Ayuda para asistencia técnica en la contratación indefinida de directores y gerentes en cooperativas y sociedades laborales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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La subvención será del 60% del coste en el caso de empresas de hasta 10 trabajadores fijos o del 50 % en empresas de más de 10 trabajadores fijos hasta un máximo de 15.000 euros anuales por empresa solicitante.

Plazo

Del 15-02-2017 al 28-02-2017

Presentación

Presentación

Dirigido a

  • Cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
  • Cooperativas que se puedan crear a partir de proyectos pilotos subvencionados conforme a las bases establecidas en la Resolución 416/2014 (ver "Normativa").

Más información

  • Asistencia técnica en materia de contratación indefinida de directores y gerentes.
  • La subvención será del 60 % del coste en el caso de empresas de hasta 10 trabajadores fijos o del 50 % en empresas de más de 10 trabajadores fijos hasta un máximo de 15.000 euros anuales por empresa solicitante.
  • Las contrataciones deberán realizarse antes del 1 de noviembre del año anterior a la solicitud.
  • Estas ayudas están sometidas a minimis (ver reglamento en el apartado "Normativa").

Documentación y tramitación

Documentación

  1. Solicitud de Subvención
  2. Subvención solicitada: cumplimentar el ANEXO I que corresponda (A y/o B).
  3. Declaración de otras ayudas (ANEXO II).
  4. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en la Ley Foral de Subvenciones (ANEXO III)
  5. Relación de socios trabajadores y trabajadores con contrato indefinido (ANEXO IV y V).
  6. Tarjeta de Identificación fiscal de la entidad solicitante (fotocopia).
  7. Escritura o acta de constitución de la entidad, a la que se acompañarán los estatutos de la misma.
  8. Documento nacional de identidad y escritura de poder suficiente y subsistente para actuar ante la Administración Pública en el procedimiento de concesión de subvenciones y ayudas públicas, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos, de la persona física que actúe en nombre y representación de una persona jurídica.
  9. Documentación acreditativa de que el solicitante y las empresas que van a recibir el servicio se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  10. Contrato de trabajo, nóminas y seguros sociales.
  11. Solicitud de abono por transferencia (Modelo oficial).

Normativa

Contacto

Correo electrónico: economiasocial@navarra.es

Organismo responsable - convocante
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Servicio de Orientación, Fomento del Empleo y Servicio a Empresas
Sección de Programas de Fomento del Empleo



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