Ayuntamiento de Burgos

  • Asunto

    Trámite de Exención Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola (TRLRHL y O.F. nº 504)

    Unidad responsable

    Sección de Tributos y Atención al Contribuyente BAC

    Quién lo puede solicitar

    Deberán concurrir simultáneamente los siguientes requisitos:

    1. Los interesados deberán estar empadronados en el municipio de Burgos.
    2. Deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio

    Dónde se puede solicitar

    En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol.

    Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC:

    Cómo se realiza el trámite

    Debe dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC con la ficha técnica del vehículo, el permiso de circulación y la cartilla de inspección agrícola a nombre del titular del vehículo.

    Producirán efectos a partir del ejercicio siguiente al de su petición, excepto en los supuestos de declaración de alta, en cuyo caso surtirá efectos en el propio ejercicio, siempre que por su titular se solicite la exención y se acredite el derecho a la misma en la forma prevista en este artículo, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la matriculación o autorización para circular.

    Documentación

    El interesado deberá instar su concesión aportando los documentos originales siguientes:

    1. Permiso de circulación.
    2. Certificado de las características técnicas del vehículo.
    3. Cartilla de inspección agrícola expedida a nombre del titular del vehículo.

    Plazos de solicitud

    En el caso de nuevas matriculaciones (si es la primera vez que se solicita la exención o si se dió de baja el vehículo anterior en el ejercicio pasado) deberá solicitarse durante los treinta días hábiles siguientes a la matriculación para que surta efecto en ese mismo ejercicio. Si no se pide dentro de ese plazo, se aplicará para el ejercicio siguiente.

    En el caso de que se la pasara el plazo no tendría efecto retroactivo (no se podría pedir después su devolución).

    Esta bonificación una vez concedida, se aplicará de forma automática a los sucesivos ejercicios, siempre que sigan manteniendo el cumplimiento de los mencionados requisitos.

    Normativa

    Ordenanza Número 504 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

    Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

    Tipo tramitación

    Presencial

  • Las entidades provinciales o locales de carácter cultural, educativo o social, pueden solicitar un lote de publicaciones editadas o adquiridas por el Instituto Municipal de Cultura, en calidad de intercambio.

    Asunto

    Solicitud de Fondos en Calidad de Intercambio

    Unidad responsable

    Servicio de Publicaciones del Instituto Municipal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Burgos.

    Quién lo puede solicitar

    Entidades provinciales o locales de carácter cultural, educativo o social.

    Dónde se puede solicitar

    1- Presencial:

    • Dirección: Teatro Principal (3ª Planta), Paseo del Espolón s/n. 09003 Burgos.
    • Horario de atención al público: de 9.00 a 14.30 horas. De lunes a viernes.


    2- Teléfono:
    947 288 840

    3- Correo electrónico: imc@aytoburgos.es

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Cómo se realiza el trámite

    Las entidades interesadas deberán dirigir su solicitud a:

    Sr. Presidente del Instituto Municipal de Cultura y Turismo.
    Teatro Principal
    Paseo del Espolón s/n
    09003 BURGOS.

    También el IMC dispone de un servicio de distribución al que pueden dirigirse distintas entidades, tanto públicas como privadas, para la compra de libros editados por el Instituto Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Burgos:

    Utopos libros, s.l
    Juan Ramón Jimenéz, s/n
    Pentasa III - Nave 163
    09007 BURGOS
    Teléfono 947 48 06 43
    Fax 9 947 48 12 43
    e-mail: utoposlibros@yahoo.es

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Documentación

    Las solicitudes deben incluir los siguientes datos relativos a la entidad:

    • Nombre de la entidad
    • Representante legal de la misma
    • Dirección
    • Teléfono, fax o correo electrónico

    Plazos de solicitud

    No existen plazos determinados.

    Información adicional

    El catálogo de publicaciones editadas por el IMC se puede consultar en la página web del Ayuntamiento de Burgos:

    Tipo tramitación

    Presencial

    Telefónica

    Online

  • Solicitud de Información para conocer si se puede llevar a cabo la actividad que se pretende realizar.
    Se trata de determinar si el uso solicitado es compatible con la normativa contenida en el P.G.O.U.B..

    Unidad responsable

    Sección de Servicios

    Dónde se puede solicitar

    La documentación se debe entregar en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos.

