Descripción
Fianza personal solidaria (suspensión procedimiento de apremio por recurso de reposición para cantidades inferiores a 1.500 euros) - Recaudación -
Presencialmente
Descargar el documento y presentarlo en el Registro General de Entrada. Oficina de Atención Ciudadana y Centros Cívicos
Presencialmente
Las firmas de las personas que actúan como fiadores solidarios deberán legitimarse ante Fedatario Público (Notario o
Corredor de Comercio), o bien, comparecer dichos fiadores ante el funcionario público.
Normativa
Artículo 224 de la Ley General Tributaria 58/2.003.
Artículo 25.3 RD 520/2.005 de 13 de mayo Reglamento General de desarrollo de la Ley General Tributaria.
Entidad Gestora
Departamento de Gestión Tributaria.
Área de Hacienda y Comercio. c/ Capitulares, 1
Servicio de préstamo de biciletas municipales para uso personal durante un tiempo límitado.
Presencialmente:
Rellenar el contrato que se facilita en las dependencias de la unidad de Movilidad, firmarlo por duplicado y presentarlo en:
Movilidad Sostenible
Avda. De los Custodios, s/n
14071-Córdoba
Tfno.: 957 45 53 00
Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Horario de atención al público:
De 8:30 a 10:00 horas, de lunes a viernes laborables
Plazos :
No existen plazos preestablecidos. Se puede solicitar en cualquier momento dentro del horario establecido.
Requisitos necesarios para solicitar la tarjeta gratuita.
1.- Tener mas de 16 años, en el caso de tener menos de 18 años deberá acompañarse con la debida declaración firmada por el responsable del menor. (modelo que se facilitará en la Unidad Administración de Medio Ambiente anteriormente citada).
2.- Estar empadronado en Córdoba o acreditar documentalmente la residencia temporal en nuestra ciudad.
3.- Fotocopia del D.N.I.
4.- Rellenar el documento y firmarlo por duplicado.
Nota: Si el usuario que entrega la documentación no es el usuario que solicita el servicio, el solicitante deberá autorizar a la persona que haga la entrega, rellenado y firmando un formulario de autorización que se facilita en las dependencias del Departamento de Movilidad.
Retirada de la tarjeta de uso:
La retirada de la tarjeta por el usuario se hará en el momento de entrega de la documentación.
Encontrará más informacion en:
Folleto para la buena utización y planos situación de las Bicis. (651.31 KB)
Condiciones generales para la utilización del servicio municipal "Córdoba Bici" . (Pdf 53 KB)
Duración de contrato
La Tarjeta de acceso al servicio "Córdoba Bici" tiene una duración de un año (renovable) desde su emisión.
Horarios de uso del servicio
El Usuario podrá hacer uso del servicio "Córdoba Bici" dentro del horario de apertura establecido :
Horario de Invierno (octubre a marzo): De 7:00 h a 20:00 h
Horario de Verano (abril a septiembre): De 7:00 a 22:00 h
Nota: En ningún caso se prestará el servicio municipal Córdoba Bici los días 24 de diciembre, 25 de diciembre, 31 de diciembre, 1 de enero, 5 y 6 de enero y 1 de mayo).
La utilización de una bicicleta está limitada a dos horas transcurridas las cuales el Usuario deberá reponerla en cualquiera de los Soportes de aparcamiento quedando la Tarjeta Ciudadana desactivada durante media hora.
Los datos informáticos recogidos por el servidor que registra la retirada y devolución de las bicicletas, darán fe del tiempo de utilización de las mismas.
Precio
Por concesión del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, el servicio de utilización "Córdoba Bici" será gratuito.
Obligaciones del Usuario
El Usuario durante la utilización del servicio "Córdoba Bici" deberá mostrar la Tarjeta de acceso al servicio "Córdoba Bici" como documento identificativo cuando se le solicite por personas habilitadas y autorizadas por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
El Usuario deberá hacer uso de este servicio con la mayor diligencia exigible y en todo caso conforme a las normas de utilización previstas en este documento y el manual de instrucciones de uso que se adjunta al Usuario junto con la Tarjeta de acceso al Servicio.
