apoderado de la empresa

    - Solicitud en modelo correspondiente

    - Fotocopia de licencia de obra o justificante de la actividad a realizar que genera la reserva de espacio

    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    Tasa GRUPO F "obras privadas" o GRUPO G "otras utilizaciones" de RESERVA DE ESPACIO

    - Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos del 74 al 81 ambos inclusive

    - Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública (Ordenanza 4.2)

    Tráfico
    A petición del interesado

    - Aportar documentación justificativa del motivo por el que se va a realizar la reserva de espacio

    - Abonar la tasa correspondiente antes de la realización de la reserva en la vía pública

    Aportación de la documentación requerida por el Departamento de Tráfico
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso potestativo de reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses

    - La AUTORIZACIÓNÂ no es válida sin el pago previo de la Tasa

    - La solicitud debe realizarse con una antelación mínima de 7 días

    - El tiempo mínimo concedido es de 24 horas

    - La Autorización está sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Procedimiento sancionador en matera de tarjeta de estacionamiento de vehíuclos para personas con discapacidad con movilidad reducida
    El plazo de tramitación es de 12 Meses

    ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCM N° 183 de 2/8/2016)

    REAL DECRETO 339/1990, de 2 de marzo, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL

    ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO Y CIRCULACIÓN DEL MUNICIPIO DE GETAFE

    REAL DECRETO 320/1994, de 25 de febrero, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL

    Tráfico
    De oficio
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Caducidad
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso de REPOSICION en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó

    - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESESÂ

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos dedicados a actividades industriales, comerciales o profesionales
    Persona física o jurídica

    - Solicitud

    - Fotocopia del DNI del solicitante

    - Documento acreditativo de la persona jurídica donde consten, al menos, el nombre, el domicilio o razón social, actividad y el CIF

    - Fotocopia permiso de circulación del vehículo a autorizar

    - Acreditación de la realización de la actividad industrial, comercial o profesional que genera la necesidad de la autorización

    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive
    Tráfico
    A petición del interesado
    Aportar documentación justificativa
    Aportación de la documentación requerida
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses

    - EN AQUELLAS ZONAS CUYA SEÑALIZACIÓN PERMITA EL ACCESO LIBRE, PARA LA REALIZACIÓN DE CARGA Y DESCARGA, DE VEHÍCULOS INDUSTRIALES DE MASA MÁXIMA AUTORIZADA NO SUPERIOR A 10.000 KGRS., NO PRECISARÁN, DURANTE EL TIEMPO PERMITIDO EN DICHA SEÑALIZACIÓN, AUTORIZACIÓN ALGUNA.

    - Como requisito previo al otorgamiento de la autorización el órgano competente podrá requerir una fianza que tienda a cubrir los posibles gastos por daños o deterioros que pudieran producirse en la vía pública o en el mobiliario urbano

    - La RENOVACIÓNANUAL se realiza de oficio por parte del Ayuntamiento

    - Los CAMBIOS, BAJAS y ALTAS de vehículo se deben comunicar al Departamento de Tráfico

    - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

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    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

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    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Concesión de la Tarjeta de Estacionamiento de vehículos para personas físicas con discapacidad con movilidad reducida
    Personas físicas residentes en Getafe que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad
    • Solicitud
    • Fotocopia de DNI/NIF/NIE/PASAPORTE del solicitante, y representante en su caso
    • Dos fotografías tamaño carnet
    • Documento que acredite:
      • Para los solicitantes con movilidad reducida: la dificultad de movilidad con un BAREMO DE MOVILIDAD POSITIVO
      • Para los solicitantes con problemas visuales: documento que acredite el grado de agudeza visual
    El plazo de tramitación es de 6 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCM N° 183 de 2/8/2016)
    Tráfico
    A petición del interesado
    • Estar empadronado en el municipio de Getafe
    • Tener reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad y que se encuentre en alguna de estas situaciones:
      • Que presenten movilidad reducida (con BAREMO POSITIVO) dictaminada por los equipos multiprofesionales de reconocimiento de la discapacidad
      • Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual IGUAL o INFERIOR al 0,1 CON CORRECCIÓN, o un campo visual reducido a 10 grados o menos dictaminada por los equipos multiprofesionales de reconocimiento de la discapacidad
    • Que no tengan otra tarjeta concedida y en vigor de otro municipio

