Consiste en una pensión imprescriptible, vitalicia y de cantidad fija.
Año 2016:
La pensión por invalidez en su modalidad no contributiva consiste en una prestación económica individualizada, de carácter periódico, a favor de personas entre 18 y 65 años afectadas por una disminución permanente, igual o superior al 65%, de carácter físico, psíquico o sensorial, sin recursos económicos suficientes y que no puedan acogerse al sistema contributivo de pensiones.
Presentar la solicitud junto con toda la documentación.
Para personas que:
Las compulsas pueden hacerse en la misma oficina donde se entrega la solicitud.
Prestación económica que consiste en una pensión vitalicia que se concede al trabajador cuando a causa de la edad cesa en el trabajo.
Dirigirse a cualquier Centro de Atención y Información de la Seguridad Social y recoger el impreso de solicitud. El impreso puede rellenarse e imprimirse también en la web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) y enviarlo por correo junto con la documentación.
Rellenar la solicitud y entregarla, junto con la documentación, en cualquiera de los centros mencionados más arriba.
Las personas incluidas en cualquier Régimen de la Seguridad Social, afiliadas, que reúnan los requisitos establecidos de edad y periodo mínimo de cotización. Los requisitos mínimos son:
La solicitud puede presentarse dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo. En este caso los efectos económicos se producen a partir del dia siguiente a la fecha de cese de la actividad.
Si la solicitud se presenta transcurridos más de tres meses del cese de la activida, los efectos económicos de la pensión se producen con una retroactividad máxima de tres meses.
Consiste en una pensión imprescriptible, vitalicia y de cantidad fija.
Año 2016:
Consiste en una pensión única, vitalicia y de cuantía fija.
Año 2016:
La percepción mínima se solicita a las personas usuarias de transportes públicos que, en el momento de ser requeridas por personal en servicio de TMB:
Si esta percepción mínima no se hace efectiva, se denuncia a la persona ante la Administración, que les puede imponer una sanción.
Si se está en desacuerdo con la imposición de la percepción mínima, se puede presentar alegaciones en la empresa titular del transporte donde se haya producido la infracción.
Puede efectuar el pago de la percepción mínima, o si está en desacuerdo con su imposición, presentar alegaciones.
Pago de la percepción mínima:
1. En el mismo momento de la imposición, directamente al inspector, en efectivo y con una bonificación del 50% del importe.
2. En el plazo de 30 días des del día siguiente a la intervención, sin bonificación:
a. A través del enlace del web de TMB.
b. En las entidades bancarias detalladas en el fromulario de intervención, a través del lector del código de barras.
c. En los Puntos TMB, donde se puede pagar en metálico o con tarjeta de pago.
Presentación de alegaciones:
Se pueden presentar alegaciones contra la solicitud de percepción mínima, siempre que la persona intervenida no se haya acogido al pago inmediato con la bonificación del 50% del importe.
Las alegaciones se presentarán por escrito, mediante un formulario diseñado a tal efecto, en los Puntos TMB, excepto el Punto TMB Sants Estació. En esta hoja de alegaciones deberán hacerse constar los motivos por los que la persona intervenida considera que no se debe continuar con el trámite del expediente.
Documentación necesaria para abonar la percepción mínima:
Para efectuar el pago a través del enlace del web de TMB, se debe saber el código CPR y la emisora que constan en el documento de intervención impreso.
Para efectuar el pago a través de las entidades bancarias se necesita el boletín de intervención, donde consta el código de barras con la referencia de la infracción.
Para efectuar el pago en los Puntos TMB, además del documento de intervención será necesario presentar:
1. Si el pago lo efectúa la persona intervenida, el DNI, NIE o pasaporte de esta.
2. Si el pago lo efectúa una tercera persona:
a. El DNI, NIE o pasaporte de esta tercera persona (original y fotocopia del anverso y del reverso).
b. Una copia del anverso y el reverso del DNI, NIE o pasaporte de la persona intervenida.