    Cómo se realiza el trámite

    Antes de proceder a solicitar las pertinentes licencias, el interesado deberá cumplimentar la solicitud habilitada a tal efecto y presentarla en el Registro General del Ayuntamiento junto con la documentación que se indica a continuación.

    Documentación


    Se debe presentar junto con la Instancia:

    • plano de situación del establecimiento y
    • memoria explicativa del mismo

    Plazos de solicitud

    A voluntad del Interesado.

    Normativa

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Información Urbanística

  • Solicitud de licencia ambiental (antiguas licencias de actividad).

    Los objetivos de la licencia ambiental son regular y controlar las actividades e instalaciones con el fin de prevenir y reducir en origen las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo que produzcan las actividades correspondientes, incorporar a las mismas las mejoras técnicas disponibles validadas por la Unión Europea y, al mismo tiempo, determinar las condiciones para una gestión correcta de dichas emisiones.

    Unidad responsable

    Sección de Servicios

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física o jurídica que desee abrir un negocio o actividad que NO figure ni en el Anexo II ni en el Anexo III del Decreto legislativo 1/2015 de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (ver fichero adjunto), es decir, cualquier actividad e instalación susceptible de ocasionar molestias considerables, de acuerdo con lo establecido reglamentariamente y en la normativa sectorial, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o bienes o en el Anexo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Registro Municipal.

    Cómo se realiza el trámite

    La solicitud de licencia ambiental (adjunta al final de este trámite) se deberá acompañar de un resumen o memoria de la documentación - formulado de forma comprensible -. Todo ello junto con la documentación que se relaciona en este trámite, deberá presentarse por triplicado en el Registro del Ayuntamiento de Burgos o en cualquiera de los lugares indicados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Documentación

    A.- Instancia que irá acompañada de proyecto técnico competente, con suficiente información sobre:

    • Descripción de la actividad o instalación, con indicación de las fuentes de emisiones y el tipo la magnitud de las mismas.
    • Incidencia de la actividad o instalación en el medio potencialmente afectado.
    • Justificación del cumplimiento de la normativa sectorial vigente.
    • Las técnicas de prevención y reducción de emisiones.
    • Las medidas de gestión de los residuos generados y otros sistemas de control de las emisiones.
    • Otras medidas correctoras propuestas

    B.- Autorizaciones previas exigibles por la normativa sectorial aplicable.

    C.-Declaración de los datos que, a criterio de quien lo solicita, gocen de confidencialidad de acuerdo con la legislación de aplicación.

    D.- Cualquier otra que se determine reglamentariamente o esté prevista en las normas municipales de aplicación.

    Plazos de solicitud

    • Con carácter previo a la actividad o instalación.

    • Cuando además de la licencia ambiental se requiera licencia urbanística (obras) ambas serán objeto de resolución única, teniendo prioridad la propuesta de resolución de la licencia ambiental sobre la urbanística.

    • El inicio de la ejecución de las instalaciones o proyectos sometidos a licencia ambiental sin contar con las mismas es constitutivo de infracción grave

    • Ejercer la actividad o llevar a cabo una modificación sustancial de la misma sin la preceptiva licencia ambiental es constitutivo de infracción "muy grave" siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o la salud de las personas, la infracción será "grave"cuando no se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o la salud de las personas.

    • En el caso de las actividades sometidas a comunicación ambiental (anexo III del Decreto legislativo 1/2015) constituye infracción leve la falta de comunicación al Ayuntamiento.

    Datos de pago

    Ordenanza fiscal nº 205 Reguladora de la tasa por concesión de licencias ambientales, comunicación de inicio y comunicación de actividad, publicada en el BOP nº 153, de 17 de agosto de 2017.

    Artículo V.

    - Tarifas:

    SUPERFICIE

    TARIFAS

    Hasta 50 m2

    320,60 €

    De 50,01 a 100 m2

    399,87 €

    De 100,01 a 150 m2

    600,40 €

    De 150,01 a 250 m2

    800,91 €

    De 250,01 a 500 m2

    1.200,81 €

    De 500,01 a 750 m2

    1.601,85 €

    De 750.01 a 1000 m2

    2.001,72 €

    De 1000,01 a 1500 m2

    2.402,76 €

    De 1500,01 a 2000 m2

    2.802,65 €

    De 2000,01 a 3000 m2

    3.203,68 €

    De 3000,01 a 5000 m2

    4.004,60 €

    Desde de 5000,01 m2 en adelante

    6.006,32 €

    - Cuando se amplíe la superficie destinada a las actividades a las que se refiere la presente Ordenanza, sin que se produzca variación de las mismas ni se realice obra de reforma alguna sobre la superficie que se venía destinando a tal actividad, se procederá por el Ayuntamiento, caso de que la actividad esté sujeta a una nueva licencia, a girar una liquidación por la tasa correspondiente por la superficie realmente ampliada.

