Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol.
Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2017/2018.
Requisitos
Destinatarios
Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Técnico Deportivo en la especialidad de fútbol.
Requisitos
Podrán participar en estas pruebas aquellos interesados que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o titulación equivalente a efectos académicos. También podrán concurrir a estas pruebas aquellas personas que tengan alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
No obstante, será posible también acceder a las pruebas sin estar en posesión de las titulaciones referidas, siempre que el aspirante cumpla alguno de los siguientes requisitos:
- Haya superado la prueba de acceso al grado medio establecida en el apartado a) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
- Haya superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional Específica.
Caracerísticas
Las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de fútbol tienen como objetivo que los aspirantes demuestren que poseen la condición física imprescindible y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento la formación.
El contenido de las pruebas de carácter específico será el establecido en el Anexo I de la Orden 27/2002, de 22 de mayo, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.
Las pruebas estarán compuestas de dos partes. El objetivo de la primera parte de la prueba es evaluar la condición física del aspirante. La segunda parte de la prueba tendrá como objetivo evaluar las destrezas específicas fundamentales de la especialidad de fútbol.
Los deportistas de alto nivel o alto rendimiento que reúnan los requisitos de titulación académica estarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico para acceder al Nivel Inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo, especialidad de fútbol, debiendo acreditar dicha condición junto a la solicitud de admisión a los estudios de estas enseñanzas.
Asimismo, quedarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico quienes cumplan algunos de los requisitos establecidos en las letras c) y d) del apartado 2 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, referidos a la especialidad de fútbol.
Con objeto de garantizar el principio de igualdad de oportunidades, la eficacia de la formación y el posterior ejercicio de las competencias profesionales inherentes al título, en el caso de que hubiera solicitantes con algún grado de discapacidad, la Dirección General de Educación articulará el mecanismo necesario, con la inclusión de asesores expertos o la petición de informes, para que el Tribunal de las pruebas de acceso de carácter específico pueda valorar si el grado de discapacidad y las limitaciones que lleva aparejadas posibilita cursar con aprovechamiento las enseñanzas, alcanzar las competencias correspondientes al título de Técnico deportivo, especialidad en fútbol y, ejercer la profesión.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Fotocopia compulsada o copia con declaración jurada, del Título de Graduado en ESO o de la titulación equivalente a efectos académicos, o del de alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
- Quienes concurran mediante una de las pruebas de acceso al grado medio deberán presentar el documento acreditativo de haber superado alguna de las pruebas referidas
- Aquellos aspirantes con discapacidad que deseen que esta sea tenida en cuenta por el Tribunal, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
- Certificado Médico Oficial, de fecha reciente (máximo 6 meses) y en el que se indique que el aspirante no presenta patología alguna que aconseje limitaciones para realizar los ejercicios de que consta la prueba de carácter específico.
- La comprobación de la identidad y edad del aspirante se realizará de oficio siempre que el interesado no manifieste su oposición, en cuyo caso, deberá adjuntar la fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite tales extremos.
Documentación a presentar junto con la solicitud (Anexo I9
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- Preferentemente en la Secretaría del IES La Laboral
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Presentación de solicitudes: 1 al 11 de septiembre de 2017.
- Otros plazos
- Reclamación a las listas provisionales: 13 al 14 de septiembre de 2017
- Listado provisional de admitidos a las pruebas: 12 septiembre de 2017
- Listado definitivo de admitidos: 15 de septiembre de 2017
- Realización de la prueba en el IES La Laboral (Lardero, La Rioja), el 25 de septiembre de 2017, a las 10 horas.
- Publicación de los resultados de las pruebas: 26 de septiembre de 2017 a través del tablón de anuncios del IES La Laboral y del tablón de anuncios virtual de la página www.larioja.org.
Más información
- Otros Impresos
- Normativa:
Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo, que establece los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de fútbol y fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas.
Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, , para la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial
Orden 27/2002, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.
Resolución de 1 de junio de 2017, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2017/2018
- Sentido de silencio (silencio administrativo): Según normativa aplicable
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación, Formación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Educación
- Unidad tramitadora: Servicio de Ordenación Educativa
Contacto
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