    Aportación en el plazo de 10 días de la documentación requerida según lo establecido en el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común

    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    - Recurso de REPOSICIÓN en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó

    - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES

    • La solicitud de RENOVACIÓN se realizará en el impreso correspondiente UN MES antes de la expiración del plazo de vigencia
    • Para renovar la tarjeta es IMPRESCINDIBLE que el titular mantenga los requisitos exigidos para su mantenimiento
    • La tarjeta antigua deberá ser entregada en caso de RENOVACIÓN, CAMBIO, CADUCIDAD o REVOCACIÓN y siempre que sea requerida por el órgano competente
    • CAMBIO DE DOMICILIO y/o DETERIORO: el titular deberá solicitar una nueva tarjeta que conservará el plazo de validez anterior
    • PÉRDIDA O SUSTRACCIÓN: deberá ser comunicado inmediatamente al ayuntamiento y realizar una nueva solicitud a la que se acompañará copia de la DENUNCIA presentada en comisaría de policía
    • VIGENCIA:
    • En los supuestos de movilidad o agudeza visual reducida de carácter PERMANENTE, la tarjeta se concederá por periodos de CINCO (5) AÑOS
      En los supuestos de movilidad o agudeza visual reducida de carácter TEMPORAL, el plazo de vigencia estará supeditado a lo establecido en el dictamen emitido por el órgano competente

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Concesión de la Tarjeta Europea de Estacionamiento de vehículos a las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad
    Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad
    • Solicitud
    • Fotocopia DNI/NIF/NIE del solicitante
    • Fotocopia del último recibo o, en su defecto, del certificado de alta del IAE
    • Relación de las matrículas de los vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida
      • fotocopia del permiso de circulación de cada uno de los vehículos
      • fotocopia de la ficha técnica de cada uno de los vehículos
    • Documento que acredite que su domicilio social se encuentra en el municipio
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCMÂ N° 183 de 2/8/2016)
    Tráfico
    A petición del interesado
    • Ser titulares de vehículos de transporte colectivo destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad
    • Que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia a la que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia
    • Que presten servicios sociales a los que se refiere el Texto Refundido de la Ley Gral. de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (RD 1/2013, de 28 de noviembre)

    Aportación de la documentación requerida en el plazo de 10 días según establece el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común

    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    - Recurso de REPOSICIÓN en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó

    - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES

    • La solicitud de RENOVACIÓN se realizará en el impreso correspondiente UN MES antes de la expiración del plazo de vigencia
    • Para renovar la tarjeta es IMPRESCINDIBLE que el titular mantenga los requisitos exigidos para su mantenimiento
    • La tarjeta antigua deberá ser entregada en caso de RENOVACIÓN, CAMBIO, CADUCIDAD o REVOCACIÓN y siempre que sea requerida por el órgano competente
    • CAMBIO DE DOMICILIO y/o DETERIORO: el titular deberá solicitar una nueva tarjeta que conservará el plazo de validez anterior
    • PÉRDIDA O SUSTRACCIÓN: deberá ser comunicado inmediatamente al ayuntamiento y realizar una nueva solicitud a la que se acompañará copia de la DENUNCIA presentada en comisaría de policía
    • El periodo de VIGENCIA de las tarjetas será de CINCO (5) AÑOS

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos por circunstancias especiales
    Persona física o jurídica

    - Solicitud

    - Fotocopia DNI, NIE o CIF solicitante

    - Fotocopia permiso de circulación del vehículo a autorizar

    - Fotocopia DNI persona residente

    - Certificado médico que justifique circunstancia especial

    - Otra documentación, a requerimiento, que justifique el motivo especial

    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive
    Tráfico
    A petición del interesado

    - Aportar documentación justificativa de la necesidad de acceso a la calle peatonal (informe médico de la persona residente en calle peatonal, otros, etc.)