    - La cuota de la tasa por concesión de licencia ambiental será la resultante de adicionar un porcentaje del 50 por ciento a la tarifa prevista en el artículo 5.1 atendiendo a la superficie del local en el que se desarrolla la actividad.


    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 205 Reguladora de la tasa por concesión de licencias ambientales, comunicación de inicio y comunicación de actividad

    DECRETO LEGISLATIVO 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León

    Información adicional

    Cuando además de licencia ambiental se requiera licencia urbanística se procederá en la forma establecida en el artículo 99 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Licencia Ambiental

    Anexo III del Decreto legislativo 1/2015


  • Ejecución de obras en el Cementerio Municipal

    Unidad responsable

    Cementerio Municipal - Servicio de Sanidad y Medio Ambiente

    Quién lo puede solicitar

    Titular/es de una sepultura, así como el marmolista.

    Dónde se puede solicitar

    En el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente.

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado ha de presentar la instancia de solicitud (adjunta al final del trámite) firmada por el titular junto con un dibujo o croquis de plazo alzado (sólo en los patios sin urbanizar) y el presupuesto de ejecución del marmolista.

    Desde el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente remitirán al interesado un Decreto autorizándole las obras y posteriormente recibirá una notificación con el importe a abonar en una entidad bancaria.

    Documentación

    1. Fotocopia del D.N.I. del titular.
    2. Fotocopia del título de concesión.

    Plazos de solicitud


    Las licencias de obras tendrán un plazo de ejecución de 3 meses generalmente, salvo aquellas en las que se exija proyecto técnico, que tendrán un plazo de ejecución de 6 meses.

    Datos de pago


    Por lo que se refiere a Tasa Urbanística por licencia de obra e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, se estará a lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales números 509 y 204.

    Normativa

    Información adicional

    Las personas que ejecuten las obras en el Cementerio deberán acreditar estar al corriente del Impuesto de Actividades Económicas, así como el del seguro de responsabilidad civil.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Licencia de Obras en el Cementerio Municipal - patios nuevos-

    Solicitud de Licencia de Obras en el Cementerio Municipal - patios antiguos -

  • Asunto

    Licencia de vados

    Unidad responsable

    Oficina de Movilidad

    Quién lo puede solicitar

    El propietario del inmueble.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Registro Municipal

    • Horario de lunes a viernes de 09:00 a 14:30 y de 17 a 18:30 horas; sábados de 09:00 a 14:00 horas
    Más información en la Oficina de Movilidad

    Cómo se realiza el trámite

    Presentación del Modelo correspondiente (ver documentos adjuntos) de Solicitud de Licencia de vado para entrada de vehículos a inmuebles en el Registro del Ayuntamiento, adjuntado la documentación que se especifica en el mismo.

    Documentación

    Solicitud de licencia de vado para entrada de vehículos a inmuebles (ver documentos adjuntos en cada caso) junto a:
    Solicitud de vado horario

    • Plano de planta del local, a escala 1:50 ó 1:100 y de situación con dimensión del local y accesos.
    • Impuesto de Actividades Económicas de actividad comercial e industrial, excepto para depósito o almacén de productos, aperos o maquinaria agrícola.
    • Licencia municipal de apertura o actividad.
    • Certificado de la colocación de un extintor de eficacia 21A-113B.

    Solicitud de vado permanente
    • Licencia municipal de apertura o de actividad, en su caso y de fin de obra.
    • Plano de planta del local, a escala 1:50 ó 1:100 y de situación con dimensión del local y accesos.
    • Impuesto de actividades económicas, cuando se trate de lonjas, naves industriales o locales en cuyo interior se realicen actividades de carácter continuo o que estén vinculadas a las mismas como depósito, almacén o de fabricación.
    • Memoria visada, redactada por Técnico titulado que recoja el cumplimiento de las condiciones de uso de garaje-aparcamiento previstas en el Plan General de Ordenación Urbana.


