Información general para el alquiler de viviendas
Información general para el alquiler de viviendas: listado de documentos y gastos a cargo del arrendatario. Los contratos de alquiler se rigen por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), i las condiciones para la oferta y los requisitos para el arrendamiento de la vivienda en la Llei 18/2007, del derecho a la vivienda (art. 61 y 66).
Gastos a cargo del arrendatario:
En el momento de alquilar un piso, el arrendatario tendrá los siguientes gastos:
- La primera mensualidad.
- La fianza art. 36 Ley 29/1994 regula 1 mensualidad para los contratos de vivienda, y 2 mensualidades para los contratos de uso distinto a la vivienda. Además de la fianza, el propietario puede pedir garantias adicionales.
- Los honorarios del Agente de la Popiedad Inmboliaria (API) y/o del Administrador de fincas.
- Alta de la luz, agua i gas, si és el caso
- Impuesto de transmisiones Patrimoniales (Las cantidades a satisfacer serán las resultantes de aplicar una escala prevista en la normativa vigente). Plazo: 30 días desde la formalización del contrato de arrendamiento.
En las ofertas de arrendamiento se ha de proporcionar al destinatario una información suficiente sobre las condiciones esenciales de la vivienda, y también de las condiciones bàsicas del contrato. Esta información se ha de entregar antes de recibir cualquier cantidad a cuenta. La información mínima de una oferta ha de contener los siguientes datos:
- Descripción y las condiciones físicas de la vivienda, con la indicación de la supeerfície útil y de los servicios, las instalaciones y los suministros de esta (cédula de habitabilidad o cualificación definitiva en caso de vivienda con protección oficial).
- El precio total de la renta, con el desglose y el detalle de los servicios de asesoria y otras cantidades que sean asumidas por los arrendatarios, indicando la periodicidad de la liquidación.
- El periodo del arrendamiento.
- La forma de actualización del precio a lo largo del periodo de arrendamiento.
- La fianza y las otras garantias que se exigen a los arrendatarios.
¿Cómo se hace el trámite?
Para información general os podéis dirigir a cualquiera de las Oficinas de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa que podrá obtener a través del Teléfono de Atención 010 o de la página web www.bcn.cat/tramits
¿Quién lo puede pedir?
Cualquier persona.
Documentación
1. El contrato de alquiler, que ha de constar de los siguientes apartados:
- La identificación de la vivienda.
- El nombre y los apellidos del propietario y del arrendatario y sus DNI. Es aconsejable que el interesado pida un cópia simple registral para confirmar la titularidad de la vivienda a arrendar.
- La cantidad anual/mensual de la renta.
- La duración. En contratos inferiores a 5 años, obligatoriamente el propietario tiene que prolongar los periodos anuales hasta 5 años.
- La forma de pago del alquiler.
- La fianza (se ha de depositar en el Institut Català del Sòl).
- La clausula de actualización de la renta.
- La repercusión de los gastos, si es el caso.
- Un inventario de muebles i electrodomésticos, si es el caso. Es aconsejable comprovar el estado de la vivienda y del mobiliario si lo hubiera, ya que se presume que la vivienda se entrega en buen estado.
2. La cédula de habitabilidad (art. 26 Ley 18/2007 del derecho a la vivienda).
3. La referencia catastral (Ley 36/2006. Medidas de Prevención del Fraude Fiscal).
4. Certificación de eficiencia energética de edificios.
Otra información: Hay ayudas para el alquiler de la vivienda, tanto para el arrendatario cómo para el propietario, podéis consultar los siguientes tràmites:
- Ayudas a propietarios que pongan su vivienda a disposición de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.
- Prestaciones permanentes para el pago del alquiler (alquiler justo).
¿Dónde se puede hacer?
- Oficina de l'Habitatge de Ciutat Vella
- Oficina de l'Habitatge de l'Eixample
- Oficina de l'Habitatge de Sants-Montjuïc
- Oficina de l'Habitatge de les Corts
- Oficina de l'Habitatge de Sarrià-Sant Gervasi
- Oficina de l'Habitatge de Gràcia
- Oficina de l'Habitatge d'Horta-Guinardó
- Oficina de l'Habitatge de Nou Barris
- Oficina de l'Habitatge de Sant Andreu
- Oficina de l'Habitatge de Sant Martí
Precio
Gratuito.
Organismo responsable
Trámites relacionados
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Oficinas de la administración
OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU
Calle Segre, 24*32, Barcelona
Tel. 010
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Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona
Tel. 010
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Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona
Tel. 010
OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC
Creu Coberta, 104, Barcelona
Tel. 010
OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO
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Tel. 010
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Avenida Diagonal, 230, Barcelona
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OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA
Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona
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Calle Aragó, 328, Barcelona
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OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA
Calle Ramelleres, 17, Barcelona
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Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona
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Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona
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