Se recomienda como medida de seguridad que el Usuario de las bicicletas vaya provisto de casco debidamente homologado, así como de chaleco reflectante en aquellas horas en las que sea necesario el uso del alumbrado público, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el apartado 6.1.
El Usuario asume la guarda y custodia de la bicicleta que retira. Igualmente se obliga en todo momento a actuar diligentemente y evitar el robo o hurto de la misma, cumpliendo la obligación de asegurarse del cierre del sistema antirrobo, en caso de interrupción de su uso.
El Usuario se obliga a retirar y restituir la bicicleta dentro de los horarios y plazos autorizados. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a desactivar o, en su caso, retirar la Tarjeta según lo dispuesto en las cláusulas 7 y 9.1c).
El Usuario se obliga a restituir en todo momento a solicitud del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba o de sus representantes, la Tarjeta de acceso al servicio "Córdoba Bici".El Usuario se obliga a comunicar al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en un plazo máximo de 24 horas, la pérdida, robo, hurto o sustracción de la Tarjeta. Si ello ocurriera cuando el Usuario aún no ha devuelto la bicicleta, ésta quedará bajo su responsabilidad según lo dispuesto en el apartado sexto del presente documento.
En general el Usuario deberá hacer uso correcto de la bicicleta.
Restricciones al Usuario
Se prohibe expresamente al Usuario prestar, alquilar o ceder a terceros la bicicleta y/o la Tarjeta Ciudadana de acceso al servicio "Córdoba Bici".
Se prohibe cualquier utilización de la bicicleta contraria a la prevista en las normas de circulación.
Tampoco podrá utilizarse en terrenos o en condiciones inapropiados para las bicicletas, tales como escaleras o fuera del casco urbano o de las vías urbanas de la ciudad Córdoba, o fuera de los carriles bicis o vías de uso preferente para las bicicletas.
No estará permitido el transporte de pasajeros, distintos al Usuario de la bicicleta.
Se prohibe el desmontaje y/o manipulación parcial o total de la bicicleta.
Responsabilidad y declaración del usuario.
El Usuario es único y enteramente responsable de los daños causados así mismo o a terceras personas o cualquier bien, mueble o inmueble, por la utilización o uso normal o anormal de la bicicleta.
La bicicleta quedará bajo la responsabilidad del Usuario durante el período de tiempo transcurrido entre la retirada de la misma y su devolución a uno de los Soportes de Aparcamiento.
En caso de pérdida, robo o hurto, el Usuario tiene obligación de comunicar en un plazo máximo de 12 horas la desaparición de la bicicleta al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. No obstante lo anterior, la bicicleta queda bajo la responsabilidad del Usuario, hasta que éste presente ante el Excmo. Ayuntamiento, una copia de la denuncia efectuada en las dependencias policiales.
En caso de accidente y/o incidente, que afecte a las condiciones mecánicas de las bicicletas, el Usuario tiene obligación de comunicarlo en un plazo máximo de 24 horas al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. No obstante lo anterior, la bicicleta queda bajo la responsabilidad del Usuario hasta que proceda a su restitución en uno de los Soportes Aparcamiento o hasta que la deje a disposición de personal autorizado.
El Usuario declara:
a) Tener la capacidad psíquica y física para utilizar una bicicleta conforme a la reglamentación aplicable.
b) Ser mayor de edad, o en el caso de ser menor pero mayor de 16 años, cumplir las condiciones establecidas en el apartado 1.3.
Retraso en la entrega de la bicicleta.
En el caso de retraso en la entrega de la bicicleta, la Tarjeta de acceso al servicio "Córdoba Bici/Cyclocity" será desactivada y el Usuario deberá informar al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para que la misma sea reactivada posteriormente. En todo caso, si el retraso en la entrega de la bicicleta no excede de 24 horas la sanción será de diez días naturales de inhabilitación de la Tarjeta Ciudadana para la utilización del servicio "Córdoba Bici".
Si el retraso excede de 24 horas, la sanción será de 30 días naturales de inhabilitación de la Tarjeta y en caso de reincidencia se inhabilitará con carácter indefinido.
