Conforme al Art. 165 apartado 1.a) de la LOTAU es necesario la obtención de licencia.
REQUISITOS A CUMPLIR
a) PARCELACIONES URBANISTICAS, (agrupaciones y/o segregaciones), en suelo urbano consolidado y suelo urbano incluido en el ámbito de una Unidad de Actuación y en suelo Urbanizable (con el Programa de Actuación Urbanizadora PAU y Proyecto de reparcelación aprobado definitivamente), las parcelas resultantes cumplirán las determinaciones que fije el PGOU en la Norma Zonal que le corresponda.
b) SEGREGACIONES, (agrupaciones y/o divisiones o parcelación rústicas), en suelo rústico o en suelo urbanizable (sin aprobación de PAU), las parcelas resultantes deben cumplir las determinaciones que fija el PGOU y la legislación agraria, así como, lo prevenido en el art. 63 de la LOTAU.
DOCUMENTACION NECESARIA
- Documento que acredite, en su caso, la representación.
- Documento que acredite la titularidad del dominio (la escritura de propiedad de la finca, inscripción registral etc.,) o derecho bastante sobre los locales o fincas.
- Autoliquidación abonada por prestación del servicio urbanístico (223,94€)
- Proyecto de segregación, suscrito por profesional competente que podrá justificarse mediante visado del proyecto, certificado del Colegio Oficial correspondiente o con aportación de documento bastante que acredite la habilitación profesional:
- Memoria (justificación técnica y jurídica del cumplimiento del POM de las parcelas resultantes, en cuanto a fachada, parcela mínima, superficie construida, ocupación, edificabilidad, retranqueos, nº plantas, alturas de cornisa, usos, etc.).
- Plano catastral de la finca matriz indicando polígono y parcela. (Referencia catastral)
- Plano Topográfico a escala mínima 1/5000, cuando no coincida con plano catastral, indicando los elementos constructivos, vías (caminos, calles, vías pecuarias, canales, etc.).
- Plano de parcelación acotado, indicando la superficies de las fincas resultantes, en el caso de tener edificaciones acotar los retranqueos a nuevos linderos.
- En caso de SUELO RÚSTICO, Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o Certificado negativo de la inscripción.
Indicar: Si la finca es de regadío o secano
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) . |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
¿EN QUÉ CONSISTE?
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad no es necesario la ejecución de ningún tipo de obra ni instalación.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante
SERVICIO RESPONSABLE
La Gerencia Municipal de Urbanismo, Teléfono: 967 19 26 00
PAGO DE TASAS
El precio de las tasas para el 2015 es:
-Hasta 50 m2: 205,91
-De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05
-De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17
-De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37
-De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13
-De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31
-De más de 5000 m2: 3154,53
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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¿EN QUÉ CONSISTE?
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad no es necesario la ejecución de ningún tipo de obra ni instalación.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante
SERVICIO RESPONSABLE
La Gerencia Municipal de Urbanismo, Teléfono: 967 19 26 00
PAGO DE TASAS
El precio de las tasas para el 2015 es:
-Hasta 50 m2: 205,91 €
-De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05 €
-De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17 €
-De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37 €
-De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13 €
-De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31 €
-De más de 5000 m2: 3154,53 €
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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REQUISITOS
Haber obtenido licencia de obra y/o instalación para la actividad cuya licencia de primera ocupación/funcionamiento se solicita.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Además, a efectos de funcionamiento de la actividad:
Además, a efectos de ocupación de la actividad:
Certificado final de obra, librado por el Arquitecto/a director/a de las mismas, acreditativo de que aquellas se han llevado a cabo conforme el proyecto presentado y, en su caso, a las modificaciones aceptadas, y con arreglo a los cuales se obtuvo la licencia municipal de obras.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
Una tasa que para el año 2015 está compuesta por:
a) para primera ocupación de edificios:
- una cuota variable general: 0,40 % sobre el coste de ejecución material (cuota mínima: 947,65 )
- una cuota variable para naves: 0,30 % sobre el coste de ejecución material (Cuota mínima: 947,65 )
b) para funcionamiento de actividad: una cuota fija en función de la superficie de la actividad. Así:
- Hasta 50 m2: 141,53
- De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10
- De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19
- De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56
- De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16
- De más de 500 m2: 1577,27
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
Haber obtenido licencia de obra y/o instalación para la actividad cuya licencia de primera ocupación/funcionamiento se solicita.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Además, a efectos de funcionamiento de la actividad:
Además, a efectos de ocupación de la actividad:
Certificado final de obra, librado por el Arquitecto/a director/a de las mismas, acreditativo de que aquellas se han llevado a cabo conforme el proyecto presentado y, en su caso, a las modificaciones aceptadas, y con arreglo a los cuales se obtuvo la licencia municipal de obras.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
Una tasa que para el año 2015 está compuesta por:
a) para primera ocupación de edificios:
- una cuota variable general: 0,40 % sobre el coste de ejecución material (cuota mínima: 947,65 €)
- una cuota variable para naves: 0,30 % sobre el coste de ejecución material (Cuota mínima: 947,65 €)
b) para funcionamiento de actividad: una cuota fija en función de la superficie de la actividad. Así:
- Hasta 50 m2: 141,53 €
- De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10 €
- De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19 €
- De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56 €
- De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16 €
- De más de 500 m2: 1577,27 €
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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REQUISITOS
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad serán ejecutadas algún tipo de obra.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Para todas las obras menores:
PAGO DE TASAS
Si. El precio de la tasa para el 2015 es:
a) Licencia de instalación:
Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer
1. Recurso potestativo de reposición.
2. Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud:
Presencial: De forma presencial en la Gerencia de Urbanismo sita en C/ Iris, 11 en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes. |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad serán ejecutadas algún tipo de obra.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Para todas las obras menores:
PAGO DE TASAS
Si. El precio de la tasa para el 2015 es:
a) Licencia de instalación:
Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer
1. Recurso potestativo de reposición.
2. Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud:
Presencial: De forma presencial en la Gerencia de Urbanismo sita en C/ Iris, 11 en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes. |
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REQUISITOS
La construcción de una nueva edificación o la ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes o rehabilitación integral de edificaciones existentes.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
PAGO DE TASAS
Para el año 2015:
Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer
1. Recurso potestativo de reposición.
2. Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud:
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) Horario de 09:00h a 14:00h.
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Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
La construcción de una nueva edificación o la ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes o rehabilitación integral de edificaciones existentes.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
PAGO DE TASAS
Para el año 2015:
Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer
1. Recurso potestativo de reposición.
2. Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud:
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) Horario de 09:00h a 14:00h.
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REQUISITOS
El objetivo de delimitar la obra, el solar o el cerramiento de parcela urbano o terreno rústico.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Para el caso de vallado de obras
Para el caso de vallado de terreno rústico
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
a) Tasa:
- Cuota variable: 1 / m.l y 0,10 / m2 respectivamente
- Cuota mínima: 149,16
- Cuota máxima: 309,79
b) Impuesto ICIO
4% del presupuesto de ejecución material de la construcción, instalación y obras.
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