Bonificación de Tasas
Estas bonificaciones forman parte de un paquete de medidas para tratar de ayudar a las familias con más dificultades por la crisis económica, y que se prevé mantener en vigor mientras Algeciras supere la cifra de diez mil parados.
La documentación puede entregarse en la Oficina de Atención al Ciudadano, situada en la planta baja del edificio del Ayuntamiento de la calle Regino Martínez.
Período para solicitar las bonificaciones de TRSU de ARCGISA: 1 de octubre al 30 de dic de 2015, para las tasas de 2016.
Calendario y Matriculación de la Escuela Sánchez Verdú
Del 10 al 21 de junio para Antiguos Alumnos
Del 8 al 19 julio para Nuevos Alumnos
Del 17 al 20 septiembre 2º matrículas ( nuevos )
Lugar y horario de matrículas: Escuela de Música, Danza y Teatro "José María Sánchez Verdú" en Plaza María de Molina, s/n.
De 9:30 a 13:00 horas de lunes a viernes.
MES DE AGOSTO OFICINA CERRADA AL PÚBLICO
Celebración de matrimonios civiles
Definicio?n:
Celebracio?n del acto de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Algeciras, por peticio?n de los contrayentes, la misma se celebra en este Excmo. Ayuntamiento y segu?n disponibilidad del Salo?n de Plenos
Tra?mite: Procedimiento de Instancia Gene?rica
Subtra?mite: Bodas Civiles - Alcaldi?a
¿Quie?n puede realizar el tra?mite?
Ciudadani?a.
Documentacio?n a aportar:
- Auto (Se solicita en el Registro Civil de Justicia).
- D.N.I de los dos testigos, mayores de edad, que firman el acta de matrimonio en la Ceremonia Civil en el Ayuntamiento.
- D.N.I de los contrayentes.
- Justificante Pago por la Celebracio?n de Bodas Civiles por importe de 103, pudiendo abonarse desde la Sede Electro?nica, en la Oficina Virtual de la Administracio?n Electro?nica.
Descripcio?n
El uso de este formulario para la presentacio?n de escritos y comunicaciones no prejuzga su admisio?n cuando concurran algunas de las causas de rechazo referidas en el art. 18 Registro Electro?nico de entrada y salida de documentos del REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACION ELECTRONICA EN EL EXCELENTI?SIMO AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
A?rea, Servicio u Organismo destinatario
El tra?mite se recepciona en el Registro General Auxiliar de la Sede Electro?nica del Ayuntamiento de Algeciras, dependiente de la Secretari?a General, y en funcio?n de la materia se distribuye a la Delegacio?n competente.
Normativa Reguladora
Ley Orga?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccio?n de Datos de Cara?cter Personal.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Re?gimen Juri?dico de las Administraciones Pu?blicas y del Procedimiento Administrativo Comu?n.
Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electro?nico de los ciudadanos a los Servicios Pu?blicos.
Vigencia: Permanente.
Tipo de Presentacio?n:
Este tra?mite podra? realizarse de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Algeciras, o de manera electro?nica en el Registro General Auxiliar de la Sede Electro?nica del Ayuntamiento de Algeciras haciendo uso del DNI electro?nico o de un de un certificado digital.
Tiempo de respuesta:
Se entendera? que si en el plazo de 20 di?as no ha obtenido notificacio?n alguna desde la Sede Electro?nica del Ayuntamiento de Algeciras, la solicitud sera? desestimatoria.
MA?S INFORMACION:
El objeto de este tra?mite es poner a disposicio?n de ciudadani?a, entidades locales, empresas y profesionales, un canal ma?s de comunicacio?n con el Ayuntamiento de Algeciras, a trave?s del cual se puedan presentar un escrito que no condicione en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que puedan ejercer, conforme a la normativa reguladora en cada procedimiento.
Antes de enviar este tra?mite, le recomendamos que acceda al Cata?logo de Servicios de la Sede Electro?nica para comprobar que no hay un formulario normalizado para su peticio?n. Puedes utilizar este formulario de propo?sito general para presentar al Ayuntamiento de Algeciras una solicitud, escrito o comunicacio?n ante el Registro Electro?nico Comu?n. La presentacio?n del mismo no producira? efectos en la presentacio?n de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a otras Administraciones Pu?blicas (Administracio?n General del Estado, Junta de Andaluci?a).