    Solicitud de vado familiar

    • Plano de planta del local, a escala 1:50 ó 1:100 y de situación con dimensión del local y accesos.
    • Último recibo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
    • Memoria visada, redactada por Técnico titulado que recoja el cumplimiento de las condiciones de uso de garaje-aparcamiento previstas en el Plan General de Ordenación Urbana.
    • Certificado de la colocación de un extintor de eficacia 21A-113B.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local (BOP nº 216, de 14 de noviembre de 2014)

    Artículo 7. – Epígrafe 3.º.
    Entradas y salidas de vehículos a través de las aceras o de cualquier otro espacio de dominio público local y reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
    La cuantía de las tasas reguladas en este epígrafe se ajustará a las siguientes tarifas:
    1. – Entrada y salida de vehículos:
    a) Cuota fija anual por cada entrada y salida de vehículos en garajes, aparcamientos de comunidades o cualesquiera otros locales destinados a la guarda de vehículos:
    • 1. Con reserva permanente (vado permanente): 200,20 €.
    • 2. Sin placa de vado: 200,20 €.

    b) Cuota fija anual por cada entrada y salida de vehículos en garajes, lonjas o locales afectos a una actividad económica con reserva horaria (vado comercial): 120,12 €.
    c) Cuota fija anual por cada entrada y salida de vehículos en garajes o locales anexos a viviendas unifamiliares con reserva permanente u horaria (vado unifamiliar):
    • 1.º – Reserva horaria: 80,07 €.
    • 2.º – Reserva permanente: 200,22 €.
    • 3.º – En el supuesto de no existir placa de vado pero sí se utilice el dominio público para acceder a garajes o locales anexos a viviendas unifamiliares: 80,07 €

    2.
    – a) Las tasas de las letras a), b), c) y d) anteriores, llevan anejo el derecho a rebaje de bordillo y a la concesión de placa que acredite el vado o reserva de espacio para entrada y salida de vehículos, conforme establezca la ordenanza o Reglamento regulador de la concesión de vados.
    b) Emisión de la placa de vado o reposición por pérdida, robo o destrucción: 44,05 €.

    Normativa

    - Ordenanza Municipal de Vados de 29 de marzo de 2001

    - Ordenanza Fiscal nº 213, Reguladora de la tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público

    Información adicional

    Plazos de Resolución

    Si no existe resolución expresa por parte de la Administración (Silencio Administrativo), el efecto será DESESTIMATORIO.

    Vado Permanente: durante 24 horas.
    Vado Horario: 10 a 14 horas; 16 a 20 horas. Sabados de 10 a 14 horas.
    Requisitos de los locales que soliciten un Vado Permanente

    1.- Licencia municipal de apertura o de actividad, en su caso y de final de obra.
    2.-Que la lonja o local tenga una superficie mínima de 100 m2, que se disponga de una superficie libre de 25m2 , vehículo, incluida zona de accesos interiores y que al menos se pueda albergar simultáneamente cuatro turismos o furgonetas o dos camiones.
    3.- Plano o planos de planta del local, a escala 1:50 o 1:100 y de situación con dimensiones del local y de accesos.
    4.- Impuestos de Actividades Económicas, cuando de trate de los supuestos contemplados en el puntos 3 del aparato anterior.
    5.- cumplimiento de las condiciones de uso de garaje/aparcamiento previstas en el Plan de Ordenación Urbana vigente.
    6.- Memoria redactada por Técnico titulado.
    Requisitos de los locales que soliciten un Vado Horario
    (con actividad industrial o económica)

    En cualquiera de los casos deben presentar Impuesto de Actividades Económicas de actividad comercial o industrial, excepto para depósito o almacén de productos, aperos o maquinaria agrícola. Dicha licencia amparará exclusivamente la concesión de un único vado.
    1.- Plano o planos de planta del local 1:50 1:100 u de situación con dimensiones del local y de los accesos.
    2.- Extintores de eficacia mínima 21ª-113B de tal forma que la distancia a recorrer desde cada uno de ellos no sea mayor de 15m.
    3.-Se dispondrá de una superficie libre de 25m2 para los vehículos.
    El vado horario afecto a una actividad económica permitiría el paso de vehículos durante ocho horas diariamente, de 10 a 14 horas por la mañana y de 16 a 20 horas por la tarde de lunes a viernes y los sábados de 10 a 14 horas.
    La concesión de vado horario afecto a una actividad económica los sábados por la tarde y días festivos, lo será- excepcionalmente- en los casos en que estén justificados por la realización de la actividad comercial o industrial en esos días.
    Requisitos de las viviendas unifamiliares que soliciten un Vado Horario / Permanente

