El trámite permite solicitar la exposición de informaciones (avisos, edictos, anuncios, comunicados, etc.) en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barcelona.
Puede rellenar el formulario para generar la solicitud e imprimirla para continuar el trámite presencialmente.
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Presente la hoja de solicitud en cualquier Oficina de Atención Ciudadana y adjunte el documento que desea exponer.
El Ayuntamiento expondrá la información en el tablón de anuncios.
Cualquier notaría, entidad u organismo público.
Para hacer el trámite hay que disponer del documento que se quiere exponer.
En cualquier momento se puede solicitar la exposición de una información.
Gratuito.
Certificación que hace el Registre Civil en la cual consta que la persona está viva y su estado civil.
Obtención del permiso para poder realizar grabaciones de imágenes o fotografiasprofesionales o amateurs en el interior de cualquier mercado municipal de la ciudad.
Las actividades tienen que ser compatibles con la actividad del mercado sin interferir en los vendedores ni los usuarios.En caso contrario, se valoraria la posibilidad de realizar la grabación fuera del horario comercial.
Pedir el impreso de solicitud por teléfono, fax o e-mail al Departamento de Comunicación del Instituto Municipal de Mercados.
Los estudiantes tienen que adjuntar un certificado expedido por la secretaria del centro o por el jefe de estudios.
Si se aprueba la solicitud, el Instituto de Mercados enviarà un impreso con las condiciones del permiso.
Caso de tratarse de un spot publicitario o filmación comercial, hay que hacer el pago de la tasa fiscal vigente, según tasa y número de cuenta que consta en el impreso y será necesario adjuntar a la petición el comprobante de ingreso bancario.
Una vez aprobada la petición, el Instituto envía al interesado el permiso para desarrollar la actividad.
Durante la actividad realizada en el mercado es imprescindible llevar la autorización para presentarla a la dirección del mercado.
Tasas 2016:
Quedan exentas de la tasa las actividades de carácter institucional realizadas por entidades públicas (o por encargo suyo) o por motivos académicos
Conjunto de servicios que tienen como finalidad ofrecer información, asesoramiento y otros recursos para estimular la participación ciudadana de las mujeres.
Los servicios se concretan en:
Puede ir al Centro para la Igualdad y Recursos para las Mujeres para solicitar el servicio que necesite.
No es necesario aportar documentación
Gratuito.
Ayudas extraordinarias que concede el Ayuntamiento de Barcelona a mujeres que perciben pensiones no contributivas que estén en situación de vulnerabilidad y que vivan solas en la ciudad de Barcelona para cobrir las necesidades básicas imprescindibles en materia de alimentación, vestido y alojamiento.
El importe de esta ayuda complementaria a la pensión no contributiva será de máximo 150 euros mensuales, por tres meses, en función del nivel de ingresos anuales y de la edad de la mujer receptora de la pensión.
Mujeres que perciban pensiones no contributivas mayores de 65 años o menores con pensiones de invalidez no contributivas:
Nivel de ingresos anuales | Importe mensual |
Inferior a 4800 euros | 150 euros |
Entre 4800 y 6000 euros | 100 euros |
Una vez concedida la ayuda, el pago se efectuará la cuarta semana de los meses de enero, febrero y marzo de 2017.
Puede ir a l'oficina de infancia para presentar la solicitud.
Ir a la oficina de infancia para cumplimentar, firmar y entregar la solicitud. Antes, deberá llamar al teléfono de la oficina para que le asignen un periodo de presentación de la solicitud y franja horaria.
También puede descargar la solicitud desde el apartado Documentación de este trámite.
Después
Mujeres que perciban una pensión no contributiva, que vivan solas en la ciudad de Barcelona y que esten empadronadas con fecha 1 de enero de 2016 y residan efectivamente en la ciudad a lo largo de todo el año 2016.
Del 30 de noviembre al 30 de diciembre de 2016
Ayuda extraordinaria que concede el Ayuntamiento de Barcelona para cubrir las necesidades básicas de niños de 0 a 16 años en alimentación, ropa, calzado y material escolar.
A los adolescentes beneficiarios de la ayuda que tengan 15 años de edad, también se les entregará gratuitamente una targeta de transporte, T-Jove, que podran utilizar el tercer y cuarto trimestre del año o hasta que cumplan los 16 años.
Los destinatarios iniciales de las ayudas son niños menores de 16 años, empadronados en Barcelona, que vivan en unidades familiares con rentas bajas y que sean usuarios de servicios sociales y dispongan valoración social que acredite la necesidad de la ayuda. Si cumplen los 16 años durante el 2016, se abonará la parte proporcional de la ayuda.