Pérdida o deterioro de la Tarjeta Ciudadana.
La tarjeta de usuario de acceso al servicio "Córdoba Bici/ Cyclocity" es propiedad de El Mobiliario Urbano, S.A., y en el caso de pérdida, robo o deterioro de la misma, el Usuario deberá notificarlo inmediatamente al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, con el fin de proceder a la anulación de la misma y como requisito previo a la emisión de una nueva Tarjeta.
Resolución del contrato.
El Excmo. Ayuntamiento de Córdoba se reserva el derecho a retirar la Tarjeta de acceso al servicio "córdoba Bici" y/o la bicicleta sin notificación previa al Usuario en los casos siguientes:
En el caso de ausencia de comunicación al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba de la declaración de robo o hurto prevista en la cláusula 6.3 o la declaración de accidente prevista en la cláusula 6.4.
En el caso de que las declaraciones hechas por el Usuario conforme a la cláusula 6.5 resulten ser falsas o incorrectas.
En el caso de incumplimiento reiterado de los horarios y plazos de utilización del servicio.
De manera general, en caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente documento, el Ayuntamiento se reserva el derecho a ejercitar las correspondientes acciones legales que le asisten.
Procedimiento sancionador
En el caso de robo, hurto, o cualquier uso indebido que provoque el deterioro total o parcial de las bicicletas o cualquier elemento del Servicio "Cyclocity (Córdoba-Bici)", por parte del Usuario o de terceras personas, el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba iniciará un procedimiento sancionador municipal para proceder al cobro de las cantidades necesarias para reponer la bicicleta objeto de robo, hurto o de los elementos que hayan resultado dañados.
A titulo indicativo, el valor de la bicicleta en el momento de la firma del presente documento es de 756,67 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS) siendo susceptible de sufrir alguna variación a lo largo del procedimiento sancionador que anteriormente se describe.
Protección de Datos
Los datos personales han sido voluntariamente facilitados por el Usuario habiendo sido advertido de que los mismos serán objeto de tratamiento informático, como necesarios e imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación con el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, responsable de los archivos y encargado de su tratamiento. Sobre dichos datos su titular podrá ejercitar los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación conforme a lo previsto en la Ley sobre Protección de Datos Personales. (L.O. 15/1.999 de 13 de diciembre).
Entidad Gestora.
Delegación Movilidad, Accesibilidad y Transportes
Avda. De los Custodios, s/n
14071-Córdoba
Tfno.: 957 45 53 00
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Presencialmente :
Descargar el documento y presentarlo en el Registro General de Entrada.
- Oficina de Atención Ciudadana y Centros Cívicos.
Documentación para la Inscripción
Documentación para la Inscripción
- Impreso mod. 60-002 debidamente cumplimentado y firmado.
- Fotocopia de la documentación acreditativa de la identidad, en vigor:
- Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años). Libro de Familia o Certificado de nacimiento para menores de 14 años que no dispongan de DNI.
- Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses):
- Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Resto: Tarjeta de Identidad de Extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses: Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.
- Fotocopia de la documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados:
- Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guardia y custodia.
Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores, se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guardia y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento
- Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.
- Fotocopia de la documentación acreditativa del domicilio:
- Título de propiedad (Escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro, último recibo del IBI).
- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.
- Última factura de compañía suministradora de agua, electricidad, gas natural o telefonía fija.
- En caso de autorización de la persona empadronada: fotocopia del título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma y del documento de identidad.
- Opcionalmente, para cambiar de domicilio en la Jefatura Provincial de Tráfico, deberá aportar fotocopia del permiso/s de circulación del vehículo/s propiedad de las personas a las que afecta este traslado de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes (salvo Ceuta, Melilla y Canarias).
- Personas de Unión Europea, no españolas: Deberán aportar el impreso "Declaración de intención de voto".
Instrucciones para cumplimentar este impreso
Instrucciones para cumplimentar este impreso
- Escriba en letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja.
- El nombre y los apellidos se transcribirán del mismo modo que figure en su documento de identidad.
