Convocatoria de los XXXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en edad escolar.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Convocatoria de los XXXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en edad escolar.

    Objeto del trámite

    Los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana proponen una adaptación del fenómeno competitivo sirviendo como complemento de la actividad deportiva que realicen los jóvenes en edad escolar a través de las diferentes entidades, y contemplando los valores formativos y constructores de la personalidad que tienen que considerarse en estas edades. También comprenden encuentros deportivos que facilitan la práctica deportiva de personas con discapacidad, adaptando la actividad cuando es conveniente y fomentando la participación inclusiva.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Participantes
    -Entidades: podrán solicitar la participación en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los centros de enseñanza, los clubes deportivos, asociaciones u otras entidades legalmente constituidas que tengan la sede social dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. Las entidades podrán inscribir a deportistas, personal técnico y personal delegado que cumplan los requisitos establecidos en los apartados siguientes.
    -Deportistas: podrán participar en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los y las deportistas que hayan nacido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2013 y estén escolarizados en centros educativos de la Comunitat Valenciana no universitarios. En jornadas de deporte adaptado, podrá ampliarse la edad de las personas participantes si están escolarizadas en centros educativos. Se recomienda que el deportista no participo en más de una competición el mismo día.
    -Personal técnico y personal delegado: entre todo el personal técnico, de las entidades y equipos participantes en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, al menos una persona deberá ser mayor de edad, como responsable de los y las deportistas participantes.
    El personal técnico deberá acreditar la titulación en actividad física y deporte adecuada para garantizar la formación de los y las deportistas en función de la edad y del nivel deportivo, de acuerdo con el Anexo II de la Resolución de convocatoria
    Además, el personal técnico y el personal delegado tendrá que disponer de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Será responsabilidad de cada entidad participante exigir a este personal la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales en los términos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
    En el nivel de iniciación al rendimiento se regulará la titulación mínima exigida en las bases de competición específicas de cada deporte.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Los plazos que se indican a continuación:
    Inscripciones en el nivel de promoción:
    Para poder participar en el nivel de promoción, la entidad interesada deberá realizar la inscripción online a través de la aplicación web JOCSE en la página web jocsesportiuscv.gva.es, en los plazos que se indican a continuación:
    - Deportes colectivos, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará on line en la aplicación web de la Generalitat JOCSE y tendrá como fecha tope el 18 de octubre de 2019.
    - Deportes individuales, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará on line en la aplicación web de la Generalitat JOCSE como mínimo con 20 días de antelación a la celebración de la competición.
    - Los ayuntamientos que dispongan de inscripción online municipal, deberán remitir la información de los equipos y participantes de cada una de las entidades inscritas en un fichero de datos normalizado XML de exportación de inscripciones en Jocs Esportius, para que pueda ser trasladada a la aplicación de la Generalitat JOCSE.
    - En la modalidad de fútbol solo habrá fase municipal/intermunicipal en el nivel de promoción, y finalizará en este ámbito la competición.
    - En la modalidad de fútbol sala solo habrá el nivel de promoción. Los equipos participantes en la modalidad de fútbol sala masculino solo podrán inscribir un máximo de dos jugadores que posean licencia federada en la modalidad de fútbol o fútbol sala. Los equipos participantes en la modalidad de fútbol sala femenino podrán inscribir deportistas con licencia federada en la modalidad de fútbol o fútbol sala.
    - Cada ayuntamiento enviará, teniendo como fecha tope el 15 de noviembre de 2019, a la Sección de Actividad Física y Deporte de la dirección territorial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente a su provincia la documentación siguiente:
    > Información sobre los deportes para los cuales se organizará fase municipal o, si hace falta, intermunicipal.
    > Calendario de la competición y actividades municipales en caso de que se organice.
    > Proyecto de multideporte.
    > Bases específicas de modalidad deportiva para la categoría prebenjamí adecuada a sus edades, en su caso.
    > Información de los deportes y equipos en los cuales no se pueda organizar competición municipal y que estén interesados en participar en el ámbito intermunicipal.
    Cuando los ayuntamientos no remiten la documentación solicitada en la fecha indicada, se considerará que no participan en la presente edición de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, por lo cual la Generalitat no asumirá ninguna responsabilidad derivada de la organización de la fase municipal.
    - La inscripción en el nivel de promoción de los Jocs Esportius a través de la aplicación JOCSE, supone la aceptación de esta resolución y su normativa de aplicación.
    Inscripciones en el nivel de iniciación al rendimiento:
    Para poder participar en el nivel de iniciación al rendimiento, la entidad interesada tendrá que formalizar la inscripción en los lugares y los plazos que se indican a continuación:
    - Deportes colectivos, nivel de iniciación al rendimiento, (baloncesto, balonmano, rugby y voleibol): la inscripción se realizará en la federación deportiva correspondiente con la fecha tope que se establezca en las bases de competición específicas de cada deporte.
    - Deportes individuales, nivel de iniciación al rendimiento, indicados en la base 4 (atletismo, natación y triatlón): la inscripción se realizará en la federación deportiva correspondiente con la fecha tope que se establezca en las bases de competición específicas de cada deporte.
    - Las federaciones deportivas con modalidades de iniciación al rendimiento tendrán que remitir a la Dirección General de Deporte la información de los equipos y participantes de cada una de las entidades inscritas en el nivel de iniciación al rendimiento. La información se remitirá en un fichero de datos normalizado XML de exportación de inscripciones en Jocs Esportius, porque pueda ser trasladada a la aplicación de la Generalitat JOCSE.
    Cuando la federación no remita la documentación solicitada en la fecha indicada por la Dirección General de Deporte, se considerará que no participan en la presente edición de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, por lo cual la Generalitat no asumirá ninguna responsabilidad derivada de la organización del nivel de iniciación al rendimiento.
    - La inscripción en el nivel de iniciación al rendimiento de los Jocs Esportius, supone la aceptación de esta resolución y su normativa de aplicación.