    - Justificar ANUALMENTE que persiste la circunstancia especial que genera su concesión, mediante la aportación de la documentación acreditativa de dicha circunstancia

    Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses

    - La renovación anual es a requerimiento del Ayuntamiento al interesado de la documentación justificativa del mantenimiento de la necesidad de dicho acceso.

    - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos con acceso a garajes
    Persona física o jurídica

    - Solicitud genérica del Ayuntamiento

    - Fotocopia del DNI, NIE o CIF del solicitante

    - Fotocopia del permiso de circulación del vehículo a autorizar

    - Acreditación del derecho de acceso al garaje, mediante alguna de la documentación siguiente:

    • copia escritura propiedad garaje
    • copia recibo IBI garaje
    • copia contrato alquiler del garaje en vigor
    • copia último recibo del contrato alquiler del garaje
    • autorización por parte del propietario del uso del garaje
    • otros
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104
    Tráfico
    A petición del interesado
    Aportar documentación justificativa
    Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses

    - La RENOVACIÓN ANUAL es de oficio por parte del Ayuntamiento

    - Las ALTAS, BAJAS o MODIFICACIONES de los vehículos autorizados deben comunicarse al Departamento de Tráfico

    - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    TARJETA DE ACCESO A CALLES PEATONALES PARA VEHÍCULOS DE RESIDENTES
    Persona física

    - Solicitud

    - Fotocopia del DNI, NIEÂ del solicitante

    - Fotocopia del permiso de circulación del vehículo a autorizar

    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    NO SUPONE NINGÚN PAGO
    Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive
    Tráfico
    A petición del interesado

    - Aportar documentación requerida

    - Coincidencia de TODOS los DOMICILIOS reflejados en la documentación requerida

    Aportación de la documentación requerida por el Departamento de Tráfico
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses

    - La RENOVACIÓN ANUAL se realiza de oficio por parte del Ayuntamiento

    - Los CAMBIOS, BAJAS y ALTAS de vehículo se deben comunicar al Departamento de Tráfico

    - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Autorización para acceder y circular por el municipio con un transporte de categoría especial. Considerándose como tales aquéllos cuyas masas máximas por eje, las masas máximas autorizadas y las dimensiones máximas autorizadas superan las establecidas en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2282/1998, de 23 de diciembre

    - Persona física o jurídica

    - Si el solicitante es persona jurídica:

    • El representante de la misma debe aportar fotocopia de los poderes de representación y fotocopia del DNI del apoderado
    • Si el solicitante es persona autorizada debe aportar autorización original firmada por la persona que tenga poderes de la empresa a favor de la persona que lo solicite, fotocopia del DNI del apoderado y autorizado y fotocopia de la escritura de poder o de la escritura donde consten los poderes del apoderado de la empresa

    - Solicitud

    - Fotocopia de licencia de obra o justificante de la actividad a realizar que genera el servicio

    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    tasa "Prestación servicios especiales policía, prestación servicio conducción, vigilancia y acompañamiento"

    - Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículo 35

    - Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios especiales de la policía (Ordenanza n° 3.9)

    Tráfico
    A petición del interesado

    - Aportar documentación justificativa

    - Estar al corriente de pago de la tasa correspondiente

    Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico
    Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    - Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó

    - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses

    - LA AUTORIZACIÓN NO ES VÁLIDA SIN EL PAGO PREVIO DE LA TASA

    - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió

    Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Se trata únicamente de la toma de constancia del cambio de titularidad o del cambio de la denominación social de las actividades, hayan estado éstas o no sometidas a evaluación ambiental.

    Personas físicas y Personas jurídicas

    • Servicio de atención personalizada. Horario de la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja
      • De lunes a viernes de 9 a 13 horas.
    • Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
      · De lunes a viernes de 9 a 14 hs.
      · De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 hs. (excepto julio y agosto)
      · Sábados de 10 a 13 hs.

    Ver documento PDF rellenable adjunto.

    • Servicio de atención personalizada en la Unidad de Licencia, Disciplina e Inspección, Planta baja del Ayuntamiento de Getafe.
    • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.
    El plazo de tramitación es de 1 Días
    Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 16
    Licencias, disciplina e inspección urbanística
    A petición del interesado

    De documentación: 15 días

    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    No previstos
    La resolución pone fin a la vía administrativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.