Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Reconocimiento, tramitación y pago de un complemento anual de pensión a favor de los titulares de pensión de jubilación e invalidez, que residan en una vivienda alquilada.

Plazo

Abierto todo el año.

Presentación

Presentación

Dirigido a

Ciudadanos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
  • Carecer de vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva (PNC), sólo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.

Más información

  • Son pensiones de la Seguridad Social cuya gestión está transferida a la Comunidad Foral de Navarra.
  • La cuantía se establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado.

Más información

Documentación y tramitación

Documentación

  • Solicitud en impreso específico debidamente cumplimentado.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento en el que figure la localización de la vivienda, la identificación del arrendador y del arrendatario y la duración del contrato. En el caso de contratos de arrendamiento no formalizados por escrito la condición de arrendatario se acreditará por cualquier medio de prueba válido en derecho (recibos, facturas, etc.) en el que se lea claramente el nombre del arrendador y del arrendatario.
  • Declaración responsable del pensionista en la que conste que el arrendador o arrendadores de la vivienda alquilada no tienen con él relación de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado, ni conyugal ni de unión estable y de convivencia.
  • Fotocopia compulsada del documento que acredite la representación cuando la solicitud se suscriba por persona distinta al beneficiario pensionista no contributivo.

¿Cómo tramitar?

En las oficinas

Preferentemente en el Departamento de Derechos Sociales
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona

Otros lugares de presentación.

Normativa

Contacto

Servicio de Calidad e Inspección
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona

Teléfono: 902 165 170; 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: dgps.informacion@navarra.es



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Tel. 848421942

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Avenida De Carlos III 36 - 2º DCHA, 31003, Pamplona/Iruña

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Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña

Direccion General de Industria, Energia e Innovacion

Calle Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña

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