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Para poder participar, la entidad interesada tendrá que formalizar la inscripción on line a través de la aplicación web JOCSE en la página jocsesportiuscv.gva.es.
    En los encuentros y competiciones de los Jocs Esportius, según el ámbito de competición y la categoría, los deportistas, los técnicos y los delegados que participan tendrán que presentar la documentación siguiente:
    En el ámbito de competición municipal e intermunicipal:
    > Hoja de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
    > Licencia de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana validada por la entidad local correspondiente
    En el ámbito provincial o autonómico:
    > Hoja de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
    > Licencia de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana validada por la entidad local correspondiente y por las secciones de Actividad Física y Deporte de la dirección territorial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente a su provincia. En caso de no estar validada por las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte y solo estar validada por la entidad local, se tendrá que presentar el documento original o una fotocopia cotejada del DNI o pasaporte individual (los extranjeros tendrán que presentar el pasaporte individual o la tarjeta de residente).
    - En las bases de competición específicas de cada una de las modalidades deportivas se determinarán y se regularán, en su caso, las especificidades en cuando documentación.
    - Esta documentación tendrá que posarse a disposición del personal arbitral y representantes federativos y de la Generalitat siempre que sea requerida.
    - Para el nivel de iniciación al rendimiento, las inscripciones, la licencia y la documentación indicadas en las bases 8 y 9 de la Resolución de convocatoria, podrán regularse y determinarse de manera diferente, y en este caso tendrán que figurar en las bases de competición específicas de cada modalidad deportiva.

  • ¿Cómo se tramita?

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.ceice.gva.es/web/deporte/jocs-esportius

    Tramitación

    jocsesportiuscv.gva.es
    Tramitación
    Exclusivamente telemática.
    Nivel de promoción: La entidad interesada tendrá que realizar la inscripción on line a través de la aplicación web JOCSE en la página jocsesportiuscv.gva.es, en los plazos indicados.
    Nivel de Iniciación al rendimiento:
    La inscripción se realizará en la federación deportiva correspondiente con la fecha tope que se establezca en las bases de competición específicas de cada deporte.