Umbral económico de los beneficiarios de la ayuda:
Miembros de la unidad familiar | Ingresos brutos anuales |
2 | 11.951,60 ? |
3 | 14.939,49 ? |
4 | 17.927,39 ? |
5 | 20.915,29 ? |
6 | 23.903,29 ? |
7 | 26.891,09 ? |
8 | 29.878,99 ? |
9 | 32.866,89 ? |
10 | 35.854,79 ? |
11 | 38.842,68 ? |
12 o mas | 41.830,58 ? |
El Ayuntamiento enviará una carta a las personas usuarias de servicios sociales durante el año 2015 que considera que reunen los requisitos. Junto con la carta s'envia el formulario de solicitud y un sobre de retorno para poner la solicitud cumplimentada y firmada y despositarla en buzon de Correus.
Las personas que no reciban la carta, pero consideran que tienen derecho a la subvención deberan solicitar la valoración social para poder presentar la solicitud.
Puede rellenar la solicitud, firmarla y enviarla por correu en el sobre adjunto a la solicitud si ha recibido la carta o, si no la ha recibido, puede solicitar la valoración social para tramitar la ayuda.
Personas que han recibido la carta:
Personas que no han recibido la carta pero consideran que reunen los requisitos:
Después
Los beneficiarios de la ayuda: padres, madres o tutores legales de niños y/o adolescentes de 0 a 16 años, que tienen que cumplir los requisitos siguientes:
Personas usuarias de servicios sociales que han recibido la carta:
Personas que no han recibido la carta, pero consideran que reunen los requisitos:
Original y fotocopia de los documentos siguientes:
Para cumplimentar la solicitud será necesario aportar también los datos siguientes de toda la unidad de convivencia:
Periodo de solicitud: del 27 de junio al 25 de julio de 2016, ambos inclusive.
En caso de concesión, los pagos periódicos de la Tarjeta Barcelona Solidaria del fondo de infancia se efectuarán a partir del día 5 de cada mes.
100 euros mensuales por niño, hasta un máximo de 1200 euros anuales per niño y/o adolescente a cargo.
Esta previsto empezar a repartir las tarjetas durante el mes de agosto. Se prorratearan los 1200 euros anuales a razón de 240 euros mensuales.
La concesión de la ayuda está sometida a disponibilidad presupuestaria.
El trámite permite el pago a plazos de la deuda que un contribuyente tiene con el Ayuntamiento.
Las deudas tributarias y otros de derecho público, la titularidad de los cuales corresponden al Ayuntamiento de Barcelona, podrán ser fraccionados en cualquier momento, tan en periodo voluntario como en periodo ejecutivo, cuando la situación económica financiera del contribuyente le impida transitoriamente hacer el pago.
No se podrá fraccionar ni aplazar:
Se fraccionará la deuda pendiente, tributaria o no, que tenga un mismo contribuyente en periodo ejecutivo. También se podrán acumular los cargos que estén en periodo voluntario, a petición del contribuyente.
No se considera deuda pendiente las siguientes situaciones: suspensión, comprobación de cobro, anulación y suspensión cautelar.
Se hará pago inicial cuando:
Los plazos (con importe mínimo de 50 euros) se abonarán por medio de domiciliación bancaria.
El fraccionamiento de la deuda comporta el pago del interés legal de demora vigente, que para el 2016 es del 3,75%.
Comunicará su intención de fraccionar la deuda acumulada con el Instituto Municipal de Hacienda y recibirá la propuesta de pago fraccionado por correo postal si es la persona titular de la deuda o un profesional de la gestión adherido al convenio de colaboración con el Ayuntamiento con autorización previa del cliente a través de la Carpeta del Profesional.
Los profesionales de la gestión que no hayan firmado el convenio de colaboración con el Ayuntamiento y no dispongan de acceso previo a trámites con autorización, antes deberán solicitar la autorización de su cliente a través de la Carpeta del Profesional. Una vez obtenida dicha autorización, podrán hacer el trámite.
Si se trata de una persona jurídica (empresa, entidad...) deberá imprimir la solicitud y enviarla por correo postal, juntamente con la documentación requerida al Instituto Municipal de Hacienda. A continuación recibirá por correo postal los recibos de la deuda pendiente, la relación de documentos que se deberá aportar y las instrucciones para seguir con el trámite.
Indistintamente personas físicas o jurídicas: si la deuda es superior a 24.000 euros y/o se desea fraccionar una deuda adquirida por aceptación de herencia, que se haya iniciado el proceso de embargo de bienes, deberá realizar la tramitación, necesariamente de manera presencial en el Institut Municipal de Hacienda. Se recomienda concertar cita previa accediendo a este enlace.
Seleccione una opción:
Simulación de fraccionamiento: le permitirá calcular aproximadamente los plazos y el importe que debe pagar mensualmente en caso de tramitar el fraccionamiento.
Solicitud de fraccionamiento: si quiere solicitar el pago fraccionado de multas y tributos municipales.
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Si es la persona titular de la deuda o un profesional de la gestión recibirá por correo postal los recibos de la deuda pendiente, la relación de documentación que se tiene que aportar y las instrucciones para seguir con el trámite.
