IBI. Reintegro de beneficios fiscales aplicados en los tributos locales a viviendas protegidas

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Una vez obtenga el certificado emitido por la Subdirección de Gestión de Tributos, si en el mismo consta que procede el reintegro de los beneficios fiscales, para poder concluir con la tramitación de la descalificación de viviendas protegidas ante la Junta de Andalucía, deberá efectuarse el reintegro de dichos beneficios fiscales.Solo podrá solicitar el reintegro de beneficios fiscales una vez haya obtenido el informe de descalificación de la Junta de Andalucía (resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, condicionada al reintegro de dichos beneficios).

¿Quién lo puede solicitar?

Los interesados en tramitar los correspondientes expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial ante la Junta de Andalucía.

  • Fecha de solicitud:Una vez que se obtenga la resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes por la que se concede la descalificación de la vivienda protegida condicionada al reintegro de los beneficios fiscales aplicados por tal causa en los tributos locales.

Documentación necesaria

  • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
  • Copia de documento identificativo (N.I.F., C.I.F., tarjeta de residencia, permiso de conducir, pasaporte) vigente.
  • Copia de la resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes por la que se concede la descalificación de la vivienda protegida condicionada al reintegro de los beneficios fiscales aplicados por tal causa en los tributos locales.
  • Copia del informe emitido por esta Subdirección de Gestión de Tributos a instancia del interesado para ser aportado en el expediente tramitado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes para la descalificación de la vivienda protegida.


Legislación aplicable

Otros datos de interés

Es recomendable aportar teléfono de contacto y/o dirección de correo electrónico, que permitan agilizar la resolución de este trámite. Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu


Procedimiento

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite: IBI. Reintegro beneficios fiscales aplicados a viviendas protegidas.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Oficinas de la administración

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Plaza De Jesús "El Rico" nº 2, 29012, Málaga

Tel. 952060104

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Ayto. Malaga - Cultura

Alameda Principal 23, 29001, Málaga

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Calle Marie Curie 20, 29591, Málaga

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Ayto. Málaga - Medio Ambiente

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Calle Compañía 10, 29008, Málaga

Tel. 902303131

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CALLE MARTÍNEZ FALERO,34, MÁLAGA

Tel. 952207017

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.

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Calle La Merced 1, 29012, Málaga

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC

CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,58, MÁLAGA

Tel. 951926044

Horario: Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas

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Calle Ramírez Arcas 2, 29590, Málaga

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Teatinos Nº 11

Calle Diego López Zúñiga 12, 29010, Málaga

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