- Domicilio: Indique con claridad la dirección completa del domicilio en el que solicita el empadronamiento: calle, nº, escalera, piso y puerta.
- Para la cumplimentacíón del Nivel de Estudios terminados se consignará el certificado o título escolar o académico que se posea mediante el código orrespondiente de la tabla de Códigos de Nivel de Estudios.
- Cumplimente la causa de la inscripción:
1. Si se solícita la inscripción por traslado de residencia, marque con X la casilla "Cambio Residencia", e indique la provincia y el municipio de procedencia. Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el consulado español donde estaba inscrito.
2. Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada o que desconociera el municipio de su anterior inscripción padronal, marque con X la casilla "Omisión".
3. Para la inscripción de recién nacidos, marque con X la casilla "Nacimiento".
- Firma: La hoja debe ser firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en ella, cada una en la casilla correspondiente a su linea de inscripción.
Menores de edad y mayores incapacitados: firmará la persona mayor de edad (padre/madre/representante legal) que solicita su empadronamiento en esa vivienda.
- Rellene la casilla "Número total de personas inscritas en esta hoja" para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.
- Autorización de persona empadronada. Este apartado se cumplimentará cuando en la vivienda figuren otras personas empadronadas. La autorización deberá firmarse por alguna persona mayor de edad inscrita que disponga de título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...).
La presentación de esta hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral, en consonancia con los datos reflejados en ella.
AVISO IMPORTANTE: LA FALSEDAD EN LOS DATOS DECLARADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO.
Códigos de Nivel de Instrucción
Códigos de Nivel de Instrucción
00. Se consignará este código para menores de 16 años.
11. No sabe leer ni escribir.
21. Sin estudios.
22. Enseñanza Primaria incompleta, cinco cursos de EGB, Certificado de Escolaridad o equivalente.
31. Bachiller Elemental, Graduado Escolar, EGB completa, Primaria completa, ESO.
32. Formación Profesional Primer Grado.Formación Profesional de Grado Medio. Oficialía Industrial.
41. Formación Profesional Segundo Grado. Formación Profesional de Grado Superior. Maestría Industrial.
42. Bachiller Superior, BUP, Bachiller LOGSE.
43. Otras titulaciones medias (Auxiliar de Clínica. Secretariado. Programación informática. Auxiliar de Vuelo. Diplomatura de Artes y Oficios, etc.).
44. Diplomatura de Escuelas Universitarias (Empresariales, Profesorado de EGB, ATS y similares).
45. Arquitectura o Ingeniería Técnica.
46. Licenciatura Universitaria, Arquitectura o Ingeniería Superior. Grado Universitario.
47. Titulación de Estudios Superiores no Universitarios.
48. Doctorado y Estudios de Postgrado o especialización para licenciaturas, Máster universitario.
Normativa Legal
Normativa Legal
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, el Ayuntamiento de Córdoba le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que se adjunten van a ser incorporados al tratamiento de datos descrito a continuación:
- Denominación: Padrón de Habitantes del Municipio
- Responsable: Ayuntamiento de Córdoba. Calle Capitulares, 1, CP 14071 - Córdoba, tel. 957 499 900.
Delegado de Protección de Datos, e-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
- Finalidad: Gestión del padrón municipal de habitantes acorde a los fines que establece al respecto la Ley de Bases de Régimen Local y demás normativa local aplicable. Usos también históricos, estadísticos y científicos.
- Legitimación: RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos.
- Plazo de conservación: No existe la supresión de los datos, ya que aunque se produzca la baja del padrón, es necesario conservar los datos a efectos históricos, estadísticos y científicos.
- Existencia de decisiones automatizadas o elaboración de perfiles: No procede.
- Destinatarios: Instituto Nacional de Estadística. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Órganos del Estado y Comunidades Autónomas cuando se pueda realizar la comunicación de datos conforme al artículo 6 del RGPD relativo a la legitimación del tratamiento.
- Derechos: De acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), puede ejercitar lo derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento, dirigiéndose por escrito al Responsable del Tratamiento indicado mediante la dirección de e-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla..
