Los centros cívicos y centros de barrio municipales organizan cursos y talleres sobre diferentes materias (jardinería, cerámica, fotografía, yoga, etc.) que, con carácter de enseñanza no regulada, son impartidos por monitores.
Puede ir a cualquier centro cívico o casal de barrio para consultar la programación o hacer la inscripción
Hay que dirigirse al centro cívico o casal de barrio para consultar la programación y posteriormente hacer la inscripción y el pago de las tasas correspondientes.
Puede consultar la lista de casals y centros cívicos de la ciudad en la Guía Barcelona del web municipal.
Cualquier persona interesada, previa inscripción y pago del precio correspondiente.
Depende del curso o taller.
La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad y solidez fijados por Decreto y que es apta para ser destinada a residencia humana.
Es obligatoria para:
Hay dos tipos de cédula de habitabilidad:
En el caso de no poder obtener la cédula puede consultar el trámite Certificado de condiciones de habitabilidad de edificios y viviendas
Puede solicitar la cédula de habitabilidad de la vivienda.
Puede presentar la documentación requerida ante cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*.
En el momento de presentar la solicitud será entregada la carta de pago que deberá hacerse efectiva en las entidades bancarias que se indiquen.
Los técnicos podrán presentar la solicitud telemáticamente a través de su colegio profesional.
* Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o por el Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
Después
En el plazo de 30 días hábiles podrá pasar a recoger la cédula en cualquier oficina de la vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*, siempre que se haya hecho efectivo el pago de la tasa correspondiente.
Así mismo, en caso de no pasar a recoger la cédula, esta será enviada por correo ordinario al interesado.
* Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o al Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
En todos los casos:
Para duplicados de las cédulas:
Documentación genérica a presentar en todos los casos:
Viviendas de nueva edificación:
Cambio de uso de un local a una vivienda:
Caso de subdivisión de una vivienda existente:
Viviendas usadas:
Puede solicitar un duplicado de la cédula de habitabilidad mientras esta esté vigente:
Primera ocupación: caduca a los 25 años.
Primera ocupación por rehabilitación: caduca a los 15 años.
Segunda ocupación: caduca a los 15 años.
Transcurrido este plazo deben tramitarse nuevamente.
Cédula de habitabilidad nueva ocupación / primera ocupación | precio |
Cédula de 1 vivienda nueva | 39,00 euros |
Cédula de 2 a 5 viviendas nuevas (por cada vivienda) | 24,00 euros |
Cédula de 6 o más viviendas nuevas (por cada vivienda) | 18,00 euros |
Cédula de habitabilidad de viviendas usadas / segunda ocupación | |
Cédula por cada vivienda usada | 18,00 euros |
Duplicado cédula de primera o segunda ocupación | gratuito |
Bonificación: 30% del importe en el caso de realizarse el pago por internet.
Antes de poder en marcha una actividad económica, se debe comunicar su inicio a la Agencia Tributaria, mediante la presentación de la correspondiente declaración y de esta manera formar parte del censo de obligados tributarios.
Con esta declaración se solicita el alta, modificación o baja al censo de etiquetas de Hacienda para las futuras declaraciones de IRPF y IVA. En el caso de personas jurídicas, entidades, empresarios o profesionales que se den de alta, pueden pedir la asignación de su número de identificación fiscal (CIF/NIF).
De igual manera, en relación a los sujetos pasivos que resulten exentos del impuesto sobre actividades económicas, la presentación de las declaraciones censales sustituye a la presentación de las declaraciones específicas del citado impuesto.
Una vez iniciada la actividad, también será necesario comunicar cualquier modificación de datos censales o su baja.
Puede comunicar el alta o la baja de una actividad económica. También puede comunicar la modificación de datos censales como: el domicilio fiscal, el domicilio social, datos identificativos, datos del representante, datos referentes a actividades económicas y locales datos de retenciones e ingresos a cuenta, datos sobre el IVA, datos sobre el IRPF...
