El programa de retorno voluntario ofrece la posibilidad de retornar a aquellas personas extranjeras (inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados, personas con estatuto de protección de protección subsidiaria), que manifiesten su deseo de volver a su país de origen y que cumplan los requisitos establecidos.
Los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento te pueden informar sobre los requisitos que hacen falta para poder solicitar una ayuda económica para retornar a tu país.
El ayuntamiento no dispone de ayudas económicas para el retorno, pero puede hacer a través de los Servicios Sociales Municipales de Base un informe social que acompañe tu solicitud.
Es un programa llevado a cabo por Educadores Sociales dirigido a madres y padres que están en una situación de separación o divorcio y que tienen dudas acera de cómo esa situación va a afectar a sus familias ofreciendo pautas para ayudar a los hijos e hijas a entender la nueva situación familiar.
Algunos de los contenidos del programa son:
La comunicación de la decisión del divorcio a los niños/as.
Reacciones emocionales según su edad.
Que decir y que no decir.
Qué pueden hacer los progenitores para ayudar a la adaptación psicológica de los hijos/as.
El conflicto interparental y sus efectos en los hijos/as.
Es la solicitud de participación en el sorteo de plazas para los itinerarios guiados en barco por la Ría.
Realizado ya el sorteo, mediante aplicación informática, para las visitas de SEPTIEMBRE, se puede consultar el listado adjunto con los números de preinscripción que han obtenido plaza. Las personas preinscritas pueden así comprobar si el número que les asignaron está en el listado de admitidos/as a la visita.
No obstante, se llamará para confirmar las plazas durante la semana previa a cada visita.
Más información: CIHMA-Luis Choya Almaraz 94 497 13 90 / 688 638 062
ezagutubarakaldocihma@barakaldo.org
www.ezagutubarakaldo.barakaldo.org
Tiene carácter unitario para toda la Comunidad Autónoma del País Vasco sin perjuicio de encontrarse desconcentrado en las Oficinas Territoriales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
Funciones del Registro:
El Servicio de facturación electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo es el servicio que pone a disposición de los proveedores que entreguen bienes o presten servicios a las entidades que forman parte del mismo, para que presenten facturas electrónicas y consulten el estado de las mismas.
NO están excluidas reglamentariamente de la presentación de factura electrónica cuando el importe de la factura, IVA incluido, sea de hasta 5.000 euros.
El Servicio de facturación electrónica de Barakaldo permite a los proveedores la remisión de las facturas a los órganos de la Administración de Barakaldo que tienen la posibilidad de recibir facturas electrónicas, así como la consulta de las mismas. El sistema remite la factura electrónica al órgano destinatario, simplificando a los proveedores el envío de las mismas, al centralizar en un único punto todas las entidades del Ayuntamiento de Barakaldo y al unificar el formato de factura electrónica.
Los proveedores de bienes y servicios de las entidades que forman el Ilustre Ayuntamiento de Barakaldo mediante este Servicio pueden conocer el estado de tramitación de las facturas:
Este nuevo escenario tiene una serie de ventajas que se pueden esquematizar en:
Para el Emisor
Para el Receptor
Para dar soporte a los proveedores ante este "nuevo" escenario el Ayuntamiento de Barakaldo desde sus diferentes Departamentos y concretamente la Intervención General e Innovación Tecnológica se pone a servicio de los proveedores para facilitar esta adaptación legal, entendiéndola como un posible proceso de mejora tanto para el proveedor como la Administración.
Ayuda - Aquí podrá consultar la documentación de ayuda para la utilización de la Factura Electrónica
Descargar y actualizar Ef4ktur
Validación de facturas
Envío y consulta facturas
Se trata del conjunto de trámites que realiza el Ayuntamiento con la finalidad de determinar, en su caso, la responsabilidad administrativa de una persona que ha sido objeto de una denuncia por los Agentes de la Autoridad (Policía Local de Barakaldo o Ertzaintza) por infracción del artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana ("el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo").
Se trata del conjunto de trámites que realiza el Ayuntamiento con la finalidad de determinar, en su caso, la responsabilidad administrativa de una persona que ha sido objeto de una denuncia por los Agentes de la Policía Local de Barakaldo por infracción de los artículos 2.2 y 13 de la Ordenanza municipal Reguladora de la Publicidad, Venta y Consumo de Alcohol del Municipio de Barakaldo (B.O.B nº 222 de 18/11/2008) ("consumo de bebidas, preferentemente alcohólicas, no procedentes de locales de hostelería, en la calle o espacios públicos, por un grupo de personas o individualmente, cuando como del resultado de concentración de personas, o de la acción de consumo, se pueda causar molestias a las personas que utilicen en el espacio público y a los vecinos, deteriorar la tranquilidad del entorno, o provocar en él situaciones de insalubridad").
Se trata del conjunto de trámites que realiza el Ayuntamiento con la finalidad de determinar, en su caso, la responsabilidad administrativa de una persona que ha sido objeto de una denuncia por los Agentes de la Policía Local de Barakaldo por infracción de los artículos 9.1 y 13.3 c) de la Ordenanza municipal Reguladora de la Publicidad, Venta y Consumo de Alcohol del Municipio de Barakaldo (B.O.B nº 222 de 18/11/2008) ("Queda prohibida la entrada y permanencia de menores de 16 años de edad en aquellos establecimientos públicos cerrados que sirvan bebidas alcohólicas de acuerdo con la mormativa legal y reglamentaria que resulte de aplicación, salvo que vayan acompañados de sus padres o responsables legales").
Se trata del conjunto de trámites que realiza el Ayuntamiento con la finalidad de determinar, en su caso, la responsabilidad administrativa de la persona titular de un vehículo que ha sido declarado como Residuo Doméstico (abandonado) por infracción del artículo 46.3 c) de la Ley 22/2011, 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181 de fecha 29 de julio de 2011): ("El abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente").
Se trata del conjunto de trámites que realiza el Ayuntamiento con la finalidad de determinar, en su caso, la responsabilidad administrativa de una persona que ha sido objeto de una denuncia por los Agentes de la Policía Local de Barakaldo por infracción del artículo 18 y Disposición Transitoria Única.3 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria: ("Los propietarios son los responsables de los daños o afecciones a personas y cosas y de cualquier acción que ocasione suciedad en la vía pública por animales de su pertenencia. En ausencia del propietario será responsable subsidiaria la persona que condujese al animal en el momento de producirse la acción").