Se puede realizar el pago en los Puntos TMB sin disponer del documento de intervención, pero será necesario facilitar, además de la documentación detallada, la siguiente información: fecha de la intervención y línea de bus o estación de metro donde tuvo lugar la intervención.
Documentación necesaria que hay que adjuntar a las alegaciones:
El plazo para abonar la percepción mínima es de 30 días desde el día siguiente al de la intervención.
El plazo para presentar alegaciones contra una solicitud de percepción mínima es de 20 días naturales desde el día siguiente al de la intervención, siempre que no se haya efectuado el pago bonificado, que cierra el expediente.
Si se paga dentro del plazo para abonar la percepción mínima, sin bonificación, hay un plazo de 30 días naturales, desde el día siguiente al del pago de la percepción mínima para presentar alegaciones.
Importe: de 100 euros.
Si el pago se realiza al momento se tendrá derecho a una bonificación del 50% del importe.
Permiso para colocar pilones en las aceras para que los coches no aparquen encima y no dificulten el paso de peatones.
La autorización para la instalación dependerá de la anchura de la acera (cuanto más estrecha más fácilmente será concedida), aunque no debe ser inferior a 1,5 metros.
En Ciutat Vella, debido a las caracterísicas de este distrito, se realiza períodicamente un plan de colocación de pilones, contemplando las peticiones realizadas por particulares. En caso de conceder alguna autorización fuera de este plan será el distrito quien asuma la colocación y coste de los pilones.
Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la solicitud y presentarla en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Rellene el formulario.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
El Ayuntamiento notifica la resolución por correo postal y, si se concede, se facilita una copia del modelo de pilón.
Cualquier persona (vecinos particulares, propietarios de tiendas, presiden comunidades, etc.)
Puede adjuntar la documentación que considere conveniente. Recuerde que deberá tenerla preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.
Puede solicitarse en cualquier momento.
La compra del pilón y su instalación corre a cargo del solicitante (cualquier albañil puede hacerlo).
Permiso necesario para fotografiar cualquier espacio cerrado público de la ciudad de Barcelona.
Puede dirigirse a la entidad que gestiona el espacio que quiere filmar o a Barcelona / Catalunya Film Commission para informarse o hacer la solicitud.
Ir a la entidad que gestiona el espacio que quiere filmar o fotografiar o a Barcelona/Catalunya Film Commission para solicitar el permiso.
En caso que el permiso se gestione a través de Barcelona/Catalunya Film Commission puede rellenar y enviar los formularios de solicitud desde el web de la entidad.
Para el uso de edificios municipales estan fijadas unas tasas o precios públicos que varian según el tipo de espacio y de la entidad que lo gestiona. En el caso de filmaciones de películas, videos y grabaciones televisivas de caracter profesional no publicitario, los productores disfrutan de una reducción total o parcial de las tasas de ocupación para rodar en edificios públicos, en función del espacio y del tipo de rodaje.
En todos los casos, los anuncios de publicidad comercial deben abonar las tasas correspondientes a la ocupación de espacios municipales.
Es necesario tener en cuenta que los gastos derivados de la filmación y la ocupación de los espacios, como pueden ser el servicio de limpieza, vigilancia o posibles reparaciones y/o desperfectos con a cargo de la productora.
Permiso necesario para fotografiar los parques de la ciudad de Barcelona.
Puede solicitar permiso para filmar y/o fotografiar en los parques de la ciudad.
Hay que dirigirse a Parques y Jardines, excepto en los casos siguientes:
Jardines de la Universidad Central (pl. Universitat) y del Palau de les Heures, que son competencia de la Universidad de Barcelona.
Jardines del Palau Robert y del Palau de Pedralbes son competencia de la Generalitat.