  • Información complementaria

    * DEPORTES CONVOCADOS:
    La inscripción estará abierta a todos los deportes con federación autonómica legalmente constituida, así como a las actividades físicas reconocidas y cualificadas por la Generalitat, siempre que cuentan con un mínimo de participantes para poder realizar la competición o la actividad, de acuerdo con el que se estipula en la presente resolución para cada uno de los deportes y fases.
    En el caso de personas con discapacidad, los deportes, las categorías, los niveles, las edades, las fases de competición y los calendarios se determinarán en función de las inscripciones que se realizan, así como de las necesidades de los practicantes. Se fomentará la inclusión de las personas con discapacidad en los equipos, las jornadas y los encuentros de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, y se podrán convocar modalidades deportivas específicas como lo golbol, la boccia, el slalom, etc., en que la participación sea inclusiva.
    Las modalidades de fútbol y fútbol sala se regirán exclusivamente por el que se dispone en las bases 7.3 y 7.4, así como por las bases de competición específicas de fútbol sala.
    * CATEGORÍAS:
    Las categorías, por año de nacimiento, serán las siguientes:
    -Nacidos en 2012/2013:
    Prebenjamín (según lo estipulado en la base 4.1, solo multideporte).
    Equivalencia curso escolar:1º y 2º Educación Primaria.
    -Nacidos en 2010/2011:
    Benjamín.
    Equivalencia curso escolar: 3º y 4º Educación Primaria.
    -Nacidos en 2008/2009.
    Alevín .
    Equivalencia curso escolar: 5º y 6º Educación Primaria.
    -Nacidos en 2006/2007
    Infantil
    Equivalencia curso escolar: 1º y 2º ESO
    -Nacidos en 2004/2005.
    Cadete.
    Equivalencia curso escolar: 3º y 4º ESO.
    -Nacidos en 2002/2003
    Juvenil (solo deportistas que no tengan licencia federada y exclusivamente en el ámbito municipal).
    Equivalencia curso escolar: 1º Y 2º Bachillerato. Ciclos formativos
    Excepcionalmente, en algunas modalidades deportivas podrán variar los años de nacimiento y el nombre de la categoría, de acuerdo con criterios técnicos establecidos entre la correspondiente federación deportiva y la Dirección General de Deporte, y detallados en las bases de competición específicas de cada deporte.
    * NIVEL DE COMPETICIÓN:
    A todos los efectos, las competiciones presentan un nivel único, el nivel de promoción.
    En las modalidades deportivas establecidas en la base 4.2, se contemplará la posibilidad de participación en dos niveles de competición: nivel de promoción y nivel de iniciación al rendimiento.
    > Nivel de promoción, es el nivel único, a todos los efectos.
    - En categoría prebenjamí, solo se convocará la modalidad de multiesport con actividades mixtas que favorezcan la igualdad y la coeducación, de acuerdo con las especificaciones establecidas en la base 5.1.3.
    - En categorías benjamín y alevín, se recomienda que la composición de los equipos y la competición sea mixta. Si los equipos son masculinos o femeninos, disputarán la competición que los corresponda por sexo según los criterios siguientes:
    * Cuando en la composición de un equipo se inscriba un solo deportista de sexo diferente de los otros componentes del equipo, disputarán la competición mixta, y si no hubiera competición mixta, la que los correspondería por la mayoría de componentes.

