Ayuntamiento de Albacete

  • Cuantia de la convocatoria: La convocatoria de 2013 está dotada con 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria subvenciones por creación de empresas.

    REQUISITOS

    Pueden presentar la solicitud de subvención quienes reunan los criterios generales contenidos en el artículo 15 de la Norma reguladora de Subvenciones para la creación de empresas y el fomento de la contratación laboral, aprobada por el Pleno Municipal en sesión de fecha de 27 de octubre de 2005:

    • 1) al menos la mitad de los promotores deberán estar en desempleo antes del alta, sin haber sido en la misma actividad autónomos a título principal ni socios con control de la sociedad durante el año anterior al alta de la nueva empresa,
      2) ser empresa de nueva creación,
    • 3) ser empresario individual, comunidad de bienes, sociedad limitada, cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral,
    • 4) alta de los promotores en Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente,
    • 5) actividad iniciada en 2012, año civil inmediatamente anterior al de publicación de la convocatoria,
    • 6) asesoramiento de los servicios para el autoempleo de la Sección de Empleo, Industria, Tecnologia y Comercio, en la puesta en marcha de la nueva empresa.


    El plazo para presentar la solicitud es de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (en el año 2013 desde el día 4 de abril hasta el 3 de mayo de 2013)

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    PLAZO PARA RESOLVER

    Tres meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes.

    SERVICIO RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

    Centro de Autoempleo y Nuevas Empresas - Sección de Empleo, Industria, Tecnología y Comercio, C/ Carmen, 4. Teléfonos 967 521 686 y 967 193 001. Correo electrónico: autoempleo@ayto-albacete.es

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (inactiva).

  • Cuantia de la convocatoria: La convocatoria de 2013 está dotada con 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria subvenciones por creación de empresas.

    REQUISITOS

    Pueden presentar la solicitud de subvención quienes reunan los criterios generales contenidos en el artículo 15 de la Norma reguladora de Subvenciones para la creación de empresas y el fomento de la contratación laboral, aprobada por el Pleno Municipal en sesión de fecha de 27 de octubre de 2005:

    • 1) al menos la mitad de los promotores deberán estar en desempleo antes del alta, sin haber sido en la misma actividad autónomos a título principal ni socios con control de la sociedad durante el año anterior al alta de la nueva empresa,
      2) ser empresa de nueva creación,
    • 3) ser empresario individual, comunidad de bienes, sociedad limitada, cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral,
    • 4) alta de los promotores en Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente,
    • 5) actividad iniciada en 2012, año civil inmediatamente anterior al de publicación de la convocatoria,
    • 6) asesoramiento de los servicios para el autoempleo de la Sección de Empleo, Industria, Tecnologia y Comercio, en la puesta en marcha de la nueva empresa.


    El plazo para presentar la solicitud es de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (en el año 2013 desde el día 4 de abril hasta el 3 de mayo de 2013)

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    PLAZO PARA RESOLVER

    Tres meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes.

    SERVICIO RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

    Centro de Autoempleo y Nuevas Empresas - Sección de Empleo, Industria, Tecnología y Comercio, C/ Carmen, 4. Teléfonos 967 521 686 y 967 193 001. Correo electrónico: autoempleo@ayto-albacete.es

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (inactiva).

  •  OBJETO 

                                      

     

     

    AYUDAS PARA EL PAGO DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS, A PERSONAS PENSIONISTAS POR JUBILACIÓN, INVALIDEZ O VIUDEDAD, AÑO 2.016
     
    OBJETO:
     
                    El objeto de la presente ayuda es la de atender a personas y familias que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad y/o precariedad económica, ofreciéndoles este apoyo a quienes reúnan los requisitos establecidos al efecto.
     
     
    CRITERIOS DE ACCESO A LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO:
     
                    Los requisitos para acceder a la condición de beneficiario son:
     
    1.- Estar empadronado en la ciudad de Albacete o sus pedanías.  El padrón se comprobará directamente por los servicios municipales.
     
    2.- Encontrarse el solicitante en situación de pensionista por jubilación, invalidez o viudedad.
     
    3.- No contar la unidad familiar, (entendiéndose como tal, todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante, según los datos obrantes en el padrón de habitantes) en la fecha en que se realice la solicitud,  con ingresos superiores a los establecidos en el siguiente baremo, independientemente de la procedencia de los mismos:
     
    BAREMO ECONOMICO: IPREM MENSUAL AÑO 2.016:  532’51 €
     
    Nº MIEMBROS
    % IPREM
    IMPORTE MENSUAL
    1
    IPREM (prorrateado)
    621 €
    2
    75% DEL IPREM X DOS
    932 €
    3
    55% DEL IPREM X TRES
    1.025 €
    4
    50% DEL IPREM X CUATRO
    1.242 €
    5 ó más
    45% DEL IPREM X CINCO
    1.398 €
     
    4.- Estar el solicitante en posesión de una cuenta bancaria, en la que el Ayuntamiento le hará efectivo el pago de la ayuda, para lo cual deberá aportar en el momento de efectuar la solicitud, la correspondiente ficha de terceros cumplimentada por el banco correspondiente.
     
     
    DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
     
                    1).- Solicitud cumplimentada, en el modelo facilitado al efecto y que deberá ser presentada junto con el resto de la documentación necesaria.
     