En el caso de no recibir respuesta, o si la respuesta recibida fuese insatisfactoria, puede interponer una reclamación de tutela de sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Entidad Gestora
Unidad de Estadística.
preferentemente utilice el siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Calle Capitulares, 1 / Telf. 957 499988
Calendario de Matrimonios Civiles para 2020 se abrió el lunes 25 de marzo de 2019.
Calendario de Matrimonios Civiles para 2019 se abrió el martes, 02 de mayo de 2018.
Reserva de día y hora por alguno de estos medios:
- Presencialmente: En Unidad de Protocolo del Ayuntamiento de Córdoba, en calle Capitulares nº 1, (planta baja), de lunes a viernes en horario de 8,30 a 14 horas.
En Oficina de Atención Ciudadana, en Avda. Gran Capitán nº 6 (frente a Gran Teatro), mediante cita previa que podrá solicitar en https://citaprevia.cordoba.es o llamando al 957 769626.
- Telefónicamente: 957 499918 (Unidad de Protocolo)
- Clicando en ésta página en el botón azul "Iniciar trámite"
Recuerde que no es suficiente la realización de la reserva en fecha y hora para la celebración de Matrimonio Civil. Es imprescindible en todo caso:
1.- Recoger la documentación Unidad de Protocolo, en calle Capitulares nº 1. Oficina de Atención Ciudadana en Avda Gran Capitán nº 6 (mediante cita previa, en https://citaprevia.cordoba.es o llamando al 957 769626), indicando los contrayentes la fecha y hora de reserva.
2.- Solicitar en el Registro Civil de Córdoba (calle Isla Mallorca s/n), el certificado para la celebración de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Córdoba, con antelación suficiente a la fecha de celebración según los requisitos y plazos exigidos en cada momento por el propio Registro Civil.
3.- Realizar el pago de la Tasa (impreso modelo 21-182),en banco/caja (100 euros para la celebración en el Alcázar de los Reyes Cristianos, 50 euros en el Edificio de Capitulares). Más información sobre la Tasa, en la Ordenanza Fiscal nº 115 de Ayuntamiento de Córdoba.
4.- Presentar toda la documentación en el Registro General de Documentos, en la Oficina de Atención Ciudadana en Avda. Gran Capitán nº 6, con al menos dos meses de antelación a la fecha de la celebración del acto. También dispone de cita previa para el Registro.
a. Obtención de la Solicitud e impresos necesarios:
Tras realizar la reserva, podrán obtener el impreso de solicitud-autoliquidación de la Tasa Municipal y la Hoja Informativa, en:
En Unidad de Protocolo del Ayuntamiento de Córdoba, en calle Capitulares nº 1, (planta baja), de lunes a viernes en horario de 8,30 a 14 horas.
En Oficina de Atención Ciudadana, en Avda. Gran Capitán nº 6 (frente a Gran Teatro), mediante cita previa que podrá solicitar en https://citaprevia.cordoba.es o llamando al 957 769626.
El certificado para matrimonio civil en el Ayuntamiento, debe solicitarlo en el Registro Civil con antelación suficiente a la fecha de celebración según los requisitos y plazos exigidos en cada momento por el propio Registro Civil
b. DOS MESES antes de la celebración, se presentará:
- Solicitud-autoliquidación de la Tasa Municipal rellena, firmada y pagada (100 euros para el Alcázar de los Reyes Cristianos, 50 euros para el Edificio de Capitulares). Más información sobre la Tasa, en la Ordenanza Fiscal nº 115 de Ayuntamiento de Córdoba.
- Certificado para matrimonio civil en el Ayuntamiento, expedido por el Registro Civil (sugerimos solicitarlo al menos con 8 meses de antelación).
- Fotocopias DNI/Pasaporte, EN VIGOR HASTA EL DÍA DE LA BODA, de contrayentes y testigos.
- Elección de melodías en hoja informativa y capitular celebrante en la solicitud-autoliquidación.
Día, hora y lugar de celebración de Matrimonios Civiles:
La celebración de los Matrimonios Civiles por el Ayuntamiento de Córdoba tendrá lugar en el Salón de los Mosaicos del Alcázar de los Reyes Cristianos y en la sede del edificio de Capitulares, 1, según calendario establecido y tendrá una duración aproximada de 30 minutos.