Si es una persona jurídica (empresa, entidad...) deberá imprimir la solicitud y enviarla por correo postal, juntamente con la documentación requerida al Instituto Municipal de Hacienda. A continuación recibirá por correo postal los recibos de la deuda pendiente, la relación de documentos que deberá aportar y las instrucciones para seguir con el trámite.
Si ha solicitado el pago fraccionado de la autoliquidación de plusvalía (en los casos de donación y herencia) y de la autoliquidación de la tasa de residuos, una vez obtenido el número de trámite es necesario enviar un correo electrónico con el asunto: Fraccionamiento autoliquidación de plusvalía o Fraccionamiento autoliquidación residuos, según sea el caso. En el correo deberá constar el número de trámite y anexar toda la documentación necesaria para formalizar el fraccionamiento.
Nombre y apellidos, número de documento de identificación y domicilio.
Incluye el importe de la deuda, más el recargo y los intereses.
La persona titular de la deuda, los profesionales que representen a los obligados a pago, así como las personas jurídicas. Se ha de tener en cuenta que, si la deuda es superior a 24.000 euros y/o se desea fraccionar una deuda adquirida por aceptación de herencia deberá realizar la tramitación, necesariamente de manera presencial en el Institut Municipal de Hacienda. Se recomienda concertar cita previa accediendo a este enlace.
Indistintamente personas físicas o jurídicas, deberá efectuar la tramitación necesariamente de manera presencial, en las dependencias del Instituto Municipal de Hacienda, en cualquiera de los casos que se relacionan a continuación:
No se aceptará la petición de asumir la deuda de terceras personas para fraccionarlo, aunque se haya obligado a hacerlo en documento público.
Para solicitar el fraccionamiento de la deuda por internet:
Si es la persona titular de la deuda o un profesional de la gestión no es necesario aportar documentación alguna.
Si es una persona jurídica deberá enviar por correo postal la documentación siguiente:
Para continuar el trámite recibirá, por correo postal, la relación de documentación requerida en cada caso.
Trámite gratuito
El valor catastral es el registro de identificación física, jurídica y económica de todos los bienes inmuebles del país (es decir, de todas las fincas rústicas y urbanas).
La normativa en vigor obliga a la incorporación de los bienes inmuebles (y de cualquier alteración de sus características), en el Catastro Inmobiliario. Dicha incorporación se efectua a través de diferentes procedimientos, en función del hecho, acto o negocio que la provoque.
Entre los procedimientos catastrales más habituales que pueden efectuar los ciudadanos destacan:
Si desea consultar información sobre los distintos procedimientos catastrales, acceda a la Guía de procedimientos catastrales más frecuentes para el ciudadano.
Puede efectuar las gestiones más habituales relacionadas con la información catastral de los bienes inmuebles.
Los canales disponibles varían en función del procedimiento que se quiera efectuar:
Los ciudadanos interesados.
La documentación varía en función del trámite que se quiera efectuar, y en algunos casos es necesario hacer la solicitud mediante la presentación de una instancia específica.
Los plazos para tramitar y la respuesta por parte de la Administración varían en función del procedimimento que se quiera efectuar. Puede efectuar la consulta accediendo a este enlace.
Trámite que permite obtener un documento con una recopilación de información de los lugares de interés y servicios más próximos a la dirección que indique. Incluye un mapa donde se posicionarán todos los elementos de una lita preestablecida:
Datos que pueden incluirse:
Puede obtener un documento con una recopilación de información de los lugares de interés y servicios más próximos a la dirección que indique. Incluye un mapa donde se posicionarán todos los elementos de una lista preestablecida.
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Imprima el documento resultante.
Cualquier persona interesada.
No es necesario aportar documentación.
Puede solicitarse en cualquier momento.
Trámite gratuito.
Trámite que deben realizar las organizaciones y entidades del ámbito del ocio, el deporte o la educación que organizan actividades deportivas fuera del horario escolar para niños y jóvenes entre 3 y 25 años, que quieran solicitar la homologación para el reconocimiento cualitativo de sus entidades para estas actividades deportivas y para la participación en la gestión de las ayudas destinadas a la práctica del deporte.
Puede presentar la solicitud en cualquier registro municipal y aportar la documentación requerida mediante el web Pla Esport Escolar.
Paso 1: Diríjase al registro de cualquier oficina de atención ciutadana o del Instituto Barcelona Esports para presentar la solicitud. Puede descargar aquí la solicitud.
Paso 2: Acceda al web del Plan de Deporte Escolar, rellene el formulario de homologación y adjunte la documentación necesaria.
Las entidades que deseen solicitar la homologación han de ser:
Documentación técnica a adjuntar al formulario de homologación:
Documentación administrativa que deberá presentarse en las oficinas de atención ciudadana o en el IBE:
Año 2016:
Trámite gratuito.