Ayuntamiento de Getafe

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Los tenedores y responsables de animales potencialmente peligrosos deben solicitar la licencia para la tenencia del citado animal, licencia que deberá aportar en todo momento cuando conduzca al animal.
    Propietario o responsable de perro potencialmente peligroso.

    Fotocopia del DNI u otro documento de identidad del solicitante de la licencia.

    Declaración jurada del solicitante de la licencia, según apartado b) del art. 3 del R.Decreto 287/2002.

    Declaración jurada del solicitante de la licencia, según el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/99.

    Certificado de capacidad física del solicitante de la licencia.

    Certificado de aptitud psicológica del solicitante de la licencia.

    Certificado de antecedentes penales del solicitante de la licencia.

    Fotocopia de la cartilla donde figuren las identificaciones del animal y propietario.

    Fotocopia donde figure la última vacunación antirrábica del animal.

    Acreditación de la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por una cobertura mínima de 120.000 euros.

    Fotocopia del último recibo del pago del seguro.

    Presencial.

    Registro General del Ayuntamiento

    Ventanilla única.

    Registros distritos.

    El plazo de tramitación es de 1 Meses

    Ley 50/99 sobre Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

    Ordenanza de Protección del Medio Ambiente del municipio de Getafe.

    Medio Ambiente
    A petición del interesado
    Que el animal sea considerado potencialmente peligroso en base a sus características físicas y etológicas.
    Delegación de Salud, Consumo y Limpieza
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recurso de Reposición.

    Plazo de interposición: 1 mes.

    Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.

    Cada licencia será personal e intransferible para cada persone que porte al animal, siempre que sea mayor de edad y cumpla con los requisitos legalmente establecidos.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Registro de perros potencialmente peligrosos
    Propietario de perro potencialmente peligroso.
    Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe.
    Fotocopia de la cartilla donde figuren las identificaciones del animal y propietario, y fotocopia donde figure la última vacunación antirrábica del animal. Acreditación de la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por una cobertura mínima de 120.000 euros, y fotocopia del último recibo de pago del seguro. Certificado emitido por un veterinario colegiado de la situación sanitaria del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 6.7) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. Declaración de incidentes protagonizados por el animal, con todos los datos disponibles sobre lugares, personas, fechas..etc.
    Presencial
    Registro General del Ayuntamiento.Ventanilla única.Registros distritos
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    Ley 50/99 sobre Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Decreto 30/2003, de 13 de marzo, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos.
    Medio Ambiente
    A petición del interesado
    Que el animal sea considerado potencialmente peligroso en base a sus características físicas y etológicas.
    Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda
    Estimación

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Contenidos relacionados

    Aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo en las obras.
    Contratista
    Horario Registro General de Entrada
    Plan Seguridad y Salud, Informe favorable emitido por la Dirección Facultativa contratada para la obra.
    Registro General de Entrada Ayuntamiento de Getafe.
    El plazo de tramitación es de 1 Meses
    Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en obras de construcción.
    Proyectos y Obras de Edificación y Espacios Públicos
    De oficio o a instancia de parte
    Haber Fomalizado anteriormente el contrato administrativo.
    Delegación de Empleo, D.E. y Juventud
    No previstos
    La resolución pone fin a la vía administrativa

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Consulta de documentos por ciudadanos
    Ciudadano interasado en la consulta de documentos del Archivo Municipal
    Horario de atención al público de 9 a 14 horas
    Solicitud. Carta de presentación. Documento que acredite la representación que proceda.
    Presencial
    Registro General. Archivo Municipal
    El plazo de tramitación es de 3 Meses

    Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392

    Ley 30/1992 de procedimiento administrativo

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-26318

    Rd.2568/1986 Artº 14,15,16

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-33252

    Reglamento del Archivo Muncipal de 29 de julio de 1997 (Bocm nº 18 de 22 de enero de 1998)

    https://sede.getafe.es/portalGetafe/sede/se_contenedor1.jsp?seccion=s_fdoc_d4_v1.jsp&contenido=3377&tipo=5&nivel=1400&layout=se_contenedor1.jsp&codResi=1&language=es&codAdirecto=117

    Archivo Municipal
    A petición del interesado
    Mayor de edad. Cumplimentar solicitud de consulta de documentos
    Diez días
    Delegación de Educación y Bienestar Social
    Estimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa
    Cabe recurso administrativo
    No se admiten peticiones genéricas, ni indiscriminadas de documentos. Estas se deben realizar de forma individualizadas.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Consulta de documentos por miembros de la Corporación
    Cualquier miembro de la Corporación Municipal
    Horario de atención al público de 9 a 14 horas
    Solicitud
    Presencial
    Registro General
    El plazo de tramitación es de 3 Días

    Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392

    Ley 30/ 1992 de Régimen jurídico y de Procedimiento Administrativo Común

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-26318

    Real Decreto 2568/1986, Regalmento de organización, funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-33252

    Regalmento del Archivo Municipal de Getafe de 29 de julio de 1997 (BOCM nº 18 de 22 de 22 de enero de 1998)

    https://sede.getafe.es/portalGetafe/sede/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_1838_1.pdf

    Archivo Municipal
    A petición del interesado
    Ser miembros de la Corporación Municipal
    Alcalde/Alcaldesa
    Estimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa
    Cabe recurso adminstrativo
    No se admiten peticiones genéricas, ni indiscriminadas de documentos. Se debe realizar de forma individualizada.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    En su calidad de Administración Pública de carácter territorial, el Municipio tiene la potestad reglamentaria y de autoorganización. Es competencia del Pleno la aprobación de Ordenanzas y Reglamentos, conforme al procedimiento regulado en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

    La iniciativa para la aprobación de normas municipales (Ordenanzas y Reglamentos) corresponde a:

    a) La Junta de Gobierno

    b) Los Concejales

    c) La iniciativa popular

    En la tramitación de la aprobación o modificación de Ordenanzas, tras la aprobación inicial por el Pleno, se abrirá un trámite de información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

    Escrito de reclamación o sugerencia. Las reclamaciones o sugerencias presentadas deben ser resueltas por el Pleno.
    El plazo de tramitación es de 3 Meses
    Artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
    Ayuntamiento de Getafe
    De oficio o a instancia de parte
    Los interesados podrán presentar escrito de reclamación o sugerencia al texto de la Ordenanza o Reglamento inicialmente aprobado, durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOCM.
    Pleno
    Desestimación
    La resolución pone fin a la vía administrativa

  • Descripción

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva, con convocatoria abierta
    Ayuntamiento de Getafe
    Junta de Gobierno

  • Descripción

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva, de tramitación anticipada
    Ayuntamiento de Getafe
    Junta de Gobierno

  • Descripción

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Concesión directa de subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos municipales.
    Ayuntamiento de Getafe
    Junta de Gobierno

  • Descripción

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva, de tramitación ordinaria
    Ayuntamiento de Getafe
    Junta de Gobierno

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