    1.- Impuesto de Bienes Inmuebles al corriente de pago.
    2.- Que la Lonja o Local tenga una superficie menor de 100m2 .
    3.- Plano de planta del Local, a escala 1:50 o 1:100 de situación con dimensiones del Local y acceso.
    4.- Memoria redactada por Técnico titulado.
    5.- Extintor de eficacia mínima 21ª-113B
    El vado horario o permanente afecto a una vivienda unifamiliar permitirá el paso de vehículos durante 8 a 24 horas, de lunes a domingo, conforme solicite el peticionario.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Licencia para vado horario

    Solicitud de Licencia para vado permanente

    Solicitud de Licencia para vado unifamiliar permanente

  • La licencia de taxis permite efectuar transporte de viajeros en vehículos particulares.

    Asunto

    Licencias de Taxis y Transmisión de Licencias

    Unidad responsable

    Oficina de Movilidad

    Quién lo puede solicitar

    Los conductores asalariados o titulares de licencia de taxi, mediante:

    A) Concurso por ampliación de nº de licencia.
    B)Transmisión por el titular en casos reglados.

    Requisitos necesarios:

    • Conductores asalariados
    • Dedicación exclusiva
    • Cotización a la Seguridad Social

    Dónde se puede solicitar

    A través de Registro Municipal

    • Plaza Mayor s/n, planta baja - Ayuntamiento de Burgos
    • CP: 09071 Burgos
    • Horario de lunes a viernes de 09:00 a 14:30 y de 17 a 18:30 horas; sábados, de 09:00 a 14:00 horas.

    Plazos de solicitud

    No existen, salvo los que se detallan en los supuestos de ampliación de licencias adjudicables mediante concurso.

    Datos de pago

    Según Ordenanza Número 201 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos , publicada el día 17 de agosto de 2017, en el BOP núm. 153:

    5.3.1. - De taxis, ambulancias, vehículos fúnebres, etc.:

    A) Concesión de Licencia o primer otorgamiento: 2.102,08 euros.

    B) Transmisiones de Licencia:

    b-1) En virtud de Sucesión causada por fallecimiento: 210,21 euros.
    b-2) A favor de conductores asalariados que lleven un mínimo de 5 años: 2.102,08 euros.
    b-3) A favor de terceros, de licencias ya concedidas: 2.102,08 euros.

    Normativa

    - Ordenanza Número 201 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos

    - Reglamento Municipal de Taxis de 10 de Octubre de 1.994

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de transmisión de licencia de taxi

  • Es la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con Barracas, Carpas, Autobuses Promocionales, Globos aerostáticos, Atracciones de feria durante las fiestas de los barrios...etc.

    Asunto

    Trámite de Ocupación temporal de la Vía Pública

    Unidad responsable

    Hacienda - Negociado de Dominio Público

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física que utilice o aproveche especialmente el dominio público local en beneficio particular.

    Dónde se puede solicitar

    Presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento

    Cómo se realiza el trámite

    Debe presentar una instancia general en el Registro del Ayuntamiento. Esa instancia será estudiada en la sección y se le comunicará si se le concede o no la licencia pertinente.

    En caso de que se le conceda deberá recoger la carta de pago y abonar las tasas para proceder a la liquidación en una entidad bancaria .

    Si la ocupación puede implicar algún peligro, se solicitará un seguro de responsabilidad civil y justificante del pago de la prima del mismo.

    Plazos:

    Si en el plazo de un mes no hay contestación por escrito al solicitante (silencio administrativo), se considerará DESESTIMATORIO.

    Es importante que se solicite la ocupación de vía pública con antelación para que la licencia pueda ser firmada por la Unidad de Tráfico y enviada a los solicitantes antes de la fecha de la ocupación de la vía.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local:

    Artículo 10. Epígrafe 6:
    Puestos diversos.
    La base para la determinación de las tasas estará constituida por la extensión de terreno que ocupa el aprovechamiento y la naturaleza de la instalación o industria y su cuantía se ajustará a las siguientes tarifas mínimas:

    A) Puestos diversos, por cada día: (Tarifa).

    • a) Castañas asadas (fuera de temporada), avellanas y cacahuetes tostados: 0,66 euros.
    • b) Casetas destinadas a la venta de billetes de espectáculos, cuando esté abierta: 16,34 euros.
    • c) Las mismas en los días que se hallen cerradas, por cada día: 4,04 euros.
    • d) Los puestos de churros (fuera de temporada), o de otros artículos en casetas abonarán a razón de 0,08 euros por cada metro cuadrado o fracción, por cada día, con un mínimo de: 8,13 euros.