Jardin Botánico del Parc de Montjuïc es competencia del Consorci del Museu de Ciències Naturals de Barcelona
Jardines de Joan Maragall son competencia de Protocolo del Ayuntamiento de Barcelona.
Jardines de la Maternidad que son competencia de la Diputación de Barcelona.
Como consecuencia del acuerdo que declara Barcelona como ciudad plató, no hay que pagar para rodar en los espacios y edificios municipales. Se precisa, sin embargo, el permiso y pagar los servicios que, con tal motivo, se requieran, así como los desperfectos que se puedan originar.
Todos los vehículos, grupos electrógenos u otros elementos que, con motivo de tareas de carga y descarga o de otros trabajos, deban ocupar la calzada como máximo durante un día, han de contar con un permiso para estacionar en la vía pública.
Deberá tener en cuenta que antes de solicitar el permiso de ocupación del espacio público es necesario que efectúe la autoliquidación de tasas para la tramitación de solicitudes de ocupación de la vía pública (OVP) y realice su pago.
Antes de solicitar el permiso de ocupación del espacio público es necesario que efectúe la autoliquidación de tasas para la tramitación de solicitudes de ocupación de la vía pública (OVP) y realice su pago.
Puede finalizar el trámite por internet: rellenando el formulario y adjuntando la documentación necesaria y presentar la solicitud.
Una vez presentada y hasta que el Ayuntamiento no haya resuelto la concesión o la denegación del permiso, podrá enviar los archivos correspondientes a la documentación necesaria para el trámite en caso de no haberlo hecho al presentar la solicitud.
Además, podrá solicitar la anulación de la solicitud presentada por internet (esté concedido el permiso o dentro del plazo de resolución), siempre que falten como mínimo 24 horas para el inicio de la ocupación. De esta manera el trámite quedará sin efecto.
Seleccione una opción:
Solicitud del permiso: para tramitar la solicitud del permiso y adjuntar documentación.
Adjuntar documentos: para enviar archivos de documentación justificativa, si no lo hizo al presentar la solicitud por internet.
Petición de anulación: para pedir la anulación de una solicitud realizada por internet.
Rellene el formulario y confirme los datos.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite y confirme los datos.
Consulte las condiciones que deben cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y la manera de generarlos.
Después
Una vez concedido el permiso lo recibirá por correo electrónico. En caso contrario, recibirá la resolución correspondiente.
La empresa encargada de la realización de los trabajos o la persona destinataria.
En caso de persona física deberá aportar copia de la documentación siguiente:
DNI/NIF del peticionario.
Copia del comprobante de la autoliquidación pagada o, si procede, copia del documento acreditativo de que la petición proviene de una administración pública para justificar la exención /no sujeción al pago de la tasa.
En caso de persona jurídica deberá aportar copia de la documentación siguiente:
NIF de la empresa
DNI/NIE de la persona autorizada.
Escritura de poderes.
Copia del comprobante de la autoliquidación pagada o, si procede, copia del documento acreditativo de que la petición proviene de una administración pública para justificar la exención /no sujeción al pago de la tasa.
El día de los trabajos deberá tener a mano la documentación del vehículo.
Se ha de solicitar el permiso con una antelación mínima de 2 días laborables (de lunes a viernes)
La autorización será válida mientras duren los trabajos en la vía pública.
Autoliquidación de la tasa por tramitación de permiso de ocupación de espacio público (Ordenanza Fiscal núm. 3.1):
Esta tasa, de importe 38,36 euros, es de aplicación en el momento que una persona física o jurídica solicita el trámite de ocupación de la vía pública.
En caso de anulación o denegación de la solicitud, el importe de la autoliquidación no será devuelto.
-Tasa por ocupación de la vía publica (Ordenanza Fiscal núm. 3.10):
Se aplicará la fórmula de cuota tributaria que se indica al artículo 7 de dicha ordenanza. El precio variará según la superficie ocupada, el tiempo de ocupación y los coeficientes correctores que se apliquen.