Convivencia y Reinserción Social
Realiza un conjunto de actividades dirigidas a posibilitar las condiciones personales y sociales para la convivencia, cuando ésta se haya deteriorado o perdido, para ello cuenta con los Equipos de menores (Familia e Infancia) y Equipos de Calle.
Dichos Equipos están dirigido a las familias y menores en riesgo social, definiendo estas, como aquellas circunstancias en las que existen carencias o dificultades en la atención de las necesidades básicas que los/as menores precisan.
Dichas intervenciones están orientadas a erradicar o paliar estas carencias, primando siempre el interés del menor. Sus objetivos específicos son:
- Eliminar y/o disminuir las situaciones de riesgo social que afecten al desarrollo integral de la población menor.
- Dotar a los progenitores de las habilidades parentales necesarias para la correcta crianza de los hijos/as.
- Movilizar los recursos sociales necesarios que se adapten a las necesidades detectadas y mejoren la convivencia familiar.
- Desarrollar actuaciones e intervenciones profesionales dirigidas a normalizar la estructura de convivencia, evitando situaciones de deterioro y aislamiento.
Cooperación Social
Este servicio responde a la necesidad de participación y solidaridad ciudadana en el medio comunitario. Consiste en el desarrollo de aquellas actuaciones dirigidas a fomentar y apoyar las manifestaciones de solidaridad de la Comunidad, impulsar y promover el asociacionismo, potenciar las asociaciones ya existentes y ofrecer cauces apropiados que favorezcan la participación de la Comunidad.
Estas prestaciones básicas no pretenden agotar el catálogo de acciones que se desarrolla desde nuestros Centros. Los Centros, en razón de las necesidades del entorno y de su propia capacidad para dar respuesta a las mismas, ofrecen prestaciones o servicios.
Denuncias y reclamaciones
Expedición de documentos
Normativa Reguladora.
Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos.
Conceptos básicos.
Constituye el hecho imponible la actividad municipal desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos que se expidan, y de expedientes de que entienda la Administración o las Autoridades Municipales.
Son sujetos pasivos de la tasa, aquellos que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente de que se trate.
Se produce el devengo de la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se presente la solicitud que inicie la tramitación de los documentos y expediente sujetos al tributo.
El importe de las cuotas se determinan en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa.
La Administración Municipal comprobará que las autoliquidaciones se han efectuado mediante la aplicación correcta de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto. Caso de no hallarse conforme la autoliquidación, se practicará liquidación definitiva rectificando los elementos o datos incorrectamente aplicados, calculándose los intereses de demora que correspondan así como se procederá a imponer las sanciones procedentes en su caso.
AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS.
Instrucciones y normas de cumplimentación a través de la Oficina Virtual.
Cumplimentar el formulario con los datos solicitados. (MUY IMPORTANTE: COMPROBAR QUE LOS DATOS DEL SUJETO PASIVO COINCIDEN CON EL DEFINIDO EN LA NORMATIVA DE APLICACIÓN).
Una vez relleno y comprobado el formulario proceder a Enviar Formulario.
Imprimir el documento de Autoliquidación.
Realizar el ingreso personándose en cualquiera de nuestras entidades colaboradoras (BBVA, Banco de Santander, La Caixa - Cajasol, Unicaja, Caja Duero y Caixa Nova) o bien acceder a nuestra pasarela de pago y efectuarlo a través de internet.
Acompañar el justificante de pago a la solicitud de expedición de documentos.
Para cualquier consulta o sugerencia pueden dirigirse a la Administración Tributaria del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, C/ Lola Peche nº 3, (Teléfonos 956646993, 956646994, extensión 13202) o bien dirigirse a la dirección de correo electrónico at.autoliquidaciones@ayto-algeciras.es
Expedientes de Disciplina Ambiental
NORMATIVA DE APLICACIÓN
La disciplina ambiental se ejercerá de conformidad con lo preceptuado por el Decreto 165/2003, de 17 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía cuando se trate de una infracción tipificada en la Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos de Andalucía, o en por el Real Decreto 1389/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora cuando se trate de una infracción tipificada en la Ley 7/2007, de Gestión integrada de la Calidad Ambiental.