    Los vendedores no comprendidos en las tarifas anteriores quedarán equiparados en el pago a los de la mercancía y vehículo más similar de los incluidos en la misma.

    Serán concedidos mediante subasta todos los puestos fijos en la vía pública, especialmente los destinados a la venta de helados, caramelos, dulces, castañas asadas, avellanas y cacahuetes tostados y otros artículos o los mismos en vehículos. Estas subastas deberán celebrarse con quince días de anticipación a la fecha en que hayan de autorizarse las concesiones. Los tipos de licitación se fijarán sirviendo de base los señalados en la tarifa correspondiente.

    B) Puestos diversos por temporada: (Tarifa).
    La venta de globos durante la celebración del Curpillos: 35 euros.
    La venta de globos durante la celebración de las Fiestas de San Pedro y San Pablo: 55 euros.
    La venta de globos en la feria del mimbre, barro y cuero: 35 euros.
    Castañas por temporada del 1 de octubre al 28 de febrero: 100 euros.
    Churros por temporada del 1 de octubre al 31 de mayo: 1.975 euros.

    Normativa

    • Art. 20.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, las Entidades Locales pueden establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.
    • Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local
    • Art. 77 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio, el uso común especial normal de los bienes de dominio público, se sujetará a licencia, ajustada a la naturaleza del dominio, a los actos de su afectación y apertura al uso público y a los preceptos de carácter general.
    • Art. 21.1.q) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, asigna al Alcalde la atribución para otorgar licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia General imprimible

    Instancia General rellenable

  • La prestación económica en situaciones de urgencia social es una prestación finalista, temporal, inembargable, extraordinaria, de pago único y compatible con cualquier otro recurso, ingreso o prestación, con independencia de cual sea su naturaleza u origen.

    Su finalidad es resolver de forma puntual, total o parcialmente, las situaciones de emergencia de personas físicas, con carácter individualizado.

    Unidad responsable

    Gerencia Municipal de Servicios Sociales

    Quién lo puede solicitar

    Convocatoria abierta a todas las personas que reúnan los requisitos establecidos en las bases (BOP 16 de febrero de 2018).

    Dónde se puede solicitar

    Centros de Acción Social (CEAS) correspondientes.

    Cómo se realiza el trámite

    Presentación del Modelo de Solicitud de Ayuda Económica en el Registro del Ayuntamiento, adjuntado la documentación que se especifica en este trámite.

    Documentación

    Se especifica en las bases de la convocatoria.

    Plazos de solicitud

    Abierto durante todo el año.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud prestaciones económicas de urgencia social

    Bases Convocatoria Ayuntamiento de Burgos

    Tríptico informativo_ Ayudas de urgente necesidad

  • Comprobación de la lectura del contador de agua.

    Asunto

    Petición de Revisión del Contador de Agua

    Unidad responsable

    Aguas de Burgos

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier cliente - abonado.

    Dónde se puede solicitar

    Aguas de Burgos

    Cómo se realiza el trámite

    1. Si el abonado detecta un error de consumo en un recibo se puede poner en contacto a través del teléfono con el Servicio de Aguas, el cual efectuará las comprobaciones oportunas.

    2. En el caso de que se detecte un funcionamiento anómalo del contador, se procederá a su revisión. Esta revisión también puede solicitarla el abonado por escrito (fax, carta o bien entregarla personalmente en Aguas de Burgos) y deben hacerse constar los datos del solicitante (nombre, dirección, teléfono) y la causa por la que se solicita la revisión.

    Documentación

    • Teléfono de contacto.
    • Un recibo de agua si es posible.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 220 reguladora de la tasa por prestación de servicios de abastecimiento y saneamiento de aguas, en el art. 8 Cuotas tributarias - 4. b. Inspecciones y verificaciones solicitadas por el abonado, cuando se demuestre el funcionamiento correcto del contador (según el calibre de aquél):

    • hasta 20 mm., 57,52 €
    • de 25 a 40 mm., 115,02 €
    • de 50 mm. en adelante, 201,29 €

    Normativa

    Ordenanza Número 220 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de abastecimiento y saneamiento de aguas

    Tipo tramitación

    Presencial

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.