                    2.).-  Certificado de pensión del/la solicitante, y en el caso de menores de 65 años, además vida laboral.
     
                    3.).- Del resto de los miembros de la unidad familiar (todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante) la siguiente documentación:
    ·         Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social de las prestaciones o pensiones que se están percibiendo o, en su caso, certificación negativa de pensiones o prestaciones.
     
    ·         Certificado de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de pensión no contributiva o cualquier otra ayuda de la que fuera beneficiario/a o en su caso, certificado de no estar percibiendo prestación alguna.
                    4.).- Igualmente del resto de los miembros de la unidad familiar (todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante) la siguiente documentación, según cada caso:
     
    ·         De las personas mayores de 16 años, que se encuentren en situación de trabajadores en activo: vida laboral actualizada así como la última nómina percibida.
    ·         De las personas mayores de 16 años que se encuentren en situación de desempleo, vida laboral actualizada y certificado de prestación o subsidio por desempleo con indicación de la cuantía, expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal, este último en caso de que en la vida laboral conste que se está cobrando.
    ·          De las personas mayores de 16 años que estén cursando estudios, vida laboral actualizada y certificado de estar matriculado en centro oficial.
                    5.).- Ficha de terceros del solicitante, cumplimentada por el banco.
     
                    6.).- Copia de los recibos correspondientes al año 2.015, de los que se solicita la ayuda y que deberán estar abonados. Si los recibos se encuentran a nombre de la Comunidad de propietarios del edificio, se aportará certificado expedido por el presidente/a o administrador/ra de la misma, en el que conste, el número total de vecinos y el piso del que es propietario/a o inquilino/a  el/la  solicitante. Si se trata de recibo individual, pero que no se encuentre a nombre del solicitante, deberá justificarse dicho extremo (libro de familia, contrato de arrendamiento, etc.,  según cada caso).
                   
    CUANTÍA, DURACIÓN DE LA AYUDA Y PROCEDIMIENTO:
     
    Ø La cuantía de la ayuda   para el año 2.016,  asciende al 100% del importe de la tasa de basuras de los recibos emitidos por la empresa Aguas de Albacete, S.L., durante el año 2.015, que se encuentren ya pagados por el solicitante y únicamente de la vivienda en la que se encuentre empadronado.
    Ø Los beneficios obtenidos mediante la aprobación de la presente ayuda, no podrán ser acumulados a los generados por otras bonificaciones públicas concedidas para la misma tasa de basura.
    Ø La solicitud de la ayuda podrá realizarse a lo largo del año 2.016, siendo la fecha límite la del día 10 de Diciembre, debiendo presentarse, si se opta por esta fecha, la totalidad de la documentación requerida junto con la solicitud, no pudiéndose en caso contrario proceder al trámite.
    Ø El importe de la ayuda una vez aprobada, será ingresada por el Ayuntamiento de Albacete, en el número de cuenta del solicitante que haya sido facilitada al efecto mediante la ficha de terceros.
     
     
     
     

     

    Canales de solicitud:


     

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

     

                           Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)



     

     

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana,(iniciar).

     


     

  • REQUISITOS

    • Asociaciones legalmente constituidas del municipio de Albacete, entre cuyos fines se encuentre la promoción cultural, y las personas físicas y jurídicas, que realicen actividades dentro del ámbito cultural.
    • Quedarán excluidas expresamente de la convocatoria aquellas entidades que puedan ser atendidas específicamente a través de ayudas otorgadas por otras concejalías, y en general, todas cuyos fines principalmente no sean culturales.

    DOCUMENTOS

    Canales de solicitud:

    Presencial: Registro General, planta baja, en horario general de 9:00 a 14:00 h, y de 17:00 a 19:00 h de Lunes a Jueves, Sábados de 9:30 a 13:30 h. (horario invierno). De 9:00 a 14:00 h de Lunes a Viernes (horario de verano y Feria)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, diponible en breve tiempo.

  • REQUISITOS

    • Asociaciones legalmente constituidas del municipio de Albacete, entre cuyos fines se encuentre la promoción cultural, y las personas físicas y jurídicas, que realicen actividades dentro del ámbito cultural.
    • Quedarán excluidas expresamente de la convocatoria aquellas entidades que puedan ser atendidas específicamente a través de ayudas otorgadas por otras concejalías, y en general, todas cuyos fines principalmente no sean culturales.

    DOCUMENTOS

    Canales de solicitud:

    Presencial: Registro General, planta baja, en horario general de 9:00 a 14:00 h, y de 17:00 a 19:00 h de Lunes a Jueves, Sábados de 9:30 a 13:30 h. (horario invierno). De 9:00 a 14:00 h de Lunes a Viernes (horario de verano y Feria)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, diponible en breve tiempo.

  • REQUISITOS

    Su objeto es la emisión de certificado acreditativo de la titularidad de bienes inmuebles, rústicos y urbanos, y de vehículos de tracción mecánica.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    No hay que pagar ninguna tasa

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se expide de forma inmediata, sin necesidad de cumplimentar ningún formulario de solicitud

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana,(inactiva).

  • REQUISITOS

    Su objeto es la emisión de certificado acreditativo de la titularidad de bienes inmuebles, rústicos y urbanos, y de vehículos de tracción mecánica.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    No hay que pagar ninguna tasa

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se expide de forma inmediata, sin necesidad de cumplimentar ningún formulario de solicitud

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana,(inactiva).

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