Expedientes sancionadores en materia de salud pública
1.- El expediente sancionador en materia de salud publica se inicia con la denuncia efectuada por un inspector del Distrito Sanitario del Campo de Gibraltar, el cual, al detectar las infracciones levanta acta de inspección y da un plazo de diez días para la subsanación de las deficiencias.
2.- Una vez subsanada las deficiencias encontradas el denunciado deberá solicitar visita de inspección. Dicha solicitud deberá ser solicitada en el Distrito Sanitario del Campo de Gibraltar.
3.- Los inspectores realizan visita y si las deficiencias detectadas se han eliminado se archiva la denuncia. (siempre que estas sean leves).
4.- Si pasa el plazo y el inspeccionado no solicita segunda visita de inspección la denuncia es tramitada a la Delegación Provincial de Salud desde el Distrito Sanitario del Campo de Gibraltar.
5.- La denuncia llega a la Sección Procedimiento de la Delegación Provincial de Salud desde la que se nombra un instructor. Realizan una Ficha Anexo Datos en la cual viene reflejada los datos del denunciado, infracciones cometidas, fundamentos jurídicos, sanciones, plazos, alegaciones....
6.- Desde la Delegación Provincial de Salud se envía a esta Delegación de Salud y Consumo un escrito de remisión en el que se acompaña la ficha-Anexo datos, y el acta-denuncia, acta de inspección o inspección sanitaria.
7.- La gestión comienza aportando los datos en un registro de una base de datos y de esta misma manera poder adjudicarse un número de referencia propio, luego se gestionará la apertura del expediente sancionador en materia de salud publica. Se inicia con la propuesta de la Sra. Concejala de Salud y Consumo.
8.- Dicha propuesta, una vez aprobada por la Junta de Gobierno Local se notifica al interesado (mediante la empresa notificadora Nore) y esta notificación, habiéndose constado su recepción, es remitida a la Sección de Procedimiento de la Delegación Provincial de Salud.
En caso de no poderse notificar al denunciado se procederá:
se redactará un anuncio y un escrito de remisión firmados por el Ilmo. Sr. Alcalde, se remitirá por correo electrónico para su publicación en el BOP, y una vez publicado y transcurridos los plazos establecidos, a tendrá los efectos de notificado al denunciado.
9.- En el caso de recibir en estas dependencias alegaciones, serán enviadas a la Sección de Procedimiento de la Delegación Provincial de Salud.
9.- Desde la Delegación Provincial de Salud, y una vez finalizado el plazo de alegaciones, se notifica la resolución del expediente sancionador y se le da nuevo plazo para presentar alegaciones. Una vez finalizado este segundo plazo remiten a esta Delegación de Salud y Consumo la documentación de la que consta el expediente en la Sección Procedimiento de la Consejería de Salud.
10.- En esta Delegación de Salud y Consumo se realiza Propuesta de Resolución de Expediente Sancionador en Materia de Salud Pública. Esta Propuesta, una vez aprobada por la Junta de Gobierno Local, es notificada al interesado y los servicios de gestión tributaria.
Fianzas y depósitos en efectivo
Este trámite podrá realizarse de manera electrónica desde la Oficina Virtual de la Administración Electrónica, en la Sede Electrónica.
La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras, constituida mediante el reglamento regulador de la administración electrónica tiene por objetivo facilitar el acceso por medios electrónicos de los ciudadanos a la información y los trámites administrativos, a cualquier hora durante todos los días del año. Se establece en la siguiente dirección de Internet https://sede.algeciras.es
La modificación de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras recogida en su Reglamento, requerirá cumplir con el procedimiento establecido en el Art. 49 de la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. Sin perjuicio de ello, el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras dará al acuerdo la divulgación necesaria para garantizar su general conocimiento por parte de los ciudadanos.