Será necesario utilizar los impresos 037 declaración censal simplificada o 036 declaración censal (modelo normal) para comunicar el alta, la baja o la modificación de datos censales.
Deberá dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria donde le darán los impresos, o, si lo prefiere puede descargarlos del web.
Rellene el impreso escogiendo entre las opciones alta, modificación o baja y entréguelo, con la documentación necesaria en las oficinas de la Agencia Tributaria.
También puede efectuar la tramitación telemática si dispone de certificado de usuario del web www.aeat.es
Cualquier persona física o jurídica o su representante legal.
Documentación en el caso de declaración de alta:
Documentación en el caso de modificación de datos:
Documentación en el caso de declaración de baja:
Para más información sobre la documentación específica que debe aportarse en cada caso consulte este enlace.
En caso de alta debe hacer la declaración antes de iniciar la actividad.
En caso de modificaciones de datos censales, y salvo excepciones, es necesario comunicar la declaración en el plazo de un mes desde la fecha en que se hicieron efectivas.
En el caso de baja la declaración se deberá presentar en el plazo de un mes des del cesa de la actividad o disolución, En el caso de baja por muerte del titular de la actividad, los herederos dispondrán de seis meses para efectuar la declaración.
Tràmite gratuito.
Procedimiento por el que se declaran los movimientos de entrada y de salida del territorio nacional de efectivo (moneda metálica, billetes de banco, cheques bancarios al portador...), por un importe igual o superior a 10.000 euros por persona y viaje, así como los movimientos interiores por el territorio nacional de efectivo, de un importe igual o superior a 100.000 euros.
Si desea más información consulte el web de la Agencia Tributaria.
Para exportaciones: se ha de presentar la declaración en la aduana de salida, en el Banco de España, en la Delegación de la Agencia Tributaria o en cualquier entidad registrada (la mayoría de cajas y bancos).
Para importaciones: se ha de presentar la declaración en la aduana de entrada.
También se puede efectuar la presentación de manera telemática accediendo a este enlace.
Las personas que efectúen las mencionadas exportaciones o entradas de capital.
Será necesario presentar el documento Declaración de entrada y salida (S-1) debidamente rellenado.
Trámite gratuito.
La obtención de la declaración, de utilidad pública, por parte de la Administración Pública, permite a las asociaciones disfrutar de unos derechos y cumplir unas obligaciones. Ambas están reguladas por una normativa específica.
Puede solicitar que una asociación sea declarada de utilidad pública.
Si la Asociación es de ámbito nacional, la instancia, junto con el resto de la documentación, deberá dirigirse a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior o a través de la Sede electrónica central del Ministerio del Interior.
Si la Asociación es de ámbito autonómico o inferior, la instancia se presentará en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Generalitat.
Es necesario adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
Año 2016:
94,50 euros
El trámite permite presentar una declaración de plusvalía, cuando no se puede hacer el cálculo de la autoliquidación para realizar el pago del impuesto porqué el bien inmueble (piso, local o plaza de aparcamiento) vendido o adquirido por herencia o donación no dispone de referencia catastral ni de recibo de IBI propio, es decir, que la referencia catastral y el recibo de IBI indicados en la escritura corresponden a todo el edificio porque se trata de una propiedad vertical.
Lo mismo pasa en caso de agrupaciones, segregaciones u otras modificaciones que suponen una alteración catastral del inmueble.
Además de presentar la declaración a efectos de valoración de la plusvalía deberá comunicar cualquier alteración catastral a la Gerencia Regional del Catastro. De esta manera, acabada la tramitación se asignará a cada piso, local o plaza de aparcamiento una referencia catastral, un valor catastral y un recibo de IBI. Consulte la Guía de Procedimientos catastrales más habituales y su tramitación.
Puede finalizar el trámite por internet: rellene el formulario de solicitud, adjunte la documentación necesaria y preséntelo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
Antes de iniciar el trámite, deberá descargar, rellenar y guardar en su ordenador el documento de características específicas del trámite (disponible para versiones Acrobat Reader 7 o superiores) que tendrá que adjuntar al formulario como aparte de la documentación de su solicitud.
