Subvenciones para 2018. Subvenciones dirigidas a apoyar la contratación de equipos de gestión y acompañamiento a trabajadores que ocupan plazas de inserción.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

  • Apoyar la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción, de técnicos de acompañamiento a la inserción socio-laboral y del director o gerente
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Empresas de inserción
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1º Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción que haya sido objeto de subvención por parte del SCE.
  • 2º La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta, es decir, la entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción socio-laboral.
  • 3º Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE.
  • 4º Cumplir con las obligaciones establecidas en el art. 6 del Decreto 137/2009 y en el 9.3 de la Ley 44/2007 para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
Cuantía
  • - Subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción y a la inserción. El importe máximo de la subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción será de tres mil doscientos cincuenta euros (3.250 €) anuales por plaza de inserción existente en la entidad en el momento de solicitar la subvención. El mismo importe máximo se podrá conceder para la contratación de técnicos de acompañamiento a la inserción.
  • - Subvención para contratación de gerentes, cuyo importe máximo variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:
  • - Si cuenta con menos de cinco plazas, el importe será de cuatro mil euros (4.000,00 €) anuales por plaza de inserción.
  • - En caso de que tenga cinco plazas o más, tres mil euros (3.000,00 €) anuales por plaza.
  • En cualquier caso el cálculo del máximo por plaza de inserción se reducirá proporcionalmente en el caso de que existan plazas de inserción con jornada parcial.
  • En todo caso, no podrán superar los costes de los puestos de trabajo señalados a continuación:
  • Técnico de acompañamiento a la producción: 19.257,38 €
  • Técnico de acompañamiento a la inserción: 25.652,91 €
  • Gerente: 26.790,89 €
Criterios de valoración y baremación:
  • Número de personas pertenecientes a los colectivos citados en el apartado c) d) y e) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: dos puntos por cada persona, hasta un máximo de 10.
  • Relación número de plazas de inserción/ número de técnicos de acompañamiento a la inserción contratados por la empresa de inserción o la entidad promotora, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: si tiene un técnico por cada cinco plazas o menos, 10 puntos, si tiene uno por cada 6 a 9 plazas, 5 puntos y si tiene un técnico por cada 10 plazas o más, no puntúa.
  • Si desarrollan alguna actividad económica en las siguientes islas: Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera o El Hierro, 10 puntos.
  • - Para empresas de inserción con menos de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
  • El número de plazas de inserción y de puestos de trabajo creados. Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: número de plazas de inserción y número de puestos de trabajo que no sean de inserción, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud de subvención.
  • - Para empresas de inserción con más de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
  • Nivel de inserción de los trabajadores que han ocupado una plaza de inserción en la entidad durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud: dos puntos por cada persona insertada en el mercado con un tiempo mínimo de contratación de seis meses.
  • Dado que las acciones subvencionadas garantizan que las entidades solicitantes luchan contra cualquier forma de discriminación y fomentan la igualdad de oportunidades para todos, en caso de que una vez aplicados los criterios de valoración previstos anteriormente se produjera empate entre las solicitudes presentadas, se utilizará para desempatar la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
  • Si la actividad económica principal de la entidad solicitante contribuye al desarrollo sostenible y, en particular, a la protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la biodiversidad y la prevención y gestión de riesgos: 20 puntos.
  • Medidas o acciones de información y comunicación propuestas por la entidad solicitante, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social Europeo, 5 puntos por cada acción de este tipo valorada positivamente, hasta un máximo de 20 puntos.
  • Si aun así persistiera el empate se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes objeto de empate.
  • En cualquier caso, si los puestos de trabajo valorados fueran a tiempo parcial, los criterios se valorarán en proporción al tiempo efectivo de duración de la jornada de trabajo.
Forma de Abono:
  • Las subvenciones se abonarán anticipadamente, previa presentación de la siguiente documentación:
  • Escrito de la entidad beneficiaria para aceptar la subvención y acreditar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.
  • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en caso de que no se autorice expresamente al SCE para recabar dichos certificados en el momento de solicitar la subvención.

Medios de presentación

Electrónico:
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 28/9/2019 0:0

Fecha Fin: 11/10/2019 23:59

Por internet

    • Solicitud
    • Memoria detallada de actividades
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
    • Memoria técnica
    • Memoria actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
    • Memoria economica justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Presencial

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Promoción de la Economía Social

Quién resuelve

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución, 20 oct 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2020 para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

    Resolución de 17 de septiembre de 2019 de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      4430
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      221340

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