    * Cuando en la composición de un equipo se inscriba más de un deportista del otro sexo, se disputará la competición mixta, y si no hubiera competición mixta, se disputaría la competición masculina. También se considera muy recomendable el multiesport en las categorías benjamín y alevín con actividades mixtas para favorecer la igualdad y la coeducación, atendidas las características especiales del desarrollo evolutivo de los niños y niñas en estas edades.
    - En categorías infantil, cadete y juvenil, la composición de equipos y la competición será masculina o femenina. En el supuesto de que algún deportista se integre en un equipo del otro sexo, disputarán la competición que los corresponda según los criterios siguientes:
    * Cuando en la composición de un equipo se inscriba un solo deportista de sexo diferente de los otros componentes del equipo, disputarán la competición que los correspondería por la mayoría de componentes.
    * Cuando en la composición de un equipo se inscriba más de un deportista del otro sexo, se disputará la competición masculina.
    > Nivel de iniciación al rendimiento, se convoca nivel de iniciación al rendimiento en los deportes siguientes: atletismo, baloncesto, balonmano, natación, rugby, triatlón y voleibol, así como en cualquier otra modalidad deportiva que por sus características técnicas, de organización y funcionamiento sea aconsejable. El nivel de iniciación al rendimiento presenta un objetivo más competitivo que el de promoción, y constituye la primera etapa en el camino hacia el deporte de élite y alto rendimiento, más adaptado por su nivel y organización a clubes, asociaciones deportivas y centros educativos la estructura organizativa y deportiva de los cuales así lo aconsejan.
    La adscripción al nivel de iniciación al rendimiento, las categorías, los equipos y la competición estarán condicionados a criterios técnicos establecidos entre la federación deportiva correspondiente y la Dirección General de Deporte, y detallados en las bases de competición específicas de cada deporte.
    * ÁMBITO DE COMPETICIÓN:
    En el nivel de promoción.
    > Municipal e intermunicipal
    - Competiciones y encuentros municipales: organizadas por los correspondientes ayuntamientos para todas las categorías. Los ayuntamientos aprobarán las modalidades deportivas y categorías que organizan según la demanda deportiva. Asímismo, podrán establecer cuantas normas organizativas estimen necesarias para el buen desarrollo de las actividades y competiciones, siempre y cuando no contradigan o contravengan las bases de la presente resolución.
    Se entiende como fase municipal/intermunicipal aquella que conlleva una celebración de encuentros o competición deportiva periódica y de duración prolongada, con una participación mínima de 4 equipos por deporte y categoría y que pertenezcan a tres o más entidades.
    - Competiciones y encuentros intermunicipales: los ayuntamientos, las mancomunidades o cualquier institución pública supramunicipal podrán organizar competiciones que acojan participantes de varios municipios.
    - De las competiciones municipales e intermunicipales se clasificarán los equipos para la competición provincial de acuerdo con la tabla siguiente:
    Número de equipos por deporte y categoría en competición municipal o intermunicipal/Inscripción máxima para
    competición provincial
    De 4 a 8/1
    De 9 a 12/2
    De 13 a 17/3
    18 o mas/4
    Las instituciones públicas organizadoras comunicarán los equipos clasificados a la sección de Actividad Física y Deporte de la Dirección Territorial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente a su provincia, quien marcará el plazo máximo de presentación de los mismos.
    > Ámbito provincial: para la categoría alevín, infantil y cadete. Excepcionalmente la comisión técnica provincial correspondiente, previo informe a la comisión autonómica, podrá autorizar la categoría benjamín y juvenil en algunos deportes, cuando la participación y la organización de la modalidad deportiva así lo requiera. La competición provincial constará de la fase final provincial y será organizada por las comisiones técnicas provinciales para los deportistas y equipos clasificados de las diferentes competiciones municipales e intermunicipales, en función del baremo incluido en la base 5.1.4.
    Para poder celebrar una competición provincial, tendrán que clasificarse y disputarla un mínimo de cuatro equipos por deporte y categoría que pertenezcan a tres o más entidades.
    > Ámbito autonómico: para la categoría infantil y cadete. Excepcionalmente, se podrá autorizar la categoría alevín en el nivel de promoción en algunos deportes cuando la participación y la organización de la modalidad deportiva así lo requieran. Será organizado por la comisión técnica autonómica de acuerdo con las bases de competición específicas de cada modalidad deportiva.
    En las modalidades deportivas y categorías en las cuales se organiza competición del nivel de promoción, solo existirá fase final autonómica cuando así lo acuerdo la comisión técnica autonómica en función de los equipos participantes clasificados.
    En las modalidades deportivas y categorías en las cuales se organiza competición del nivel de iniciación al rendimiento, serán los equipos y/o deportistas de estas competiciones los únicos que podrán participar en el ámbito autonómico, según establezcan las bases de competición específicas de cada modalidad deportiva.