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Rellene el formulario.
Adjuntad el archivo del documento de características específicas del trámite y el resto de documentación necesaria. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
Registro, finca, cuota de participación, cuota de transmisión.
La persona obligada al pago de la plusvalía o un representante.
Las personas jurídicas y los profesionales de la gestión han de realizar el trámite, necesariamente, por medios telemáticos.
Ha de saber que:
Recuerde que deberá tener preparada la documentación en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.
Para hacer el trámite se ha de aportar la documentación siguiente:
Solicitud de actuación de los servicios de intervención en la via pública (limpieza, alumbrado,..).
Esta demanda se puede realizar por internet a través del servicio "Atención en linea" del Ayuntamiento de Barcelona.
Puede hacer el trámite por internet mediante la página web del Ayuntamiento.
Rellene el formulario.
Después
Al finalizar el trámite la pantalla le mostrará un código que le servirá como número de referencia para hacer el seguimiento de la respuesta solicitada.
El trámite permite denunciar las actividades por incumplimiento del límite sonoro:
El funcionamiento de actividades no tiene que comportar el incremento de los niveles de ruido, tanto exteriores como interiores y no pueden sobrepasa los valores límites de inmisión establecidos en el anexo II.7 e II.13 de la Ordenanza del Medio Ambiente de Barcelona (OMA).
Las actividades potencialmente emisoras de ruido y/o vibraciones incluidas en los grupos I, II e III del anexo II.15 de la Ordenanza del Medio Ambiente de Barcelona, tienen que adjuntar a la solicitud de la autorización o licencia ambiental municipal, o de la licencia de apertura de establecimiento, o a la comunicación y certificación previa, un estudio de impacto acústico, con memoria técnica y planos, redactado de acuerdo con las prescripciones que le sean objeto, contenidas en el anexo II.11 de la misma ordenanza.
El técnico redactor del estudio de impacto acústico realizará una declaración responsable en la cual se compromete, bajo su responsabilidad, que las medidas contempladas en el estudio son adecuadas y suficientes para el cumplimiento de los valores límite de inmisión que indica l'OMA.
Ir a cualquier Oficina de Atención al Ciudadano.
El Ayuntamiento le dará curso a su denuncia.
Las personas que se sientan molestas por las actividades que provocan ruido o vibraciones.
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento se puede denunciar las molestias que provocan las actividades por el incumplimiento del límite sonoro. Tanto si es por ruido como por vibraciones.
Gratuito.
Denuncia por incumplimiento de los horarios de locales y/o espectáculos según establece la Orden INT/358/2011, de 19 de diciembre, por la cual se regulan los horarios de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas sometidos a la Ley 11/2009, del 6 de julio de regulación administrativa de los espectáculos públicos y de lasactividades recreativas y a su Reglamento (DOGC 22 de diciembrede 2011).
Para denunciar las molestias que provoca el incumplimiento de horarios en locales:
Las personas que se sientan molestias por el incunmplimiento de horarios de locales y espectáculos.
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento puede presentar la denuncia
Gratuito.
El trámite permite denunciar las molestias ocasionadas por actividades que no tienen licencia o que ésta puede ser inadecuada.
Hay que saber que:
La actividad a desarrollar y que están relacionadas en los anexos de la Ordenanza municipal de actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona y según el anexo les corresponde un tipo de procedimiento determinado para la obtención de la autorización municipal:
Las otras autorizaciones o permisos que la legislación sectorial exija para determinadas actividades se solicitarán, tramitarán y resolverán conjuntamente y simultáneamente con las relacionadas anteriormente Cualquier actividad o modificación de la actividad quedará condicionada a la obtención de la autorización municipal para desarrollarla.
Para hacer la denuncia:
Las personas que se sientan perturbadas por actividades que no tengan licencia o que la licencia sea inadecuada.
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento.
Gratuito.