IVTM. Exención para ambulancias
Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos, tal y como se especifica en el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal número 3.
¿Quién lo puede solicitar?
Los titulares de ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento, incluso antes de la matriculación, ya que se trata de una exención de aplicación automática.
Si se solicita antes de la matriculación, se expide una diligencia que permite la matriculación sin abono del impuesto, a condición de que se presente con posterioridad el permiso de circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico. - Plazo de resolución:6 meses.
- Plazo de validez y recurso:La exención tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el mismo ejercicio en el que concurran los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal.
En tanto no se produzca ninguna alteración en los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal, éste se aplicará automáticamente en los sucesivos devengos del impuesto.
Contra la resolución de la solicitud de la exención se podrá interponer Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. No obstante, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo, en el mismo plazo expresado anteriormente.
Documentación necesaria
- Copia de documento identificativo (DNI/CIF o equivalente), vigente.
- Copia de Permiso de circulación.
- Copia de Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ficha técnica).
Legislación aplicable
Artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común.
R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Artículo 93.1,d)
Ordenanza Fiscal número 3, Artículo 2.1 d
Otros datos de interés
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la solicitud junto a la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
- Una vez tramitada la solicitud, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución adoptada (concediendo o denegando), indicándose los plazos y tipos de recurso que caben contra dicha resolución.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: IVTM. Exención para ambulancias.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Sociedad Mpal. de Aparcamientos y Servicios
Plaza De Jesús "El Rico" nº 2, 29012, Málaga
Tel. 952060104
Ayto. Málaga - Relaciones Internacionales
Calle Muro San Julián 33, 29008, Málaga
OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA (OMAC 2 - MÁLAGA ESTE)
CALLE ALONSO CARRILLO DE ALBORNOZ,3, MÁLAGA
Horario: De 08:30 a 14:30 horas
Ayto. Malaga - Cultura
Alameda Principal 23, 29001, Málaga
Instituto Municipal para la Formación y el Empleo
Calle Marie Curie 20, 29591, Málaga
Tel. 951929261
Ayto. Málaga - Medio Ambiente
Plaza Del General Torrijos 2, 29016, Málaga
Fundación Palacio Villalón (MUSEO CARMEN THYSSEN MÁLAGA)
Calle Compañía 10, 29008, Málaga
Tel. 902303131
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 2 ESTE
CALLE MARTÍNEZ FALERO,34, MÁLAGA
Tel. 952207017
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.
Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1
Calle La Merced 1, 29012, Málaga
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,58, MÁLAGA
Tel. 951926044
Horario: Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas
Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Campanillas Nº 9
Calle Ramírez Arcas 2, 29590, Málaga
Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Teatinos Nº 11
Calle Diego López Zúñiga 12, 29010, Málaga