Para más información, por favor, descargue la Hoja Informativa desde el botón "DESCARGA DE DOCUMENTOS" situado en la parte superior derecha de esta página.
Por la Junta de Gobierno Local en sesión de 25 de mayo de 2016 se adoptó por acuerdo N.º 525/16 Encomendar a SADECO la gestión para el desarrollo del Eje de Inclusión Activa correspondiente al ejercicio 2016 para personas en riesgo de exclusión social con formación básica que presenten dificultades para acceder al mercado laboral .
El Plan está destinado a personas en riesgo de exclusión y en el protocolo se regula que usuarios serán derivados por los servicios sociales, en la siguiente forma: Los servicios sociales de entre sus expedientes, procederán a seleccionar aquellos que cumplan los requisitos y a aplicar la puntuación de las circunstancias familiares, según el baremo de prioridades.
El presente protocolo.....
El presente protocolo.....
Con fecha 2 de junio de 2016, se ha dictado por esta Delegación el siguiente:
DECRETO Nº 04969 DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA DERIVACIÓN AL PLAN MUNICIPAL DE INCLUSIÓN ACTIVA 2016
En los últimos años estamos asistiendo a un importante incremento en el número de ayudas de emergencia y de ayudas económico-familiares como consecuencia de la crisis económica. El actual modelo de protección social se muestra incapaz de reducir el número de personas que se encuentran en exclusión social o riesgo de estarlo.
Los Servicios Sociales Comunitarios ante esta situación de cambio social al que estamos asistiendo presentan limitaciones para atender es dar respuesta a estas nuevas demandas. Las necesidades sociales que se presentan son cada día más diversas y complejas y sus soluciones más difíciles, dado la falta de recursos existentes para responder de forma eficaz a estas necesidades. Dicha situación esta provocando el agotamiento de los profesionales ante el modelo de actuación y la demanda de nuevos modelos de intervención y planificación.
Por la Junta de Gobierno Local en sesión de 25 de mayo de 2016 se adoptó por acuerdo N.º 525/16 Encomendar a SADECO la gestión para el desarrollo del Eje de Inclusión Activa correspondiente al ejercicio 2016 para personas en riesgo de exclusión social con formación básica que presenten dificultades para acceder al mercado laboral .
El Plan está destinado a personas en riesgo de exclusión y en el protocolo se regula que usuarios serán derivados por los servicios sociales, en la siguiente forma: Los servicios sociales de entre sus expedientes, procederán a seleccionar aquellos que cumplan los requisitos y a aplicar la puntuación de las circunstancias familiares, según el baremo de prioridades.
El presente protocolo tiene por objeto la aplicación del Plan Municipal de Inclusión Social que tiene por finalidad constituirse en un recurso de los Servicios Sociales para dignificar las ayudas a las familias a través de un contrato de trabajo con el principal objeto de mejorar la empleabilidad y el acceso al mercado laboral para aquellas que tienen dificultades de acceso al mismo favoreciendo su inclusión social.
Es por cuanto, en virtud de las competencias conferidas por Decreto de la Alcaldía nº 7558 de fecha 15 de junio de 2015 publicado en el BOP nº 119 de 24 de junio de 2015, de organización municipal, y de las facultades delegadas a favor de los miembros del Equipo de Gobierno.
Vengo en adoptar la siguiente resolución:
PRIMERO.- Aprobar el Protocolo denominado PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA DERIVACIÓN AL PLAN MUNICIPAL DE INCLUSIÓN ACTIVA 2016
SEGUNDO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo constar que el protocolo de actuación para la derivación, que se cita en el punto primero, está publicitado en la WEB municipal, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba y en todos los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.
TERCERO.- Cualquier otra actuación, sobre la aplicación del Plan de Inclusión Activa 2016, que precise ser publicada se hará en la WEB municipal, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba y en todos los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.