    Excepcionalmente, cuando la inscripción en el nivel de iniciación al rendimiento sea considerada insuficiente por la comisión técnica autonómica, y a efectos de designar los equipos asistentes a la final autonómica, se podrán disputar eliminatorias con equipos finalistas en el nivel de promoción.
    Deberá existir un mínimo de cincuenta inscripciones pertenecientes al menos a seis entidades deportivas de dos provincias diferentes. No se considerará en este cómputo a las federaciones deportivas autonómicas de la Comunitat Valenciana.
    Excepcionalmente se podrán realizar campeonatos autonómicos de modalidades deportivas que no cumplan los requisitos expuestos en el párrafo anterior cuando la comisión técnica autonómica lo considere oportuno por su interés social y de promoción deportiva.
    * ORGANIZACIÓN:
    Los XXXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana tendrán lugar desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de agosto de 2020.
    Las bases de competición específicas de cada una de las modalidades deportivas se establecerán de mutuo acuerdo con la federación deportiva correspondiente. Estas bases estarán a disposición de las personas interesadas en la página web jocsesportiuscv.gva.es, en las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Alicante, Castelló y Valencia, y en las páginas web y suyos de las correspondientes federaciones deportivas autonómicas.
    Para la organización y control de los mencionados Jocs Esportius, se constituiránlas siguientes comisiones técnicas:
    - La comisión técnica autonómica, que será la encargada del desarrollo de la actividad de cada modalidad deportiva en su ámbito de competencia y estará integrada por dos representantes de la Dirección General de Deporte y un representante de cada una de las siguientes instituciones u órganos: la federación deportiva implicada y las tres direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte. Actuando como secretario de la comisión el jefe de la Sección de Extensión Deportiva de la Dirección General de Deporte. La Comisión Técnica Autonómica estará presidida por el jefe de servicio de Promoción del Deporte y Actividad Física de la Dirección General de Deporte y tendrá la sede donde la tenga este órgano.
    - Comisiones técnicas provinciales en Alicante, Castellón y Valencia, que serán las encargadas del desarrollo de la actividad de cada modalidad deportiva en su ámbito de competencia y estarán integradas por dos representantes de las correspondientes direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte y un representante de la federación deportiva implicada. Actuando como presidentes los jefes de la Sección de Actividad Física y Deporte de las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte, y como secretario un funcionario de la dirección territorial correspondiente.
    La Comisión Técnica Autonómica y la comisión técnica provincial correspondiendo se ajustarán en su funcionamiento al que se dispone en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
    * ASISTENCIA SANITARIA Y SEGUROS:
    La Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública prestará atención medicosanitària a través de sus centros e instituciones sanitarias, con todos los dispositivos existentes en su red, a los deportistas, entrenadores, delegados y organizadores que sufran cualquier accidente de carácter deportivo durante la participación en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Dicha atención tendrá que producirse antes de transcurridas 48 horas desde el momento el accidente.
    Para poder ser beneficiarios de las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior, se tendrá que haber formalizado la correspondiente inscripción en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, convocados por la Generalitat, y se tendrá que disponer de la licencia deportiva de los Jocs Esportius debidamente diligenciada, que deberá ser aportada en el momento de solicitar la oportuna atención médico sanitària.
    La entidad aseguradora con contrato en vigor con la Consellería de Educación, Cultura y Deporte cubrirá la asistencia médica continuada, posterior a la prestada en primera instancia por la Consellería de Sanidad y Salud Pública, derivada del accidente deportivo que los deportistas, entrenadores, organizadores y delegados participantes en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana pudieran tener en el transcurso de las competiciones, entrenamientos o desplazamientos, de acuerdo con el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, del Ministerio de Educación y Ciencia, así como la responsabilidad civil por acciones u omisiones en el ejercicio de las funciones que los competen.
    Nunca se podrá solicitar esta segunda asistencia médica continuada sin el informe de la atención primaria elaborado por la Consellería de Sanidad y Salud Pública no más tarde de las 48 horas posteriores al accidente. Se seguirá el protocolo establecido que figura en la web de jocsesportiuscv.gva.es
    * TITULACIONES PERSONAL TÉCNICO DE JOCS ESPORTIUS:
    1. Las siguientes titulaciones permitirán la tramitación de la correspondiente licencia de entrenador o entrenadora / monitor o monitora de los Jocs Esportius para todas las modalidades deportivas, en el nivel de promoción:
    - Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o equivalente. (Licenciatura en Educación Física, ).
    - Grado de Educación Primaria mención en Educación Física. (Diplomatura en Educación Física, Maestro Especialista en Educación Física, ).
    - Técnico o Técnica Superior en Animación de Actividades Física y Deportivas, o titulación que lo sustituye