Firmado en Córdoba 3 de junio de 2016
Firma electrónica. Rafael del Castillo Gomariz
Delegado de Servicios Sociales, Cooperación y Solidaridad
Decreto acerca del Plan Municipal de Inclusión Activa
Decreto acerca del Plan Municipal de Inclusión Activa
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Protocolo de actuación para la derivación al plan municipal de inclusión activa 2016
Protocolo de actuación para la derivación al plan municipal de inclusión activa 2016
[Tamaño: 219.34 KB]
- Publicación personas propuestas tras el plazo de alegaciones [Tamaño: 105.27 KB]
- Plazo de alegaciones a listas de propuestas/os. [Tamaño: 81 KB]
- Listado de propuestas/os [Tamaño: 223KB]
- Publicación personas admitidas tras el plazo alegaciones al listado provisional [Tamaño: 92.2 KB]
- Listado provisional de admitidas/os y excluidas/os [Tamaño: 550.37 KB]
- Decreto Nº 3940/2017 - Anunciado en el B.O.P. nº 270 de 02/11/2017. [Tamaño: 46.3 Kb]
- Solicitud. [Tamaño: 74 Kb]
- Fechas a tener en cuenta [Tamaño: 68.7 KB]
- Orden de 22 de junio de 2017, por la que se prorroga para el ejercicio 2017 el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación en Andalucía. [Tamaño: 528 Kb]
La creación en 1988 del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (también conocido como Registro Municipal de Asociaciones) ha constituido un instrumento importante para conocer la gran variedad de asociaciones existentes en la ciudad, al tiempo que permite disponer de una valiosa fuente de verificación para valorar la evolución de dicho tejido asociativo en nuestra ciudad.
La inscripción en este registro facilita a los colectivos y asociaciones su difusión y acceso a los servicios y actividades municipales, siendo requisito indispensable para el acceso a ciertas ventajas, como la concesión de subvenciones.
- En las solicitudes de inscripción, subsanación o presentación de memoria anual de actividades:
a) Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes.
b) Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones o similar (en el caso de tener un régimen específico)
c) Acta o certificación que acredite la identidad de las personas que integran la Junta Directiva, así como sus domicilios y teléfonos de contacto.
d) Domicilio y, en su caso, sede o sedes sociales.
e) Copia del Código de Identificación Fiscal.
f) Programa o memoria anual de sus actividades, en rasgos generales.
g) Presupuesto anual de la entidad.
h) Otra.
- En las solicitudes de modificación de datos:
a) Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes (cambio de nombre de la entidad, de sede social, de órganos, fines, etc.).
b) Documentación que no afecta a los estatutos (cambio de teléfono, fax, correo electrónico, web, entrega de memoria, etc.).
c) Acta o certificación que acredite la identidad de las personas que integran la nueva junta directiva, así como sus domicilios y teléfonos de contacto.
- En las solicitudes de baja:
a) Acta o acuerdo de disolución.
b) Acta o certificación que acredite la decisión de la entidad de darse de baja en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (RMEC).
Modelo General. [Tamaño: 171.73 KB]
El objeto del presente reglamento es la creación del Registro municipal de torres de refrigeración y/o condensadores evaporatorios ubicadas en el término municipal de Córdoba y establecer las normas de funcionamiento del mismo.
Presencialmente :
Descargar, rellena, firmar y presentar el documento en el Registro General de Entrada Oficina de Atención Ciudadana y Centros Cívicos.
Plazos :
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, en el plazo de un mes desde su instalación o baja, los titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporatorios deberán notificar a este Ayuntamiento el número y características técnicas de las mismas en el caso de alta y la fecha de cese de actividad en el caso de causar baja.
Clases de inscripciones:
a) Inscripciones de alta: Tienen por objeto hacer constar la existencia de una instalación o edificio con torres de refrigeración y/o condensadores evaporatorios en el término municipal de Córdoba.
b) Inscripciones marginales: Serán objeto de inscripción marginal, aquellas modificaciones en los datos de la inscripción básica que no supongan una baja de la instalación.
c) Inscripciones de baja: Causarán baja en el registro Municipal de torres de refrigeración y/o condensadores evaporatorios, las instalaciones que eliminen las torres de refrigeración y condensadores evaporatorios de su propiedad.