    2. Las siguientes titulaciones permitirán la tramitación de la correspondiente licencia de monitor o monitora de los Jocs Esportius para las actividades lúdicas y recreativas en el nivel de promoción :
    - Técnico o técnica de Grado Medio en Conducción de Actividades Físicas en el Medio Natural (exclusivamente para actividades en la naturaleza y multideporte)
    - Certificado de profesionalidad de la familia de actividades físicas y deportivas que habilitan para el ejercicio de funciones de monitora deportiva/monitor deportivo en el área de la Actividad Física Recreativa:
    -Animación físico-deportiva y recreativa. AFDA0211.
    -Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad, AFDA0411 (exclusivamente para actividades de deporte adaptado)
    - Guía por itinerarios en bicicleta, AFDA0109 (exclusivamente para actividades de ciclismo.
    - Guía por itinerarios de baja y media montaña. AFDA0611 (exclusivamente para actividades de la naturaleza).
    - Guía por barrancos secos o acuáticos, AFDA0112 (exclusivamente para actividades en la naturaleza).

    -Certificados de profesionalidad de la familia de actividades físicas y deportivas que habilitan para el ejercicio de funciones de monitora deportiva/monitor deportivo en el área de la Actividad Física Deportiva de Carácter Formativo:
    - Actividades de natación, AFDA0310 (exclusivamente para actividades de iniciación a la natación)
    - Instrucción de yoga , AFDA0311 (exclusivamente para actividades de yoga).
    Las siguientes titulaciones permitirán la tramitación de la correspondiente licencia de entrenador o entrenadora de los Jocs Esporius exclusivamente para la modalidad deportiva específica para la que obtuvieron la correspondiente titulación:

    - Certificado de ciclo inicial de Grado Medio en las diferentes modalidades deportivas de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    - Técnico o Técnica Deportivo de Grado Medio o de Grado Superior en las diferentes modalidades deportivas de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    - Formaciones deportivas en período transitorio, en sus diferentes niveles, autorizadas por el órgano competente en materia de formación deportiva de la Comunidad Autónoma correspondiente.

    - Certificado de entrenador deportivo federativo expedido con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la correspondiente Ley de regulación de las profesiones del deporte.
    En el nivel de iniciación al rendimiento se regulará la titulación mínima exigida en las bases de competición específicas de cada deporte, que en ningún caso será inferior a las establecidas en el punto 3 del presente anexo.
    Los entrenadores que acrediten su inscripción en Jocs Esportius en la temporada o curso anterior 2018-2019 y no dispongan de ninguna de las formaciones especificadas en el presente anexo, podrán inscribirse en la presente temporada, presentando una declaración responsable en la que se comprometan a matricularse en el próximo curso que se convoque de su modalidad deportiva de Nivel I o de oferta particial del mismo.
    * JORNADA, CAMPOS DE JUEGO Y MATERIAL DE COMPETICIÓN:
    En el ámbito provincial y autonómico, las jornadas para competiciones o actividades serán preferentemente los sábados de 09.00 a 13.00 horas.
    En las competiciones provinciales y autonómicas, todos los equipos de deportes colectivos que sean designados para jugar en casa serán los responsables de aportar para cada encuentro el material necesario y la instalación adecuada.
    En los casos de designación de un campo de juego neutral y en las finales provinciales o autonómicas, cada equipo aportará un balón reglamentario, así como el material necesario para el calentamiento.
    * RÉGIMEN DISCIPLINARIO:
    Para resolver las cuestiones suscitadas en materia de disciplina deportiva, se aplicará el reglamento federativo correspondiente, a excepción de los puntos que hagan referencia a sanciones económicas.
    Se crearán los siguientes niveles y ámbitos de comités de competición con carácter general:
    - En primera instancia:
    En competiciones municipales/intermunicipales, el comité de competición que estimo oportuno el organizador de la competición.
    En competiciones provinciales y de ámbito autonómico, el comité de competición de la federación correspondiente, asistido por una persona responsable del ámbito federativo de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
    - En segunda instancia:
    El comité de apelación de la federación correspondiente, asistido por una persona responsable del ámbito federativo de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
    - En tercera y última instancia:
    El Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana, que agota la vía administrativa.
    * ENLACES:
    Enlace Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.
    jocsesportiuscv.gva.es

    Enlaces

    Enlace jocs esportius

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Resolución de 17 de julio de 2019, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan los XXXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en edad escolar y se aprueban las bases por las que se regulan.

    Lista de normativa

    Ver Resolución de 17 de julio de 2019 de resolución de convocatoria


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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