Así mismo, los titulares de instalaciones existentes a la entrada en vigor del Decreto 287/2002, deberán declarar su existencia.
Tramitación de los expedientes de inscripción.
1.- Se abrirá un expediente administrativo por cada notificación básica de alta que se presente, integrado por la notificación debidamente cumplimentada, realizada según modelo indicado en el artículo anterior, y la justificación documental correspondiente.
2.- Si la notificación de inscripción no reuniese la documentación correcta, se requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen la documentación preceptiva.
Tramitación de las inscripciones de baja.
La baja de las inscripciones la solicitarán los titulares en un plazo de un mes desde que se produzca la baja de las instalaciones especificando las instalaciones afectadas.
NORMATIVA
Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis (BOE nº 171, de 18 de julio).
Entidad Gestora.
Delegación de Comercio y Vía Pública
Unidad de Salud Pública
C/ Capitulares, 1
La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente está sujeta a renovación periódica cada dos años, pudiendo ser acordada la caducidad de la inscripción, sin necesidad de audiencia al interesado, siempre que éste no proceda a tal renovación.
Presencialmente :
Descargar el documento y presentarlo en el Registro General de Entrada.
- Oficina de Atención Ciudadana y Centros Cívicos.
- Solicitud en impreso específico debidamente cumplimentado.
- Original y Fotocopia de la Tarjeta de Residencia, en vigor, expedido por las autoridades españolas o fotocopia de pasaporte en vigor.
Si la renovación de la inscripción padronal conlleva cambio en el domicilio de residencia de la persona que renueva la inscripción, se realizará el cambio de domicilio a través de la renovación, pero se requerirá, por tanto, la documentación que se indica en el trámite de TRASLADO DE DOMICILIO (sólo la documentación no el documento de Traslado de Domicilio).
Si se asigna representante para realizar la renovación de la inscripción, se debe especificar documento acreditativo de la representación (documento notarial, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante funcionario público competente).
La renovación de los menores de edad se realizará por los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, por sus representantes legales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1, 2º párrafo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. El transcurso del plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación.
Con una antelación de 3 meses a la fecha de caducidad de la inscripción, el Ayuntamiento remitirá una carta para avisar a las personas que están obligadas a renovar su inscripción empadronamiento.
Cuando el ciudadano extranjero no comunitario sin permiso de residencia permanente realice cualquier trámite relacionado con el Padrón, se le informará sobre su obligación de renovar su inscripción patronal.
Entidad Gestora
Unidad de Estadística.
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Calle Capitulares, 1 / Telf. 957 499988
Con fecha 12 de junio de 2013, el Delegado de Recursos Humanos y Comercio ha dictado el siguiente:
"DECRETO DEL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS Y COMERCIO SOBRE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONSUMO PARA ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES, AÑO 2013.
Vista la Convocatoria Pública de subvenciones de Consumo para Asociaciones de Consumidores, Año 2013, acordando asimismo el inicio de presentación de Proyectos Subvencionables mediante la inserción del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) de Córdoba el 18 de abril, en el BOP Córdoba nº 73, otorgándose a las Asociaciones de consumidores interesadas el plazo de 20 días naturales para la presentación de los Proyectos subvencionables.
Una vez finalizado el plazo de presentación de Proyectos, la comisión de valoración propuso la concesión de subvenciones por el importe total solicitado.
Considerando el informe de la Subdirectora General de Gestión, Comercio y Vía Pública, de fecha 11 de junio de 2013, sobre la propuesta de concesión de subvenciones a las Entidades solicitantes, el Concejal Delegado de Recursos Humanos y Comercio, en el ejercicio de las competencias que tiene delegadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local Nº 678/11, resuelvo lo siguiente:
PRIMERO.- Conceder las subvenciones correspondientes a la Convocatoria Pública de la Delegación de Comercio y Vía Pública, de Subvenciones del Departamento de Consumo a las Asociaciones de consumidores para el ejercicio 2013, a las Asociaciones que se indican, por los importes así mismo expresados: